Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 812925
Resolución del consejero de Empresa,Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Empresa,Empleo y Energía por la que se aprueba, mediante procedimiento gasto anticipado,la convocatoria pública de subvenciones para fomento instalaciones autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes energía renovable,así como actuaciones eficiencia energética en alumbrado interior, promovidas por pequeñas y medianas empresas del sector privado, dentro de las actuaciones previstas Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU)
En el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 176, de 30 de diciembre de 2023, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como actuaciones en eficiencia energética en alumbrado interior, promovidas por pequeñas y medianas empresas del sector privado, dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU). Esta convocatoria fue modificada por Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, de 11 de julio de 2024 (BOIB n.º 92, de 13 de julio de 2024) y por Resolución de 1 de octubre de 2024 (BOIB n.º 130, de 3 de octubre de 2024).
Dado que en el fondo MR052 hay crédito disponible remanente de otras convocatorias con el periodo de solicitudes cerrado, se considera adecuado ampliar el crédito de la convocatoria con 10.000.000 euros, así como el plazo máximo para presentación de las solicitudes hasta el 31 de marzo de 2025.
La distribución actual de las anualidades de la convocatoria es la siguiente:
2024 |
2025 |
2026 |
1.614.906,85 € |
7.000.000,00 € |
1.385.093,15 € |
Total convocatoria: 10.000.000,00 €
La distribución de anualidades después de la ampliación de crédito y modificación de la convocatoria es la siguiente:
Totales |
2024 |
2025 |
2026 |
Actual |
1.614.906,85 € |
7.000.000,00 € |
1.385.093,15 € |
Modificación |
|
+5.000.000,00 € |
+5.000.000,00 € |
Total |
1.614.906,85 € |
12.000.000,00 € |
6.385.093,15 € |
Total convocatoria modificada: 20.000.000,00 euros.
Por todo ello, y dado que se hace necesario modificar el punto 1 del apartado cuarto y el punto 1 del apartado noveno, con el fin de ampliar el crédito de la convocatoria y el plazo para presentar las solicitudes, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar el punto 1 del apartado cuarto de la convocatoria, que queda redactado de la siguiente manera:
El importe económico máximo de esta convocatoria es de 20.000.000 euros. Las subvenciones se concederán con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma para los ejercicios de 2024, 2025, 2026, y, concretamente, del centro de coste 19701, subprograma 731A01, capítulo 7* MR052 o equivalente, con la siguiente distribución de anualidades:
Año 2024: 1.614.906,85 €
Año 2025: 12.000.000,00 €
Año 2026: 6.385.093,15 €
2. Modificar el del punto 1 del apartado noveno de la convocatoria con la siguiente redacción:
1. El plazo para presentar las solicitudes será desde el 15 de enero de 2024 hasta el 31 de marzo de 2025 o hasta el posible agotamiento, dentro de este periodo, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.
3. Publicar esta Resolución en el Boletin Oficial de les lles Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 9 de diciembre de 2024
El consejero de Empresa, Empleo y Energía Alejandro Sáenz de San Pedro García