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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 810644
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea «NextGenerationEU»

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Texto

En el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 174, de 26 de diciembre de 2023, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU).

Esta convocatoria fue modificada por Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 19 de marzo de 2024 (BOIB n.º 39, de 21 de marzo de 2024) y por la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 2 de octubre de 2024 (BOIB n.º 130, de 3 de octubre de 2024).

El punto 1 del apartado noveno de la convocatoria establece que el plazo para presentar las solicitudes se inicia a partir del 1 de abril de 2024 y finaliza el 30 de diciembre de 2024, o hasta el posible agotamiento dentro de este periodo de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.

El punto 2 del apartado noveno de la convocatoria establece que si se agotan los créditos destinados en la convocatoria antes de acabar el plazo de presentación se tiene que suspender la concesión de nuevas ayudas mediante la publicación correspondiente en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía.

Visto que se prevén más solicitudes, y dado que actualmente con las solicitudes presentadas no se prevé que se agote el crédito total asignado en el programa de ayudas, se considera adecuado ampliar el plazo para presentar las solicitudes hasta el 28 de febrero de 2025.

Por todo ello, dado que se hace necesario modificar el punto 1 del apartado noveno de la convocatoria de subvenciones para ampliar el plazo para presentar las solicitudes, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Modificar el punto 1 del apartado noveno de la convocatoria con la redacción siguiente:

1. El plazo para presentar las solicitudes se inicia a partir del 1 de abril de 2024 y finaliza el 28 de febrero de 2025, o llega hasta el posible agotamiento dentro de este periodo de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 6 de diciembre de 2024

El consejero de Empresa, Empleo y Energía Alejandro Sáenz de San Pedro García