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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 792104
Notificación de deficiencias a los beneficiarios de las ayudas, de 26 de noviembre de 2024 al amparo de la convocatoria de subvenciones Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas 2024

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizarán a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La jefa del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA, con fecha el 26 de noviembre de 2024, firmó la siguiente Notificación de deficiencias,

Notificación de deficiencias

Plan estratégico de la PAC 2023-2027 PEPAC

INTERVENCIÓN 6613_01 SIGC.:

Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas

Convocatoria 2024

Documento: Requerimientos

SIA: 2987434

Emisor (DIR3): A04026954

Código BDNS: 741239

Según la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 25 de enero de 2024, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas 2024, publicada en el BOIB núm. 15 de 30 de enero de 2024, y una vez revisadas las solicitudes de ayuda, hemos constatado las deficiencias que se indican en el Anexo I, cuya enmienda es preceptiva para poder continuar con la tramitación de ayuda.

En consecuencia, y de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se requiere a todas las personas solicitantes que figuran en el anexo I para que en el plazo de DIEZ DIAS (10) a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOIB, subsanen los defectos y/o aporten los documentos indicados, con la advertencia de que, en caso de no hacerlo, consideraremos que desisten de su petición y, previa resolución, procederemos al archivo de las actuaciones.

Informar a los interesados de que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle de Reina Constança, nº4 de Palma).

La jefa de Servicio de Ayudas PDR Gema Canós Franch»

 

ANEXO I

EXP.

CIF

RAZÓN SOCIAL

MOTIVO

04005037

V57779761

S.A.T. SON JOVER

1, 2, 3, 4, 5 i 6

04005038

J07704588

CARBONELL, S.R.M

5 i 6

04005039

E56788227

FINCA CURNIOLA MENORCA SRM

1, 2, 3, 4, 5 i 6

04005040

E07709785

LLURIACH VEY SRM

2, 3, 4, 5 i 6

04005041

B57380438

BINIGARBA QUESOS, SL

6

04005042

J16616013

ES CANUM SRM

2, 5 i 6

04005043

J57895948

HORT DE SA FONT SANTA SRM

1, 2, 5 i 6

04005045

E07718802

BINIALFUS S.R.M

2 i 6

04005048

E07705833

BINIATZEM SRM

2 i 6

04005049

J07715568

CAVALLERIA VELLA SRM

2 i 6

04005051

E57103863

SES ARENES DE DALT SRM

2, 5 i 6

04005052

E07718828

MORELLET, S.R.M.

2, 5 i 6

04005054

E57030009

LLURIACH SRM

2, 5 i 6

DOCUMENTACIÓN PARA APORTAR:

1-Modelo 200 o 184 de la campaña 2023, presentado en 2024, donde figuren los ingresos íntegros.

2-Libro mayor de ingresos del ejercicio 2023.

3- Modelo 036 (declaración censal) de alta en la actividad agraria y/o ganadera.

4- Modelo 390 del ejercicio 2023 completo.

5- Copia de las facturas agrarias, ganaderas y/o de primera transformación de productos propios de la explotación, emitidas al 5%, 10% o 21% de IVA, intracomunitarias y exentas.

6-Declaración jurada del % de producción propia del beneficiario titular de la explotación y el % que el beneficiario titular de la explotación ha comprado a terceros para después realizar venta o transformación de productos.

 

Palma, a fecha de la firma electrónica  (28 de noviembre de 2024)

El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni