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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 793144
Requerimiento de enmienda de deficiencias en relación con la solicitud de ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular a establecimientos turísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea con Next Generation EU
El 22 de agosto de 2024, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears la Orden 31/2024 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular a establecimientos turísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea con Next Generation EU.
El artículo 14 de la Orden 31/2024 y el apartado 10 de la convocatoria regulan la forma y el contenido necesarios de las solicitudes. Asimismo, el artículo 15 de la Orden dispone que, si la solicitud no cumple los requisitos establecidos en la convocatoria o no va acompañada de la documentación exigida, el órgano instructor tiene que requerir a la persona solicitante que, en un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación del requerimiento mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, subsane las deficiencias.
Por otra parte, el artículo 15.3 de la Orden establece que la subsanación de las deficiencias afecta la fecha que se tiene que tener en cuenta como fecha de presentación de la solicitud. En este caso, se tiene que considerar como fecha de presentación de la solicitud la fecha de presentación de la subsanación.
El órgano instructor ha examinado las solicitudes presentadas y ha detectado deficiencias en los expedientes que figuran en el anexo.
Por ello, se requiere a las personas solicitantes que se incluyen en el anexo que, en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este requerimiento, subsanen las deficiencias indicadas en el anexo.
Para subsanar las deficiencias, se tiene que utilizar el trámite electrónico específico puesto a disposición de los interesados en el portal de la Dirección General de Turismo y en la Sede Electrónica de la CAIB. Se puede acceder a este trámite desde la página web mrrturisme.caib.es > Convocatorias en tramitación > Ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular a establecimientos turísticos > Enlace al trámite telemático > Enmienda de la solicitud.
En el trámite telemático de enmienda de la solicitud debe indicarse el número de expediente correspondiente que se indica en el anexo de este requerimiento. Las enmiendas efectuadas por cualquier otro medio diferente del anterior no se consideran válidas y se entienden como no presentadas, de acuerdo con el artículo 15.2 de la Orden.
Asimismo, se hace constar que, en el caso de no subsanar las deficiencias señaladas en el plazo otorgado, se considera que la persona solicitante desiste de la solicitud, tras la resolución previa que se tiene que dictar de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 39/2015.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (29 de noviembre de 2024)
La secretaria general María Isabel Sáez Sastre
ANEXO Lista de solicitudes con deficiencias
NIF |
Nombre del establecimiento |
Núm. de expediente |
Deficiencia |
****5501* |
- |
TUR_AJDEF2_96/2024 |
De la documentación aportada se desprende que la actuación presentada no se realizará en el establecimiento para el que se solicita la ayuda (apartado 10.4.e).13º de la convocatoria). |
B07985823 |
HOTEL ZAFIRO TROPIC |
TUR_AJDEF2_101/2024 |
Las entidades beneficiarias no pueden percibir ayudas de minimis por un importe superior a 300.000 euros en el período de tres años (apartado 8 de la convocatoria). |
B07985823 |
HOTEL ZAFIRO CALA MESQUIDA CLUB |
TUR_AJDEF2_102/2024 |
Las entidades beneficiarias no pueden percibir ayudas de minimis por un importe superior a 300.000 euros en el período de tres años (apartado 8 de la convocatoria). |
B07985823 |
HOTEL ZAFIRO PALMANOVA |
TUR_AJDEF2_104/2024 |
Las entidades beneficiarias no pueden percibir ayudas de minimis por un importe superior a 300.000 euros en el período de tres años (apartado 8 de la convocatoria). |
B57851909 |
CASA DE HUESPEDES EL DORADO |
TUR_AJDEF2_122/2024 |
El establecimiento para el que se solicita la ayuda consta en baja temporal en el correspondiente Registro de empresas, actividades y establecimientos turísticos (apartado 10.4.e).14º de la convocatoria). |
