Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 802748
Resolución del Consejero de Educación y Formación profesional en la que se relacionan las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos para ser integrados en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, según el procedimiento convocado por resolución del Consejero de Educación y Formación profesional de 23 de enero de 2023
Hechos
1. En el BOIB núm. 12, de 26 de enero de 2023, se publicó la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 23 de enero de 2023 por la cual se convocan los procedimientos para que el profesorado del cuerpo, a extinguir, de profesores técnicos de formación profesional se integre en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.
2. En la resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 15 de marzo de 2024, por la que se aprueba la relación provisional de personas que se proponen para ser integradas en el cuerpo de profesores enseñanza secundaria por especialidades, así como la relación de aquellas que se excluyen por no reunir alguno de los requisitos y condiciones exigidas, especificando la causa o causas de exclusión, fijaba un plazo de diez días hábiles para que las personas interesadas pudieran realizar las alegaciones que consideraran pertinentes.
3. El punto 7.4 de la Resolución de la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 23 de enero de 2023, prevé que, una vez revisadas las reclamaciones, del director general de Personal Docente y Centros Concertados elevará la propuesta de resolución para qué el Consejero de Educación y Universidades dicte la resolución que finalice el procedimiento.
4. Con fecha 7 de octubre de 2023, del director general de Personal Docente y Centros Concertados ha formulado la propuesta de resolución en la que se relacionan las personas que se proponen para ser integradas en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, según el procedimiento convocado por la Resolución del Consejero de Educación y Formación Profesional de 23 de enero de 2023.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la cual se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOMLOE), entró en vigor el 19 de enero de 2021. Esta Ley modifica la disposición adicional séptima de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), y declara a extinguir el cuerpo de profesores técnicos de formación profesional.
2. La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la formación profesional, en el artículo 85 crea el cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de la formación profesional; en la disposición adicional quinta establece las especialidades del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de formación profesional que se integran en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, y les especialidades del mencionado cuerpo a extinguir que pasan a formar parte de la atribución docente del nuevo cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de la formación profesional.
3. El Real decreto 800/2022, de 4 de octubre, regula la integración del profesorado del cuerpo, a extinguir, de profesores técnicos de formación profesional en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, y modifica diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias y constituye el marco común básico normativo de la regulación del procedimiento para la integración del profesorado del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional, a extinguir, en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria a desarrollar por las diferentes administraciones educativas competentes.
4. El Real decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el cual se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria, para determinar las especialidades del cuerpo, a extinguir, de profesores técnicos de formación profesional que, a los únicos efectos del desarrollo del proceso de integración, se consideran como especialidades del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.
5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de les Illes Balears, en el artículo 85 regula el ingreso en la función pública docente en la comunidad autónoma delas Illes Balears.
6. El Decreto 1/2024, de 4 de enero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio de la presidenta de las Illes Balears, por la que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio y por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto, atribuye a la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados de la Consejería de Educación y Universidades, entre otras competencias, la ordenación y la gestión del personal docente.
7. La Resolución del Consejero de Educación y Formación Profesional de 23 de enero de 2023 por la cual se convocan los procedimientos para qué el profesorado del cuerpo, a extinguir, de profesores técnicos de formación profesional se integre en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.
Por todo esto, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aprobar y hacer pública en el anexo 1 de esta Resolución la lista definitiva de aspirantes excluidos, con indicación de la causa de exclusión.
2. Aprobar y hacer pública en el anexo 2 de esta Resolución la lista de causas de exclusión especificadas con el código que indica el motivo de exclusión.
3. Publicar esta Resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También pueden interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Palma, en la data de signatura electrónica (29 de noviembre de 2024)
El Consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany
ANEXO I Aspirantes excluidos del procedimiento de integración
NIF/NIE |
LLINATGES I NOM |
Causes d'exclusió |
---|---|---|
****156** |
ARENAS ZARCO, MARIA |
1 |
****640** |
GIMENO SASTRE, JOSEP |
1 |
****538** |
GÓMEZ MOLINA, OLIVIA |
1 |
****698** |
MARÍN GÓMEZ, JUAN FRANCISCO |
1 |
****879** |
PASTOR MARÍN, MIRIAN |
1 |
****806** |
MARTÍNEZ, MARTA |
1,2,3 |
****637** |
MORENTE LÓPEZ, MARÍA DEL PILAR |
1 |
****671** |
PALOU ELIAS, LLUISA |
1, 2 |
****414** |
PONS AMENGUAL, PERE JOSEP |
1 |
****680** |
POU SEGURA, MARGARITA |
1 |
****580** |
TABLADO REMARTÍNEZ, ELEA |
1 |
****312** |
SEGURA AGUILÓ, ELOI |
1 |
****070** |
VIDAL COMPANY, ANTÒNIA |
1 |
****156** |
CARRIÓN MARTÍNEZ, FRANCISCO |
1 |
****968** |
PASCUAL FEMENIAS, CATALINA |
1 |
****268** |
SARRIÓ GARCIA, FRANCESC XAVIER |
1 |
****275** |
VALLESPIR SOPENA, MARIA DEL PILAR |
1 |
****256** |
MAS ALOS, JUAN |
1 |
ANEXO II Causas de exclusión
1. |
No ser personal funcionari de carrera del cos, a extingir, de professors tècnics de formació professional |
---|---|
2. |
No acreditar la titulació establerta a l'apartat 5.2 de les bases |
3. |
No estar en una de les situacions establertes a l'apartat 5.4 de les bases |