Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSORCIO ESCUELA DE HOSTELERÍA DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 818332
Resolución de la directora gerente del Consorcio Escuela de Hostelería de las Illes Balears de 11 de diciembre de 2024 de rectificación de errores de la oferta pública de empleo 2024 correspondiente al personal laboral del ente
1. En fecha 28 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears la Resolución de la directora gerente del Consorcio Escuela de Hostelería de las Illes Balears de 27 de noviembre de 2024 por la cual se aprueba la oferta pública de estabilización para el año 2024 correspondiente al personal laboral del Consorcio Escuela de Hotelería de las Iles Balears.
2. Detectados una serie de errores en su redacción, se hace necesaria su rectificación.
Por todo esto, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero. Modificar la mencionada resolución en los términos siguientes:
1. Donde dice:
“Resolución de la directora gerente del Consorcio Escuela de Hostelería de las Illes Balears de 27 de noviembre de 2024 por la que se aprueba la oferta pública de estabilización para el año 2024 correspondiente al personal laboral del Consorcio Escuela de Hostelería de las Illes Balears”.
Debe decir:
“Resolución de la directora gerente del Consorcio Escuela de Hostelería de las Illes Balears de 27 de noviembre de 2024 por la que se aprueba la oferta pública de empleo para el año 2024 correspondiente al personal laboral del Consorcio Escuela de Hostelería de las Illes Balears”.
2. Donde dice:
“ Segundo. Aprobar la oferta pública de estabilización para el año 2024 correspondiente al personal laboral propio del Consorcio Escuela de Hostelería de las Illes Balears, que supone un total de cuatro plazas correspondientes a estabilización, con la distribución indicada en el anexo II que se adjunta. Establecer que estas plazas pertenecen al turno libre.
Tercero. Aprobar la oferta pública de empleo para el año 2024 relativa a la tasa ordinaria del Consorcio Escuela de Hostelería de las Illes Balears, que supone un total de una plaza, con la distribución indicada en el anexo III que se adjunta. Establecer que esta plaza pertenece al turno libre.”
Debe decir:
“Segundo. Aprobar la oferta pública de empleo para el año 2024 correspondiente al personal laboral propio del Consorcio Escuela de Hostelería de las Illes Balears, que supone un total de cuatro plazas correspondientes a estabilización, con la distribución indicada en el anexo II que se adjunta. Establecer que estas plazas pertenecen al turno libre.
Tercero. Aprobar la oferta pública de empleo para el año 2024 relativa a la tasa ordinaria del Consorcio Escuela de Hostelería de las Illes Balears, que supone un total de una plaza, con la distribución indicada en el anexo II que se adjunta. Establecer que esta plaza pertenece al turno libre.”
3. Donde dice: “
“ANEXO II Oferta pública de estabilización
Categoría/especialidad |
Grupo Profesional |
Turno |
Isla |
Número de puestos de trabajo |
---|---|---|---|---|
Profesor de cocina |
C |
Turno Libre |
Mallorca |
2 |
Profesor de restauración |
C |
Turno Libre |
Mallorca |
1 |
Camarero |
D |
Turno Libre |
Mallorca |
1 |
Total |
|
|
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4 |
ANNEX III Oferta pública de ocupación
Categoría/especialidad |
Grupo Profesional |
Turno |
Isla |
Número de puestos de trabajo |
---|---|---|---|---|
Camarero |
D |
Turno Libre |
Mallorca |
1 |
Total |
|
|
|
1 |
Debe decir:
ANEXO II Oferta pública de empleo
Categoría/especialidad |
Grupo Profesional |
Turno |
Isla |
Número de puestos de trabajo |
---|---|---|---|---|
Profesor/a de cocina |
C |
Turno Libre |
Mallorca |
2 |
Profesor/a de restauración |
C |
Turno Libre |
Mallorca |
1 |
Camarero/a |
D |
Turno Libre |
Mallorca |
2 |
Total |
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5 |
Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Turismo, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes desde el día siguiente a haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrònica (11 de diciembre de 2024)
La directora gerente de la EHIB Maria Llompart Bibiloni