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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 815672
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la cual se conceden las ayudas para apoyar a las actividades de estudios locales que se celebren en las Illes Balears durante el año 2024

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Texto

Hechos

1. En fecha 23 de febrero de 2024, el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos (IEB) dictó la Resolución por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para apoyar a las actividades de estudios locales que se celebren en las Illes Balears durante el año 2024 (BOIB n.º 29, de 27 de febrero de 2024).

2. En fecha 3 de octubre de 2024 se publicó en el BOIB n.º 130 la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la cual se modifican ocho resoluciones de este órgano relativas en las Illes Balears y en 2024 por las cuales se aprueban las convocatorias de subvenciones para apoyar a las actividades de proyección exterior; a la edición de libros de investigación científica o de divulgación; a las actividades de estudios locales; a proyectos de investigación de humanidades y de la cultura, y a la creación de los sectores de las artes escénicas, la música, la literatura, el cómico y la ilustración, las artes visuales y el audiovisual.

3. En fecha 10 de octubre, d'acuerdo con el que establece el punto 11 de la convocatoria, se publicó la lista provisional de admitidos y excluidos de todas las solicitudes recibidas, en la cual se especificaba las deficiencias y carencias detectadas en la documentación presentada. Esta lista se publicó en la sede electrónica de la CAIB y en el web del IEB. Los interesados dispusieron de un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación para subsanar las deficiencias detectadas.

4. En fecha 7 de noviembre, trascurrido el plazo para enmendar y una vez revisada la documentación presentada, se publicó la lista definitiva de admitidos y excluidos. Todas las solicitudes fueron admitidas.

5. Las 16 solicitudes se trasladaron a la Comisión Evaluadora, que se reunió el 20 de noviembre para valorar las solicitudes y elaborar el informe correspondiente, que tiene que servir de base al órgano instructor para dictar la propuesta de resolución, de acuerdo con el punto 14.5. de la convocatoria.

6. En fecha 29 de noviembre de 2024 se publicó en el web del IEB la Propuesta de resolución de concesión de las subvenciones mencionadas, de acuerdo con el punto 15.5 de la convocatoria.

7. Se presentó 1 alegación contra la Propuesta de resolución mencionada, la cual ha sido desestimada. Por otro lado, también hubo 1 renuncia.

Fundamentos de derecho

1. La Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos de 23 de febrero de 2024 por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para apoyar a las actividades de estudios locales que se celebren en las Illes Balears durante el año 2024 (BOIB n.º 29, de 27 de febrero de 2024).

2. El artículo 10.1.j) de los Estatutos del Instituto de Estudios Baleáricos, aprobados por el Decreto 48/2018, de 21 de diciembre (BOIB n.º 160, de 22 de diciembre de 2018; corrección de errores: BOIB n.º 6, de 12 de enero de 2019).

3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB n.º 100, de 11 de julio de 2009).

4. La disposición adicional primera del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).

5. El reglamento por el cual se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre (BOE n.º 289, de 1 de diciembre de 2005)

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar y conceder subvenciones por un importe total de 23.015,4 € a favor de los beneficiarios que se incluyen en el anexo 1.

2. Autorizar y disponer el gasto a favor de los beneficiarios que figuran en el anexo 1, con cargo al capítulo 4 del presupuesto del IEB, con los importes detallados en el anexo mencionado.

3. Denegar la concesión de subvención a las solicitudes que se incluyen en el anexo 2.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 10 de diciembre de 2024)

El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos Jaime Bauzá Mayol

Documentos adjuntos