Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓ INSTITUT D'INVESTIGACIÓ SANITÀRIA ILLES BALEARS (IDISBA)
Núm. 793279
Resolución del director gerente de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears por la que se convoca un proceso selectivo para la cobertura de una plaza de técnico o técnica superior en investigación con especialización en neurociencias, del grupo profesional A, pera el proyecto «Xarxa de Recerca RICORS-Ictus» (RD21/0006/0004 i RD24/0009/0022) Código de expediente: 2024-45-NAHUSE
El Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), establece en el artículo 15 la competencia para ordenar la inserción de edictos en el BOIB y, en su punto 4, especifica que las instituciones o entes públicos no mencionados en los tres primeros puntos deben acreditar los órganos y las personas que, de acuerdo con su normativa específica, están facultados para ordenar o solicitar la inserción de textos en el BOIB. Si no existe acreditación específica, se entenderá que corresponde a quien ejerza la representación del órgano, el ente o la institución de la que emana el texto.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 27 de los estatutos de la Fundación, la Dirección Gerencia de la Fundación tiene la competencia para desarrollar la política de personal aprobada por el Patronato y, a tal fin, seleccionar al personal, suscribir o rescindir los contratos, ejecutar los acuerdos del Patronato en materia de retribuciones, acordar las sanciones, ejercer la jefatura superior del personal al servicio de la Fundación y mantener las relaciones con los órganos de representación de personal, además de todas aquellas actuaciones que en esta materia le sean encomendadas, sin perjuicio de las funciones que corresponden a la presidencia.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la convocatoria, con código de expediente 2024-45-NAHUSE, para la cobertura de una plaza de técnico o técnica superior en investigación con especialización en neurociencias, del grupo profesional A, pera el proyecto «Xarxa de Recerca RICORS-Ictus» (RD21/0006/0004 i RD24/0009/0022).
Palma, en la fecha de la firma electrónica (28 de noviembre de 2024)
El director gerente de la Fundación Carlos Enrique Herrero
ANEXO 1
Convocatoria del proceso selectivo para la cobertura de una plaza de técnico o técnica superior en investigación con especialización en neurociencias, del grupo profesional A, pera el proyecto «Xarxa de Recerca RICORS-Ictus» (RD21/0006/0004 i RD24/0009/0022)
La Fundación tiene encomendadas, entre otras, las funciones de gestionar medios y recursos al servicio de ejecución de programas de investigación clínica, básica y aplicada, el desarrollo tecnológico y la innovación en el campo de la salud.
Para poder llevar a cabo estas funciones, la Fundación necesita convocar una plaza de personal de investigación con especialización en neurociencias, del grupo profesional A, para el proyecto «Xarxa de Recerca RICORS-Ictus» (RD21/0006/0004 i RD24/0009/0022).
El artículo 23.2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece los criterios que deben seguir los entes públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma en la contratación de personal laboral, y prevé que «la selección del personal se ajustará a los sistemas y procedimientos que se establecen en la Ley de la Función Pública de las Illes Balears».
Los artículos 17 y 18 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, disponen que deben aplicarse los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en las contrataciones.
El apartado segundo B del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2007, de modificación del ámbito de aplicación y de determinación del alcance de control del punto 5 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 1995, prevé la contabilidad y la rendición de cuentas de las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en lo que se refiere a la selección de personal de los entes públicos de la Comunidad Autónoma.
Por todo ello, y en el ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 28.1 i de los estatutos fundacionales vigentes,
CONVOCO:
El proceso para la selección y cobertura posterior de una plaza de técnico o técnica superior en investigación con especialización en neurociencias, del grupo profesional A, pera el proyecto «Xarxa de Recerca RICORS-Ictus» (RD21/0006/0004 i RD24/0009/0022) con los requisitos, características y criterios de selección siguientes:
I. Requisitos de participación
Estar en posesión de la titulación de Grado en Farmacia y un Máster en Neuroquímica y Neurología Molecular.
Acreditar mínimo el nivel C1 de catalán.
Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
Tener la nacionalidad española, u otra nacionalidad en los casos en los que el artículo 57 del Texto refundido del Estatuto básico del empleado público (TREBEP) se permita el acceso al empleo público.
Es necesario tener nacionalidad española, de otros estados miembros de la Unión Europea o de otros estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También serán admitidos el cónyuge, los descendientes y descendientes del cónyuge, tanto de españoles y españolas como de nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, independientemente de su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y los descendientes sean menores de 21 años o mayores de esa edad, pero vivan a cargo de sus progenitores.
Las personas extranjeras referidas a los apartados anteriores, así como aquéllas con residencia legal en España, pueden acceder a las administraciones públicas como personal laboral, en igualdad de condiciones que españoles y españolas.
Poseer la capacidad funcional para desarrollar las tareas.
Las personas con discapacidad reconocida serán admitidas en la realización de las pruebas libres sin necesidad de acreditar sus condiciones psíquicas, físicas y sensoriales antes de empezar, sin perjuicio de que, superado el proceso selectivo, al presentar la documentación para ser nombradas o contratadas, tengan que acreditar, como el resto de personas aspirantes, su capacidad para desarrollar las funciones y tareas de los puestos de trabajo que se convocan y para dar el servicio público correspondiente.
Asimismo, en caso de acceder por la cuota de reserva de personas con discapacidad, será necesario tener legalmente reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33% y acreditarla. Este caso sólo se contempla en el concurso-oposición de estabilización.
Sin embargo, y de acuerdo con el Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre el acceso a la función pública de las personas con discapacidad y de los equipos de valoración multiprofesional, las personas que se presenten a un proceso selectivo, sea libre o por turno reservado, y soliciten alguna adaptación para realizar las pruebas, así lo harán constar expresamente en la solicitud de participación y especificar su tipo (tiempo o medios materiales). En este caso, también se aportará la certificación pertinente en la que conste el tipo y grado de disminución.
A estos efectos, los órganos técnicos de selección decidirán sobre las peticiones de adaptaciones que se efectúen. A tal fin pueden requerir un informe sobre la solicitud de participación de adaptación a los equipos de valoración multiprofesional.
No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna entidad del sector público, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en estado de inhabilitación de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En caso de ser nacional de otro Estado, no estar en estado de inhabilitación o en situación equivalente, ni haber recibido sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo pública.
Cumplimentar el formulario de inscripción (anexo 2) y el formulario de autoevaluación (anexo 3) de la convocatoria.
Presentar la descripción del currículum vitae (CV).
No se valorarán los CV de las personas que no cumplan con los requisitos.
II. Funciones
Gestión y mantenimiento de bases de datos.
Gestionar la parte experimental de la línea de investigación en Genética del Ictus.
Ejecutar la experimentación con modelos celulares de ictus isquémico.
Ejecutar los experimentos de diferenciación celular de iPSCs en astrocitos, pericitos, células endoteliales.
Analizar los resultados de investigación y preparar informes de resultados.
Participar y representar al grupo de Neurobiología en las acciones y actividades impulsadas por la Red de Investigación Cooperativa Orientada a Resultados en Salud (RICORS) en Enfermedades Cerebrovasculares.
III. Presentación de solicitudes
Las solicitudes pueden presentarse en el registro físico de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears o mediante el correo electrónico(1) de la Unidad de Recursos Humanos: idisba.convocatorias@ssib.es . Debe indicarse el código de expediente «2024-45-NAHUSE» en el asunto del correo electrónico.
(1)Los documentos adjuntos al correo electrónico deben estar en formato PDF y comprimidos en un único ZIP.
El plazo de recepción de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria.
Las personas aspirantes deben presentar junto con la solicitud la documentación acreditativa de los requisitos y de los méritos que aleguen en la forma que establecen estas bases. No puede valorarse ningún mérito que no se haya acreditado con la aportación de la documentación correspondiente dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos que puedan advertirse en la solicitud pueden ser corregidos en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.
IV. Admisión de las personas aspirantes
Vencido el plazo de presentación de solicitudes y de la documentación requerida para participar en este procedimiento de selección, la Dirección Gerencia del IdISBa dictará una resolución que declarará aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con la indicación de las causas de exclusión. Esta resolución se publicará en la página web del IdISBa (www.idisba.es ).
Las personas aspirantes excluidas u omitidas disponen de un plazo de 3 días hábiles, contando a partir del día siguiente de su publicación, para subsanar el defecto causante de su exclusión u omisión, así como para adjuntar, en caso pertinente, la documentación que sea preceptiva. En caso de no subsanar o adjuntar la documentación indicada, se entenderá que desisten en su solicitud.
Finalizado el plazo, se dictará resolución mediante la cual se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo. En esta resolución se indicarán las instrucciones para que quien quiera seguir con la entrevista pueda confirmar su asistencia.
Se abrirá un plazo de 3 días hábiles para presentar alegaciones en las puntuaciones obtenidas en la lista definitiva.
V. Reserva a favor de las personas con discapacidad
Existe en el IdISBa una reserva del 7% de los puestos de trabajo para personas con discapacidad, según el Real decreto ley 5/2015 del TREBEP. Sin embargo, esta plaza no está reservada para este fin.
VI. Tribunal calificador
Cristòfol Vives Bauzà, profesor permanente laboral de la UIB y responsable principal del proyecto de investigación, en calidad de presidente del tribunal.
Jerònia Lladó Vich, catedrática de la UIB y colaboradora del proyecto de investigación, en calidad de vocal del tribunal.
Representante de la Unidad de RH del IdISBa, en calidad de secretario o secretaria del tribunal.
Miembros suplentes:
Silvia Tur Campos, FEA de Neurología del HUSE.
Gabriel Olmos Bonafé , catedrático de la UIB.
El tribunal calificador puede declarar, previo informe motivado, la convocatoria desierta por la no adecuación de candidatos y candidatas.
El tribunal calificador de este proceso selectivo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
El procedimiento de actuación del tribunal debe ajustarse en todo momento de acuerdo con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento común, así como con el resto de disposiciones vigentes.
Corresponde al tribunal considerar, verificar y apreciar las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de este proceso de selección, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
VII. Resolución de la convocatoria y publicación de la bolsa
Una vez finalizado el proceso selectivo, el tribunal calificador elaborará una resolución definitiva de todas las personas aspirantes, ordenada según la puntuación total obtenida, de mayor a menor, que implicará la constitución de la bolsa de trabajo para los dos años siguientes en el mismo puesto ofrecido desde la publicación de la oferta, con priorización del mismo orden de puntuación. Esta resolución se publicará en la web de la Fundación ( www.idisba.es ).
La contratación y la constitución de la bolsa de trabajo se realizará de acuerdo con el orden de prelación.
VIII. Modalidad de contratación
Tipo de contrato: contrato indefinido sujeto a proyecto de investigación.
Categoría: Técnico o técnica superior en investigación.
Grupo profesional: grupo A del I convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears (IdISBa).
Jornada laboral: 37.5 horas semanales (completa).
Remuneración: 27 644,51 € brutos anuales.
Ubicación: Hospital Universitario Son Espases.
