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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 826361
Notificación del Decreto de Presidencia acordando la denegación y la concesión de las ayudas económicas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, línea e) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2024-2025

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Texto

De conformidad con lo establecido en el punto 3.c de las Disposiciones generales de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2024-2025 (BOIB núm. 59, de fecha 4-05-2024), se notifica a las siguientes personas solicitantes/beneficiarias de las ayudas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, mediante publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, el Decreto de Presidencia núm. 2024000949, de fecha 21 de noviembre de 2024, y del siguiente tenor:

“.../...

Vistas las Bases Reguladoras de las ayudas para el desarrollo del ámbito agrícola, ganadero, pesquero y cinegético en la isla de Ibiza, publicadas en el BOIB núm. 51 de 15-04-2008 y su modificación en el BOIB núm. 100 ext. de 30-06-2011.

Visto el Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa, del día 12 de abril de 2024, de aprobación de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2024-2025 y correspondiente extracto que se publicó en el BOIB núm. 59, de fecha 04-05-2024.

Dado que existe crédito presupuestario y que lo propuesto es lo adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que se incorpora al expediente de la Convocatoria el correspondiente certificado de existencia de crédito de fecha 12 de marzo de 2024 (Exp. 2/2024000001716).

Visto el informe técnico emitido en fecha 24 de septiembre de 2024 por la ingeniera técnica agrícola de la Sección de Agricultura (Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino de este Consejo Insular) respecto a las solicitudes de concesión y pago de las ayudas económicas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola.

Vista la propuesta provisional de concesión de las ayudas económicas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, emitida el 24 de septiembre de 2024 por el jefe de sección de Agricultura, Ganadería, Pesca y Caza, en funciones (Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino).

Dado que, en cumplimiento del artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se notificó a las personas interesadas, mediante publicación en el tablón de anuncios y edictos de la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa, la propuesta de resolución provisional de concesión de ayudas económicas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, emitida por la Sección de Agricultura; y al respecto, se otorgó un plazo de diez días a partir del siguiente a la fecha de publicación para presentar las alegaciones que se consideraran oportunas.

Vistos los certificados generados como consecuencia de la publicación en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consell Insular d'Eivissa, desde el día 25 de septiembre de 2024 hasta el 09 de octubre de 2024, de la notificación de la propuesta de resolución provisional de concesión de ayudas económicas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, línea e) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero de la isla de Ibiza para el año 2024-2025.

Dado que, una vez hechas las pertinentes búsquedas informáticas, y habiendo transcurrido el plazo establecido entre el 25 de septiembre de 2024 y el 09 de octubre de 2024, en relación con la presentación de alegaciones a la propuesta de resolución provisional de concesión de ayudas económicas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola; consta que el sr. Antonio Tur Boned con DNI ***5395**, ha presentado alegaciones al respecto (RGE núm. 2024030059 de fecha 09-10-2024) haciendo constar que, en el cálculo de la cuantía de subvención que le corresponde, no se ha tenido en consideración su solicitud por importe de 719,55 € registrada con núm. 2024030059 de fecha 09-10-2024, dentro del plazo establecido en la convocatoria.

Visto el informe emitido en fecha 19 de noviembre 2024 por la técnica agrícola adscrita al Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino, que se pronuncia favorablemente a la aceptación de las alegaciones presentadas a la propuesta de resolución provisional de concesión de ayudas económicas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, línea e); haciendo constar que la cuantía máxima de ayuda que corresponde, al sr. Antonio Tur Boned, asciende a 719,55 € (75% del coste de adquisición de plástico biodegradable justificado con facturas, 959,40 €). Así mismo, hace constar que esta variación, no afecta al resto de personas solicitantes.

Visto el informe técnico emitido en fecha 19 de noviembre de 2024 por la ingeniera técnica agrícola de la Sección de Agricultura (Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino de este Consejo Insular) respecto a las solicitudes de concesión y pago de las ayudas económicas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, que informa desfavorablemente sobre la concesión de la ayuda económica solicitada por el sr. Antonio Planells Prats, por no cumplir con la cuantía mínima de concesión que establece la convocatoria; y favorablemente sobre la concesión y el pago de dichas ayudas, que supone una subvención total de 10.898,38 € con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900, que consta en el expediente de referencia (.../...).

