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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 825735
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de diciembre de 2024 por el que se aprueba la modificación de la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

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Texto

El proyecto de modificación puntual de la Relación de puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, correspondiente al personal funcionario, lo han elaborado las consejerías afectadas, con el asesoramiento y la coordinación de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, de acuerdo con las instrucciones que aprobó el Consejo de Gobierno, y se negoció con las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Servicios Generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en la sesión del día 27 de noviembre de 2024.

Se consideran los artículos 5.2.e), 31 y 91 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Por todo esto, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, en la sesión de 13 de diciembre de 2024, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Aprobar las modificaciones puntuales de la Relación de puestos de trabajo correspondiente al personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que se adjunta como anexo en este Acuerdo.

Segundo. Publicar este Acuerdo y el anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Tercero. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación. 

Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores a partir del día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2, 10.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio que la persona interesada pueda interponer cualquier otro que considere procedente.

Palma, 13 de diciembre de 2024 El secretario del Consejo de Gobierno (Por suplencia de acuerdo con el artículo 1 del  Decreto 10/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears) Alejandro Sáenz de San Pedro García

Documentos adjuntos