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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FUNDACIÓ INSTITUT D'INVESTIGACIÓ SANITÀRIA ILLES BALEARS (IDISBA)

Núm. 815802
Resolución del director gerente de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears por la que se convoca un proceso selectivo para la cobertura de una plaza de técnico o técnica superior en investigación con especialización en biomedicina, del grupo profesional A, para el proyecto «Medición de interleucina 5 para dirigir la terapia biológica en el asma grave» (SYN 23/05) Código de expediente: 2024-46-NAIDISBA

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), establece en el artículo 15 la competencia para ordenar la inserción de edictos en el BOIB y, en el punto 4, especifica que las instituciones o entes públicos no citados en los tres primeros puntos deben acreditar los órganos y las personas que, de acuerdo con su normativa específica, están facultados para ordenar o solicitar la inserción de textos en el BOIB. Si no hay acreditación específica, se debe entender que corresponde a quien ejerza la representación del órgano, el ente o la institución que emana el texto.

Por otra parte, de acuerdo con el artículo 27 de los estatutos de la Fundación, la Dirección Gerencia de la Fundación tiene la competencia para desarrollar la política de personal aprobada por el Patronato y, con esta finalidad, seleccionar el personal, suscribir o rescindir los contratos, ejecutar los acuerdos del Patronato en materia de retribuciones, acordar las sanciones, ejercer la dirección superior del personal al servicio de la Fundación y mantener las relaciones con los órganos de representación del personal, además de todas aquellas actuaciones que en esta materia le sean encomendadas, sin perjuicio de las funciones que corresponden a la Presidencia.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la convocatoria, con código de expediente 2024-46-NAIDISBA, para la cobertura de una plaza de técnico o técnica superior en investigación con especialización en biomedicina, del grupo profesional A, para el proyecto «Medición de interleucina 5 para dirigir la terapia biológica en el asma grave» (SYN 23/05).

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (10 de diciembre de 2024)

El director gerente de la Fundación Carlos Enrique Herrero

 

ANEXO 1 Convocatoria del proceso selectivo para la cobertura de una plaza de técnico o técnica superior en investigación con especialización en biomedicina, del grupo profesional A, para el proyecto «Medición de interleucina 5 para dirigir la terapia biológica en el asma grave» (SYN 23/05)

La Fundación tiene encomendadas, entre otras, las funciones de gestionar medios y recursos al servicio de ejecución de programas de investigación clínica, básica y aplicada, el desarrollo tecnológico y la innovación en el campo de la salud.

Para poder llevar a cabo estas funciones, la Fundación necesita convocar una plaza de técnico o técnica superior en investigación con especialización en biomedicina, del grupo profesional A, para el proyecto «Medición de interleucina 5 para dirigir la terapia biológica en el asma grave» (SYN 23/05)

El artículo 23.2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece los criterios que han de seguir los entes públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma en la contratación de personal laboral, y prevé que «la selección del personal se ajustará a los sistemas y los procedimientos que se establecen en la Ley de la función pública de las Illes Balears».

Los artículos 17 y 18 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, disponen que se deben aplicar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en las contrataciones.

El apartado segundo B del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2007, de modificación del ámbito de aplicación y de determinación del alcance de control del punto 5 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 1995, prevé la contabilidad y la rendición de cuentas de las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en lo referente a la selección del personal de los entes públicos de la Comunidad Autónoma.

Por todo ello, y en el ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 28.1 i de los estatutos fundacionales vigentes,

CONVOCO:

El proceso para la selección de una plaza de técnico o técnica superior en investigación con especialización en biomedicina, del grupo profesional A, para el proyecto «Medición de interleucina 5 para dirigir la terapia biológica en el asma grave» (SYN 23/05) con los requisitos, las características y los criterios de selección siguientes:

I. Requisitos de participación

  • Estar en posesión de la titulación de doctorado en el ámbito sanitario o de la biomedicina.
  • Acreditar como mínimo el nivel B2 de catalán.
  • Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • Tener la nacionalidad española u otra nacionalidad en los casos en que el artículo 57 del Texto refundido del Estatuto básico del empleado público (TREBEP) permita el acceso a la ocupación pública.

Es necesario tener nacionalidad española, de otros estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores. También serán admitidos el cónyuge, los descendientes y descendientes del cónyuge, tanto de españoles y españolas como de nacionales de los otros estados miembros de la Unión Europea, independientemente de su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y los descendientes sean menores de 21 años o mayores de esta edad, pero vivan a cargo de sus progenitores.

Las personas extranjeras a las que se refieren los apartados anteriores, así como aquellas con residencia legal en España, podrán acceder a las administraciones públicas como personal laboral, en igualdad de condiciones que españoles y españolas.

  • Poseer la capacidad funcional para desempeñar las tareas.

Las personas con una discapacidad reconocida serán admitidas en la realización de las pruebas libres sin necesidad de acreditar sus condiciones psíquicas, físicas y sensoriales antes de que comiencen, sin perjuicio de que, superado el proceso selectivo, en presentar la documentación para ser nombradas o contratadas, deban acreditar, como el resto de personas aspirantes, su capacidad para desarrollar las funciones y tareas de los puestos de trabajo que se convocan y para prestar el servicio público correspondiente.

Asimismo, en caso de que se acceda por la cuota de reserva de personas con discapacidad, será necesario tener legalmente reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33 % y acreditarla. Este caso solo se contempla en el concurso-oposición de estabilización.

No obstante, y de acuerdo con el Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre el acceso a la función pública de las personas con discapacidad y de los equipos de valoración multiprofesional, las personas que se presenten a un proceso selectivo, sea libre o por turno reservado, y soliciten alguna adaptación para hacer las pruebas, así lo deberán hacer constar expresamente en la solicitud de participación y especificar de qué tipo (tiempo o medios materiales). En este caso, también se deberá aportar la certificación pertinente en la que conste el tipo y grado de disminución.

A tales efectos, los órganos técnicos de selección decidirán sobre las peticiones de adaptaciones que se efectúen. Con esta finalidad podrán requerir un informe sobre la solicitud de adaptación a los equipos de valoración multiprofesional.

  • No haber sufrido un despido mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna entidad del sector público, de órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no estar en inhabilitación o en situación equivalente ni haber recibido sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso al empleo público.
  • Cumplimentar el formulario de inscripción (anexo 2) y el formulario de autoevaluación (anexo 3) de la convocatoria.
  • Presentar la descripción del currículum vitae (CV).

No se valorarán los CV de las personas que no cumplan los requisitos.

II. Funciones

  • Preparar el plan de inclusión de pacientes en el proyecto de investigación clínica.
  • Registrar los pacientes en el cuaderno electrónico.
  • Preparar y actualizar la documentación de la carpeta del estudio clínico.
  • Solicitar pruebas complementarias.
  • Poner en marcha del proyecto de investigación (CEIM).
  • Realizar entrevistas telefónicas o mediante videoconferencia cuando sea procedente.
  • Realizar las visitas necesarias para la selección y seguimiento de pacientes.
  • Formar el equipo investigador.

III. Presentación de solicitudes

Las solicitudes se pueden presentar en el registro físico de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears o mediante el correo electrónico[1] de la unidad de Recursos Humanos: idisba.convocatorias@ssib.es. Se ha de indicar el código de expediente «2024-46-NAIDISBA» en el asunto del correo electrónico.

[1] Los documentos adjuntos al correo han de estar en formato PDF y comprimidos en un único ZIP.

El plazo de recepción de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria.

Las personas aspirantes deberán presentar junto con la solicitud la documentación acreditativa de los requisitos y de los méritos que aleguen en la forma que establecen estas bases. No se podrá valorar ningún mérito que no se haya acreditado con la aportación de la documentación correspondiente dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Los errores de hecho, materiales o aritméticos que puedan advertirse en la solicitud podrán ser corregidos en cualquier momento de oficio o a petición del interesado o de la interesada.

IV. Admisión de las personas aspirantes

Una vez vencido el plazo para presentar las solicitudes y la documentación requerida para participar en el procedimiento de selección, la Dirección Gerencia del IdISBa dictará una resolución para declarar aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con la indicación de las causas de exclusión. Esta resolución se publicará en la página web del IdISBa (www.idisba.es).

Las personas aspirantes excluidas u omitidas dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, contando a partir del día siguiente de su publicación, para enmendar el defecto que motivara su exclusión u omisión, así como para adjuntar, en caso pertinente, la documentación que sea preceptiva. En el caso de no subsanar o adjuntar la documentación indicada, se entenderá que desisten en su solicitud.

Vencido este plazo, se dictará una resolución mediante la cual se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo. En esta resolución se indicarán las instrucciones para que quien desee seguir con la entrevista pueda confirmar su asistencia.

Se abrirá un plazo de 3 días hábiles para presentar alegaciones de las puntuaciones obtenidas en la lista definitiva.

V. Reserva a favor de las personas con discapacidad

Existe en el IdISBa una reserva del 7 % de los lugares de trabajo para personas con discapacidad, según el Real Decreto Ley 5/2015 del TREBEP. No obstante, esta plaza no está reservada para este fin.

