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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección tercera. Cursos y formación

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 822695
Acuerdo del Consejo de Dirección de la Escuela Balear de Administración Pública de 2 de diciembre de 2024 por el que se aprueba la convocatoria de las actividades formativas del Plan de Formación de Policías Locales, del Plan de Formación de Seguridad, Emergencias y Bomberos, y del Plan de Formación de Voluntarios de Protección Civil para el año 2025

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Texto

Antecedentes

1. El 28 de noviembre de 2024, la jefa del Servicio de Gestión Formativa y Administrativa y el jefe de estudios de la Prefectura IV emitieron un informe sobre la oferta de cursos en materia de seguridad y emergencias para el año 2025 con la finalidad de aprobar los planes anuales de formación para los cuerpos de policía local, personal de seguridad, emergencias, cuerpos de bomberos y de voluntarios de Protección Civil, y la convocatoria correspondiente.

2. En la sesión del 2 de diciembre de 2024, a propuesta de la directora gerenta, el Consejo de Dirección de la EBAP, en el ejercicio de las funciones que le atribuye el artículo 11.2.e) de los Estatutos de la Escuela, aprobó las bases que rigen las actividades formativas del Plan de Formación de Policía Local (anexo 1), del Plan de Formación de Seguridad, Emergencias y Bomberos (anexo 3), y del Plan de Formación de Voluntarios de Protección Civil (anexo 5), como también la oferta de actividades formativas de cada uno de estos planes (anexos 2, 4 y 6, respectivamente), para el año 2025.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 12 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que corresponden a la EBAP la formación, la capacitación y el perfeccionamiento del personal al servicio de la Administración autonómica y de las entidades que dependen de esta. Asimismo, esta norma añade que, en los términos que se establezcan, corresponde al EBAP la realización de actividades formativas y de selección del personal al servicio de las otras administraciones del ámbito territorial de las Illes Balears.

2. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. El artículo 1 del Decreto 191/1996, de 25 de octubre, por el que se regulan las condiciones generales de las actividades formativas que organiza la Consejería de Función Pública e Interior, indica que la Escuela Balear de Administración Pública es el principal instrumento de la política formativa de la Administración pública de las Illes Balears, y elabora periódicamente diferentes planes de formación que responden a los principios de eficacia y de calidad de las actividades formativas, con la finalidad de favorecer la participación del personal al servicio de la Administración.

4. El artículo 5.1 de los Estatutos del EBAP, aprobados por el Decreto 31/2012, de 13 de abril, incluye, entre sus funciones, la promoción, la organización y la gestión de la formación, el reciclaje y el perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma y, si procede, del resto de administraciones de su ámbito territorial.

5. El artículo 5.9 de los mismos Estatutos incluye, entre sus funciones, la promoción, la organización y la gestión de la formación de capacitación, reciclaje y perfeccionamiento del personal de los cuerpos de policía local y, si procede, autonómica; de los integrantes de los servicios de prevención y extinción de incendios; del voluntariado de protección civil; del personal de salvamento y de rescate, y de los servicios públicos de emergencias sanitarias extrahospitalarias en el ámbito territorial de las Illes Balears.

6. El artículo 28.1 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, dispone que corresponde a la consejería competente en materia de coordinación de policías locales, mediante el EBAP, el ejercicio de las competencias relacionadas con la formación de los miembros de los cuerpos de policía local para asegurar su homogeneización y coordinación, además de otras que tenga atribuidas.

Por todo ello, de acuerdo con las atribuciones que otorga el artículo 11.2.e) de los Estatutos del EBAP, el Consejo de Dirección adopta los siguientes

 

Acuerdos

1. Aprobar la convocatoria de actividades del Plan de Formación de Policía Local, del Plan de Formación de Seguridad, Emergencias y Bomberos, y del Plan de Formación de Voluntarios de Protección Civil para el año 2025, de acuerdo con lo establecido en los anexos 2, 4 y 6 de este Acuerdo.

2. Aprobar las bases que rigen el desarrollo de esta oferta formativa, establecidas en los anexos 1, 3 y 5 de este Acuerdo.

3. Autorizar a la directora gerenta del EBAP a aprobar nuevas acciones formativas y el presupuesto respectivo en función de futuras detecciones de necesidades que puedan presentar los diferentes servicios.

4. Delegar a la Dirección Gerencia de la Escuela Balear de Administración Pública la modificación o la supresión de actividades en función de la demanda y la disponibilidad presupuestaria, y la convocatoria de actividades formativas para la habilitación en el uso del dispositivo electrónico de control cuando se haga efectivo el despliegue normativo.

5. Publicar este Acuerdo en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Dirección de la EBAP en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este Acuerdo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 11 de diciembre de 2024)

La presidenta de la Escuela Balear de Administración Pública Antònia Maria Estarellas Torrens

 

ANEXO 1

Bases que rigen las actividades formativas del Plan de Formación de Policía Local de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) del año 2025

Punto 1. Personas destinatarias

1.1. La EBAP dirige su oferta formativa del Plan de Formación de Policía Local a todos los miembros de las policías locales de las Illes Balears que hayan estado en activo durante el año 2024 y el año inmediatamente anterior.

1.2. Podrán participar policías locales en otras situaciones profesionales siempre que se indique expresamente en la ficha de la actividad formativa y que la asistencia se considere de interés especial para el desarrollo de las actividades o para los organismos de procedencia de los alumnos.

Punto 2. Plazos de inscripción y solicitudes

2.1. El calendario de inscripción previsto para las actividades formativas del año 2025 del Plan de Formación de Policía Local es el siguiente:

  • Inscripción del 16 al 31 de diciembre para las actividades que se impartan durante los meses de enero, febrero y marzo.
  • Inscripción del 3 al 14 de marzo para las actividades que se impartan durante los meses de abril, mayo y junio.
  • Inscripción del 16 al 30 de junio para las actividades que se impartan durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre.

2.2. Toda la información relativa a las actividades formativas (título, objetivos, contenidos, personas destinatarias, fechas y horarios) se publica en la página web de la EBAP (ebap.caib.es) antes de que empiece cada plazo de inscripción. Asimismo, cualquier cambio que afecte a las actividades se actualiza en la página web.

2.3. Las personas interesadas pueden solicitar un máximo de tres cursos. Además, se pueden abrir plazos extraordinarios de inscripción a actividades formativas que dispongan de plazas disponibles.

2.4. La solicitud de participación en una actividad formativa supone la aceptación de estas bases y de las de desarrollo propias de cada actividad. Además, solo se admiten las solicitudes de las personas que cumplen los requisitos establecidos en esta convocatoria.

2.5. En ningún caso, la persona interesada puede asistir dos veces a la misma actividad formativa, aunque se trate de ediciones diferentes. Si se detecta esta circunstancia durante el curso, se dará de baja a la persona automáticamente y no tendrá derecho a certificado.

2.6. No es necesaria la presentación de solicitudes en las actividades propuestas por unidades administrativas destinadas a su personal ni en las que tengan normas específicas de selección del alumnado.

2.7. La presentación de la solicitud para participar en las actividades formativas supone el conocimiento y la aceptación inequívocos del aspirante del tratamiento de los datos de carácter personal a cargo del órgano competente y únicamente para las finalidades establecidas. El tratamiento de la información facilitada en las solicitudes deberá tener en cuenta las previsiones del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos, y de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Punto 3. Modalidades de inscripción en las actividades formativas

Las personas destinatarias del Plan de Formación de Policía Local de 2025 pueden tramitar la solicitud mediante dos procedimientos:

a) Mediante la matriculación por Internet. Para matricularse, debe accederse a la página web de la EBAP (ebap.caib.es); a continuación, <Planes de formación de la EBAP 2025>; seguidamente, debe accederse al plan correspondiente; finalmente, se accede a «Matriculación por Internet». No se tiene que enviar a la EBAP el justificante de matriculación que aparece al final del procedimiento.

En el momento de rellenar la solicitud, las personas interesadas deberán firmar una declaración responsable sobre la veracidad de los datos consignados, incluida en el mismo trámite telemático.

b) Mediante el impreso habilitado a este efecto, en el que deberán hacerse constar todos los datos que se solicitan, incluida la dirección electrónica, que es la herramienta para comunicar la admisión a los cursos. La falta de datos puede ser motivo de exclusión. Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General de la EBAP, en el de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, o de acuerdo con cualquiera de las formas que determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Punto 4. Presentación de documentación. Requisitos

4.1. Deberá rellenarse la solicitud completamente, incluida la dirección de correo electrónico, que es la herramienta que se utiliza para comunicar la admisión a los cursos de formación. Debe escribirse el código completo del curso. No se admitirá ninguna solicitud sin los datos profesionales de la persona.

4.2. En el momento de rellenar la solicitud, deberá firmarse una declaración de responsabilidad sobre la veracidad de los datos consignados, incluida en el mismo trámite telemático y en el impreso de solicitud.

4.3. En caso de presentarse la solicitud por trámite telemático, si procede, la documentación acreditativa deberá presentarse mediante correo electrónico a la dirección formacioemergencies@ebap.caib.es.

4.4. Cuando las actividades formativas establezcan personas destinatarias preferentes, la EBAP comprobará que las personas interesadas cumplen las condiciones preferentes. No se admitirán las solicitudes de los aspirantes que no cumplan estas condiciones.

4.5. Los requisitos de algunos cursos deberán acreditarse o alegarse para ser comprobados por la EBAP junto con la solicitud y de manera individualizada. Es necesario acreditarlos documentalmente antes del inicio de las actividades.

4.6. En las actividades formativas que requieran propuesta de la corporación local, teniendo en cuenta la especificidad de esta formación, el organismo proponente elaborará la lista de alumnos que cumplen los requisitos. Esta propuesta debe incluir la justificación de la idoneidad del alumno.

Punto 5. Selección

5.1. Si el número de solicitudes de una actividad formativa supera el número de plazas previsto, la EBAP realizará la selección correspondiente.

Los criterios de prelación de la selección son los siguientes:

1.º Las personas destinatarias preferentes, cuando así lo establece la actividad formativa. La relación de la actividad formativa con las funciones que desarrolla la persona solicitante deberá acreditarse con un documento firmado por el superior jerárquico responsable del puesto de trabajo de que se trata. A este efecto, la EBAP realiza las comprobaciones oportunas.

2.º En igualdad de condiciones, no haber participado en otras actividades de la EBAP convocadas en los años 2024 y 2025.

3.º La fecha de presentación de la solicitud.

5.2. Pueden ofrecerse cursos en los que deba superarse una prueba de nivel con unos criterios de evaluación determinados previamente.

5.3. Si existen actividades presenciales que coincidan parcial o totalmente en las fechas, las personas interesadas solo serán admitidas en una de ellas. No obstante, es posible la admisión a un curso presencial o semipresencial y a un curso en línea que coincidan parcial o totalmente en las fechas, y también la admisión a dos cursos en línea que coincidan parcial o totalmente en las fechas.

Punto 6. Acciones formativas de tiro

6.1. Para los cursos de monitor, instructor y tiro policial con arma corta y larga, la corporación local deberá aportar la munición que deben utilizar los miembros seleccionados. En cualquier caso, la EBAP realizará la selección intentando garantizar que, como mínimo, una persona de cada corporación local solicitante quede admitida, siempre y cuando la situación presupuestaria lo permita. Por este motivo, se realizará un reparto proporcional y equitativo.

6.2. Para ser admitido al Curso de monitor de tiro, las personas interesadas deberán superar la prueba de nivel publicada por la Resolución de la directora gerenta de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) por la que se determinan las características y se concretan las bases que rigen el desarrollo de la prueba de nivel para el acceso al Curso de monitor de tiro organizado por la EBAP (BOIB núm. 34, de 9 de marzo de 2024).

Punto 7. Causas de no admisión o exclusión de las actividades formativas

Quedan excluidas del proceso de selección las personas que incurran en alguna de las siguientes circunstancias:

a) Presentación de solicitudes fuera de plazo o por una vía diferente a las que se mencionan en las instrucciones específicas.

b) Participación, en los últimos cuatro años, en la misma actividad formativa que se solicita.

c) Omisión, inexactitud o falta de veracidad de los datos consignados en la solicitud.

d) No pertenencia al grupo destinatario de la actividad formativa o no cumplimiento de los requisitos.

Punto 8. Listas de personas admitidas

8.1. La EBAP publica la lista de personas admitidas en su página web (ebap.caib.es) y comunica individualmente su admisión mediante la dirección electrónica facilitada en la solicitud.

8.2. En caso de que las personas solicitantes cambien de dirección electrónica, lo deberán comunicar a la EBAP. También deberán informar a la EBAP si la dirección electrónica que facilitaron en un principio ya no está operativa.

8.3. La EBAP también comunicará individualmente su admisión mediante el envío de mensajes SMS, siempre que se disponga de un número de teléfono móvil asignado a la persona solicitante.

8.4. La admisión a las actividades formativas no supone ninguna autorización de la EBAP para dejar el puesto de trabajo.

Punto 9. Suspensión de actividades formativas

La EBAP podrá suspender actividades formativas con un número de inscritos inferior al 50 % de las plazas ofrecidas.

Punto 10. Lista de espera

10.1. Todas las actividades formativas pueden tener listas de espera para cubrir bajas o renuncias. Las listas de espera se publican en la página web de la EBAP (ebap.caib.es) en el momento de la selección y se actualizan, permanentemente, de manera interna.

10.2. En cualquier caso, corresponde a la EBAP comunicar y decidir la admisión a las actividades formativas.

Punto 11. Pérdida de la situación de preferencia

11.1. Con la solicitud se contrae la obligación de asistir o acceder a las actividades formativas, dependiendo de la modalidad de aprendizaje. Si no se puede asistir a las actividades, deberá comunicarse por escrito a la dirección electrónica formacioemergencies@ebap.caib.es como mínimo cinco días hábiles antes de que empiecen.

11.2. El hecho de no renunciar a las actividades dentro del plazo fijado y de no comunicar la incapacidad laboral supone ocupar, durante un año natural, el último nivel en los criterios de preferencia en la selección.

11.3. Se consideran justificadas las renuncias que se presentan fuera de plazo en los siguientes casos:

— Baja por enfermedad.

— Enfermedad de hijos menores de 12 años.

— Ausencia motivada por necesidades del servicio.

— Cumplimiento de un deber inexcusable.

— Accidente o enfermedad grave, hospitalización o defunción de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Estas justificaciones deberán acompañarse de la documentación acreditativa, a efectos de no perder la situación de preferencia en la selección.

11.4. La asistencia a un 50 %, como mínimo, de horas lectivas permite mantener la situación de preferencia en la selección. En el caso de las actividades en modalidad en línea, se mantiene la situación de preferencia en la selección si se ha llevado a cabo un 50 % de la actividad obligatoria.

11.5. Las ausencias superiores al 20 % de horas lectivas, aunque estén justificadas, suponen la pérdida del derecho a obtener los certificados de aprovechamiento regulados en estas bases.

11.6. Las personas en situación de incapacidad temporal no pueden asistir a las actividades formativas de la EBAP. La incapacidad temporal deberá comunicarse por escrito a la dirección electrónica formacioemergencies@ebap.caib.es, con el fin de cubrir, si procede, la plaza vacante y no perder la situación de preferencia en la selección.

11.7. Quedan exentos del punto anterior los casos en los que se presente un informe médico a la EBAP que justifique que el seguimiento de las actividades formativas es compatible con la incapacidad temporal.

11.8. En las actividades formativas de la modalidad en línea o de las modalidades semipresencial y presencial en las que las sesiones presenciales sean mediante videoconferencia, las personas en situación de incapacidad temporal podrán participar excepto si la persona interesada considera que no puede cumplir el programa previsto de objetivos y contenidos de las actividades. En este caso, lo deberá comunicar a la EBAP con el fin de cubrir, si procede, la plaza vacante.

Punto 12. Supresión y modificación de actividades formativas. Resolución de casos especiales

12.1. La EBAP, para desarrollar mejor sus funciones, puede tomar las siguientes decisiones: suprimir actividades formativas; organizar otras no programadas con anterioridad por necesidades concretas; efectuar varias ediciones, y modificar, si procede, los objetivos, los contenidos, la duración, las fechas y los requisitos anunciados para adaptarlos mejor a los requerimientos de la formación. De todo ello, la EBAP informa puntualmente.

12.2. Corresponde a la EBAP resolver las dudas o las incidencias que surgen sobre la aplicación de estas bases, o sobre casos concretos no previstos o excepcionales.

12.3. Se pueden excluir de las actividades formativas a los participantes que muestren comportamientos o actitudes irregulares, o que impidan el desarrollo normal de la formación. Estas actividades también se pueden modificar o suprimir. En cualquier caso, la EBAP deberá elaborar el informe justificativo correspondiente.

Punto 13. Material didáctico de los cursos

13.1. Como norma general, el material didáctico de las actividades formativas se publica en el repositorio de material contenido en la página web EBAP en Obert (https://ebapenobert.caib.es).

13.2. La EBAP publica, bajo la licencia Creative Commons, el material didáctico que se elabora para la formación.

13.3. En ningún caso, el material didáctico se envía por correo electrónico. Transcurrido un mes desde la finalización de las actividades, el material didáctico se elimina del repositorio.

Punto 14. Instrucciones para las actividades formativas de la modalidad en línea

14.1. Para realizar las actividades formativas de la modalidad en línea, es imprescindible que los alumnos dispongan, durante el desarrollo de las actividades, de un dispositivo con conexión a Internet que permita el seguimiento. En caso contrario, no se pueden realizar las actividades formativas en línea de la EBAP.

14.2. Es necesario que el aparato con conexión a Internet tenga las siguientes características técnicas:

— Resolución mínima de 1280 x 1024.

— Tarjeta de sonido, micrófono y altavoces.

— Navegador Mozilla Firefox o Google Chrome actualizado (recomendado).

— Java Runtime Environment (necesario para realizar ciertos tipos de actividades).

14.3. Para realizar las actividades formativas de la modalidad en línea, es imprescindible que los alumnos dispongan de una dirección electrónica que esté operativa, dado que todas las comunicaciones de la EBAP con los alumnos se vehiculan por este medio. El personal de la CAIB puede comprobar su dirección electrónica consultando el Portal de Servicios al Personal, concretamente, en el enlace «Solicitud de cursos» del apartado «Formación de la EBAP».

14.4. En el momento de empezar las actividades formativas en línea, los alumnos admitidos deben leer el programa de la actividad y sistema de evaluación, que recoge unas instrucciones concretas sobre el funcionamiento y el desarrollo de las actividades y sobre los requisitos mínimos para obtener los certificados de aprovechamiento.

14.5. Lo que no especifica este punto 14 sobre las actividades formativas en línea se regula con las bases generales.

Punto 15. Instrucciones para las actividades formativas de la modalidad semipresencial

15.1. En las actividades formativas semipresenciales se aplican las mismas instrucciones que en las actividades formativas de la modalidad presencial y en línea, según corresponda.

15.2. Para tener derecho a certificado, en el caso de las sesiones presenciales, deberá acreditarse la asistencia a un 80 % de estas sesiones como mínimo y, en el caso de la parte en línea, deberán cumplirse los requisitos mínimos que establecen las instrucciones concretas de las actividades que figuran en el Programa de la actividad y sistema de evaluación.

15.3. Los alumnos admitidos en la modalidad semipresencial están obligados a acceder a las actividades antes de que empiecen. En caso contrario, serán dados de baja y perderán la situación de preferencia en la selección, excepto si, con antelación, justifican que no podrán acceder a la actividad. Las plazas que queden libres podrán ser ocupadas por personas de la lista de espera.

Punto 16. Certificados de aprovechamiento

16.1. La obtención del certificado de aprovechamiento obliga a demostrar el conocimiento de las materias del curso. Este conocimiento será evaluado mediante la superación de pruebas escritas u orales, trabajos u otros ejercicios relacionados con el contenido de la actividad formativa, o mediante la evaluación continuada certificada por el profesorado.

