Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR
Núm. 780115
Orden de contratar una (1) plaza de técnico de grado básico, clase auxiliar administrativo/a personal laboral fijo
Por Resolución de esta Alcaldía n.º 2024004135 de día 22 de noviembre de 2024, se ha dictado lo siguiente:
Antecedentes
Primero.- Vista la convocatoria del proceso de estabilización por el sistema concurso de méritos para la cobertura de cinco (5) plazas de personal laboral categoría Técnico grado básico, clase auxiliar administrativo/a, nivel VI del Convenio colectivo del Ayuntamiento de Llucmajor, las bases de la cual se publicaron en el BOIB n.º 154 de 26 de noviembre de 2022 y el anuncio de la cual se publicó en el BOE n.º 307 de 23 de diciembre de 2022.
Segundo.- Visto el Decreto 2023004556 de día 15 de noviembre de 2023 en el cual se establece las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo del concurso extraordinario de méritos.
Tercero.- Dado que en el BOIB n.º 55 de 25 de abril de 2024 se publicó la orden de contratación de las personas aspirantes Francesc Xavier Tomàs Terrasa, María de los Ángeles Garrido Bibiloni, María Rafael Puigserver, Gloria María Ferrer Martínez y Rafael Ramírez Rosselló y que la Sra. Gloria María Ferrer Martínez no firmó contrato en el plazo máximo de tres días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Cuarto.- Visto lo establecido en la base 15.3 «...cuando haya renuncias de aspirantes seleccionados antes de la formalización del contrato, el tribunal elevará al órgano convocante una relación complementaria de los aspirantes que estén situados a continuación de las personas propuestas, por orden de puntuación, para su posible contratación como personal laboral fijo en sustitución de los que renuncien a las plazas.».
Quinto.- Dado que las Sras. Eva María Crespi Bibiloni, Coloma Ramon Taberner, Marta Fernández Cabezas y Yurena Canals Salas (RGE: N.º 16.239, 15.884, 15.704 y 15.742) respectivamente, presentaron su renuncia.
Sexto.- Viste el anuncio de la relación complementaria de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo por orden de prelación, realizado por el Tribunal el día 15 de noviembre y publicado el mismo día. Resulta, de conformidad con lo previsto en la base 15.3, que la Sra. María de Mar Servera Munar, con DNI **5407***, es la aspirante situada a continuación de las personas propuestas, por orden de puntuación.
En consecuencia, RESUELVO:
Primer.- Aceptar la renuncia de les Sras. Eva María Crespi Bibiloni, Coloma Ramon Taberner, Marta Fernández Cabezas y Yurena Canals Salas.
Segundo.- Ordenar la contratación de la Sra. María de Mar Servera Munar, con DNI **5407***, como personal laboral fijo auxiliar administrativo/a, categoría Técnico grado básico, clase auxiliar administrativo/a, nivel VI del Convenio colectivo del Ayuntamiento de Llucmajor, derivada de la Oferta de Ocupación Pública Extraordinaria de 2022 del Ayuntamiento de Llucmajor.
Tercero.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Cuarto.- Requerir a la Sra. María del Mar Servera Munar para que firme contrato en el plazo máximo de tres días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Quinto.- Dar traslado de esta Resolución al Pleno del Ayuntamiento, así como a la Unidad de Recursos Humanos por su conocimiento y efectos.
Contra esta resolución los interesados podrán interponer un recurso potestativo de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
También podrán interponer alternativamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo con sede en Palma, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.1 c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
En caso de optar por interponer el recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificado la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en que se podrá entender desestimado por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
Llucmajor, 25 de noviembre de 2024
La alcaldesa María Francisca Lascolas Rosselló