VI. Tribunal calificador

  • Dr. Francisco de Borja García-Cosío, jefe del grupo iRESPIRE.
  • Dra. Nuria Toledo, facultativa especialista de área (FEA) de Neumología e investigadora experta en asma y EPOC de iRESPIRE.
  • Representante de RR. HH. del IdISBa, en calidad de secretario o secretaria del tribunal.

Miembros suplentes:

  • Dr. Jaume Sauleda, jefe de sección de Neumología.
  • Dra. Belén Núñez, FEA de Neumología y experta en enfermedades intersticiales pulmonares.

El tribunal calificador puede declarar, previo informe motivado, la convocatoria desierta a causa de la falta de adecuación de candidatos y candidatas.

El tribunal calificador de este proceso selectivo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento común, así como en el resto de disposiciones vigentes.

Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de este proceso de selección, y adoptar al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

VII. Resolución de la convocatoria y publicación de la bolsa

Una vez finalizado el proceso selectivo, el tribunal calificador elaborará una resolución definitiva de todas las personas aspirantes, ordenada según la puntuación total obtenida, de mayor a menor, que implicará la constitución de una bolsa de trabajo para los dos años siguientes en el puesto ofertado en la publicación de la oferta, con priorización del mismo orden de puntuación. Esta resolución se publicará en la web de la Fundación (www.idisba.es).

La contratación y la constitución de la bolsa de trabajo se harán de acuerdo con el orden de prelación.

VIII. Modalidad de contratación

  • Tipo de contrato: contrato indefinido sujeto a proyecto de investigación.
  • Categoría: gestión de la investigación.
  • Grupo profesional: grupo A del I convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears (IdISBa).
  • Jornada laboral: 12 horas semanales.
  • Remuneración: 10 464 € brutos anuales.
  • Ubicación: Hospital Universitario Son Espases.

IX. Acreditación de requisitos y méritos

Los requisitos y méritos que aleguen las personas aspirantes se deben acreditar mediante la presentación de copia o copia compulsada de la siguiente documentación:

a) Experiencia profesional: mediante certificado firmado por la persona responsable de la entidad donde se han prestado los servicios con especificación del tiempo de experiencia en los diferentes ámbitos que se valoran en esta convocatoria. En caso de no ser posible, es necesario presentar el contrato y la vida laboral.

b) Titulación académica: copia de ambas caras del título. En caso de titulaciones expedidas en el extranjero, es necesario aportar la homologación correspondiente del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Si el título procede de un estado miembro de la Unión Europea, se ha de presentar el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988, el Real Decreto 1837/2008, el Real Decreto 967/2014 y otras normas de transposición y despliegue.

c) Cursos, seminarios, becas, etc.: copia de los certificados o diplomas acreditativos de los cursos que se han llevado a cabo, con expresión del número de horas de duración de la acción formativa o ECTS.

d) Conocimientos orales y escritos de idiomas: mediante copia de certificado expedida por el órgano competente (EOI, Consejería, UIB u otras universidades o centros de acreditación de reconocido prestigio).

Los méritos se tienen que acreditar con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Las personas aspirantes han de presentar todos los documentos acreditativos de sus méritos ordenados de acuerdo con los apartados del baremo de méritos y numerados correlativamente (junto con el autobaremo que acompaña a estas bases).

La documentación acreditativa de todos los méritos se debe presentar junto con la solicitud. En caso de haber presentado inicialmente copias no compulsadas, en la entrevista se deberá presentar la documentación original acreditativa de todos los méritos.

X. Proceso de selección

Valoración de méritos acreditados por las personas aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo, además de una entrevista personal:

 

1. Experiencia profesional (4 puntos máx.)

  • Experiencia laboral como investigador o investigadora en el ámbito de la investigación sanitaria o biomédica (0.02 puntos por mes trabajado).

2. Formación (2 puntos máx.)

  • Máster en el ámbito de los ensayos clínicos (1 puntos)
  • Curso de Buena Práctica Clínica (0.5 puntos).
  • Formación adicional en el ámbito de los ensayos clínicos (0.1 puntos por cada 10 horas acreditadas; 0.20 puntos máx.).
  • Cursos de formación en patología respiratoria (0.1 puntos por cada 25 horas; 0.30 puntos máx.).

3. Actividad científica (2.8 puntos máx.)

  • Participación acreditada en proyectos de ensayos clínicos en el ámbito de la neumología (0.2 puntos por participación; 2 puntos máx.).
  • Publicaciones científicas en revistas indexadas en el ámbito de las enfermedades respiratorias (0.05 por publicación; 0.8 puntos máx.).

4. Conocimiento de idiomas (0.2 puntos máx.)

Solo se valorará el nivel de acreditación más alto por cada idioma.

  • Nivel B2 o superior de inglés (0.1 puntos para el nivel B2 i 0.2 puntos para el nivel C1 o superior).

