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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 789151
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se revocan las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de soporte a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU

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Texto

A fecha de la firma electrónica el director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático ha formulado la siguiente propuesta definitiva:

Hechos

1. El 3 de julio de 2021, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021.

2. La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático concedió una subvención a las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Propuesta en el marco de la convocatoria para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica.

3. Las personas o entidades que figuran en el Anexo han aportado la documentación requerida para la justificación de la realización de las actuaciones subvencionadas.

4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático ha examinado la documentación aportada y ha emitido informe desfavorable a la justificación de los expedientes descritos en el anexo con la motivación que figura en este anexo.

5. El 7 de noviembre de 2024 se emitió una propuesta de resolución provisional de revocación del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático (BOIB n.º 147, de 9 de noviembre de 2024).

6. Con fecha 15 de noviembre de 2024, Verger Materials Es Pla, SL mediante la Gestoría Nadal presenta un documento de alegaciones a la propuesta de revocación de la ayuda, consistente en un nuevo certificado de Volkswagen Financial Services, haciendo referencia a unas Condiciones Generales del Contrato número CMRN091281, que no figura en el expediente, que aplica a las condiciones particulares n.º 01RN48003926.

7. En fecha 25 de noviembre de 2024 se emitió un informe técnico en el que se informa desfavorablemente a las alegaciones presentadas por Verger Materials Plan (MOVES III-3659/2021). Este informe concluye: «Una vez valoradas las alegaciones presentadas y dado que el condicionado general, que forma parte indispensable del contrato de renting, ha sido formalizado con anterioridad al 10 de abril de 2021, fecha que establece la convocatoria a partir de la cual deben formalizarse los contratos de renting objeto de la subvención, por lo que se incumple el punto 4.2.i),se informa DESFAVORABLEMENTE la alegación a la revocación de la solicitud de la subvención para la adquisición de un vehículo eléctrico Volkswagen ID.4 Pro 128 kW (174 CV), por 2.900 euros».

8. Se ha agotado el plazo que se concedía para hacer alegaciones sin que se hayan presentado.

Fundamentos de derecho

1. El consejero de Empresa, Empleo y Energía es el órgano competente para resolver este procedimiento, dada la estructura orgánica del Gobierno de las Illes Balears y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.

2. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).

3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB n.º 72, de 24 de mayo de 2008).

4. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB n.º 88, de 3 de julio de 2021).

5. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

6. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 3 de agosto de 2022 por la que se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU (BOIB n.º 103, de 6 de agosto de 2022).

7. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU (BOIB n.º 174, de 26 de diciembre de 2023).

8. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU (BOIB n.º 100, de 30 de julio de 2024).

Propuesta de resolución

Propongo al consejero de Empresa, Empleo y Energía que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Revocar la concesión de las subvenciones detalladas en el anexo y por los importes que en él se indican.

2. Autorizar y disponer negativamente el gasto a favor de los beneficiarios por los importes detallados en el anexo, con cargo a la partida presupuestaria también indicada en el anexo.

3. Declarar concluido el procedimiento y, por tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo.

4. Publicar esta Propuesta en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes contando desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (27 de noviembre de 2024)

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB n.º 67, de 21/05/2024) El director general proponente Diego Viu Domínguez

 

ANEXO Lista de beneficiarios para revocarles la subvención

Expediente

Solicitante

NIF

Tipo de inversión

Importe subvención (€)

Partida presupuestaria

CONCE

Motivo revocación

MOVESIII-1520/2021

PRATS LUCAS, FRANCESC

***8904**

VE TESLA MODEL 3 GRAN AUTONOMÍA

4.500,00

2022/G/731A01/77000/00/19701/MR001

0000008401

El precio del vehículo adquirido es superior al precio límite de venta de vehículos sin IVA establecido (45.000 €) por lo que se incumple el apartado 6.1.a) de las bases de la convocatoria.

MOVESIII-3288/2021

ES PUNTIRO, SL

***8904**

PRVE 9 kW

635,36

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR001

0000009832

La factura, puesta en servicio y pago son anteriores a la fecha de registro de la solicitud, por lo que se incumplen los apartados 4.1.c), 4.3.b) y 11.3.2.h) de las bases de la convocatoria.

MOVESIII-3659/2021

VERGER MATERIALS ES PLA, SL

***6841**

VE Volkswagen ID.4 Pro 128 kW (174 CV)

2.900,00

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR001

0000016101

La formalización del contrato de arrendamiento es anterior a la fecha de registro de la solicitud y anterior al 10 de abril de 2021, por lo que se incumplen los puntos 4.1.c) y 4.2.i) de las bases de la convocatoria.

MOVESIII-5118/2021

RIPUNTS CIUTADELLA, SL

***9565**

VE JEEP AVENGER 115 kW

2.900,00

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR001

0000007601

La factura, permiso de circulación y pagos son anteriores a la fecha de registro de la solicitud, por lo que se incumplen los apartados 4.1.c), 4.2.b) y 11.3.1.b) de las bases de la convocatoria.

MOVESIII-5207/2021

SEGUI TORANDELL, MARIA

***5601**

VE Mercedes-Benz EQT 90 kW

4.500,00

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR001

0000008310

Se ha comprobado que el solicitante tiene concedidas ayudas de minimis que no se declararon en la solicitud, por lo que no se puede continuar con el procedimiento en virtud del artículo 69.4 de la Ley 39/2015.