A07214026 |
CALA GRAN |
TUR_AJDEF2_136/2024 |
La actuación presentada no encaja en ninguna de las actuaciones que son subvencionables (apartado 5.2 de la convocatoria). |
B07063134 |
COMPLEJO GAVIMAR ARIEL Y ARIEL CHICO HOTEL & APARTMENTS |
TUR_AJDEF2_137/2024 |
La actuación presentada no encaja en ninguna de las actuaciones que son subvencionables (apartado 5.2 de la convocatoria). |
A07258668 |
GAVIMAR LA MIRADA HOTEL & APARTMENTS |
TUR_AJDEF2_138/2024 |
La actuación presentada no encaja en ninguna de las actuaciones que son subvencionables (apartado 5.2 de la convocatoria). |
B16583692 |
LA GOLA N 2, 3C |
TUR_AJDEF2_139/2024 |
El establecimiento para el que se solicita la ayuda no consta inscrito en el correspondiente Registro de empresas, actividades y establecimientos turísticos (apartado 10.4.e).14º de la convocatoria). No acredita el cumplimiento del resto de requisitos que establece la Disposición Adicional 1ª, apartado 6, de la Ley 3/2022, de 15 de junio. La entidad solicitante no consta inscrita en el correspondiente Registro de empresas, actividades y establecimientos turísticos (apartado 3,3 de la convocatoria). Debe presentar certificado acreditativo del Consejo Insular de Mallorca. |
B16583692 |
LA GOLA N2, 3E |
TUR_AJDEF2_140/2024 |
El establecimiento para el que se solicita la ayuda no consta inscrito en el correspondiente Registro de empresas, actividades y establecimientos turísticos (apartado 10.4.e).14º de la convocatoria). No acredita el cumplimiento del resto de requisitos que establece la Disposición Adicional 1ª, apartado 6, de la Ley 3/2022, de 15 de junio. La entidad solicitante no consta inscrita en el correspondiente Registro de empresas, actividades y establecimientos turísticos (apartado 3,3 de la convocatoria). Debe presentar certificado acreditativo del Consejo Insular de Mallorca. |
B57645996 |
DALT SON MORRO |
TUR_AJDEF2_141/2024 |
Falta la acreditación de las facultades de representación de la persona que formula la solicitud (apartado 10.4.d) de la convocatoria). Falta el certificado tributario de situación censal que acredite los datos de la entidad solicitante en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración tributaria foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada en la fecha de la solicitud de la ayuda (apartado 10.4.c) de la convocatoria). |
A07069958 |
HOTEL CALA MURADA |
TUR_AJDEF2_146/2024 |
La actuación presentada no encaja en ninguna de las actuaciones que son subvencionables (apartado 5.2 de la convocatoria). |
B07089790 |
AGROTURISME CA'N GAIÀ |
TUR_AJDEF2_148/2024 |
La actuación presentada no encaja en ninguna de las actuaciones que son subvencionables (apartado 5.2 de la convocatoria). |
A07819584 |
HOTEL JS CAPE COLOM |
TUR_AJDEF2_156/2024 |
Falta la certificación que acredita el nivel de cumplimiento de los plazos de pago que prevé la Ley 3/2004, de 29 de diciembre (apartado 10.4.j).1º de la convocatoria). La declaración responsable presentada no está debidamente cumplimentada. |
A07059090 |
SUNCOAST |
TUR_AJDEF2_157/2024 |
La actuación presentada no encaja en ninguna de las actuaciones que son subvencionables (apartado 5.2 de la convocatoria). |
A07059090 |
BINIBECA |
TUR_AJDEF2_159/2024 |
La actuación presentada no encaja en ninguna de las actuaciones que son subvencionables (apartado 5.2 de la convocatoria). |
A07029317 |
SUNSIDE |
TUR_AJDEF2_160/2024 |
La actuación presentada no encaja en ninguna de las actuaciones que son subvencionables (apartado 5.2 de la convocatoria). |
B07071822 |
SUN BEACH |
TUR_AJDEF2_166/2024 |
Falta acreditar el nivel de cumplimiento de los plazos de pago que prevé la Ley 3/2004, de 29 de diciembre (apartado 10.4.j).1º de la convocatoria). |
A07158223 |
MARINS PLAYA |
TUR_AJDEF2_167/2024 |
La actuación presentada no encaja en ninguna de las actuaciones que son subvencionables (apartado 5.2 de la convocatoria). |
A07158223 |
MARINS BEACH CLUB |
TUR_AJDEF2_168/2024 |
La actuación presentada no encaja en ninguna de las actuaciones que son subvencionables (apartado 5.2 de la convocatoria). |
B07985823 |
ZAFIRO CAN PICAFORT |
TUR_AJDEF2_170/2024 |
Las entidades beneficiarias no pueden percibir ayudas de minimis por un importe superior a 300.000 euros en el período de tres años (apartado 8 de la convocatoria). |