Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN AGROALIMENTARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (IRFAP)
Núm. 805364
Informe y Propuesta de Resolución del Director de Desarrollo de la Producción Agraria del IRFAP sobre la concesión de ayudas para la adquisición de alfalfa deshidratada para vacuno de las explotaciones ganaderas situadas sobre el acuífero de Campos-Ses Salines de Mallorca y en la comunidad de regantes Tramuntana de Menorca, para evitar su salinización y ante la crisis provocada por la guerra de Ucrania, manteniendo los beneficios ambientales y sociales que genera la actividad agraria de las Islas Baleares.
Hechos.
1.- El 28 de septiembre de 2024 se publicó en el BOIB Núm. 128 la Resolución del presidente del Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera (IRFAP) por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la adquisición de alfalfa deshidratada para vacuno de las explotaciones ganaderas situadas sobre el acuífero de Camps-Ses Salines de Mallorca y en la comunidad de regantes Tramuntana de Menorca, para evitar su salinización y ante la crisis provocada por la guerra de Ucrania, manteniendo los beneficios ambientales y sociales que genera la actividad agraria en las Islas Baleares.
2.- El plazo para presentar solicitudes finalizó el día el 14 de octubre de 2024. Se presentaron 11 solicitudes.
3.- En el anexo I se encuentra la relación de los 11 expedientes sobre los que se informa favorablemente, con detalle del número de expediente, la identificación nominal, el NIF, los gastos efectuados, el importe total de la subvención calculada por a cada persona beneficiaria, y la fuente de financiación de la ayuda.
4.- Las personas interesadas que indica el anexo I han presentado en el plazo establecido y en la forma adecuada toda la documentación necesaria prevista en la convocatoria.
5.- La Dirección de Desarrollo de la Producción Agraria del IRFAP ha llevado a cabo las actuaciones necesarias para determinar, conocer y comprobar los datos de los solicitantes, resultando que las personas interesadas que indica el anexo I, como beneficiarios de la subvención, cumplen los requisitos que prevé la convocatoria:
a) Ser titular de una explotación agraria ganadera inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de las Illes Balears (REA), que esté, o bien situada sobre el acuífero de Campos-Ses Salines en la isla de Mallorca, o bien situada en la comunidad de regantes Tramuntana, en la isla de Menorca.
b) Los correspondientes a los censos Ganaderos que establece el punto tercero de la convocatoria.
c) Los contemplados por el Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural y el Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera de las Illes Balears (IRFAP) para establecer las bases reguladoras de las ayudas a la amparo del Programa de uso de semilla certificada de especias forrajeras, del Programa de uso de semilla certificada de especias de cereales y de leguminosas, del Programa de siembra de semilla de determinadas especies melíferas, y del Programa de apoyo a la inseminación artificial para la mejora genética del ganado vacuno de aptitud lechera, para el mantenimiento de los beneficios ambientales y sociales que genera la actividad agraria en las Islas Baleares.
d) No incurrir en alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 del artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
Fundamentos de derecho
1. Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural y el Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera de las Illes Balears (IRFAP) para establecer las bases reguladoras de las ayudas al amparo del Programa de uso de semilla certificada de especias forrajeras, del Programa de uso de semilla certificada de especias de cereales y de leguminosas, del Programa de siembra de semilla de determinadas especies melíferas, y del Programa de apoyo a la inseminación artificial para la mejora genética del ganado vacuno de aptitud lechera, para el mantenimiento de los beneficios ambientales y sociales que genera la actividad agraria en las Islas Baleares, publicado en el BOIB núm. 86 de 29 de junio de 2024.
2. La Resolución del presidente del Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera (IRFAP) por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la adquisición de alfalfa deshidratada para vacuno de las explotaciones ganaderas situadas sobre el acuífero de Campos-Ses Salines de Mallorca y en la comunidad de regantes Tramuntana de Menorca, para evitar su salinización y ante la crisis provocada por la guerra de Ucrania, manteniendo los beneficios ambientales y sociales que genera la actividad agraria en las Islas Baleares, publicada en el BOIB Núm.128 de 28 de septiembre de 2024.
3. La Ley de Subvenciones, aprobada por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
4. La Comunicación C(2023)8045, por la que modifica y amplía el marco temporal de crisis y transición relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a apoyar la economía tras la agresión de Rusia contra Ucrania, publicada en el DOUE C/2023/1188.
5. La segunda modificación del Marco Temporal Nacional relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a apoyar la economía a raíz de la agresión de Rusia contra Ucrania (Comunicación de la Comisión Europea C/2024/3113)
Propuesta de Resolución de concesión
Por todo ello, se informa favorablemente sobre la concesión, de una ayuda para la adquisición de alfalfa deshidratada para vacuno de las explotaciones ganaderas situadas sobre el acuífero de Campos-Ses Salines de Mallorca y en la comunidad de regantes Tramuntana de Menorca, para evitar su salinización y ante la crisis provocada por la guerra de Ucrania, manteniendo los beneficios ambientales y sociales que genera la actividad agraria en las Illes Balears (BDNS: 788588) de los expedientes indicados en el anexo I, en los siguientes términos:
1.- Proponer la concesión de una subvención a las personas interesadas que constan en el anexo I (relación de expedientes de concesión de subvención), en la que se indica el número de expediente, la identificación nominal, el NIF, los gastos efectuados, el importe total de la subvención calculada para cada beneficiario, y la fuente de financiación de la ayuda.
Este Anexo se inicia con titular núm. de expediente ALF_01/2024 y termina con núm. de expediente ALF_11/2024 y el importe total que procede conceder es de 162.991,18 €
2.- Proponer autorizar y disponer un gasto de 162.991,18 € a favor de las personas interesadas, con cargo a los presupuestos del IRFAP del año 2024, con los porcentajes de cofinanciación detallados en el Anexo I.
3.-Publicar la propuesta de Resolución de concesión en el BOIB.
4.- Comunicar este informe y propuesta provisional de concesión a las personas interesadas, haciéndoles evidente que disponen de un plazo máximo de 10 días hábiles, contadores des de su publicación en el BOIB, para presentar alegaciones.
Palma, en la fecha de firma electrónica (5 de diciembre de 2024)
El director de Desarrollo de la Producción Agraria del Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera de las Islas Baleares (IRFAP) Jaume Jaume Sureda