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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN AGROALIMENTARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (IRFAP)

Núm. 809397
Informe y Propuesta de Resolución del Director de Desarrollo de la Producción Agraria del IRFAP sobre la concesión de las ayudas de minimis del Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024.

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Texto

Hechos.

1. El 17 de septiembre de 2024 se publicó en el BOIB Núm. 122 la Resolución del presidente del Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera (IRFAP) por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis del Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024.

2. El plazo para presentar solicitudes finalizó el día 30 de octubre de 2024. Se presentaron 416 solicitudes.

3. En el Anexo I se encuentra la relación de 367 expedientes sobre los que se informa, en los que se indica el número de expediente, la identificación nominal de las personas beneficiarias, el NIF, la actuación subvencionada y la cuantía de la subvención y su financiación, calculada para cada persona beneficiaria.

4. Las personas interesadas que indica el Anexo I han presentado en el plazo establecido y en la forma adecuada toda la documentación necesaria prevista en la convocatoria.

5. La Dirección de Desarrollo de la Producción Agraria del IRFAP ha llevado a cabo, las actuaciones necesarias para determinar, conocer y comprobar los datos de los solicitantes, resultando que las personas interesadas que indica el Anexo I, como beneficiarias de la subvención, cumplen los requisitos que prevé la convocatoria:

a. Ser titular de una explotación agraria que esté inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de las Islas Baleares (REA).

b. Haber tramitado la solicitud de ayudas directas PAC 2023, correspondiente al año anterior al de la solicitud.

c. Haber tramitado la solicitud de ayudas directas PAC 2024, únicamente en el caso de jóvenes agricultores que se hayan incorporado a su actividad después de finalizar el período de solicitud de ayudas directas PAC 2023.

d. Participar en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del IRFAP del año 2024.

e. Los contemplados por el Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural y el Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera de las Islas Baleares (IRFAP) para establecer las bases reguladoras de las ayudas al amparo del Programa de uso de semilla certificada de especias forrajeras, del Programa de uso de semilla certificada de especias de cereales y de leguminosas, del Programa de siembra de semilla de determinadas especies melíferas, y del Programa de apoyo a la inseminación artificial para la mejora genética del ganado vacuno de aptitud lechera, para el mantenimiento de los beneficios ambientales y sociales que genera la actividad agraria en las Islas Baleares.

f. No incurrir en alguna de las prohibiciones que establecen los apartados 1 y 2 del artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

g. La cuantía total de ayudas de minimis por beneficiario no puede exceder de lo indicado en el punto quinto de la Resolución del presidente del Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera (IRFAP) por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis del Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024 (BOIB Núm. 122 de 17 de septiembre de 2024).

Fundamentos de derecho

1. Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural y el Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera de las Illes Balears (IRFAP) para establecer las bases reguladoras de las ayudas al amparo del Programa de uso de semilla certificada de especias forrajeras, del Programa de uso de semilla certificada de especias de cereales y de leguminosas, del Programa de siembra de semilla de determinadas especies melíferas, y del Programa de apoyo a la inseminación artificial para la mejora genética del ganado vacuno de aptitud lechera, para el mantenimiento de los beneficios ambientales y sociales que genera la actividad agraria en las Islas Baleares, publicado en el BOIB núm. 86 de 29 de junio de 2024.

2. Las Instrucciones de participación en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024, publicadas en la página web del IRFAP el día 7 de junio de 2024.

3. La Ley de Subvenciones, aprobada por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4. El Reglamento (UE) núm. 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola.

5. La Resolución del presidente del Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera (IRFAP) por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis del Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024 , de 17 de septiembre de 2024 publicada en el BOIB Núm.122.

Propuesta de resolución de concesión

Por todo ello, se informa favorablemente sobre la concesión de las subvenciones de minimis del Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024 (BDNS: 788302) de los expedientes indicados en el Anexo I, en los siguientes términos:

1.- Proponer la concesión de una subvención a las personas interesadas que constan en el Anexo I (relación de expedientes de concesión de subvención), en la que se indica el número de expediente, la identificación nominal de las personas beneficiarias , el NIF, la actuación subvencionada, y la cuantía de la subvención y su financiación.

Este anexo se inicia con NIF ****1487**, y termina con NIF ****5953** y el importe total de la subvención que procede conceder es de 236.642,15 €

2.- Proponer autorizar y disponer un gasto de 236.642,15 € a favor de las personas interesadas, con cargo a los presupuestos del IRFAP del año 2024, con los porcentajes de cofinanciación detallados en el Anexo I.

3.- Publicar la propuesta de resolución de concesión en el BOIB.

4.- Comunicar este informe y propuesta provisional de concesión a las personas interesadas, haciéndoles evidente que disponen de un plazo máximo de 10 días hábiles, contadores des de su publicación en el BOIB, para presentar alegaciones.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (5 de diciembre de 2024)

El director de Desarrollo de la Producción Agraria Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera de las Islas Baleares (IRFAP) Jaime Jaume Sureda

Documentos adjuntos