Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 825346
Requerimiento de documentación para el pago de la subvención en el trámite de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas en el Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2024)
1. El 26 de diciembre de 2023, en el BOIB nº. 164, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 22 de diciembre de 2023 por la que por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2024 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas en el Programa FEDER 2021-2027.
2. Los servicios técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado la documentación presentada para la justificación y han detectado las anomalías indicadas en la siguiente tabla que el interesado debe aportar, de acuerdo con el apartado décimo de la resolución de la convocatoria de referencia :
Expediente |
Solicitante |
NIF |
Anomalías |
FOTOPAR24-1184/2024 |
MARK WHITING |
****9290* |
- Solicitud de pago (documento normalizado 5: En DOC5, la firma es una imagen insertada, sólo se aceptan firmas manuscrita o digitales del solicitante - Memoria económica (documento normalizado 7): En DOC7bis, la firma es una imagen insertada, sólo se aceptan firmas manuscrita o digitales del solicitante - Memoria de la actuación (documento normalizado 6): En DOC6, falta los datos del solicitante, el coste de la actuación - Documento fotográfico (placas, inversores y ferratina FEDER): En el Reportaje fotográfico, falta foto donde se muestre los módulos así como las pegatinas con la marca y el modelo y potencia de los módulos y capacidad de las batería |
De acuerdo con el apartado décimo punto 2 de la Resolución de la convocatoria, dispone de un plazo de quince días hábiles desde la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de las Illes Balears . En caso de que no presente la documentación mencionada se procederá a la revocación de la subvención, de acuerdo con el apartado décimo punto 6 de la Resolución de la convocatoria.
Palma, 12 de diciembre de 2024
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez