Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 802416
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de modificación de la Resolución de 21 de noviembre de 2024 por la que se aprobaron las listas de aspirantes que han superado el proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario del cuerpo subalterno de la Administración de la CAIB y se ofrecieron los puestos de trabajo
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Antecedentes
1. Mediante la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022), se aprobaron las bases generales que deben regir el proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. En fecha 23 de noviembre de 2024 se publicó en el BOIB nº. 153 la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de corrección de los errores de la Resolución por la que se aprueban las listas de aspirantes que han superado el proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario del cuerpo subalterno de la Administración general de la CAIB y se ofrecen los puestos de trabajo.
3. El señor P.R.,A., mediante escrito presentado en fecha 25 de noviembre de 2024, ha renunciado a la plaza obtenida en el cuerpo subalterno, turno de reserva para personas con discapacidad para la isla de Mallorca, por lo que se hace necesario modificar la lista de personas aspirantes que han superado el proceso de estabilización por concurso oposición de este cuerpo, turno e isla.
4. El Tribunal del subgrupo AP de la Administración general acordó, de acuerdo con la base 15 de la convocatoria, elevar a la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas la relación de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo por orden de puntuación, para su nombramiento como personal funcionario de carrera en sustitución de las que han renunciado a la plaza, a fin de que dicte la Resolución por la que se apruebe la lista de aspirantes que ha superado el proceso de estabilización por concurso-oposición para cubrir las plazas de personal funcionario del cuerpo subalterno, turno de reserva de personas con discapacidad, para la isla de Mallorca.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.
4. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la comunidad autónoma.
5. La Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria del proceso de estabilización por concurso-oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022).
6. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y posteriores modificaciones.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar la lista de personas que han superado el proceso selectivo mediante la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se aprueban las listas de aspirantes que han superado el concurso de estabilización por concurso oposición del cuerpo subalterno, turno de reserva de personas con discapacidad para la isla de Mallorca de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. de 153, de 23 de noviembre de 2024) en el sentido de incluir a las siguientes personas:
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CONCURSO OPOSICION CUERPO SUBALTERNO, TURNO DE RESERVA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD, MALLORCA |
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DNI |
APELLIDOS, NOMBRE |
NOTA EJERCICIO |
MÉRITOS |
TOTAL |
ORDEN |
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***6782* |
D.M., G |
57,000 |
18,666 |
75,666 |
2 |
2. Publicar los puestos de trabajo que se ofrecen, en el anexo de esta resolución, del cuerpo subalterno, turno de reserva para personas con discapacidad, para la isla de Mallorca de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a efectos de que las personas que han superado el proceso de estabilización por concurso oposición soliciten destino.
3. Requerir a las personas aspirantes que han superado este proceso a fin de que en el plazo de siete días hábiles presente la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos.La acreditación de los requisitos debe realizarse de acuerdo con lo establecido en la base 13.3 del anexo 2 de la convocatoria mencionada en el punto 1 de los antecedentes.
Si no se presenta la documentación dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, que deben ser debidamente acreditados y, en su caso, apreciados por la Administración mediante resolución motivada o, si en el momento de examinar la documentación se deduce que falta alguno de los requisitos exigidos, la persona interesada no podrá ser nombrada personal funcionario de carrera y sus actuaciones quedarán anuladas, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
4. Publicar aquesta resolució en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, en el Portal de l'OpositoPublicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el Portal del Opositor (oposicions.caib.es) y en la Sede electrónica (seuelectronica.caib.es).
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar a partir del siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar a partir del siguiente a la publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 4 de diciembre de 2024)
La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens