Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 794152
Resolución de la consejera ejecutiva de Bienestar Social por sustitución de la consejera ejecutiva del departamento de Economía y Servicios Generales de día 15 de noviembre de 2024 y núm. 2024/ESG/0001435 relativa a la concesión de la convocatoria de ayudas para el fomento de las razas autóctonas de Menorca para el año 2024
Antecedentes
El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, mediante acuerdo adoptado en sesión ordinaria de día 15 de abril de 2024 aprobó las bases que rigen la convocatoria de las ayudas del CIM para el fomento de las razas autóctonas para el año 2024. Estas bases y la correspondiente convocatoria se publicaron en el BOIB núm. 70 de día 28 de mayo de 2024 y se rectificaron por Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de 1 de julio de 2024 (BOIB núm. 94 de día 18 de julio de 2024).
El presupuesto total destinado a estas ayudas es de 30.000,00€ de la partida presupuestaria 2.41240.4890000, condicionado a la aprobación del presupuesto del Consejo Insular de Menorca para el año 2025.
El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas finalizó día 28 de junio de 2024.
El objeto de esta convocatoria es apoyar a las actividades que hayan llevado a cabo, desde el día de presentación de las solicitudes hasta día 31 de diciembre de 2024, las asociaciones de ganaderos de razas autóctonas de Menorca, para compensar, el coste de los gastos relacionados con la gestión de los libros genealógicos y la mejora genética, para obtener productos primarios de calidad, y también, contribuir a los gastos derivadas de las tareas que realizan las asociaciones, para promocionar estos productos.
Día 15 de octubre de 2024 la instructora emite un informe de concesión de las ayudas.
Día 22 de octubre de 2024, se va reunió la Comisión Evaluadora de las ayudas y comunica su propuesta.
En fecha 11 de noviembre de 2024 el interventor fiscaliza favorablemente la concesión de las ayudas.
Fundamentos de derecho
1. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
2. Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
3. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003.
4. Reglamento (CE) núm. 2472/2022 de la comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el cual se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles en el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
5. Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas, modificado por el Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo y por el Real Decreto 663/2023, de 18 de julio.
6. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
7. Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.
De conformidad con el Decreto de presidencia núm. 91/2023 de 10 de julio, de creación de los departamentos y el decreto de presidencia núm. 92/2023 de 10 de julio, de nombramiento de los miembros del Consejo Ejecutivo (BOIB núm. 95 de 11 de julio de 2023), la competencia para conocer y resolver el presente expediente corresponde a la consejera ejecutiva ninguno del departamento de Economía y Servicios Generales.
Atendido el Decreto de presidencia núm. 136/2023 de 1 de agosto, relativo al establecimiento del régimen de suplencias de los consejeros ejecutivos (BOIB núm. 108 de 3 de agosto de 2023), de acuerdo con el cual, en caso de ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento temporal de la consejera ejecutiva ninguno del departamento de Bienestar Social tiene que suplir la consejera ejecutiva de Economía y Servicios Generales.
En uso de las atribuciones que me han sido conferidas;
RESUELVO
PRIMERO. Conceder, por un importe total de 17.000,00 €, las ayudas de la convocatoria del CIM para el fomento de las razas autóctonas de Menorca para el año 2024 con cargo a la partida 2.41240.4890000 condicionada a la cobertura futura según la aprobación del Presupuesto del CIM para el año 2025, a los siguientes beneficiarios:
Entidad solicitante (CIF) |
Importe concedido |
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Associació de l'ovella autòctona de Menorca (G07850977) |
5.000,00 € |
Associació de ramaders de bestiar boví de raça de Menorca (G07877459) |
6.000,00 € |
Associació de criadors i propietaris de cavalls de Menorca (G07400658) |
6.000,00 € |
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17.000,00 € |
Estas ayudas se conceden de acuerdo con el Reglamento (CE) núm. 2472/2022 de la comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el cual se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles en el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y también en cumplimiento del Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas, modificado por el Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo y por el Real Decreto 663/2023, de 18 de julio.
SEGUNDO. El plazo para justificar el cumplimiento de los compromisos adquiridos será día 31 de marzo de 2025.
TERCERO. Remitir a la BDNS este acuerdo en cumplimiento del art. 20.8 de la LGS y publicarlo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a los efectos de notificación (art. 1b de la LPACAP).
Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo en el plazo de un mes contador desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podréis interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma.
Maó, en la fecha de la firma electrónica (18 de noviembre de 2024)
La consejera ejecutiva por substitución Carmen Reynés Calvache (DP 92/2023, de 10 de julio) (BOIB núm. 95 de 11 de julio de 2023) (DP núm. 136/2023, de 1 de agosto) (BOIB núm. 108 de 3 de agosto de 2023)