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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 806001
Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se aminora la cantidad de la ayuda y se propone el pago de las subvenciones en el marco de la convocatoria pública para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (PITEIB PF)

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Texto

Hechos

1. El 26 de diciembre de 2023 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU) (BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023).

2. Las personas que figuran en el anexo de esta propuesta obtuvieron una subvención para la implantación de instalaciones renovables.

3. Las personas que figuran en el anexo de esta Propuesta presentaron la documentación justificativa de las actuaciones realizadas, donde se acredita que el importe de la actuación ha sido inferior al previsto inicialmente o se ha reducido la instalación.

4. Los servicios técnicos competentes han informado favorablemente el pago de las subvenciones descritas en el anexo, incluyendo una aminoración del importe proporcional a las modificaciones realizadas, las cuales se han calculado de acuerdo con la Resolución de convocatoria de estas ayudas.

Fundamentos de derecho

1. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004 ).

5. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB núm. 72, de 24 de mayo de 2008 ).

6. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia .

7. El Real decreto 451/2022, de 14 de junio, por el que se regula la concesión directa de ayudas destinadas a la financiación de estrategias de energía sostenible para las Islas Baleares y Canarias, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se enmarca en el Plan de Recuperación, presentado por el Gobierno el 21 de abril de 2021 y aprobado por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021.

8. Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de electricidad.

9. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU) (BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023).

Propuesta de resolución

Propongo al consejero de Empresa, Empleo y Energía que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Reconocer la obligación y proponer el pago de la ayuda a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con el importe que se indica.

2. Revocar parcialmente la subvención concedida ya que la cantidad de coste elegible ha sido inferior al previsto.

3. Autorizar y disponer negativamente el gasto a revocar parcialmente de los beneficiarios y por los importes detallados en el anexo.

4. Establecer que los beneficiarios están obligados a cumplir el que dispone el apartado decimoséptimo de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021.

5. Disponer que toda alteración de las condiciones establecidas para la concesión de la subvención, así como la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones públicas o entes públicos, nacionales o internacionales, dará lugar a la revisión parcial o total de la subvención y, por tanto, al reintegro de la cantidad correspondiente más los intereses de demora.

Contra esta Propuesta de resolución puede alegar lo que considere conveniente en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears. En caso contrario, se entenderá que está conforme con el contenido de la Propuesta.

 

Palma, fecha de la firma digital: 4 de diciembre de 2024

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez

 

ANEXO Lista de beneficiarios a los que se les aminora la cantidad de la ayuda concedida y se propone el pago (PITEIB PF)

Núm

 Expediente

Solicitante

NIF

Subvención concedida inicialmente (€)

Importe a aminorar (€)

Subvención a pagar(€)

Motivo

1

PF_PITEIB-174/2024

NATHALIE BORTOLLON

****165**

8114

84

8030

Se han instalado 14 kWh en lugar de 14.21 kWh.

2

PF_PITEIB-196/2024

ANTONIO JOSE ALVAREZ ALVAREZ

****753**

3312

144

3168

Se han instalado 5.28 kWp en lugar de 5.52 kWp.

3

PF_PITEIB-220/2024

JULIAN CABRERA BAREA

 ****280**

2484

84

2400

Se han instalado 4 kWp en lugar de 4.14 kWp.

4

PF_PITEIB-223/2024

ROBERTO SANZ GARRIDO

 ****958**

6870

2370

4500

Se han instalado1.10 kWp en lugar de 5.05 kWp.

5

PF_PITEIB-415/2024

FRACISCO MANUEL LOPEZ LOPEZ

***778**

2409

1409

1000

Se han efectuado pagos en efectivo superiores a 1000 €, incumpliendo el artículo 7 de limitación de pagos en efectivo de la ley 7/2012.

Solo se admite como coste elegible 1000 €, limitando el importe de la ayuda concedida.

6

PF_PITEIB-444/2024

WILHELM PETER WILTER

****327**

5988

100

5880

Se han instalado 4.8 kWp en lugar de 4.86 kWp.

Se han instalado 7.5 kWh en lugar de 7.68 kWh.

7

PF_PITEIB-502/2024

FRANCISCO CABELLO MARTOS

****229**

3336

120

3216

Se han instalado 5.36 kWp en lugar de 5.6  kWp.

8

PF_PITEIB-641/2024

NINA PFEIFFER

****365**

5822

43

5780

Se han instalado 6.3 kWp en lugar de 6.37kWp

9

PF_PITEIB-979/2024

MARKUS SEBASTIAN RICHTER

****968**

11253

6

11247

Se han instalado 9.55 kWp en lugar de 9.56 kWp

10

PF_PITEIB-1011/2024

MANUEL CACERES MOLINA

****662**

3468

3

3645

Se han instalado 5.775 kWp en lugar de 5.78 kWp

11

PF_PITEIB-1126/2024

FRANCISCA MARIA MAS JULIA

****903**

3276

36

3240

Se han instalado 5.4 kWp en lugar de 5.46 kWp

12

PF_PITEIB-1182/2024

MARION FANNY PEREZ TARAZONA

****754**

7960

36

7924

Se han instalado 6.54 kWp en lugar de 6.6 kWp

13

PF_PITEIB-1273/2024

PEDRO FLORIT ANGLADA

****991**

8080

48

8032

Se han instalado 6.56 kWp en lugar de 6.64 kWp

14

PF_PITEIB-1375/2024

ANTONIO GELABERT FULLANA

****121**

14832

8832

6000

No se ha hecho la instalación de almacenamiento de 22.08 kWh

15

PF_PITEIB-1577/2024

JOHANN DR IRSIGLER

****756**

5520

1758

3762

Se han instalado 6.27 kWp en lugar de 9.2 kWp

16

PF_PITEIB-1734/2024

RAFAEL GOMILA COLL

****448**

2400

300

2100

Se han instalado 3.5 kWp en lugar de 4 kWp

17

PF_PITEIB-2266/2024

MANFRED SCHAFER

****433**

9240

1080

8160

Se han instalado 7.2 kWp en lugar de 9 kWp