Visto el informe de fecha 19 de noviembre de 2024 sobre el estado del seguimiento de las ayudas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, en cumplimiento del art. 88.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para hacer efectivo el pago por un importe de 10.898,38 € del vigente presupuesto del año 2024.

Vista la Propuesta de resolución de concesión de ayudas económicas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, línea e) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero de la isla de Ibiza para el año 2024, emitida el 20 de noviembre de 2024 por el jefe de servicio de Agricultura, Ganadería, Pesca y Caza en funciones.

Visto el informe favorable de fiscalización previa plena emitido por la Intervención de esta Corporación en fecha 20 de noviembre de 2024.

Dada la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Dado el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En virtud de las competencias que tengo conferidas por la normativa vigente de aplicación,

DECRETO

Primero.- Denegar la concesión de la ayuda económica solicitada a las personas que se relacionan a continuación por los motivos que se detallan:

 

EXP. TAO

NOMBRE / RAZÓN SOCIAL

CIF/DNI

Motivación

2024/13173V

ANTONIO JOSÉ PLANELLS PRATS

***5360**

No cumple con la cuantía mínima de concesión establecida en el punto 6. de la línea e) Ayudas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola de la Convocatoria de ayudas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2024-2025 (BOIB núm. 59 de 04-05-2024)

Segundo.- Disponer la concesión de una ayuda económica a las personas solicitantes de ayuda para el FOMENTO DEL USO DE MATERIALES BIODEGRADABLES EN ACOLCHADO AGRÍCOLA, que supone una subvención total de 10.898,38 € con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900, distribuidos por solicitantes según la siguiente relación y que cumplen todos los requisitos y presentan toda la documentación que la mencionada convocatoria exige:

Exp. TAO

Nombre y apellidos / Razón social

CIF/DNI

Cantidad Concesión (€)

2024/11945P

JUAN RIERA CARDONA

***4359**

410,85

2024/12000V

CAN ESCARRER, S.L.

B16607780

2.613,12

2024/12151F

JOSE RIBAS CARDONA

***4529**

893,86

2024/12378G

JOSE MARIA PLANELLS PALAU

***5519**

683,10

2024/12422W

J. ANTONIO AGUILÓ VALLESPIR

***7634**

701,35

2024/12446A

VANESA PLANELLS BANDERA

***5980**

343,77

2024/12983B

ANTONIO PLANELLS ROSELLÓ

***5878**

3.000,00

2024/13548R

RAIMON TORRES KORKEAMAKI

***5148**

513,61

2024/13629J

ANTONIO TUR BONED

***5395**

719,55

2024/14032W

MARINA CARDONA BAOS

***5638**

470,31

2024/14299Q

CAN SOLDAT, S.C.

J16564718

548,86

El remanente no utilizado de esta ayuda supone un total de 1.101,62 € a cargo de la aplicación presupuestaria 4100-47900.

Tercero.- Publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en el tablón de anuncios y edictos de la Sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa la notificación de la resolución de concesión, en virtud de lo establecido en el punto 3.c de las Disposiciones generales de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2024-2025 (BOIB núm. 59, de 04-05-2024).

.../...»

De acuerdo con el art. 114.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el art. 66.1.b de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares (BOIB nº. 88 de 7 de julio de 2022) y el art. 146.1.b, del Reglamento Orgánico del Consell Insular d'Eivissa (BOIB nº.136 de 18 de septiembre de 2010, corrección en BOIB nº.148 de 14.10.2010, modificación en BOIB nº. 48 de 16.04.2016), este Decreto agota la vía administrativa.

De conformidad con lo establecido en el art. 112 y el articulo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra este Decreto se puede interponer, alternativamente, o un recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del Consell Insular d'Eivissa, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de publicación de la notificación, o bien un recurso contencioso administrativo, en relación con los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa (BOE nº. 167 de 14 de julio de 1998), contra el mencionado Decreto, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta notificación.

Si se opta por interponer el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta que áquel se haya resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta. Y todo esto, sin perjuicio de que se pueda ejercer, si procede, cualquier otro que se considere pertinente.

 

Ibiza, 13 de diciembre de 2024

El jefe de servicio de Agricultura, Ganadería,Pesca y Caza en funciones, Javier Marí Álvarez