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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 815009
Extracto de la Resolución del consejero de Empresa, Ocupación y Energía de 09 de diciembre de 2024, por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria para el año 2024, 2025 y 2026 de subvenciones para el apoyo a la implementación de la normativa de residuos y el fomento de la economía circular en las Islas Baleares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU

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Texto

BDNS (Identif.): 800446

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar a la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/convocatorias/800446

Primero. Beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de las subvenciones o ayudas previstas en la presente convocatoria:            

a) Los consejos insulares.

b) Los municipios.

c) Las mancomunidades de municipios.

d) Los consorcios con participación de entidades locales que tengan atribuida la competencia de prestar los servicios de recogida o de tratamiento de residuos y que presenten proyectos sobre los servicios de su competencia.

e) Las empresas públicas constituidas por entidades locales, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios de recogida o de tratamiento de residuos y que presenten proyectos sobre los servicios de su competencia para su financiación.

Segundo. Objeto

Subvenciones públicas para el apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al fomento de la economía circular en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.

Tercero. Líneas subvencionables y gastos subvencionables

a) Dentro de la Línea 1, «Implantación de nuevas recogidas separadas, especialmente de biorresiduos, y mejora de las existentes», la sublínea 1.1. «Proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico (compostaje, digestión anaerobia o ambas)».

b) Dentro de la Línea 4, «Inversiones relativas a instalaciones de recogida (como puntos limpios), triaje y clasificación de residuos (envases, papel, etc.), y mejora de las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes», la sublínea 4.1. «Proyectos de construcción y mejora de instalaciones de recogida (como puntos limpios; incluye la recogida de residuos textiles y residuos domésticos peligrosos)».

Tercero. Bases reguladoras

Orden 5/2022, de 29 de marzo de 2022, del consejero de Medio Ambiente y Territorio por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2022 de subvenciones para el apoyo a la implementación de la normativa de residuos y el fomento de la economía circular en las Islas Baleares financiado por la Unión Europea-Next Generation EU (BOIB n.º 45, de 2 de abril de 2022), modificada por la Orden 33/2022, de 29 de marzo de 2022, del consejero de Medio Ambiente y Territorio (BOIB nº 159, de 8 de diciembre de 2022).

Cuarto. Cuantía

El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de 2.764.338,78 € (dos millones setecientos sesenta y cuatro mil trescientos treinta y ocho con setenta y ocho) con cargo a la partida presupuestaria del año 2024, 2025 y 2026.

El importe destinado a la convocatoria se distribuye por líneas subvencionables, de acuerdo con el apartado doce de la convocatoria.

El sobrante de crédito asignado a una sublínea de actuación se tiene que incorporar a la otra sublínea.

Los criterios generales y objetivos de preferencia para la concesión de subvenciones están sujetos a la distribución de los fondos entre las diferentes líneas subvencionables establecidas en el apartado doce de la convocatoria.

Los proyectos de cada sublínea se ordenarán de acuerdo con la puntuación obtenida en la fase de valoración siguiendo los criterios de puntuación que se indican en el punto 14.5  de esta convocatoria. La propuesta de financiación seguirá el orden de prelación dentro de cada sublínea, de mayor a menor puntuación, hasta que se agote el crédito previsto en esta convocatoria.

El importe máximo de las subvenciones es del 90% del coste total subvencionable del proyecto, sin que en ningún caso el importe de la subvención supere, en concurrencia con otras subvenciones, el coste del proyecto objecto de subvención.

Quinto.  Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes es de 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Sexto. Otros datos

a) Los proyectos objeto de subvención pueden haberse iniciado desde el 1 de marzo de 2020.

b) Las solicitudes se deben presentar telemáticamente, las notificaciones y la justificación de gastos se debe realizar siempre de forma telemática.

c) La solicitud tiene que ir acompañada de la documentación administrativa y técnica que se establece en el apartado segundo del anexo 6 de la Orden 5/2022, de 29 de marzo y en la Orden 33/2022 de modificación de la anterior.

d) La justificación de los gastos tiene que cumplir los criterios establecidos en el artículo 22 de la Orden de bases y se tiene que ajustar al modelo normalizado que establece el anexo 9 de la Orden mencionada.

e) El plazo máximo de presentación de la documentación justificativa de los gastos, es de tres meses desde la fecha de finalización del plazo de ejecución.

 

Palma, 9 de diciembre de 2024

El consejero de Empresa, Ocupación y Energía Alejandro Sáenz de San Pedro García