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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 815824
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 25 de noviembre de 2024, relativo a la aprobación de las bases y la convocatoria de las ayudas a las escuelas infantiles curso 2023-24 (Exp. 1505-2024-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 800564

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/800564):

Primero. Beneficiarios

a) Los beneficiarios deben ser titulares de escuelas infantiles de Menorca de primer ciclo de educación infantil, 0-3 años, y deben tener la autorización correspondiente de la Consejería de Educación y Universidades, establecida por el Texto consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil, aprobado por el Decreto 23/2020, de 31 de julio.

b) Se debe tener constituido el Consejo Escolar del centro y haber nombrado al director o directora.

c) Se debe disponer del Proyecto educativo del centro, del Plan de atención a la diversidad y de la Programación general anual.

d) Se debe disponer de la Memoria anual del curso escolar del año de la convocatoria aprobada por el Consejo Escolar.

e) El centro debe estar al corriente de los pagos de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener ninguna obligación fiscal pendiente con el Consejo Insular de Menorca.

f) Los centros para los que se solicita la ayuda deben estar integrados dentro del programa para la gestión educativa de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de las Illes Balears (GESTIB) y deben mantenerse actualizados en lo que se refiere a la gestión administrativa del alumnado y del profesorado.

Segundo. Objeto

El objeto de las ayudas es colaborar en el funcionamiento del servicio de comedor de las escuelas infantiles y apoyar a los niños y niñas con necesidades educativas especiales y alumnos gravemente afectados en edades correspondientes al primer ciclo de la educación infantil, hasta 3 años, y a sus familias, mediante las siguientes líneas de ayudas establecidas en la convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras

La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de 25 de noviembre de 2024.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 200.000 € (doscientos mil euros), con el siguiente desglose:

 

Cantidad máxima

Línea 1: Ayudas al funcionamiento de las aulas comedor de las escuelas infantiles de primer ciclo

90.000 €

Línea 2. Ayudas a la atención para alumnos con necesidades educativas especiales (NEE) de las escuelas infantiles de primer ciclo

30.000 €

Línea 3. Ayudas a la atención para alumnos gravemente afectados de las escuelas infantiles de primer ciclo

80.000 €

TOTAL

200.000 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes expirará en el plazo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Sexto. Otros datos

Los importes máximos por beneficiario serán los siguientes:

  • Línea 1. Para cada aula de comedor abierta 1.200€.
  • Línea 2. Para el cuidado de cada alumno con necesidades educativas especial (NEE) 1.500 €.
  • Línea 3. Para la atención de cada alumno gravemente afectado 30.000€.

 

Maó, 9 de diciembre de 2024

Por delegación del presidente, El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (DP 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-7-2023)