Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 804583
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de modificación de la Resolución de 19 de diciembre de 2022 de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se aprueba la convocatoria del proceso selectivo para el acceso a diversas categorías del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 165, de 20 de diciembre)
Antecedentes
1. En fecha 20 de diciembre de 2022 se publicó en el BOIB nº. 165 la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se aprueba la convocatoria del proceso selectivo para el acceso a diversas categorías del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. En la base 11.3 de la convocatoria mencionada en el punto anterior se establece que el consejero o consejera competente en materia de función pública, previa propuesta del tribunal, debe aprobar la resolución en la que se especifiquen la fecha, la hora y lugar de realización del primer ejercicio de cada una de las pruebas.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 3.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público, que establece como principio de las Administraciones Públicas en su actuación y relaciones, entre otros, el de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados (letra h).
2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto Ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.
4. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears y posteriores modificaciones, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. Artículo 27 del Convenio Colectivo del Personal Trabajador de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 174, de 19 de diciembre de 2013).
6. La Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones públicas de modificación del calendario de desarrollo de los ejercicios del proceso selectivo del turno libre para el acceso a diversas categorías del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears ( BOIB núm. 172, de 21 de diciembre de 2023).
7. La Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de modificación y corrección de errores de la convocatoria del proceso selectivo para el acceso a diversas categorías del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 61, de 9 de mayo de 2024).
8. Con el fin de impulsar y agilizar el desarrollo de este proceso selectivo, resulta necesario modificar la base 11.3 de la convocatoria para el acceso a diversas categorías del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar la base 11.3 del anexo 2 de la Resolución de 19 de diciembre de 2022 de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se aprueba la convocatoria del proceso selectivo para el acceso a diversas categorías del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que queda redactada en los siguientes términos:
“11.3. Calendarios de las pruebas Los ejercicios deben desarrollarse de acuerdo con el siguiente calendario:
- Primer ejercicio: del 1 de febrero de 2025 al 28 de febrero de 2025.
- Segundo ejercicio: del 1 de mayo de 2025 al 30 de junio de 2025.
El consejero o consejera competente en materia de función pública debe aprobar la resolución en la que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de cada una de las pruebas.
Esta resolución debe publicarse en la web <http://oposicions.caib.es>, con una antelación mínima de diez días hábiles a la fecha de realización del ejercicio.
Con la publicación de las personas aspirantes aprobadas de cada ejercicio, se hará público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en la web <http://oposicions.caib.es> al menos diez días antes de la fecha señalada por a la realización de cada uno de los ejercicios.
El tribunal calificador debe ajustarse al calendario que se establece en cada convocatoria, salvo causas graves debidamente justificadas».
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Sede Electrónica de la CAIB (www.caib.es) y en el Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es).
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
También se puede interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.
(Firmado electrónicamente: 4 de diciembre de 2024)
La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens