Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO BALEAR DE LA NATURALEZA (IBANAT)
Núm. 822083
Resolución del director gerente del Institut Balear de la Natura por la cual se adjudican los puestos de trabajo de las listas del concurso extraordinario de méritos del Proceso de Estabilización para cubrir plazas laborales del GRUP E
Antecedentes
En fecha 29 de diciembre de 2022 en el BOIB número 169 se publica la Resolución del director gerente del Institut Balear de la Natura número 11606 de día 21 de diciembre de 2022, por la cual se aprueba la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral del IBANAT.
En fecha 29 de diciembre de 2023 se emite la Resolución del director gerente del Institut Balear de la Natura por la cual se publica la lista definitiva de personas admitidas y excluidas del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral del IBANAT de la categoría/especialidad del grupo E: Ordenanza para la isla de Mallorca.
En fecha 4 de diciembre de 2024, se emite resolución del director gerente del Institut Balear de la Natura por la cual se publica la lista definitiva de méritos del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir la plaza de personal laboral del grupo E y se convocan para la aceptación o renuncia de la plaza de Ordenanza para la isla de Mallorca.
En fecha 10 de diciembre de 2024, tiene lugar la aceptación de la plaza de la categoría de Ordenanza para la isla de Mallorca del grupo E.
Fundamentos de derecho
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
El Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.
Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio del Institut de la Natura publicado en el BOIB número 54, de 16 de abril de 2015, por Resolución del consejero de Economía y Competitividad por la cual se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears, y la publicación del Convenio colectivo del Institut Balear de la Natura (exp.: CC_TA_15/058, código de convenio 07001922011997) aprobado el día 14 de noviembre de 2014.
El Decreto 24/2013, de 24 de mayo, de aprobación de los Estatutos del Institut Balear de la Natura (IBANAT) publicado en el BOIB, número 74 de 25 de mayo de 2013.
De acuerdo con todo lo anterior y como órgano convocante, en virtud de las funciones establecidas en el artículo 17 del decreto 24/2013, de 24 de mayo, de aprobación de los Estatutos de IBANAT, dicto la siguiente
Resolución
1. Adjudicar el puesto de trabajo de acuerdo con lo que se indica en el Anexo I de la presente Resolución, a la persona aspirante que ha superado el concurso extraordinario de méritos del Grup E que engloba la categoría/ especialidad siguiente: Ordenanza para la isla de Mallorca.
La lista es la recogida en el Anexo I de la presente resolución.
2. Contratar, como personal laboral fijo del Grupo E, de la categoría/ especialidad de Ordenanza para la isla de Mallorca a la persona que se indica en el Anexo I de la presente resolución.
3. La firma del contrato del puesto adjudicado se efectuará en las dependencias de recursos humanos del IBANAT de Palma situadas en la C/ del Gremi de Corredors, 10.
La firma del contrato se debe efectuar en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
4. Recordar que, según lo establecido en las Bases específicas de la convocatoria, concretamente en la base 15.3 del anexo 2 se establece que, antes de la firma del contrato del puesto adjudicado, la persona interesada deberá hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni que realiza alguna actividad en el sector público de las que se comprenden en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidad del personal al servicio de las administraciones públicas. Si lleva a cabo alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, lo debe declarar en el plazo de diez días hábiles contadores a partir del día siguiente a la toma de posesión, para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad.
5. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears y en la página web del IBANAT, así como, el resto de anexos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Administración del IBANAT en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer demanda ante la jurisdicción social de Palma, en el plazo de dos meses desde la publicación, de acuerdo con los artículos 10.4 a) y 69 concordantes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Palma, documento firmado electrónicamente (12 de diciembre de 2024)
El director gerente Bartolomé Llabrés Salom