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AYUNTAMIENTO DE ESPORLES
Núm. 803998
Extracto de la convocatoria del 2024 para la concesión de subvenciones para clubes deportivos y deportistas de Esporles
El decreto de alcaldía de fecha 28 de noviembre de 2024 aprobó la convocatoria de subvenciones en materia de deportes para el año 2024, por el procedimiento de concurrencia competitiva.
De conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual puede consultarse a la página web del Ayuntamiento de Esporles (www.esporles.cat)
1. Finalidad y objeto de la convocatoria
El Ayuntamiento de Esporles, pretende apoyar a los clubes deportivos de Esporles con el fin de fomentar la práctica del deporte, impulsar hábitos de vida saludable y acercar el deporte en la población de Esporles, especialmente a los y las menores en edad escolar.
A tal efecto, se establecen dos líneas de subvenciones con un objetivo diferenciado:
Línea 1: El objeto de esta línea de subvenciones es el desarrollo de la actividad deportiva por parte de los clubes deportivos de Esporles.
Línea 2: El objeto de esta línea de subvenciones es el desarrollo de la actividad deportiva por parte de deportistas de Esporles federados a deportes individuales.
2. Crédito presupuestario
El crédito presupuestario disponible a la subvención será de 20.000€, con cargo a la partida 340-48000 del presupuesto del Ayuntamiento de Esporles para el 2024.
3. Plazo y lugar de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes es de 5 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el BOIB. Si el último día es sábado o inhábil, se entiende como prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
Las instancias se tienen que tramitar por la sede electrónica del Ayuntamiento, mediante el trámite establecido a tal efecto, y junto con la solicitud se tiene que presentar la documentación detallada en la base décima de esta convocatoria.
La presentación de la solicitud de subvención implica la aceptación de las prescripciones contenidas en esta convocatoria y en el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.
4. Beneficiarios y requisitos
Pueden ser beneficiarios de las subvenciones que prevé esta convocatoria en la linea 1 las entidades deportivas debidamente inscritas al Registro de entidades del Ayuntamiento de Esporles y al Registro de Entidades deportivas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
En cuanto a la línea 2, pueden ser beneficiarios de subvención los deportistas amateurs federados a deportes individuales que acrediten estar empadronados y con residencia legal en Esporles en el momento de aprobación de estas bases y durante los últimos 3 años.
Estos deportistas tienen que disponer de licencia federativa vigente, por la Federación Balear o nacional (si no hay federación deportiva de las Islas Baleares) de la modalidad deportiva correspondiente.
5. Documentación para entregar
Las solicitudes se tienen que formalizar mediante los modelos anexos a esta convocatoria y se presentarán por sede electrónica o por cualquier de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se tiene que entregar la documentación siguiente:
1. Modelo de solicitud (anexo 1).
2. Proyecto de actividades o actuaciones para las cuales se solicita ayuda económica (anexo 2).
3. Declaraciones juradas (anexo 3).
Además, y para la linea 2, copia de la licencia federativa del deportista.
Esporles, documento firmado electrónicamente (28 de noviembre de 2024
El alcalde Josep María Ferrà Terrassa)