5. Entrevista personal (1 punto máx.)

La entrevista versará sobre temas relacionados con la oferta de trabajo. La persona candidata deberá aportar en la entrevista los documentos originales para poder cotejarlos en caso de no haberlos aportado ya cotejados previamente junto con la solicitud.

Para poder acceder a la entrevista se deberá obtener un mínimo de 6 puntos en la baremación de méritos revisada por el tribunal.

El día y la hora de la entrevista se publicarán en la web de la Fundación: www.idisba.es. La persona candidata ha de confirmar la realización de la entrevista para que le sea adjudicada una hora concreta. En caso de que la entrevista se realice virtualmente, la documentación original deberá presentarse cuando así lo solicite la unidad de recursos humanos.

No hacer la entrevista supondrá la exclusión del proceso selectivo.

XI. Recursos

El orden jurisdiccional social es el competente para resolver controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, sin que se pueda interponer otro recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (10 de diciembre de 2024)

El director gerente de la Fundación Carlos Enrique Herrero

 

ANEXO 2 Formulario de inscripción para la convocatoria del proceso selectivo de una plaza de técnico o técnica superior en investigación con especialización en biomedicina, del grupo profesional A, para el proyecto «Medición de interleucina 5 para dirigir la terapia biológica en el asma grave» (SYN 23/05)

Nombre: Apellidos:

DNI/NIE:

Dirección:

Teléfono de contacto:

Correo electrónico:

EXPONGO:

Que he tenido conocimiento de la convocatoria del proceso para la selección de una plaza de técnico o técnica superior en investigación con especialización en biomedicina, del grupo profesional A, para el proyecto «Medición de interleucina 5 para dirigir la terapia biológica en el asma grave» (SYN 23/05)

DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA

  • Titulación exigida como requisito.
    • Título de formación pertinente. (Documento 1.1)
    • Nivel B2 de lengua catalana. (Documento 1.2)
  • Fotocopia del DNI o NIE. (Documento 2)
  • CV actualizado. (Documento 3)
  • Documentación acreditativa de los méritos y autobaremo rellenado por la persona interesada. (Especificar en el autobaremo)

DECLARO:​​​​​​​

  • Poseer la capacidad funcional para desempeñar las tareas.
  • No haber sufrido un despido mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna entidad del sector público, de órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no estar en inhabilitación o en situación equivalente ni haber recibido sanción disciplinaria o equivalente que impida, en ese Estado y en los mismos términos, el acceso al empleo público.

Así, por todo lo expuesto,

SOLICITO:

Mi admisión para formar parte del proceso selectivo de una plaza de técnico o técnica superior en investigación con especialización en biomedicina, del grupo profesional A, para el proyecto «Medición de interleucina 5 para dirigir la terapia biológica en el asma grave» (SYN 23/05)

 

En _______________, el _____ de ________________ de ______

Firma

 

ANEXO 3 AUTOEVALUACIÓN DE MÉRITOS

Proceso para la selección de una plaza de técnico o técnica superior en investigación con especialización en biomedicina, del grupo profesional A, para el proyecto «Medición de interleucina 5 para dirigir la terapia biológica en el asma grave» (SYN 23/05)

NOMBRE

 

PUNTOS MÁX.

PUNTOS

DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ADJUNTA*

1. Experiencia profesional

4

 

 

Experiencia laboral como investigador o investigadora en el ámbito de la investigación sanitaria o biomédica (0.02 puntos por mes trabajado).

     

2. Formación relacionada

2

 

 

Máster en el ámbito de los ensayos clínicos (1 puntos).

     

Curso de Buena Práctica Clínica (0.5 puntos).

     

Formación adicional en el ámbito de los ensayos clínicos (0.1 puntos por cada 10 horas acreditadas; 0.20 puntos máx.).

     

Cursos de formación en patología respiratoria (0.1 puntos por cada 25 horas; 0.30 puntos máx.).

     

3. Actividad científica

2.8

   

Participación acreditada en proyectos de ensayos clínicos en el ámbito de la neumología (0.2 puntos por participación; 2 puntos máx.).

     

Publicaciones científicas en revistas indexadas en el ámbito de las enfermedades respiratorias (0.05 por publicación; 0.8 puntos máx.).

     

4. Conocimientos de idiomas

0.2

   

Nivel B2 o superior de inglés (0.1 puntos para el nivel B2 i 0.2 puntos para el nivel C1 o superior).

     

5. Entrevista

1

X

 

TOTAL

     

* Es necesario especificar con claridad cada uno de los documentos acreditativos que se adjuntan para el cómputo correcto de los puntos. (Ej.: certificado B2 inglés de la EOI).