IX. Acreditación de requisitos y méritos
Los requisitos y méritos que aleguen las personas aspirantes deben acreditarse mediante la presentación de copia o copia compulsada de la siguiente documentación:
a) Experiencia profesional: mediante certificado firmado por la persona responsable de la entidad en la que se han prestado los servicios con especificación del tiempo de experiencia en los diferentes ámbitos que se valoran en esta convocatoria. Si no fuera posible, será necesario presentar el contrato y la vida laboral.
b) Titulación académica: copia de las dos caras del título. En caso de titulaciones expedidas en el extranjero, será necesario aportar la homologación correspondiente del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Si el título procede de un estado miembro de la Unión Europea, debe presentarse el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1998, el Real decreto 1837/2008, el Real decreto 967/2014 y otras normas de transposición y desarrollo.
c) Cursos, seminarios, becas, etc.: copia de los certificados o diplomas acreditativos de los cursos que se han realizado, con expresión del número de horas de duración de la acción formativa o ECTS.
d) Conocimientos orales y escritos de idiomas: mediante copia de certificado expedido por el órgano competente (EOI, Consejería, UIB u otras universidades o centros de acreditación de reconocido prestigio).
Los méritos deben acreditarse con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Las personas aspirantes deben presentar todos los documentos acreditativos de sus méritos ordenados de acuerdo con los apartados del baremo de méritos y numerados correlativamente (junto con el autobaremo que acompaña a estas bases).
La documentación acreditativa de todos los méritos debe presentarse junto con la solicitud. En caso de haber presentado inicialmente copias no compulsadas, debe presentarse en la entrevista la documentación original acreditativa de todos los méritos.
X. Proceso de selección
Valoración de méritos acreditados por las personas aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo, además de una entrevista personal:
1. Experiencia profesional (3 puntos máx.)
Experiencia acreditada en investigación en biología celular y/o molecular y dominio de las siguientes técnicas: expresión génica por Western- Blot , inmunofluorescencia y RT-PCR; manejo de cultivos celulares de células endoteliales humanas, transfecciones génicas y/o infecciones lentivirales, extracción de ácidos nucleicos, ADN y ARN (0.2 puntos por mes trabajado; 2 puntos máximo).
Experiencia profesional acreditada en el campo de la biotecnología (0.2 puntos por mes trabajado; 1 punto máximo).
2. Formación (2 puntos máx.)
Máster en neurociencias o alguna de las disciplinas de las neurociencias, aparte del requerido (2 puntos)
3. Actividad científica (3 puntos máx.)
Artículos publicados en revistas indexadas en el primer cuartil en investigación en neurociencias (0.5 puntos por publicación como primer o último autor o como autor de correspondencia y 0.3 puntos por publicación como autor en posición distinta de las anteriores), en revistas indexadas en el segundo cuartil (0.3 puntos por publicación como primer o último autor o como autor de correspondencia y 0.1 puntos por publicación como autor en posición distinta de las anteriores; 1.5 puntos máximo)
Participación acreditada en proyectos de investigación en el campo de las neurociencias. (0.75 puntos por proyecto; 1.5 puntos máximo)
4. Conocimiento de idiomas (1 puntos máx.)
Solo se valorará el mayor nivel de acreditación por cada idioma.
Nivel C1 o superior de inglés (1 punto).
5. Entrevista personal (1 punto máx.)
La entrevista versará sobre temas relacionados con la oferta de trabajo. La persona candidata deberá aportar a la entrevista los documentos originales para poder cotejarlos, en caso de no haberlos aportado compulsados previamente con la solicitud.
Para poder acceder a la entrevista debe obtenerse un mínimo de 6 puntos en la baremación de méritos revisada por el tribunal.
El día y la hora de la entrevista se publicarán en la web de la Fundación: www.idisba.es . La persona candidata debe confirmar la realización de la entrevista para que se le adjudique una hora concreta. En el supuesto de que la entrevista se realice por medios virtuales, la documentación original tiene que presentarse cuando así lo requiera la Unidad de Recursos Humanos.
No realizar la entrevista supone la exclusión del proceso selectivo.
XI. Recursos
El orden jurisdiccional social es el competente para resolver controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, sin que pueda interponerse otro recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social.