16.2. Se expedirá el certificado de aprovechamiento a los alumnos de la modalidad presencial que asistan a un 80 % de horas lectivas, como mínimo, y que superen la evaluación correspondiente.

16.3. Se expedirá el certificado de aprovechamiento a los alumnos de las modalidades semipresencial y en línea que cumplan los requisitos de evaluación especificados en las instrucciones de la actividad formativa.

16.4. Si procede, no se contabilizarán las asistencias que corresponden a los días en que los alumnos hayan estado en situación de incapacidad temporal.

16.5. Falsear la firma supondrá la pérdida del derecho a certificado y la exclusión de los cursos de la EBAP durante un año.

Punto 17. Lista de personas con derecho a certificado. Solicitud y reclamaciones

17.1. En un plazo inferior a dos meses, a contar desde la finalización de la actividad, se publicará en la página web de la EBAP la lista de personas participantes con derecho a certificado.

17.2. Los certificados expeditos se envían por correo electrónico, con firma digital.

17.3. Se pueden presentar reclamaciones a la lista de personas con derecho a certificado en el plazo de treinta días naturales, a contar a partir del día siguiente el que se haya publicado. Una vez finalizado este plazo y resueltas las reclamaciones, el expediente de la actividad formativa será definitivo.

Punto 18. Tratamiento de datos de carácter personal

Responsable del tratamiento de datos

Identidad: Escuela Balear de Administración Pública

Dirección postal: calle del Gremi de Corredors, 10, 3.º (polígono de Son Rossinyol), 07009 Palma

Dirección de correo electrónico: ebap@caib.es

Contacto con la Delegación de Protección de Datos

La Delegación de Protección de Datos de la Escuela Balear de Administración Pública tiene la sede en la calle Gremi de Corredors, 10, 3.º (polígono de Son Rossinyol) de Palma. Dirección electrónica de contacto: protecciodades@ebap.caib.es

Finalidad

Los datos se tratarán con la finalidad de seleccionar a los alumnos, desarrollar las actividades formativas y certificar la formación que imparte la EBAP.

Legitimación

El tratamiento de los datos es necesario para cumplir una obligación legal y para conseguir el interés público, como es la formación de los empleados públicos.

La legislación aplicable es la siguiente:

― El Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

― La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

― Las letras c) y e) del artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

 

Categorías de datos personales

Datos de carácter identificativo: Nombre, DNI, fecha de nacimiento, sexo, teléfono y dirección de correo electrónico

Datos académicos y profesionales: Relación laboral con la Administración, grupo o nivel, puesto de trabajo y cargo, formación certificada, licencia por maternidad o paternidad.

Datos de salud: Discapacidad, baja por incapacidad laboral.

Consentimiento para el tratamiento de datos relativos a la salud

La presentación de la solicitud para el procedimiento supone el conocimiento y la aceptación inequívocos de la persona solicitante del tratamiento de los datos de carácter personal que realizará el órgano competente y únicamente para las finalidades establecidas.

Personas destinatarias

La Dirección General de Función Pública de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, la Dirección General de Simplificación Administrativa, Modernización y Administración Digital de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, y las unidades de personal de las consejerías de la CAIB para la gestión de la promoción profesional y de procedimientos de provisión de lugares de trabajo.

Criterios de conservación de datos

Los plazos de conservación de los datos serán los necesarios para cumplir la finalidad del procedimiento y los previstos en la legislación de archivos para las administraciones públicas, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Derechos

Cualquier persona tiene derecho a obtener la confirmación sobre si la EBAP está tratando datos personales que la conciernen o no. Las personas interesadas tienen derecho a acceder a sus datos personales, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, si procede, solicitar su supresión, entre otros motivos, cuando los datos ya no sean necesarios para las finalidades para las que se recogieron.

En determinadas circunstancias previstas en el artículo 18 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), las personas interesadas pueden solicitar la limitación del tratamiento de sus datos. En este caso, únicamente se conservarán para ejercer o defender reclamaciones.

En determinadas circunstancias, las personas interesadas pueden oponerse al tratamiento de sus datos con una solicitud motivada. La EBAP dejará de tratar los datos, a no ser que haya motivos legítimos imperiosos para ejercer o defender posibles reclamaciones.

Ejercicio de derechos y reclamaciones

El ejercicio de estos derechos puede solicitarse ante la EBAP mediante el procedimiento «Solicitud de ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales», previsto en la Sede Electrónica de la CAIB.

Con posterioridad a la respuesta de la EBAP o al cabo de un mes de haber presentado la solicitud, podrá reclamarse una tutela de derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Consecuencias de no facilitar los datos personales

No presentar los datos necesarios implica que la persona interesada no puede formar parte del procedimiento.

Decisiones automatizadas

No se producirán decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, con los datos personales de las personas solicitantes.

 

ANEXO 2 Oferta formativa del Plan de Formación de Policía Local del año 2025​​​​​​​

MALLORCA

Área de movilidad, tráfico y seguridad vial

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

1.er plazo

Intervención en accidentes de tráfico con vehículos eléctricos y otros combustibles

10

25

Presencial

20/02/2025
21/02/2025

1.er plazo

Intervención en accidentes de tráfico. Elaboración de informes y atestados

10

25

Presencial

17/02/2025
18/02/2025

2.º plazo

Intervención en accidentes de tráfico. Investigación y uso de nuevas tecnologías

10

25

Presencial

13/05/2025
14/05/2025

3.er plazo

Vehículos y conductores extranjeros (ed. EBAP Palma)

7

25

Presencial

04/11/2025

3.er plazo

Vehículos y conductores extranjeros (ed. Son Servera)

7

25

Presencial

27/10/2025

2.º plazo

Intervención policial en bicicletas, patinetes y otros vehículos de movilidad personal

5

25

Presencial

25/04/2025

Área jurídico-penal

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

2.º plazo

Fundamentos legales y procedimientos de la detención

7

25

Presencial

8/04/2025

2.º plazo

Fundamentos legales y procedimientos de la detención

7

25

Presencial

9/04/2025

2.º plazo

Los delitos de lesiones. Violencia de género, familiar y asistencial

7

25

Presencial

29/04/2025

1.er plazo

Usurpaciones y delitos contra el patrimonio. El fenómeno okupa

7

25

Presencial

15/01/2025

2.º plazo

Delitos contra la seguridad vial y análisis jurisprudencial

10

25

Presencial

15/05/2025
16/05/2025

Área de policía administrativa

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

1.er plazo

Actuación policial en materia de bienestar animal

7

25

Presencial

10/03/2025

1.er plazo

Reglamento de armas. El uso de armas por policías locales. Responsable de armamento

7

20

Presencial

28/01/2025

1.er plazo

Programa de gestión policial XPO

5

20

Presencial

22/01/2025

Área de atención y asistencia a la ciudadanía

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

3.er plazo

Intervención policial en personas con ideaciones suicidas

10

30

Presencial

08/10/2025
09/10/2025

1.er plazo

Curso de iniciación al servicio de policía tutor de las Illes Balears

10

20

Presencial

03/02/2025
04/02/2025

2.º plazo

Curso sobre actuaciones policiales con menores de edad

10

45

Presencial

02/04/2025
03/04/2025

Área de dominio técnico policial

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

1.er plazo

Intervención operativa en grandes concentraciones humanas y seguridad ciudadana

25

20

Presencial

24/02/2025 –

28/02/2025

3.er plazo

Intervención de las policías locales ante casos de personas desaparecidas

10

25

Presencial

20/10/2025 –

21/10/2025

1.er plazo

Uso y manejo seguro de las armas de fuego

10

20

Presencial

11/02/2025 –

13/02/2025

2.º plazo

Tiro policial con arma corta y arma larga

30

12

Presencial

05/05/2025 –

09/05/2025

1.er plazo

Uso de elementos de autoprotección para policía local. Reciclaje en bastón extensible (ed. Felanitx)

10

12

Presencial

05/03/2025 –

06/03/2025

3.er plazo

Uso de elementos de autoprotección para policía local. Reciclaje en bastón extensible (ed. EBAP Palma)

10

12

Presencial

09/09/2025 –

10/09/2025

Área de fundamentos de la profesión policial

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

3.er plazo

Aplicación del régimen disciplinario de la policía local y su desarrollo reglamentario

7

25

Presencial

18/09/2025

Área de formación de personal formador

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

1.er plazo

Monitor de educación vial (nivel 2)

25

20

Presencial

12/03/2025 –

14/03/2025

2.º plazo

Instructor de tiro policial

40

10

Presencial

19/05/2025 –

23/05/2025

3.er plazo

Monitor de bastón extensible

10

16

Presencial

11/09/2025 –

12/09/2025

3.er plazo

Monitor de tiro policial

60

12

Presencial

22/09/2025 –

03/10/2025

Área de formación para la habilitación

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

2.º plazo

Habilitación para el uso de aparatos de medición en materia de contaminación acústica

40

20

Presencial

26/05/2025 –

04/06/2025

2.º plazo

Habilitación para la detección de drogas en conductores (ed. Sencelles)

10

30

Presencial

23/04/2025

3.er plazo

Habilitación para la detección de drogas en conductores (ed. EBAP Palma)

10

30

Presencial

16/09/2025

Área de función directiva y mando

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

1.er plazo

Curso de jefes de policía local

110

30

Semipresencial

27/01/2025 -

30/05/2025

MENORCA

Área de movilidad, tráfico y seguridad vial

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

3.er plazo

Intervención en accidentes de tráfico con vehículos eléctricos y otros combustibles

10

25

Presencial

14/10/2025 –

15/10/2025

1.er plazo

Intervención en accidentes de tráfico. Elaboración de informes y atestados

10

25

Presencial

04/02/2025 –

05/02/2025

3.er plazo

Intervención policial en bicicletas, patinetes y otros vehículos de movilidad personal

5

25

Presencial

03/11/2025

Área jurídico-penal

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

1.er plazo

Usurpaciones y delitos contra el patrimonio. El fenómeno okupa

7

25

Presencial

21/01/2025

2.º plazo

Delitos contra la seguridad vial y análisis jurisprudencial

10

25

Presencial

02/04/2025 –

03/04/2025

 

​​​​​​​Área de policía administrativa

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

1.er plazo

Actuación policial en materia de bienestar animal

7

25

Presencial

03/03/2025

Área de atención y asistencia a la ciudadanía

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

3.er plazo

Intervención policial en personas con ideaciones suicidas

10

30

Presencial

08/10/2025 –

09/10/2025

2.º plazo

Curso de iniciación al servicio de policía tutor de las Illes Balears

10

20

Presencial

07/04/2025 –

08/04/2025

Área de dominio técnico policial

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

1.er plazo

Intervención operativa en grandes concentraciones humanas y seguridad ciudadana

25

20

Presencial

24/03/2025 –

28/03/2025

2.º plazo

Uso y manejo seguro de las armas de fuego

10

20

Presencial

28/04/2025 –

30/04/2025

2.º plazo

Uso de elementos de autoprotección para policía local. Reciclaje en bastón extensible

10

12

Presencial

14/04/2025 –

15/04/2025

Área de formación de personal formador

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

3.er plazo

Monitor de bastón extensible

10

16

Presencial

21/10/2025 –

22/10/2025

Área de formación para la habilitación

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

1.er plazo

Habilitación para la detección de drogas en conductores

10

20

Presencial

30/01/2025 –

31/01/2025

2.º plazo

Habilitación para el uso de aparatos de medición en materia de contaminación acústica

40

20

Presencial

14/05/2025 –

23/05/2025

IBIZA Y FORMENTERA

Área de movilidad, tráfico y seguridad vial

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

3.er plazo

Intervención en accidentes de tráfico. Elaboración de informes y atestados

10

25

Presencial

20/10/2025 –

21/10/2025

1.er plazo

Vehículos y conductores extranjeros

7

25

Presencial

10/02/2025

2.º plazo

Intervención policial en bicicletas, patinetes y otros vehículos de movilidad personal

5

25

Presencial

16/05/2025

Área jurídico-penal

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

3.er plazo

Los delitos de lesiones. Violencia de género, familiar y asistencial

7

25

Presencial

15/10/2025

1.er plazo

Delitos contra la seguridad vial y análisis jurisprudencial

10

25

Presencial

12/02/2025 –

13/02/2025

2.º plazo

Fundamentos legales y procedimientos de la detención

7

25

Presencial

25/04/2025

 

​​​​​​​Área de policía administrativa

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

1.er plazo

Reglamento de armas. El uso de armas por policías locales. Responsable de armamento

7

20

Presencial

27/01/2025

Área de atención y asistencia a la ciudadanía

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

3.er plazo

Intervención policial en personas con ideaciones suicidas

10

30

Presencial

01/10/2025 –

02/10/2025

2.º plazo

Curso de iniciación al servicio de policía tutor de las Illes Balears

10

20

Presencial

14/04/2025 –

15/04/2025

Área de dominio técnico policial (DTP)

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

1.er plazo

Intervención operativa en grandes concentraciones humanas y seguridad ciudadana

25

20

Presencial

03/02/2025 –

07/02/2025

2.º plazo

Uso y manejo seguro de las armas de fuego

10

20

Presencial

28/05/2025 –

30/05/2025

1.er plazo

Uso de elementos de autoprotección para policía local. Reciclaje en bastón extensible

10

12

Presencial

27/03/2025 –

28/03/2025

Área de formación de personal formador

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

3.er plazo

Monitor de bastón extensible

10

16

Presencial

04/11/2025 –

05/11/2025

Área de formación para la habilitación (FHA)

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

2.º plazo

Habilitación para el uso de aparatos de medición en materia de contaminación acústica

40

20

Presencial

02/04/2025 –

11/04/2025

Nota: la oferta formativa, con la indicación de las personas destinatarias, el calendario, los lugares, y, en general, toda la información correspondiente a las actividades, está publicada en la página web de la EBAP (http://ebap.caib.es). Así mismo, las fechas de inscripción de cada plazo son las siguientes:

1.er plazo: del 16 al 31 de de diciembre de 2024, para las actividades formativas que se tengan que impartir durante los meses de enero, febrero y marzo de 2025.

3.er plazo: del 16 al 30 de junio, para las actividades que se tengan que impartir durante los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2025.

2.º plazo: del 3 al 16 de marzo de 2025, para las actividades que se tengan que impartir durante los meses de abril, mayo y junio de 2025.

 

ANEXO 3

Bases que rigen las actividades formativas del Plan de Formación de Seguridad, Emergencias y Bomberos de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) del año 2025

Punto 1. Personas destinatarias

La EBAP dirige su oferta formativa del Plan de Formación de Seguridad, Emergencias y Bomberos a todo el personal de seguridad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, al personal de emergencias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y a los miembros de los cuerpos de bomberos.

 

​​​​​​​Punto 2. Plazos de inscripción y solicitudes

2.1. El calendario de inscripción previsto para las actividades formativas del año 2025 del Plan de Seguridad, Emergencias y Bomberos es el siguiente:

  • Inscripción del 16 al 31 de diciembre para las actividades que se impartan durante los meses de enero, febrero y marzo.

  • Inscripción del 3 al 14 de marzo para las actividades que se impartan durante los meses de abril, mayo y junio.

  • Inscripción del 16 al 30 de junio para las actividades que se impartan durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre.

2.2. Toda la información relativa a las actividades formativas (título, objetivos, contenidos, personas destinatarias, fechas y horarios) se publica en la página web de la EBAP (ebap.caib.es) antes de que empiece cada plazo de inscripción. Asimismo, cualquier cambio que afecte a las actividades se actualiza en la página web.

2.3. Las personas interesadas pueden solicitar un máximo de tres cursos. Además, se pueden abrir plazos extraordinarios de inscripción a actividades formativas que dispongan de plazas disponibles.

2.4. La solicitud de participación en una actividad formativa supone la aceptación de estas bases y de las de desarrollo propias de cada actividad. Además, solo se admiten las solicitudes de las personas que cumplen los requisitos establecidos en esta convocatoria.

2.5. En ningún caso, la persona interesada puede asistir dos veces a la misma actividad formativa, aunque se trate de ediciones diferentes. Si se detecta esta circunstancia durante el curso, se dará de baja a la persona automáticamente y no tendrá derecho a certificado.

2.6. No es necesaria la presentación de solicitudes en las actividades propuestas por unidades administrativas destinadas a su personal ni en las que tengan normas específicas de selección del alumnado.

2.7. La presentación de la solicitud para participar en las actividades formativas supone el conocimiento y la aceptación inequívocos del aspirante del tratamiento de los datos de carácter personal a cargo del órgano competente y únicamente para las finalidades establecidas. El tratamiento de la información facilitada en las solicitudes deberá tener en cuenta las previsiones del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos, y de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Punto 3. Modalidades de inscripción en las actividades formativas

3.1. El personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears destinatario del Plan de Formación de Seguridad, Emergencias y Bomberos que tenga acceso al Portal de Servicios al Personal deberá tramitar la solicitud directamente desde este portal.

3.2. El personal sin acceso al Portal de Servicios al Personal puede tramitar las solicitudes mediante dos procedimientos:

a) Mediante la matriculación por Internet. Para matricularse, debe accederse a la página web de la EBAP (ebap.caib.es); a continuación, <Planes de formación de la EBAP 2025>; seguidamente, debe accederse al plan correspondiente; finalmente, se accede a «Matriculación por Internet». No se tiene que enviar al EBAP el justificante de matriculación que aparece al final del procedimiento.

En el momento de rellenar la solicitud, las personas interesadas deberán firmar una declaración responsable sobre la veracidad de los datos consignados, incluida en el mismo trámite telemático.

b) Mediante el impreso habilitado a este efecto, en el que deberán hacerse constar todos los datos que se solicitan, incluida la dirección electrónica, que es la herramienta para comunicar la admisión a los cursos. La falta de datos puede ser motivo de exclusión. Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General de la EBAP, en el de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, o de acuerdo con cualquiera de las formas que determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Punto 4. Presentación de documentación. Requisitos

4.1. Deberá rellenarse la solicitud completamente, incluida la dirección de correo electrónico, que es la herramienta que se utiliza para comunicar la admisión a los cursos de formación. Debe escribirse el código completo del curso. No se admitirá ninguna solicitud sin los datos profesionales de la persona.

4.2. En el momento de rellenar la solicitud, deberá firmarse una declaración de responsabilidad sobre la veracidad de los datos consignados, incluida en el mismo trámite telemático y en el impreso de solicitud.

4.3. En caso de presentarse la solicitud por trámite telemático, si procede, la documentación acreditativa deberá presentarse mediante correo electrónico a la dirección formacioemergencies@ebap.caib.es.

4.4. Para participar en determinadas actividades formativas, la persona responsable de la dirección general en materia de emergencias emitirá la lista de personas propuestas con la orden de prelación.

4.5. Cuando las actividades formativas establezcan personas destinatarias preferentes, la EBAP comprobará que las personas interesadas cumplen las condiciones preferentes. Si se tratara de requisitos exclusivos de acceso, no se admitirán las solicitudes de los aspirantes que no cumplan estas condiciones.

4.6. Los requisitos deberán acreditarse o alegarse para ser comprobados por la EBAP junto con la solicitud y de manera individualizada. Es necesario acreditarlos documentalmente antes del inicio de las actividades

Punto 5. Selección

5.1. La solicitud de participación en una actividad formativa supone la aceptación de estas bases y de las de desarrollo propias de cada actividad. Además, solo se admiten las solicitudes de las personas destinatarias de esta convocatoria.

5.2. Si el número de solicitudes de una actividad determinada supera el número de plazas previsto, la EBAP realizará la selección correspondiente.

Los criterios de prelación de la selección son los siguientes:

1.º Las personas destinatarias preferentes, cuando así lo establece la actividad formativa. La relación de la actividad formativa con las funciones que desarrolla la persona solicitante deberá acreditarse con un documento firmado por el superior jerárquico responsable del puesto de trabajo de que se trata. A este efecto, la EBAP realiza las comprobaciones oportunas.

2.º En igualdad de condiciones, no haber participado en otras actividades de la EBAP convocadas en los años 2024 y 2025.

3.º La fecha de presentación de la solicitud.

5.3. Pueden ofrecerse cursos en los que deba superarse una prueba de selección con unos criterios de evaluación determinados previamente.

5.4. Si existen actividades presenciales que coincidan parcial o totalmente en las fechas, las personas interesadas solo serán admitidas en una de ellas. No obstante, es posible la admisión a un curso presencial o semipresencial y a un curso en línea que coincidan parcial o totalmente en las fechas, y también la admisión a dos cursos en línea que coincidan parcial o totalmente en las fechas.

Punto 6. Causas de no admisión o exclusión de las actividades formativas

Quedan excluidas del proceso de selección las personas que incurran en alguna de las siguientes circunstancias:

a) Presentación de solicitudes fuera de plazo o por una vía diferente a las que se mencionan en las instrucciones específicas.

b) Participación, en los últimos cuatro años, en la misma actividad formativa que se solicita.

c) Omisión, inexactitud o falta de veracidad de los datos consignados en la solicitud.

d) No pertenencia al grupo destinatario de la actividad formativa o no cumplimiento de los requisitos.

Punto 7. Listas de personas admitidas

7.1. La EBAP publica la lista de personas admitidas en su página web y comunica individualmente su admisión mediante la dirección electrónica adscrita al número de registro de personal o, si procede, mediante la dirección electrónica facilitada.

7.2. En caso de que las personas solicitantes cambien de dirección electrónica, lo deberán comunicar a la EBAP. También deberán informar a la EBAP si la dirección electrónica que facilitaron en un principio ya no está operativa.

7.3. La EBAP también comunicará individualmente su admisión mediante el envío de mensajes SMS, siempre que se disponga de un número de teléfono móvil asignado a la persona solicitante.

7.4. La admisión a las actividades formativas no supone ninguna autorización de la EBAP para dejar el puesto de trabajo.

Punto 8. Suspensión de actividades formativas

La EBAP podrá suspender actividades formativas con un número de inscritos inferior al 50 % de las plazas ofrecidas.

 

​​​​​​​Punto 9. Lista de espera

9.1. Todas las actividades formativas pueden tener listas de espera para cubrir bajas o renuncias. Las listas de espera se publican en la página web de la EBAP (ebap.caib.es) en el momento de la selección y se actualizan, permanentemente, de manera interna.

9.2. En cualquier caso, corresponde a la EBAP comunicar y decidir la admisión a las actividades formativas.

Punto 10. Pérdida de la situación de preferencia

10.1. Con la solicitud se contrae la obligación de asistir o acceder a las actividades formativas, dependiendo de la modalidad de aprendizaje. Si no se puede asistir a las actividades, deberá comunicarse por escrito a la dirección electrónica formacioemergencies@ebap.caib.es como mínimo cinco días hábiles antes de que empiecen.

10.2. El hecho de no renunciar a las actividades dentro del plazo fijado y de no comunicar la incapacidad laboral supone ocupar, durante un año natural, el último nivel en los criterios de preferencia en la selección.

10.3. Se consideran justificadas las renuncias que se presentan fuera de plazo en los siguientes casos:

— Baja por enfermedad.

— Enfermedad de hijos menores de 12 años.

— Ausencia motivada por necesidades del servicio.

— Cumplimiento de un deber inexcusable.

— Accidente o enfermedad grave, hospitalización o defunción de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Estas justificaciones deberán acompañarse de la documentación acreditativa, a efectos de no perder la situación de preferencia en la selección.

10.4. La asistencia a un 50 %, como mínimo, de horas lectivas permite mantener la situación de preferencia en la selección. En el caso de las actividades en modalidad en línea, se mantiene la situación de preferencia en la selección si se ha llevado a cabo un 50 % de la actividad obligatoria.

10.5. Las ausencias superiores al 20 % de horas lectivas, aunque estén justificadas, suponen la pérdida del derecho a obtener los certificados de aprovechamiento regulados en estas bases.

10.6. Las personas en situación de incapacidad temporal no pueden asistir a las actividades formativas de la EBAP. La incapacidad temporal deberá comunicarse por escrito a la dirección electrónica formacioemergencies@ebap.caib.es, con el fin de cubrir, si procede, la plaza vacante y no perder la situación de preferencia en la selección.

10.7. Quedan exentos del punto anterior los casos en los que se presente un informe médico a la EBAP que justifique que el seguimiento de las actividades formativas es compatible con la incapacidad temporal.

10.8. En las actividades formativas de la modalidad en línea o de las modalidades semipresencial y presencial en las que las sesiones presenciales sean mediante videoconferencia, las personas en situación de incapacidad temporal podrán participar excepto si la persona interesada considera que no puede cumplir el programa previsto de objetivos y contenidos de las actividades. En este caso, lo deberá comunicar a la EBAP con el fin de cubrir, si procede, la plaza vacante.

Punto 11. Supresión y modificación de actividades formativas. Resolución de casos especiales

11.1. La EBAP, para desarrollar mejor sus funciones, puede tomar las siguientes decisiones: suprimir actividades formativas; organizar otras no programadas con anterioridad por necesidades concretas; efectuar varias ediciones, y modificar, si procede, los objetivos, los contenidos, la duración, las fechas y los requisitos anunciados para adaptarlos mejor a los requerimientos de la formación. De todo ello, la EBAP informa puntualmente.

11.2. Corresponde a la EBAP resolver las dudas o las incidencias que surgen sobre la aplicación de estas bases, o sobre casos concretos no previstos o excepcionales.

11.3. Se pueden excluir de las actividades formativas a los participantes que muestren comportamientos o actitudes irregulares, o que impidan el desarrollo normal de la formación. Estas actividades también se pueden modificar o suprimir. En cualquier caso, la EBAP deberá elaborar el informe justificativo correspondiente.

 
 

​​​​​​​Punto 12. Material didáctico de los cursos

12.1. Como norma general, el material didáctico de las actividades formativas se publica en el repositorio de material contenido en la página web EBAP en Obert (https://ebapenobert.caib.es).

12.2. La EBAP publica, bajo la licencia Creative Commons, el material didáctico que se elabora para la formación.

12.3. En ningún caso, el material didáctico se envía por correo electrónico. Transcurrido un mes desde la finalización de las actividades, el material didáctico se elimina del repositorio.

Punto 13. Instrucciones para las actividades formativas de la modalidad en línea

13.1. Para realizar las actividades formativas de la modalidad en línea, es imprescindible que los alumnos dispongan, durante el desarrollo de las actividades, de un dispositivo con conexión a Internet que permita el seguimiento. En caso contrario, no se pueden realizar las actividades formativas en línea de la EBAP.

13.2. Es necesario que el aparato con conexión a Internet tenga las siguientes características técnicas:

— Resolución mínima de 1280 x 1024.

— Tarjeta de sonido, micrófono y altavoces.

— Navegador Mozilla Firefox o Google Chrome actualizado (recomendado).

— Java Runtime Environment (necesario para realizar ciertos tipos de actividades).

13.3. Para realizar las actividades formativas de la modalidad en línea, es imprescindible que los alumnos dispongan de una dirección electrónica que esté operativa, dado que todas las comunicaciones de la EBAP con los alumnos se vehiculan por este medio.

13.4. A efectos de descargar documentos, las actividades formativas de la modalidad en línea se cierran y se ocultan en la plataforma virtual un mes después de haber finalizado el periodo de docencia. En ningún caso el material didáctico se envía por correo electrónico.

13.5. En el momento de empezar las actividades formativas en línea, los alumnos admitidos deberán leer el programa de la actividad y sistema de evaluación, que recoge unas instrucciones concretas sobre el funcionamiento y el desarrollo de las actividades y sobre los requisitos mínimos para obtener los certificados de aprovechamiento.

13.6. Lo que no especifica este punto 13 sobre las actividades formativas en línea se regula con las bases generales.

Punto 14. Instrucciones para las actividades formativas de la modalidad semipresencial

14.1. En las actividades formativas semipresenciales, se aplican las mismas instrucciones que en las actividades formativas de la modalidad presencial y en línea, según corresponda.

14.2. Para tener derecho a certificado, en el caso de las sesiones presenciales, deberá acreditarse la asistencia a un 80 % de estas sesiones como mínimo y, en el caso de la parte en línea, deberán cumplirse los requisitos mínimos que establecen las instrucciones concretas de las actividades que figuran en el programa de la actividad y sistema de evaluación.

14.3. Los alumnos admitidos en la modalidad semipresencial están obligados a acceder a las actividades antes de que empiecen. En caso contrario, serán dados de baja y perderán la situación de preferencia en la selección, excepto si, con antelación, justifican que no podrán acceder a la actividad. Las plazas que queden libres podrán ser ocupadas por personas de la lista de espera.

Punto 15. Certificados de aprovechamiento

15.1. La obtención del certificado de aprovechamiento obliga a demostrar el conocimiento de las materias del curso. Este conocimiento será evaluado mediante la superación de pruebas escritas u orales, trabajos u otros ejercicios relacionados con el contenido de la actividad formativa, o mediante la evaluación continuada certificada por el profesorado.

15.2. Se expide el certificado de aprovechamiento a los alumnos de la modalidad presencial que asisten a un 80 % de horas lectivas, como mínimo, y que superan la evaluación correspondiente.

15.3. Se expedirá el certificado de aprovechamiento a los alumnos de las modalidades semipresencial y en línea que cumplan los requisitos de evaluación especificados en las instrucciones de la actividad formativa.

15.4. Si procede, no se contabilizarán las asistencias que corresponden a los días en que los alumnos hayan estado en situación de incapacidad temporal.

15.5. Falsear la firma supondrá la pérdida del derecho a certificado y la exclusión de los cursos de la EBAP durante un año.

