Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 830523
Acuerdo del Pleno del Consejo Insular de Mallorca por el que se modifica el acuerdo de Pleno que establece el régimen de dedicación, las retribuciones y las indemnizaciones de los miembros y altos cargos de la Corporación
El Pleno del Consejo Insular de Mallorca de día 12 de diciembre de 2024, en sesión ordinaria, ha aprobado el siguiente Acuerdo:
"El Pleno del Consejo Insular de Mallorca, en sesión extraordinaria de 19 de Julio de 2023 acordó el régimen de dedicación, las retribuciones y las indemnizaciones de los miembros y altos cargos de la corporación .
Dado que se considera necesario modificar el citado Acuerdo y de acuerdo con el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y los artículos 8 y 20 de la Ley 4/2022 de 28 de junio de consejos insulares propongo lo siguiente:
1.Modificar el acuerdo de Pleno, de día 19 de julio de 2023, de establecimiento del régimen de dedicación, las retribuciones y las indemnizaciones de los miembros y altos cargos la Corporación de la siguiente manera:
1.Aprobar la dedicación exclusiva para el presidente del Consejo Insular de Mallorca, con una retribución anual bruta de ochenta un mil dos euros con cincuenta céntimos (81.002,50 €), distribuida en 14 pagas.
2. Aprobar la dedicación exclusiva para el vicepresidente y la vicepresidenta del Consejo Insular de Mallorca, con una retribución anual bruta de setenta y siete mil quince euros con treinta y cuatro céntimos (77.015,34€), distribuida en 14 pagas y de la vicepresidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, con una retribución de sesenta y cinco mil ochocientos noventa y tres euros con veintisiete céntimos (65.893,27€), distribuida en 14 pagas.
3. Aprobar la dedicación exclusiva para los consejeros y las consejeras ejecutivas del Consejo Insular de Mallorca, con una retribución anual bruta de setenta y tres mil doscientos veintinueve euros con dieciséis céntimos (73.229,16€), distribuida en 14 pagas.
4. Aprobar la dedicación exclusiva para los directores y las directoras insulares del Consejo Insular de Mallorca, con una retribución anual bruta de sesenta y tres mil ochenta y seis euros con treinta y nueve céntimos (63.086,39 €), distribuida en 14 pagas.
5. Aprobar la dedicación exclusiva para los secretarios y las secretarias técnicas del Consejo Insular de Mallorca, con una retribución anual bruta de sesenta y tres mil ochenta y seis euros con treinta y nueve céntimos (63.086,39 €), distribuida en 14 pagas.
6. Aprobar la dedicación exclusiva para las personas que deben ejercer de portavoces de los diferentes grupos políticos, con una retribución anual bruta de setenta y tres mil doscientos veintinueve euros con dieciséis céntimos (73.229,16€) distribuida en 14 pagas; aprobar la dedicación exclusiva para las personas que deben ejercer de portavoces suplentes de los diferentes grupos políticos, con una retribución anual bruta de sesenta y seis mil seiscientos veintitrés euros con noventa y cuatro céntimos (66.623,94 €), distribuida en 14 pagas. Si los grupos políticos optan por una dedicación parcial, pueden aumentar el número de consejeros y consejeras con dedicación parcial o acumularse a una dedicación parcial para convertirse en una dedicación exclusiva.
7. Aplicar la dedicación exclusiva para los consejeros y las consejeras electas:
La retribución bruta anual de estas dedicaciones exclusivas (individualmente considerada) será sesenta y tres mil ochenta y seis euros con treinta y nueve céntimos (63.086,39 €) distribuida en 14 pagas.
La dedicación exclusiva se entiende de 37.5 horas semanales.
Si los grupos políticos renuncian a las retribuciones previstas en el apartado anterior pueden optar por aumentar el número de consejeros electos con dedicación parcial, de manera que cada renuncia con dedicación exclusiva son dos dedicaciones parciales.
8. Aprobar la dedicación parcial para los consejeros y las consejeras electas:
La retribución bruta anual de estas dedicaciones parciales (individualmente considerada) será de treinta y un mil quinientos cuarenta y tres euros con veintiún céntimos (31.543,21€), distribuida en 14 pagas.
La dedicación parcial se entiende de 18,45 horas semanales.
Si los grupos políticos renuncian a las retribuciones previstas en el apartado anterior, pueden optar por aumentar el número de consejeros/as electos con dedicación exclusiva, de manera que dos renuncias con dedicación parcial es una dedicación exclusiva.
10. Aprobar para todos los consejeros y las consejeras electas que no tengan reconocida ninguna retribución de las indicadas en los apartados anteriores, una indemnización de mil seiscientos noventa y cuatro euros con treinta y seis céntimos (1.694,36€) por cada asistencia a las sesiones ordinarias del Pleno del Consejo. En este caso, las sesiones plenarias de constitución y organización del Consejo tienen carácter ordinario. La percepción de la asistencia a los plenos es incompatible con las asignaciones fijas que se determinan en este acuerdo.
2. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la Sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca.
3. Este Acuerdo será efectivo a partir del día 1 de enero de 2025.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (13 de diciembre de 2024)
El presidente del Consejo Insular de Mallorca Llorenç S. Galmés Verger