Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Núm. 801704
Resolución núm. 2024-8165 de fecha 28 de noviembre de 2024, por la cual se aprueba la constitución de las bolsas del personal funcionario interino y del personal laboral temporal derivadas del procedimiento de estabilización temporal, por el sistema de concurso extraordinario de méritos, para cada especialidad o categoría profesional, de los grupos profesionales A1 y A2
La Primera Teniente de Alcalde, el día 28 de noviembre de 2024, ha dictado la siguiente resolución:
DECRETO:
1. Dado que por Decreto de Alcaldía núm. 2022-12228 de fecha 13 de diciembre de 2022, se aprobó la convocatoria y las bases del procedimiento de estabilización de ocupación temporal para cubrir como personal funcionario de carrera y laboral fijo, mediante concurso extraordinario de méritos, las plazas derivadas de la aplicación de la disposición adicional sexta y disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, incluidas en la oferta de ocupación pública extraordinaria del año 2022.
2. Dado que la convocatoria ha sido publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 164, de fecha 17 de diciembre de 2022.
3. Dado que el anuncio de la convocatoria ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 312, de fecha 29 de diciembre de 2022, con corrección de errores en el Boletín Oficial del Estado núm. 15, de fecha 18 de enero de 2023.
4. Dado que los Decretos núm. 2024-7770 y núm. 2024-7771, de fecha 14 de noviembre de 2024, por los que se aprobaron los listados definitivos de aspirantes con la correspondiente adjudicación de lugares de trabajo del proceso de estabilización por concurso extraordinario de méritos, publicados en el BOIB núm. 151, de 19 de noviembre de 2024.
5. Visto lo que establece el punto primero de la base decimocuarta de la convocatoria, en relación con la constitución de una bolsa de interinos derivada del proceso selectivo:
6. Visto lo que establece el punto primero de la base decimocuarta de la convocatoria, en relación con la constitución de una bolsa de interinos derivada del proceso selectivo:
Se estará a lo establecido en el artículo 24.2 del Decreto Ley 6/22, de 13 de junio
“Las convocatorias de estabilización, por el sistema de concurso de méritos, tendrán que prever que las personas que no superen el proceso selectivo, y que no tengan la posibilidad de participar en el proceso de estabilización por el sistema de concurso oposición, por no haber plazas del mismo cuerpo, escala, subescala, clase, especialidad o categoría profesional, convocadas por el sistema de concurso oposición, se tienen que incluir en bolsas de personal funcionario interino o de personal laboral temporal, específicas y preferentes a las bolsas ordinarias y/o extraordinarias vigentes en cada una de las administraciones. En estas bolsas se integrarán los candidatos que hayan obtenido la puntuación mínima de 10 puntos.”
7. De acuerdo con los antecedentes señalados y en uso de las atribuciones que me han sido delegadas mediante el Decreto de Alcaldía núm. 2023-5709, de fecha 22 de junio de 2023 (BOIB núm. 88 de fecha 29 de junio de 2023),
RESUELVO
PRIMERO.
APROBAR la constitución de las bolsas de personal funcionario interino y de personal laboral temporal derivadas del proceso selectivo para cada especialidad o categoría profesional, conforme a la orden de prelación según se contempla en la relación complementaria de aspirantes que han obtenido la puntuación mínima de 10 puntos.
PERSONAL FUNCIONARIO
TÉCNICO/A DE CULTURA (ADM. ESPECIAL, A1)
DNI |
Méritos profesionales |
Otros méritos |
Puntuación total |
41457417D |
15,60 |
44 |
59,60 |
51313325Z |
0 |
55 |
55 |
46950450K |
0 |
55 |
55 |
41459496H |
0 |
52 |
52 |
43059010C |
0 |
45 |
45 |
47257417F |
0 |
36 |
36 |
47250316Z |
0,30 |
32 |
32,30 |
X9522992A |
0 |
29,20 |
29,20 |
43566990E |
0 |
20,10 |
20,10 |
41461484M |
0 |
10 |
10 |
INGENIERO/A SUPERIOR INDUSTRIAL (ADM. ESPECIAL, A1)
No se ha aportado documentación por parte de ningún candidato/a.