Punto 16. Lista de personas con derecho al certificado de aprovechamiento o al certificado de asistencia. Solicitud de certificado y reclamaciones

16.1. En un plazo inferior a dos meses, a contar desde la finalización de la actividad, se publicará en la página web de la EBAP (https://www.caib.es/sites/formacioebap) la lista de personas participantes con derecho a certificado.

16.2. Los certificados expeditos se envían por correo electrónico, con firma digital.

16.3. Se pueden presentar reclamaciones a la lista de personas con derecho a certificado en el plazo de treinta días naturales, a contar a partir del día siguiente el que se haya publicado. Una vez finalizado este plazo y resueltas las reclamaciones, el expediente de la actividad formativa será definitivo.

Punto 17. Tratamiento de datos de carácter personal

Responsable del tratamiento de datos

Identidad: Escuela Balear de Administración Pública

Dirección postal: calle del Gremi de Corredors, 10, 3.º (polígono de Son Rossinyol), 07009 Palma

Dirección de correo electrónico: ebap@caib.es

Contacto con la Delegación de Protección de Datos

La Delegación de Protección de Datos de la Escuela Balear de Administración Pública tiene la sede en la calle Gremi de Corredors, 10, 3.º (polígono de Son Rossinyol) de Palma. Dirección electrónica de contacto: protecciodades@ebap.caib.es.

Finalidad

Los datos se tratarán con la finalidad de seleccionar a los alumnos, desarrollar las actividades formativas y certificar la formación que imparte la EBAP.

Legitimación

El tratamiento de los datos es necesario para cumplir una obligación legal y para conseguir el interés público, como es la formación de los empleados públicos.

La legislación aplicable es la siguiente:

― El Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

― La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

― Las letras c) y e) del artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

Categorías de datos personales

Datos de carácter identificativo: Nombre, DNI, fecha de nacimiento, sexo, teléfono y dirección de correo electrónico.

Datos académicos y profesionales: Relación laboral con la Administración, grupo o nivel, puesto de trabajo y cargo, formación certificada, licencia por maternidad o paternidad.

Datos de salud: Discapacidad, baja por incapacidad laboral.

Consentimiento para el tratamiento de datos relativos a la salud

La presentación de la solicitud para el procedimiento supone el conocimiento y la aceptación inequívocos de la persona solicitante del tratamiento de los datos de carácter personal que realizará el órgano competente y únicamente para las finalidades establecidas.

Personas destinatarias

La Dirección General de Función Pública de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, la Dirección General de Simplificación Administrativa, Modernización y Administración Digital de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, y las unidades de personal de las consejerías de la CAIB para la gestión de la promoción profesional y de procedimientos de provisión de lugares de trabajo.

Criterios de conservación de datos

Los plazos de conservación de los datos serán los necesarios para cumplir la finalidad del procedimiento y los previstos en la legislación de archivos para las administraciones públicas, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Derechos

Cualquier persona tiene derecho a obtener la confirmación sobre si la EBAP está tratando datos personales que la conciernen o no. Las personas interesadas tienen derecho a acceder a sus datos personales, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, si procede, solicitar su supresión, entre otros motivos, cuando los datos ya no sean necesarios para las finalidades para las que se recogieron.

En determinadas circunstancias previstas en el artículo 18 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), las personas interesadas pueden solicitar la limitación del tratamiento de sus datos. En este caso, únicamente se conservarán para ejercer o defender reclamaciones.

En determinadas circunstancias, las personas interesadas pueden oponerse al tratamiento de sus datos con una solicitud motivada. La EBAP dejará de tratar los datos, a no ser que haya motivos legítimos imperiosos para ejercer o defender posibles reclamaciones.

Ejercicio de derechos y reclamaciones

El ejercicio de estos derechos puede solicitarse ante la EBAP mediante el procedimiento «Solicitud de ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales», previsto en la Sede Electrónica de la CAIB.

Con posterioridad a la respuesta de la EBAP o al cabo de un mes de haber presentado la solicitud, podrá reclamarse una tutela de derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Consecuencias de no facilitar los datos personales

No presentar los datos necesarios implica que la persona interesada no puede formar parte del procedimiento.

Decisiones automatizadas

No se producirán decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, con los datos personales de las personas solicitantes.

 

ANEXO 4 Oferta formativa del Plan de Formación de Emergencias y Bomberos del año 2025

Formación continua de bomberos

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

3.er plazo

Técnicas de progresión en línea de ataque con disponibilidad de caudal de 400 lpm

21

24

Presencial

07/10/2025
10/10/2025

2.º plazo

Nuevas técnicas en extinción de incendios estructurales

20

12

Presencial

06/05/2025
09/05/2025

2.º plazo

Gestión operativa y mando intermedio (nivel 1)

35

12

Presencial

10/03/2025
14/03/2025

1.er plazo

Nuevas técnicas en extinción de incendios de vehículos eléctricos y nuevas tecnologías

15

12

Presencial

17/02/2025
19/02/2025

3.er plazo

Nuevas técnicas en extinción de incendios en barcos, embarcaciones y áreas portuarias

20

12

Presencial

23/09/2025
26/09/2025

1.er plazo

Jornada formativa sobre extinción de incendios en cubiertas y fachadas

7

20

Presencial

18/03/2025

2.º plazo

Jornada formativa sobre extinción de incendios en instalaciones fotovoltaicas y sistemas de almacenamiento

7

20

Presencial

13/05/2025

1.er plazo

Jornada formativa sobre investigación de accidentes

7

20

Presencial

04/02/2025

Formación continua de emergencias

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

1.er plazo

Conceptos básicos y metodología de gestión de emergencias

40

25

Semipresencial

15/01/2025
30/03/2025

1.er plazo

Soporte vital táctico

20

20

Presencial

15/01/2025
30/03/2025

1.er plazo

Trabajo en equipo, clima laboral y motivación

15

25

Presencial

15/01/2025
30/03/2025

2.º plazo

Técnico redactor de planes de salvamento de playas

100

25

Semipresencial

01/04/2025
15/06/2025

2.º plazo

Introducción a la dirección de operaciones

20

20

Presencial

01/04/2025
15/06/2025

3.er plazo

Meteorología aplicada a la protección civil y a la gestión de las emergencias

25

25

Presencial

15/09/2025
30/11/2025

3.er plazo

Procedimiento administrativo inspector

20

20

Presencial

15/09/2025
30/11/2025

3.er plazo

Diseño de planes estratégicos, especial enfoque en emergencias

20

20

Presencial

15/09/2025
30/11/2025

Nota: la oferta formativa, con la indicación de las personas destinatarias, el calendario, los lugares, y, en general, toda la información correspondiente a las actividades, está publicada en la página web de la EBAP (http://ebap.caib.es). Así mismo, las fechas de inscripción de cada plazo son las siguientes:

Plazos de inscripción:

3.er plazo: del 16 al 30 de junio de 2025 para las actividades que se tengan que impartir durante los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2025.

1.er plazo: del 16 al 31 de diciembre de 2024, para las actividades formativas que se tengan que impartir durante los meses de enero, febrero y marzo de 2025.

2.º plazo: del 3 al 16 de marzo de 2025, para las actividades que se tengan que impartir durante los meses de abril, mayo y junio de 2025.

 

ANEXO 5

Bases que rigen las actividades formativas del Plan de Formación de Voluntarios de Protección Civil de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) del año 2025

Punto 1. Personas destinatarias

1.1. La EBAP dirige su oferta formativa del Plan de Formación de Voluntarios de Protección Civil a los voluntarios de protección civil que estén vinculados a alguna agrupación de las Illes Balears.

1.2. Esta oferta formativa queda restringida a los colectivos profesionales indicados.

Punto 2. Plazos de inscripción y solicitudes

2.1. El calendario de inscripción previsto para las actividades formativas del año 2025 del Plan de Formación de Voluntarios de Protección Civil es el siguiente:

  • Inscripción del 16 al 31 de diciembre para las actividades que se impartan durante los meses de enero, febrero y marzo.

  • Inscripción del 3 al 14 de marzo para las actividades que se impartan durante los meses de abril, mayo y junio.

  • Inscripción del 16 al 30 de junio para las actividades que se impartan durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre.

2.2. Toda la información relativa a las actividades formativas (título, objetivos, contenidos, personas destinatarias, fechas y horarios) se publica en la página web de la EBAP (ebap.caib.es) antes de que empiece cada plazo de inscripción. Asimismo, cualquier cambio que afecte a las actividades se actualiza en la página web.

2.3. Las personas interesadas pueden solicitar un máximo de tres cursos. Además, se pueden abrir plazos extraordinarios de inscripción a actividades formativas que dispongan de plazas disponibles.

2.4. La solicitud de participación en una actividad formativa supone la aceptación de estas bases y de las de desarrollo propias de cada actividad. Además, solo se admiten las solicitudes de las personas que cumplen los requisitos establecidos en esta convocatoria.

2.5. En ningún caso, la persona interesada puede asistir dos veces a la misma actividad formativa, aunque se trate de ediciones diferentes. Si se detecta esta circunstancia durante el curso, se dará de baja a la persona automáticamente y no tendrá derecho a certificado.

2.6. La presentación de la solicitud para participar en las actividades formativas supone el conocimiento y la aceptación inequívocos del aspirante del tratamiento de los datos de carácter personal a cargo del órgano competente y únicamente para las finalidades establecidas. El tratamiento de la información facilitada en las solicitudes deberá tener en cuenta las previsiones del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos, y de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Punto 3. Modalidades de inscripción en las actividades formativas

En el caso de las actividades incluidas en el Plan de Voluntarios de Protección Civil, teniendo en cuenta la especificidad de esta formación, el organismo proponente, en este caso, el jefe de agrupación, elabora la lista de alumnos que cumplen los requisitos y los remite a la dirección general competente en materia de emergencias, la cual propone a los participantes en la orden de prelación.

Punto 4. Presentación de documentación. Requisitos

4.1. Deberá rellenarse el formulario de solicitud mediante el enlace facilitado, incluida la dirección de correo electrónico, que es la herramienta que se utiliza para comunicar la admisión a los cursos de formación. Debe escribirse el código completo del curso. No se admitirá ninguna solicitud sin los datos de la agrupación a la que pertenece la persona.

4.2. Independientemente de lo establecido en los puntos anteriores, la actividad exige que la persona responsable de la agrupación proponga al personal voluntario destinatario con la orden de prelación para la admisión.

4.3. Cuando la actividad formativa establezca personas destinatarias preferentes, la EBAP comprobará que las personas interesadas cumplen las condiciones preferentes.

4.4. Cuando las actividades formativas establezcan personas destinatarias con requisitos exclusivos, la EBAP comprobará que las personas interesadas cumplen las condiciones de exclusividad. No se admitirán las solicitudes de los aspirantes que no cumplan estas condiciones.

Punto 5. Selección

5.1. La solicitud de participación en una actividad formativa supone la aceptación de estas bases y de las de desarrollo propias de cada actividad.

5.2. La Dirección General de Emergencias e Interior realizará la selección y propondrá a la EBAP las personas voluntarias con derecho a hacer la formación, para que las admita, con una antelación mínima de treinta días a la fecha prevista para la impartición, así como la lista de espera correspondiente.

5.5. Si hay cursos que coincidan parcial o totalmente en los horarios, las personas interesadas solo serán admitidas en uno de ellos.

5.6. Aparte de los criterios de prelación, los alumnos se seleccionarán teniendo en cuenta las propuestas del jefe de la agrupación y el hecho de que la distribución territorial esté representada.

Punto 6. Curso básico de voluntarios de protección civil

6.1. El Curso básico de voluntarios de protección civil, de 32 horas, se realiza en modalidad presencial y consta de dos partes, una teórica y otra práctica.

6.2. Cada uno de los municipios interesados deberá remitir a la Dirección General de Emergencias e Interior la lista de aspirantes a participar en el Curso con la orden de prelación a fin de que se gestione su admisión.

6.3 La Dirección General de Emergencias e Interior propone a la EBAP las personas aspirantes a participar en el Curso con una antelación mínima de treinta días antes de su inicio.

6.4. Las personas aspirantes que estén en posesión de una de las siguientes formaciones están exentas de realizar las siguientes partes del curso:

  • La titulación de formación profesional de Grado Medio o Superior de Técnico en Emergencias y Protección Civil. En este caso, las personas aspirantes quedarían exentas de realizar tanto la parte teórica como la práctica del curso.

  • Los aspirantes en posesión de la titulación universitaria de Grado en Enfermería están exentos de llevar a cabo el taller de primeros auxilios y DESA.

  • Los aspirantes con la titulación de la formación profesional de Grado Medio en Auxiliar de Enfermería están exentos de llevar a cabo el taller de primeros auxilios y DESA.

  • Los aspirantes que acrediten que han superado el Curso básico de capacitación para el acceso a la categoría de policía que imparte la EBAP están exentos de llevar a cabo el taller de autoprotección e intervenciones en materia de tráfico.

  • Los aspirantes que acrediten que han superado el Curso básico de capacitación para el acceso a la categoría de bombero que imparten el Ayuntamiento de Palma, el Consejo de Mallorca, el Consejo Insular de Menorca o el Consejo Insular de Ibiza están exentos de llevar a cabo el taller de incendios forestales.

  • Los aspirantes del Cuerpo Ayudante Facultativo de Agentes de Medio Ambiente de las Illes Balears que acrediten, como mínimo, un año de experiencia están exentos de llevar a cabo el taller de incendios forestales.

  • Los aspirantes que acrediten que han superado el Curso básico de Protección Civil que se imparta en otra comunidad autónoma. Se convalidarán los talleres prácticos que se hayan superado en otra comunidad autónoma, excepto la parte teórica.

Punto 7. Causas de no admisión o exclusión de las actividades formativas

Quedan excluidas del proceso de selección las personas que incurran en alguna de las siguientes circunstancias:

a) Presentación de solicitudes fuera de plazo o por una vía diferente de las que se mencionan en las instrucciones específicas.

b) Participación, en los últimos cuatro años, en la misma actividad formativa que se solicita.

c) Omisión, inexactitud o falta de veracidad de los datos consignados en la solicitud.

d) No pertenencia al grupo destinatario de la actividad formativa o no cumplimiento de los requisitos.

Punto 8. Listas de personas admitidas

8.1. La EBAP publica la lista de personas admitidas en su página web (ebap.caib.es) y comunica individualmente su admisión mediante la dirección electrónica que se facilita en la solicitud.

8.2. En caso de que las personas solicitantes cambien de dirección electrónica, lo deberán comunicar a la EBAP. También deberán informar a la EBAP si la dirección electrónica que facilitaron en un principio ya no está operativa.

8.3. La EBAP también puede comunicar individualmente su admisión mediante el envío de mensajes SMS, siempre que se disponga de un número de teléfono móvil asignado a la persona solicitante.

Punto 9. Suspensión de actividades formativas

La EBAP podrá suspender actividades formativas con un número de inscritos inferior al 50 % de las plazas ofrecidas.

Punto 10. Lista de espera

10.1. Todas las actividades formativas pueden tener listas de espera para cubrir bajas o renuncias. Las listas de espera se publican en la página web de la EBAP (ebap.caib.es) en el momento de la selección y se actualizan, permanentemente, de manera interna.

10.2. En cualquier caso, corresponde a la EBAP comunicar y decidir la admisión a las actividades formativas.

Punto 11. Pérdida de la situación de preferencia

11.1. Con la solicitud se contrae la obligación de asistir o acceder a las actividades formativas, dependiendo de la modalidad de aprendizaje. Si no se puede asistir a las actividades, deberá comunicarse por escrito a la dirección electrónica formacioemergencies@ebap.caib.es como mínimo cinco días hábiles antes de que empiecen.

11.2. El hecho de no renunciar a las actividades dentro del plazo fijado y de no comunicar la incapacidad laboral supone ocupar, durante un año natural, el último nivel en los criterios de preferencia en la selección.

11.3. Se consideran justificadas las renuncias que se presentan fuera de plazo en los siguientes casos:

— Baja por enfermedad.

— Enfermedad de hijos menores de 12 años.

— Ausencia motivada por necesidades del servicio.

— Cumplimiento de un deber inexcusable.

— Accidente o enfermedad grave, hospitalización o defunción de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Estas justificaciones deberán acompañarse de la documentación acreditativa, a efectos de no perder la situación de preferencia en la selección.

11.4. La asistencia a un 50 %, como mínimo, de horas lectivas permite mantener la situación de preferencia en la selección.

11.5. Las ausencias superiores al 20 % de horas lectivas, aunque estén justificadas, suponen la pérdida del derecho a obtener los certificados de aprovechamiento regulados en estas bases.

11.6. Las personas en situación de incapacidad temporal no pueden asistir a las actividades formativas de la EBAP. La incapacidad temporal deberá comunicarse por escrito a la dirección electrónica formacioemergencies@ebap.caib.es, con el fin de cubrir, si procede, la plaza vacante y no perder la situación de preferencia en la selección.

11.7. Quedan exentos del punto anterior los casos en los que se presente un informe médico a la EBAP que justifique que el seguimiento de las actividades formativas es compatible con la incapacidad temporal.

Punto 12. Supresión y modificación de actividades formativas. Resolución de casos especiales

12.1. La EBAP, para desarrollar mejor sus funciones, puede tomar las siguientes decisiones: suprimir actividades formativas; organizar otras no programadas con anterioridad por necesidades concretas; efectuar varias ediciones, y modificar, si procede, los objetivos, los contenidos, la duración, las fechas y los requisitos anunciados para adaptarlos mejor a los requerimientos de la formación. De todo ello, la EBAP informa puntualmente.

12.2. Corresponde a la EBAP resolver las dudas o las incidencias que surgen sobre la aplicación de estas bases, o sobre casos concretos no previstos o excepcionales.

12.3. Se pueden excluir de las actividades formativas a los participantes que muestren comportamientos o actitudes irregulares, o que impidan el desarrollo normal de la formación. Estas actividades también se pueden modificar o suprimir. En cualquier caso, la EBAP deberá elaborar el informe justificativo correspondiente.

Punto 13. Material didáctico de los cursos

13.1. Como norma general, el material didáctico de las actividades formativas se publica en el repositorio de material contenido en la página web EBAP en Obert (https://ebapenobert.caib.es).

13.2. La EBAP publica, bajo la licencia Creative Commons, el material didáctico que se elabora para la formación.

13.3. En ningún caso, el material didáctico se envía por correo electrónico. Transcurrido un mes desde la finalización de las actividades, el material didáctico se elimina del repositorio.

Punto 14. Certificados de aprovechamiento

14.1. La obtención del certificado de aprovechamiento obliga a demostrar el conocimiento de las materias del curso. Este conocimiento será evaluado mediante la superación de pruebas escritas u orales, trabajos u otros ejercicios relacionados con el contenido de la actividad formativa, o mediante la evaluación continuada certificada por el profesorado.

14.2. Se expidirá el certificado de aprovechamiento a los alumnos de la modalidad presencial que asisten a un 80 % de horas lectivas, como mínimo, y que superen la evaluación correspondiente.

14.3. Si procede, no se contabilizarán las asistencias que corresponden a los días en que los alumnos hayan estado en situación de incapacidad temporal.

14.4. Falsear la firma supondrá la pérdida del derecho a certificado y la exclusión de los cursos de la EBAP durante un año.

Punto 15. Lista de personas con derecho al certificado. Solicitud y reclamaciones

18.1. En un plazo inferior a dos meses, a contar desde la finalización de la actividad, se publicará en la página web de la EBAP (ebap.caib.es) la lista de personas participantes con derecho a certificado.

18.2. Los certificados expeditos se envían por correo electrónico, con firma digital.

18.3. Se pueden presentar reclamaciones a la lista de personas con derecho a certificado en el plazo de treinta días naturales, a contar a partir del día siguiente el que se haya publicado. Una vez finalizado este plazo y resueltas las reclamaciones, el expediente de la actividad formativa será definitivo.

Punto 16. Tratamiento de datos de carácter personal

Responsable del tratamiento de datos

Identidad: Escuela Balear de Administración Pública

Dirección postal: calle del Gremi de Corredors, 10, 3.º (polígono de Son Rossinyol), 07009 Palma

Dirección de correo electrónico: ebap@caib.es

Contacto con la Delegación de Protección de Datos

La Delegación de Protección de Datos de la Escuela Balear de Administración Pública tiene la sede en la calle Gremi de Corredors, 10, 3.º (polígono de Son Rossinyol) de Palma. Dirección electrónica de contacto: protecciodades@ebap.caib.es.

Finalidad

Los datos se tratarán con la finalidad de seleccionar a los alumnos, desarrollar las actividades formativas y certificar la formación que imparte la EBAP.

Legitimación

El tratamiento de los datos es necesario para cumplir una obligación legal y para conseguir el interés público, como es la formación de los empleados públicos.

La legislación aplicable es la siguiente:

― El Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

― La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

― Las letras c) y e) del artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

Categorías de datos personales

Datos de carácter identificativo: Nombre, DNI, fecha de nacimiento, sexo, teléfono y dirección de correo electrónico

Datos académicos y profesionales: Relación laboral con la Administración, grupo o nivel, puesto de trabajo y cargo, formación certificada, licencia por maternidad o paternidad.

Datos de salud: Discapacidad, baja por incapacidad laboral.

Consentimiento para el tratamiento de datos relativos a la salud

La presentación de la solicitud para el procedimiento supone el conocimiento y la aceptación inequívocos de la persona solicitante del tratamiento de los datos de carácter personal a cargo del órgano competente y únicamente para las finalidades establecidas.

Personas destinatarias

La Dirección General de Función Pública de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, la Dirección General de Simplificación Administrativa, Modernización y Administración Digital de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, y las unidades de personal de las consejerías de la CAIB para la gestión de la promoción profesional y de procedimientos de provisión de lugares de trabajo.

 

​​​​​​​Criterios de conservación de datos

Los plazos de conservación de los datos serán los necesarios para cumplir la finalidad del procedimiento y los previstos en la legislación de archivos para las administraciones públicas, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Derechos

Cualquier persona tiene derecho a obtener la confirmación sobre si la EBAP está tratando datos personales que la conciernen o no. Las personas interesadas tienen derecho a acceder a sus datos personales, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, si procede, solicitar su supresión, entre otros motivos, cuando los datos ya no sean necesarios para las finalidades para las que se recogieron.

En determinadas circunstancias previstas en el artículo 18 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), las personas interesadas pueden solicitar la limitación del tratamiento de sus datos. En este caso, únicamente se conservarán para ejercer o defender reclamaciones.

En determinadas circunstancias, las personas interesadas pueden oponerse al tratamiento de sus datos con una solicitud motivada. La EBAP dejará de tratar los datos, a no ser que haya motivos legítimos imperiosos para ejercer o defender posibles reclamaciones.

Ejercicio de derechos y reclamaciones

El ejercicio de estos derechos puede solicitarse ante la EBAP mediante el procedimiento «Solicitud de ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales», previsto en la Sede Electrónica de la CAIB.

Con posterioridad a la respuesta de la EBAP o al cabo de un mes de haber presentado la solicitud, podrá reclamarse una tutela de derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Consecuencias de no facilitar los datos personales

No presentar los datos necesarios implica que la persona interesada no puede formar parte del procedimiento.

Decisiones automatizadas

No se producirán decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, con los datos personales de las personas solicitantes.

 

ANEXO 6 Oferta formativa del Plan de Formación de Voluntarios de Protección Civil del año 2025

MALLORCA

Formación continua de protección civil

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

1.er plazo

Curso básico de voluntarios de protección civil

32

30

Presencial

01/02/2025 –

15/03/2025

3.er plazo

Curso básico de voluntarios de protección civil

32

30

Presencial

04/10/2025 –

15/11/2025

2.º plazo

Uso de terminales de comunicación móvil de las redes TETRAIB

5

20

Presencial

24/05/2025

2.º plazo

Asistencia como primer interviniente en accidentes o emergencias

5

25

Presencial

03/05/2025

1.er plazo

Conducción 4x4

5

25

Presencial

08/02/2025

2.º plazo

Conducción 4x4 (nivel avanzado)

5

25

Presencial

26/04/2025

2.º plazo

Búsqueda de personas en grandes áreas

10

25

Presencial

05/04/2025 -

12/04/2025

3.er plazo

Búsqueda de personas en grandes áreas (nivel avanzado)

10

25

Presencial

11/10/2025 -

18/10/2025

3.er plazo

Intervenciones en emergencias por inundaciones y manejo de instalaciones hidráulicas

10

20

Presencial

20/09/2025 -

27/09/2025

2.º plazo

Uso de herramientas informáticas GESTPC y gestión de datos

6

25

Presencial

10/05/2025

3.er plazo

Operador de puesto de mando con la aplicación PMA (nivel II)

6

25

Presencial

25/10/2025

1.er plazo

Manejo y uso de herramientas forestales en emergencias

10

20

Presencial

15/02/2025 -

22/02/2025

1.er plazo

Operador de puesto de mando con la aplicación PMA (nivel I)

6

25

Presencial

25/02/2025

2.º plazo

Habilidades directivas, mando y liderazgo

6

25

Presencial

17/05/2025

1.er plazo

Reciclaje DESA y primeros auxilios

6

25

Presencial

19/01/2025

1.er plazo

Apoyo psicológico, emocional y técnicas de comunicación (nivel básico)

10

25

Presencial

08/03/2025 -

15/03/2025

3.er plazo

Apoyo psicológico, emocional y técnicas de comunicación (nivel avanzado)

10

25

Presencial

15/11/2025 -

22/11/2025

3.er plazo

Gestión operativa y mando de emergencias (sistema GOM)

6

20

Presencial

08/11/2025

2.º plazo

Gestión integral de una Agrupación de voluntarios de protección civil

5

25

Presencial

31/05/2025

MENORCA

Formación continua de protección civil

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

3.er plazo

Curso básico de voluntarios de protección civil

32

30

Presencial

04/10/2025 –

15/11/2025

2.º plazo

Asistencia como primer interviniente en accidentes o emergencias

5

25

Presencial

10/05/2025

2.º plazo

Conducción 4x4

5

25

Presencial

15/03/2025

3.er plazo

Intervenciones en emergencias por inundaciones y manejo de instalaciones hidráulicas

10

20

Presencial

20/09/2025 -

27/09/2025

1.er plazo

Uso de herramientas informáticas GESTPC y gestión de datos

6

25

Presencial

8/03/2024

2.º plazo

Manejo y uso de herramientas forestales en emergencias

10

20

Presencial

05/04/2025 -

12/04/2025

3.er plazo

Operador de puesto de mando con la aplicación PMA (nivel I)

6

25

Presencial

22/11/2025

2.º plazo

Reciclaje DESA y primeros auxilios

6

25

Presencial

26/04/205

1.er plazo

Apoyo psicológico, emocional y técnicas de comunicación (nivel básico)

10

25

Presencial

22/03/2025 -

29/03/2025

1.er plazo

Gestión integral de una Agrupación de voluntarios de protección civil

5

25

Presencial

10/05/2025

IBIZA

Formación continua de protección civil

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

3.er plazo

Curso básico de voluntarios de protección civil

32

30

Presencial

04/10/2025 –

15/11/2025

2.º plazo

Asistencia como primer interviniente en accidentes o emergencias

5

25

Presencial

17/05/2025

1.er plazo

Conducción 4x4

5

25

Presencial

08/03/2025

1.er plazo

Intervenciones en emergencias por inundaciones y manejo de instalaciones hidráulicas

10

20

Presencial

22/03/2025 -

29/03/2025

3.er plazo

Uso de herramientas informáticas GESTPC y gestión de datos

6

25

Presencial

20/09/2025

2.º plazo

Operador de puesto de mando con la aplicación PMA (nivel I)

6

25

Presencial

03/05/2025

3.er plazo

Reciclaje DESA y primeros auxilios

6

25

Presencial

22/11/2025

2.º plazo

Apoyo psicológico, emocional y técnicas de comunicación (nivel básico)

10

25

Presencial

24/05/2025 -

31/05/2025

1.er plazo

Investigación de personas en grandes áreas

10

25

Presencial

08/02/2025 -

15/02/2025

2.º plazo

Gestión integral de una Agrupación de voluntarios de protección civil

5

25

Presencial

10/05/2025

FORMENTERA

Formación continua de protección civil

PLAZO INSCRIPCIÓN

TÍTULO

HORAS

PLAZAS

MODALIDAD

FECHA DEL CURSO

2.º plazo

Asistencia como primer interviniente en accidentes o emergencias

5

25

Presencial

26/04/205

1.er plazo

Operador de puesto de mando con la aplicación PMA (nivel I)

6

25

Presencial

22/02/2025

3.er plazo

Reciclaje DESA y primeros auxilios

6

25

Presencial

22/11/2025

2.º plazo

Apoyo psicológico, emocional y técnicas de comunicación (nivel básico)

10

25

Presencial

05/04/2025 -

12/04/2025

 

Nota: la oferta formativa, con la indicación de las personas destinatarias, el calendario, los lugares y, en general, toda la información correspondiente a las actividades, está publicada en la página web de la EBAP (http://ebap.caib.es). Así mismo, las fechas de inscripción de cada plazo son las siguientes:

1.er plazo: del 16 al 31 de de diciembre de 2024, para las actividades formativas que se tengan que impartir durante los meses de enero, febrero y marzo de 2025.​​​​​​​

2.º plazo: del 3 al 16 de marzo de 2025, para las actividades que se tengan que impartir durante los meses de abril, mayo y junio de 2025.

3.er plazo: del 16 al 30 de junio de 2025, para las actividades que se tengan que impartir durante los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2025.