Palma, en fecha de la firma electrónica (28 de noviembre de 2024)
El director gerente de la Fundación Carlos Enrique Herrero
ANEXO 2
Formulario de inscripción para la convocatoria del proceso selectivo y posterior cobertura de una plaza de técnico o técnica superior en investigación con especialización en neurociencias, del grupo profesional A, pera el proyecto «Xarxa de Recerca RICORS-Ictus» (RD21/0006/0004 i RD24/0009/0022)
Nombre: Apellidos:
DNI/NIE:
Dirección:
Teléfono de contacto:
Dirección electrónica:
EXPONGO:
Que he tenido conocimiento de la convocatoria del proceso selectivo y posterior cobertura de una plaza de técnico o técnica superior en investigación con especialización en neurociencias, del grupo profesional A, pera el proyecto «Xarxa de Recerca RICORS-Ictus» (RD21/0006/0004 i RD24/0009/0022).
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA
Titulación exigida como requisito.
Títulos de formación pertinentes. (Documento 1.1)
Nivel C1 de lengua catalana. (Documento 1.2)
Fotocopia del DNI o NIE. (Documento 2)
CV actualizado. (Documento 3)
Documentación acreditativa de los méritos y autobaremo cumplimentado por la persona interesada. (Especificar en el autobaremo)
DECLARO:
Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de las tareas.
No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna entidad del sector público, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en estado de inhabilitación de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no estar en estado de inhabilitación o en situación equivalente, ni haber recibido sanción disciplinaria o equivalente que impida, en ese Estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.
Así, por todo lo expuesto,
SOLICITO:
Que me admitan por formar parte del proceso selectivo para cubrir una plaza de técnico o técnica superior en investigación con especialización en neurociencias, del grupo profesional A, pera el proyecto «Xarxa de Recerca RICORS-Ictus» (RD21/0006/0004 i RD24/0009/0022).
En _______________, el _____ de ________________ de ______
Firma
ANEXO 3 AUTOEVALUACIÓN DE MÉRITOS
Proceso para la selección de un técnico o técnica superior en investigación con especialización en neurociencias, del grupo profesional A, pera el proyecto «Xarxa de Recerca RICORS-Ictus» (RD21/0006/0004 i RD24/0009/0022) |
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NOMBRE |
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PUNTOS MÁX. |
PUNTOS |
DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ADJUNTA* |
1. Experiencia profesional |
3 |
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Experiencia acreditada en investigación en biología celular y/o molecular y dominio de las siguientes técnicas: expresión génica por Western-Blot, inmunofluorescencia y RT-PCR; manejo de cultivos celulares de células endoteliales humanas, transfecciones génicas y/o infecciones lentivirales, extracción de ácidos nucleicos, ADN y ARN (0.2 puntos por mes trabajado; 2 puntos máximo). |
2 |
|
|
|
Experiencia profesional acreditada en el campo de la biotecnología (0.2 puntos por mes trabajado; 1 punto máximo). |
1 |
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|
2. Formación relacionada |
2 |
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|
Máster en neurociencias o alguna de las disciplinas de las neurociencias, aparte del requerido (2 puntos) |
2 |
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|
3. Actividad científica |
3 |
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|
Artículos publicados en revistas indexadas en el primer cuartil en investigación en neurociencias (0.5 puntos por publicación como primer o último autor o como autor de correspondencia y 0.3 puntos por publicación como autor en posición distinta de las anteriores), en revistas indexadas en el segundo cuartil (0.3 puntos por publicación como primer o último autor o como autor de correspondencia y 0.1 puntos por publicación como autor en posición distinta de las anteriores; 1.5 puntos máximo) |
1.5 |
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|
Participación acreditada en proyectos de investigación en el campo de neurociencias. (0.75 puntos por proyecto; 1.5 puntos máximo) |
1.5 |
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|
|
4. Conocimiento de idiomas |
1 |
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|
|
Nivel C1 o superior de inglés (1 punto). |
1 |
|
|
|
5. Entrevista |
1 |
X |
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TOTAL |
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* Es necesario especificar con claridad cada uno de los documentos acreditativos que adjunte para el cómputo correcto de la puntuación. (P. e.: certificado B2 de inglés de la EOI) |