ARQUITECTO/A TÉCNICO/A (ADM. ESPECIAL, A2)
DNI |
Méritos profesionales |
Otros méritos |
Puntuación total |
46955056G |
6 |
39 |
45 |
47255282B |
9 |
33 |
42 |
47802253L |
2,5 |
38 |
40,50 |
46354015E |
5,25 |
29 |
34,25 |
36532004T |
1,60 |
22 |
23,60 |
43158268X |
4 |
19 |
23 |
TÉCNICO/A MEDIO DE GESTIÓN (ADM. GENERAL, A2)
DNI |
Méritos profesionales |
Otros méritos |
Puntuación total |
44872018F |
0,75 |
55 |
55,75 |
46953242F |
0 |
48 |
48 |
41460637D |
0 |
40,10 |
40,10 |
38561749H |
0 |
36 |
36 |
02631228M |
0 |
33 |
33 |
41453737D |
0 |
30 |
30 |
46950859Q |
0 |
25 |
25 |
INGENIERO/A TÉCNICO/A INDUSTRIAL (ADM. ESPECIAL, A2)
No se ha aportado documentación por parte de ningún candidato/a.
ASISTENTE/A SOCIAL (ADM. ESPECIAL, A2)
DNI |
Méritos profesionales |
Otros méritos |
Puntuación total |
41457417D |
30,10 |
55 |
94,10 |
PERSONAL LABORAL
TÉCNICO/A RESPONSABLE DISTRITO 07800 (ADM. ESPECIAL, A1)
DNI |
Méritos profesionales |
Otros méritos |
Puntuación total |
47250386Z |
0,30 |
42 |
42,30 |
TÉCNICO/A MEDIO DE JUVENTUD (ADM. ESPECIAL, A2)
DNI |
Méritos profesionales |
Otros méritos |
Puntuación total |
41457417D |
17 |
55 |
72 |
41459416H |
0 |
52 |
52 |
47250386Z |
0,30 |
45 |
45,30 |
47257417F |
0 |
36 |
36 |
33464345N |
0 |
10,35 |
10,35 |
TÉCNICO/A MEDIO DE FORMACIÓN (ADM. ESPECIAL, A2)
DNI |
Méritos profesionales |
Otros méritos |
Puntuación total |
47250386Z |
7,80 |
55 |
62,80 |
41455974S |
15,50 |
45 |
60,50 |
47257417F |
0 |
36 |
36 |
33464345N |
1,90 |
10,35 |
12,25 |
TÉCNICO/A PLAN MUNICIPAL DE DROGAS (ADM. ESPECIAL, A2)
DNI |
Méritos profesionales |
Otros méritos |
Puntuación total |
41457417D |
17 |
55 |
72 |
COORDINADOR/A (ADM. ESPECIAL, A2)
DNI |
Méritos profesionales |
Otros méritos |
Puntuación total |
46950450K |
0 |
55 |
55 |
47250386Z |
0,30 |
45 |
45,30 |
33464345N |
0 |
10,35 |
10,35 |
EDUCADOR/A SOCIAL (ADM. ESPECIAL, A2)
Méritos profesionales |
Otros méritos |
Puntuación total |
Méritos profesionales |
46957766T |
4,80 |
30 |
34,80 |
TREBAJADOR/A SOCIAL (ADM. ESPECIAL, A2)
No se ha aportado documentación por parte de ningún candidato/a.
TERCERO. Ordenar la publicación de esta resolución en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Eivissa (https://eivissa.sedelectronica.es) y en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
CUARTO. Informar a las personas interesadas que en contra de esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer:
a) Directamente, un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso- administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
b) Un recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Eivissa, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya notificado la resolución expresa del mismo, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
c) Cualquier otro recurso que creáis conveniente, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Eivissa,
Doy fe,
LA REGIDORA DELEGADA EL SECRETARIO ACCTAL.
(documento firmando electrónicamente en el margen) (documento firmando electrónicamente en el margen)"
Eivissa, documento firmando electrónicamente en el margen (3 de diciembre de 2024)
La primera teniente de alcalde Gema Marí Planells