Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU
Núm. 820917
Acuerdo de delegación de competencias para realizar el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía del cuerpo de la Policía local del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
Mediante Decreto de Alcaldía de fecha 11 de diciembre se ha dictado la siguiente resolución:
«PRIMERO. Delegar la competencia para la gestión del proceso selectivo para la cobertura de cuatro plazas vacantes de la categoría de policía de que dispone el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu a favor de la Consellería competente en materia de coordinación de policías locales, a través de la EBAP.
La oferta de empleo público de las citadas plazas estará aprobada y publicada como máximo el 6 de febrero de 2025.
Dicha delegación supone la atribución a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, a través de la EBAP, de las siguientes competencias:
a) Aprobar las bases y la gestión del proceso selectivo, que será único para cada isla. La delegación incluye las competencias para adoptar las resoluciones necesarias para llevar a cabo la convocatoria y aprobar sus bases y el proceso selectivo, sin alterar la titularidad de la competencia atribuida a cada ayuntamiento.
b) Llevar a cabo todos los actos materiales y jurídicos que integran el procedimiento de oposición conforme a las bases de la convocatoria y las normas sobre policías locales y función pública aplicables.
Estos actos incluyen, como mínimo, los siguientes:
- Recepcionar y gestionar las solicitudes de participación y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como el cobro de las tasas previstas en la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- Elaborar las resoluciones de las listas, tanto provisionales como definitivas, de personas admitidas y excluidas en los procedimientos.
- Gestionar el operativo necesario para el desarrollo material de los ejercicios.
- Notificar y publicar los actos administrativos y resoluciones relacionados con el proceso selectivo.
- Determinar la composición del tribunal calificador, nombrar a sus miembros y resolver las posibles recusaciones.
- Proponer la adjudicación de destinos a los aspirantes que superen la oposición para que el ayuntamiento correspondiente los nombre como funcionarios en prácticas.
c) El resto de actuaciones que sean necesarias para el normal funcionamiento del proceso selectivo, incluidas las resoluciones de reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que, en su caso, se presenten y que deriven de la fase de oposición del proceso selectivo , con la colaboración jurídica del Instituto de Seguridad Pública de las Islas Baleares.
La delegación no incluye las reclamaciones y recursos potestativos de reposición que se presenten en relación con la fase de prácticas que deberá desarrollarse en cada ayuntamiento.
SEGUNDO. Aceptar las obligaciones y condiciones establecidas en el anexo I de la resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se aprueba la convocatoria para que los ayuntamientos deleguen en la Escuela Balear de Administración Pública las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local (BOIB núm. 146 de 7 de noviembre de 2024).
TERCERO. Publicar el presente acuerdo de delegación de competencias en el Boletín oficial de las Illes Baleares.
Santa Eulària des Riu (11 de diciembre de 2024)
La secretaria Catalina Macias Planells