Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 806001
Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se aminora la cantidad de la ayuda y se propone el pago de las subvenciones en el marco de la convocatoria pública para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (PITEIB PF)
Hechos
1. El 26 de diciembre de 2023 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU) (BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023).
2. Las personas que figuran en el anexo de esta propuesta obtuvieron una subvención para la implantación de instalaciones renovables.
3. Las personas que figuran en el anexo de esta Propuesta presentaron la documentación justificativa de las actuaciones realizadas, donde se acredita que el importe de la actuación ha sido inferior al previsto inicialmente o se ha reducido la instalación.
4. Los servicios técnicos competentes han informado favorablemente el pago de las subvenciones descritas en el anexo, incluyendo una aminoración del importe proporcional a las modificaciones realizadas, las cuales se han calculado de acuerdo con la Resolución de convocatoria de estas ayudas.
Fundamentos de derecho
1. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004 ).
5. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB núm. 72, de 24 de mayo de 2008 ).
6. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia .
7. El Real decreto 451/2022, de 14 de junio, por el que se regula la concesión directa de ayudas destinadas a la financiación de estrategias de energía sostenible para las Islas Baleares y Canarias, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se enmarca en el Plan de Recuperación, presentado por el Gobierno el 21 de abril de 2021 y aprobado por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021.
8. Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de electricidad.
9. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU) (BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023).
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Empresa, Empleo y Energía que dicte resolución en los siguientes términos:
1. Reconocer la obligación y proponer el pago de la ayuda a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con el importe que se indica.
2. Revocar parcialmente la subvención concedida ya que la cantidad de coste elegible ha sido inferior al previsto.
3. Autorizar y disponer negativamente el gasto a revocar parcialmente de los beneficiarios y por los importes detallados en el anexo.
4. Establecer que los beneficiarios están obligados a cumplir el que dispone el apartado decimoséptimo de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021.
5. Disponer que toda alteración de las condiciones establecidas para la concesión de la subvención, así como la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones públicas o entes públicos, nacionales o internacionales, dará lugar a la revisión parcial o total de la subvención y, por tanto, al reintegro de la cantidad correspondiente más los intereses de demora.
Contra esta Propuesta de resolución puede alegar lo que considere conveniente en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears. En caso contrario, se entenderá que está conforme con el contenido de la Propuesta.
Palma, fecha de la firma digital: 4 de diciembre de 2024
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez
ANEXO Lista de beneficiarios a los que se les aminora la cantidad de la ayuda concedida y se propone el pago (PITEIB PF)
Núm |
Expediente |
Solicitante |
NIF |
Subvención concedida inicialmente (€) |
Importe a aminorar (€) |
Subvención a pagar(€) |
Motivo |
---|---|---|---|---|---|---|---|
1 |
PF_PITEIB-174/2024 |
NATHALIE BORTOLLON |
****165** |
8114 |
84 |
8030 |
Se han instalado 14 kWh en lugar de 14.21 kWh. |
2 |
PF_PITEIB-196/2024 |
ANTONIO JOSE ALVAREZ ALVAREZ |
****753** |
3312 |
144 |
3168 |
Se han instalado 5.28 kWp en lugar de 5.52 kWp. |
3 |
PF_PITEIB-220/2024 |
JULIAN CABRERA BAREA |
****280** |
2484 |
84 |
2400 |
Se han instalado 4 kWp en lugar de 4.14 kWp. |
4 |
PF_PITEIB-223/2024 |
ROBERTO SANZ GARRIDO |
****958** |
6870 |
2370 |
4500 |
Se han instalado1.10 kWp en lugar de 5.05 kWp. |
5 |
PF_PITEIB-415/2024 |
FRACISCO MANUEL LOPEZ LOPEZ |
***778** |
2409 |
1409 |
1000 |
Se han efectuado pagos en efectivo superiores a 1000 €, incumpliendo el artículo 7 de limitación de pagos en efectivo de la ley 7/2012. Solo se admite como coste elegible 1000 €, limitando el importe de la ayuda concedida. |
6 |
PF_PITEIB-444/2024 |
WILHELM PETER WILTER |
****327** |
5988 |
100 |
5880 |
Se han instalado 4.8 kWp en lugar de 4.86 kWp. Se han instalado 7.5 kWh en lugar de 7.68 kWh. |
7 |
PF_PITEIB-502/2024 |
FRANCISCO CABELLO MARTOS |
****229** |
3336 |
120 |
3216 |
Se han instalado 5.36 kWp en lugar de 5.6 kWp. |
8 |
PF_PITEIB-641/2024 |
NINA PFEIFFER |
****365** |
5822 |
43 |
5780 |
Se han instalado 6.3 kWp en lugar de 6.37kWp |
9 |
PF_PITEIB-979/2024 |
MARKUS SEBASTIAN RICHTER |
****968** |
11253 |
6 |
11247 |
Se han instalado 9.55 kWp en lugar de 9.56 kWp |
10 |
PF_PITEIB-1011/2024 |
MANUEL CACERES MOLINA |
****662** |
3468 |
3 |
3645 |
Se han instalado 5.775 kWp en lugar de 5.78 kWp |
11 |
PF_PITEIB-1126/2024 |
FRANCISCA MARIA MAS JULIA |
****903** |
3276 |
36 |
3240 |
Se han instalado 5.4 kWp en lugar de 5.46 kWp |
12 |
PF_PITEIB-1182/2024 |
MARION FANNY PEREZ TARAZONA |
****754** |
7960 |
36 |
7924 |
Se han instalado 6.54 kWp en lugar de 6.6 kWp |
13 |
PF_PITEIB-1273/2024 |
PEDRO FLORIT ANGLADA |
****991** |
8080 |
48 |
8032 |
Se han instalado 6.56 kWp en lugar de 6.64 kWp |
14 |
PF_PITEIB-1375/2024 |
ANTONIO GELABERT FULLANA |
****121** |
14832 |
8832 |
6000 |
No se ha hecho la instalación de almacenamiento de 22.08 kWh |
15 |
PF_PITEIB-1577/2024 |
JOHANN DR IRSIGLER |
****756** |
5520 |
1758 |
3762 |
Se han instalado 6.27 kWp en lugar de 9.2 kWp |
16 |
PF_PITEIB-1734/2024 |
RAFAEL GOMILA COLL |
****448** |
2400 |
300 |
2100 |
Se han instalado 3.5 kWp en lugar de 4 kWp |
17 |
PF_PITEIB-2266/2024 |
MANFRED SCHAFER |
****433** |
9240 |
1080 |
8160 |
Se han instalado 7.2 kWp en lugar de 9 kWp |