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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 809481
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se nombra a la registradora de la propiedad de Palma de Mallorca número 05, en el ámbito de les Illes Balears

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución del 8 de octubre de 2024 ( BOE de 22 de octubre), la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relación con las Cortes convocó el concurso ordinario número 319 para la provisión de registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles. Entre las plazas ofrecidas había una vacante de un registro correspondiente al ámbito de las Illes Balears, según la relación anexa a la documentación enviada.

2. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resolvió el concurso mediante la Resolución de 21 de noviembre de 2024 ( BOE núm. 290, de 2 de diciembre de 2024) y, en el ámbito de las Illes Balears, proveyó la vacante siguiente:

  • Registro de la Propiedad de Palma de Mallorca numero 05, que se adjudicó a la señora Echevarría Pérez, María Alicia.

3. El 3 de diciembre de 2024, la directora general de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento ha formulado la propuesta de resolución de este nombramiento.

Fundamentos de derecho

1. El apartado 2 del artículo 99 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, en la redacción de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de Reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la facultad de nombrar a los registradores que deben prestar sus servicios en las Illes Balears. Con el fin de cumplir este precepto legal, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha remitido a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears el expediente del concurso mencionado.

2. El artículo 8.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que si alguna disposición atribuye competencia a una administración pública, sin especificar el órgano que la debe ejercer, se entiende que la facultad de instruir y resolver los expedientes corresponde a los órganos inferiores competentes por razón de la materia. En virtud del Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por medio de la Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento, es competente en cuanto a las relaciones con los operadores jurídicos.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Nombrar a la señora Echevarría Pérez, María Alicia, registradora del Registro de la Propiedad de Palma de Mallorca numero 05.

2. Dar traslado de este nombramiento a la persona interesada y a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

3. Disponer la publicación de este nombramiento en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas el plazo de un mes contador desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicament: 4 de diciembre de 2024)

La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens