Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 794606
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de corrección de los errores materiales advertidos en los lugares ofrecidos en el CFT, especialidad fisioterapia de la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se aprueban las listas de aspirantes que han superado el proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario del cuerpo facultativo técnico, salvo la especialidad de ingeniero técnico agrícola, de la Administración de la CAIB y se ofrecen los puestos de trabajo (BOIB núm. 155, de 28 de noviembre)
Antecedentes
1. En fecha 28 de noviembre de 2024 se ha publicado en el BOIB núm. 155, la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones públicas por la que se aprueban las listas de aspirantes que han superado el proceso de estabilización por concurso-oposición para cubrir las plazas de personal funcionario del cuerpo facultativo técnico, excepto la especialidad de ingeniero técnico agrícola, de la Administración de la CAIB y se ofrecen los puestos de trabajo.
2. En esta Resolución se han advertido dos fallos materiales en los datos de dos de los lugares incluidos en el anexo 2, cuerpo facultativo técnico, escala sanitaria, especialidad fisioterapia (Mallorca).
Concretamente, uno de los errores consiste en que el puesto F00740012, expansión 1, debe ser el F0074002, expansión 1, el cual corresponde con un puesto ocupado por una de las personas aprobadas en la mencionada especialidad (isla de Mallorca). Asimismo, el puesto F00740012-1 está vinculado a un proceso selectivo diferente (OTL 2019). Este error implica que algunos de los ítems de descripción del puesto, como son la Consejería u organismo autónomo de adscripción, el centro directivo o la unidad, sean también erróneos, por lo que la descripción del puesto ofrecido se ha cambiado.
El otro error consiste en que el puesto F00740008, expansión 2, debe ser F00740008 expansión 1.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que éstas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio oa instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que existan en sus actos.
2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición.
3. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears y posteriores modificaciones por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. Teniendo en cuenta los fundamentos jurídicos anteriores y, dado que se han advertido los errores que figuran en el antecedente 2 que debe rectificarse, es adecuado dictar una resolución de corrección de errores y abrir un nuevo plazo para la presentación de solicitudes de destino teniendo en cuenta la corrección efectuada, sólo por las personas aspirantes que han superado el proceso de selección en el cuerpo facultativo técnico, escala sanitaria, especialidad fisioterapia (isla de Mallorca).
5. Dado que estos errores sólo afecta a la concreta especialidad indicada, las personas aspirantes que han superado el proceso de selección de las demás escalas y especialidades, que figuran en la Resolución mencionada en el antecedente 1, no deben volver a presentar la solicitud de destino ni la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Rectificar los errores del anexo 2 de la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se aprueban las listas de aspirantes que han superado el proceso de estabilización por concurso-oposición para cubrir las plazas de personal funcionario del cuerpo facultativo técnico, excepto la especialidad de ingeniero técnico agrícola, de la Administración de la CAIB y se ofrecen los puestos de trabajo, publicada en el BOIB nº. 155, de 28 de noviembre de 2024, en el sentido indicado en el Anexo de esta Resolución.
2. Otorgar a las personas aspirantes que han superado el proceso de selección en el cuerpo facultativo técnico, escala sanitaria, especialidad fisioterapia en la isla de Mallorca, un nuevo plazo de siete días hábiles para que presenten la solicitud de destino de los puestos y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos. La acreditación de los requisitos debe realizarse de acuerdo con lo establecido en la base 13.3 del anexo 2 de la convocatoria mencionada.
3. Si no se presenta la documentación dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, que deben ser debidamente acreditados y, en su caso, apreciados por la Administración mediante resolución motivada o, si en el momento de examinar la documentación se deduce que falta alguno de los requisitos exigidos, la persona interesada no podrá ser nombrada personal funcionario de carrera y sus actuaciones quedarán anuladas, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
4. Establecer que las personas interesadas que ya hayan presentado la documentación mencionada en el punto anterior, no es necesario que la vuelvan a presentar, excepto la hoja de solicitud de destino de los puestos.
5. Esta Resolución no afecta a las personas aspirantes que han superado el proceso de selección en el resto de cuerpos facultativos técnicos y especialidades cuyos puestos de trabajo aspiran se han ofrecido en la misma Resolución publicada en el 28 de noviembre de 2024 en el BOIB núm. . 155, por lo que no deben volver a presentar la solicitud de destino ni la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria.
6. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el Portal del Opositor (oposicions.caib.es) y en la Sede electrónica (seuelectronica.caib.es).
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar a partir del siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar a partir del siguiente a la publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 29 de noviembre de 2024)
La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens