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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TERRITORIO Y MOVILIDAD

Núm. 786505
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares sobre el «Proyecto de ampliación subestación y baterías San Antonio 66 kV, TM San Antonio de Portmany (Exp. 8A/2024)»

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 26 de abril de 2024

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

Según se establece en las letras a) yb) del artículo 13.1 del Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears, aprobado por el Decreto legislativo 1/2020, de 28 de agosto, deben ser objeto de evaluación de impacto ambiental ordinaria los proyectos en los que así lo exija la normativa básica estatal sobre evaluación ambiental, o los proyectos que figuren en el anexo 1 de esta ley.

Entre los proyectos incluidos en el anexo 1 del Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears, aprobado por el Decreto legislativo 1/2020, de 28 de agosto, el proyecto de «subestación y baterías Sant Antoni 66 kV. », por sus características, de acuerdo con el Estudio de Impacto Ambiental se incluye en el Grupo 3. Energía. Punto 6: «Subestaciones de transformación de energía eléctrica a partir de 10 MW en suelo rústico».

Por tanto, los proyectos deben tramitarse como una Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria y debe seguir la tramitación ambiental establecida en el título II, capítulo II, sección 1ª de la Ley 21/2013, de 9 diciembre, de evaluación ambiental. Además, deben cumplirse las prescripciones del artículo 21 del Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears, aprobado por el Decreto legislativo 1/2020, de 28 de agosto, que le sean de aplicación .

1. Descripción y ubicación de los proyectos

La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, establece en el artículo 6.1. d) que el transportista (en este caso es RED ELÉCTRICA, como gestor de la red de transporte y transportista único con carácter de exclusividad, de conformidad con el artículo 34), tiene la función de transportar energía eléctrica, así como construir , mantener y maniobrar las instalaciones de transporte.

Es por ello que Red Eléctrica, en el ejercicio de sus funciones, debe llevar a cabo el “Refuerzo de la Interconexión Eléctrica Península-Islas Baleares” incluida en la Planificación Eléctrica de la Administración del Estado vigente 2021-2026 y que formará parte de la red de transporte de energía eléctrica en alta tensión en los términos establecidos en la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Entre las instalaciones y proyectos que forman parte del “Refuerzo de la interconexión eléctrica Península-Baleares” se encuentran las siguientes, objeto del Estudio de Impacto Ambiental:

a.- Instalación de 90 MW de baterías (2X45) y 67,5 MWh de capacidad (2X33,75) en la Isla de Eivissa (horizonte 2024).

b.- Ampliación de la subestación (SE) San Antonio 66 kV para acoger la conexión de dichas baterías, así como dos nuevas posiciones de interruptor AIS a instalar (horizonte 2024).

a.- Instalación de 90 MW de baterías (2X45) y 67,5 MWh de capacidad (2X33,75) en la Isla de Eivissa.

Las actuaciones comprenden:

- Superficie de ocupación de la plataforma de implantación de las baterías: 14.650 m2.

- Movimiento de tierras: 7.500 m3 desmontes y 10.500 m3 de terraplenes

- Drenajes.

- Cimentaciones, viales y canales de cableado: se realizará una cementación de toda la superficie de ubicación del sistema con material de relleno sobre terreno natural y cementación de hormigón. La totalidad del cableado será enterrado en zanjas de 1,2 metros de profundidad por 0,80 de ancho.

- Accesos: construcción de un vial (5,00 m de ancho).

- Construcción de un edificio en PB (15x7 m) para una sala de control, comunicaciones y servicios auxiliares.

- Instalación de un cerramiento (2,00 m de altura total) sobre un murete (0,50 m de altura) en torno a los nuevos terrenos de la SE y baterías.

- La lista de bienes y derechos afectados por el proyecto es la siguiente:

 

Núm.

parcel·la

del

projecte

Propietari

Ref.cadastral

Superfície

Parcel·la

(m2)

Ocupació

ple

domini

(m2)

Ocupació

temporal

(m2)

1

SORIA COLOMAR CATALINA

BONET SORIA ALBERTO

BONET SORIA ANTONIO

07046A007001450000TG

44.635

18.935

1.546

2

EDISTRIBUCIONES REDES DIGITALS SLU

RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA SA

07046A007003290000TW

6.192 m2

120 m2

481 m2

b.- Ampliación de la subestación (SE) San Antonio 66 kV para acoger la conexión de dichas baterías, así como dos nuevas posiciones de interruptor AIS a instalar.

En cuanto a la ampliación de la propia subestación, consistirá en el equipamiento de dos nuevas posiciones de interruptor en conectar con las nuevas baterías proyectadas. Estas dos nuevas posiciones se instalarán sobre la plataforma de la actual subestación, sin necesidad de ampliación de superficie de ocupación de la misma. Únicamente se hará necesario el derribo de una edificación existente en esta subestación (315 m2 de superficie).

El presupuesto total de la ampliación de la subestación SAN ANTONIO 66kV y el sistema de baterías asciende a 56.542.413€ y se estiman 15 meses para ejecutar las obras. La fase de funcionamiento no requerirá la presencia de personal a excepción de las labores de reparación y mantenimiento.

2. Elementos territoriales y ambientales significativos del entorno del proyecto

1. El ámbito afectado por la ampliación está calificado como suelo rústico común en régimen general (SRCSRG) y parcialmente suelo rústico protegido área de protección territorial de carreteras (SRP-APT), según el Plan Territorial Insular de Eivissa y Formentera (BOIB núm. 50 de 31-03-2005) y su modificación núm. 1 (BOIB núm. 67 de 18.05.2019).

2. El proyecto queda fuera del ámbito de los espacios naturales protegidos por la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO) ni forma parte de Red Natura 2000.

3. El torrente más cercano del ámbito del proyecto se encuentra a 190 m, Torrent es Regueró.

4. Respecto a las aguas subterráneas, la zona de actuación se sitúa sobre un área denominada 2002M3 “San Agustín”, se trata de un acuífero profundo en buen estado cualitativo y cuantitativo. La zona en la que se ubica el proyecto corresponde a terrenos con vulnerabilidad de acuíferos moderada.

5. Por lo que respecta a la vegetación existente, la parcela ocupada por el proyecto es terreno forestal procedente de la regeneración de un antiguo cultivo abandonado. La zona de actuación se encuentra dentro de Zona de Alto Riesgo de incendio forestal (ZAR).

6. Según la cuadrícula 5x5 con el código 864 del Bioatlas de la IDEIB que ocupa la totalidad de la superficie de la parcela consta la presencia de las siguientes especies catalogadas:

Calapet (Bufotes balearicus), Serpiente blanca (Zamenis scalaris), Erizo (Atelerix algirus), Cernícalo (Falco tinnunculus), Dragón (Tarentola mauritanica), (Xerocrassa caroli caroli), (Xerocrassa ebusitana Pistunas Piscinas ebusitana) ), Abellerol (Merops apiaster), Fonollasa borda (Pimpinella bicknellii), Marfull (Viburnum tinus), Asedio (Helianthemum marifolium subsp. Origanifolium), (Genista dorycnifolia subsp. Dorycnifolia), Cerezo aculeatus) y Pino de Cecilia (Pinus halepensis var. Ceciliae).

Según el informe de Medio Ambiente del Consell de Eivissa destacan la posible presencia de las siguientes aves: Xabel·li (Burhinus oedicnemus), Cojulla (Galerida theklae) y Enganyanpastors cuallarga (Sylvia balearica), Cabeza de olla (Caprimulgus europeos) y posiblemente la Tierra (Calandrella brachydactyla) y la Titina borda des camp (Anthus campestris). A nivel florístico y destacan la posible presencia Prospero obtusifolium, Colchicum filifolium, Narcissus obsoletus y destacándose la presencia de los endemismos Allium antonii-bolosii subsp. eivissanum y Centaurium discolor (también presente en Mallorca y Argelia).

De acuerdo con el Servicio de Protección de Especies, no tienen constancia de nidificación de Abellerol (Merops apiaster), ni de nidos de rapaces. No descartan la presencia de Lagartija de las Pitiusas (Podarcis pityusensis). Tienen constancia de serpiente blanca (Zamenis scalaris), especie incluida en el catálogo de Especies Exóticas Invasoras (RD 630/2013) para la isla de Ibiza debido a la depredación sobre especies autóctonas como Lagartija de las Pitiusas (Podarcis pityusensis) .

El proyecto no se desarrolla en zona de protección de electrocución y colisión según el RD 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

7. Respecto a la presencia de Hábitats de Interés Comunitario (HIC), según el Mapa General de Hábitats Interés Comunitario 2022 Illes Balears el área de implantación de las baterías:

- Hábitat 5210 Maquias y matorrales con Juniperus spp. arborescentes, no dunares con una cobertura del 50%.

- Hábitat 6220 Prados y eriales mediterráneos con gramíneas y anuales, basófilos (Thero-Brachypodietea) con una cobertura del 13%.

- Hábitat 5330 Matorrales termomediterráneos y predesérticos con una cobertura del 30%

8. Según el PTIE, el área de actuación se encuentra dentro de APR de incendios.

9. La zona de actuación se encuentra dentro de Zona de Alto Riesgo de incendio forestal (ZAR).

10. Según el ESIA, el proyecto se ubica en la unidad "Llanos de San Antonio de Portmany" de acuerdo con la clasificación del atlas de los paisajes de España (Mata Olmo, R., & Sanz Herráiz, C. (Dir.) (2004) .Atlas de los Paisajes de España. Madrid: Ministerio de Medio Ambiente.) y según el PTIE se incluye en la unidad paisajística: Unidad A, constituida por los terrenos calificados como SRC-SRG o SRC-AT que no estén incluidos en la zona 2.

11. De acuerdo con el ESIA, han solicitado información al Servicio de Patrimonio del Consejo sobre localización de elementos patrimoniales y descartan la existencia de elementos arqueológicos, arquitectónicos o etnográficos conocidos. Sin embargo, se identifican 6 muros de piedra seca que atraviesan la parcela en dirección N-S. Los muros son considerados como bienes etnológicos y protegidos según la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Illes Balears.

12. Según la normativa sectorial en seguridad aeronáutica de la cartografía del Ministerio de Fomento, los proyectos se localizan fuera de las servidumbres de aeródromo, operaciones y radioeléctricas, del aeropuerto de Eivissa.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1. Fase de información pública

Consta informe firmado por la jefa de sección IV de la DG de Economía Circular, Transición y Cambio Climático sobre la información pública «del proyecto de ampliación de la subestación San Antonio 66 kV y de instalación de baterías de almacenamiento en la subestación San Antonio 66 kV (expediente TR 6/2022)», por un plazo de treinta días, en el BOE Nº. 140 de 13 de junio de 2023 y en el BOIB núm. 83 de 20 de junio de 2023 se realizó la información pública del proyecto, y en la sede electrónica del OS, y en el Periódico de Ibiza y Formentera. Además, se publicó anuncio en el tablón de anuncios de la sede electrónica y en el tablón de anuncios físico del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany.

3.2. Consulta a las administraciones afectadas

De acuerdo con el arte. 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se solicitó consulta a las siguientes administraciones afectadas:

  •  Dirección General de Salud pública
  • Dirección General de Dirección General. Servicio de Espacios Naturales
  • Dirección General de Espacios natural. Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo.
  • Dirección General de Espacios naturales - Servicio de Protección de Especies.
  • Dirección General de Recursos Hídricos.
  • Dirección General de Emergencias e Interior.
  • Dirección General de Industria y Polígonos Industriales.
  • Dirección Insular de Medio Ambiente.
  • Dirección Insular de Patrimonio.
  • Consejo insular Dirección Insular de Ordenación de Territorio.
  • Ayuntamiento de Sant Antoni.
  • Servicio de Cambio Climático y Atmósfera.
  • Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
  • Edistribución Redes Digitales SL.
  • GOB
  • Amigos de la Tierra.

3.3. Informes recibidos

- Oficio de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad firmado en fecha 13 Junio 2023 que comunica que el proyecto: «no está dentro de Red Natura 2000 ni dentro de ningún espacio natural protegido. Por tanto, no es preceptivo el informe de evaluación de las repercusiones ambientales a que se refiere el artículo 39 de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO).»

Informe del Servicio de Territorio del Departamento de Gesto. del Territorio, Infraestruc. Viarias, Ordenación Tur. y Lucha contra Intrusismo, firmado el 20/06/2023, que concluye:

«1. Dado que la ampliación prevista se encuentra recogida en el Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la Revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears), de acuerdo con el artículo 24.2 de la Ley 6/1997, de 8 de julio del Suelo Rústico de las Illes Balears, no será exigible la previa declaración de interés general. En cualquier caso, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 13/2012 de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas, otras actividades y medidas tributarias, el reconocimiento de la utilidad pública del proyecto surtirá los efectos de la declaración de interés general en los términos previstos en el citado artículo 24.2.

2. Es necesario poner de manifiesto que en este Consell Insular se ha tramitado, sobre la parcela donde se proyecta la ampliación, el expediente de informe preceptivo de viviendas núm. 2021/00001897A (SR 001/21) para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada con piscina, promovida por el sr. Antonio Bonet Soria, quien fue informado favorablemente por la CIOTUPHA celebrada el 26 de abril de 2023. Se ha comprobado que la porción de parcela a expropiar, donde se ubica la ampliación de la subestación, se solapa con vivienda, la piscina y el camino de acceso aprobados recientemente por la CIOTUPHA de 26 de abril de 2023.»

• Informe del Servicio de Gestión Forestal de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad, firmado el 04 de julio de 2023, que concluye: «Las actuaciones propuestas para la defensa de la infraestructura son las mínimas exigibles por ley, hay que valorar si son suficientes para que en caso de incendio forestal en los alrededores no afecten a las instalaciones. »

• Informe del Servicio de Protección de Especies de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad, firmado en fecha de 13 de julio de 2023, informando favorablemente con condicionantes:

- Se recomienda revisar el análisis de alternativas de localización del proyecto. La alternativa 1, que no afecta a vegetación natural ni hábitats de interés comunitario ya que se trata de una parcela de cultivos dispersos de algarrobos y herbáceos de secano, sería la más favorable desde el punto de vista del mantenimiento de la biodiversidad de la zona.

- Se recomienda instalar trampas para la captura de serpientes, especialmente en la zona donde nos prevea la construcción de refugios de piedras para favorecer el hábitat de la lagartija.»

• Informe de Medio Ambiente del Departamento de Gestión Ambiental, Sostenibilidad, Innovación y Transparencia, firmado en fecha 27 de julio de 2023, concluye:

«- En el proceso de selección de la alternativa se realiza con una diagnosis previa que se considera que presenta un nivel de detalle muy generalista y, por tanto, no es adecuada y en la que, además, infravalora la importancia y el valor de impacto sobre la vegetación, fauna, riesgos y afección socioeconómica.

- Se considera que el análisis de la alternativa cero hace prevalecer los impactos globales, sobre el cambio climático, frente a los impactos más locales y concretos sobre la realidad ambiental y social de las alternativas a seleccionar.

- El estudio de alternativas ya ficha de forma concreta que la ubicación debe estar entorno a la subestación de Sant Antoni y por tanto no analiza otras posibles ubicaciones de la isla de Ibiza en otras subestaciones que potencialmente podrían tener impactos menores.

- Se considera que la alternativa 2 seleccionada sí presenta un conjunto de afecciones muy significativas sobre el medio biótico: la vegetación, flora, fauna, hábitats de interés europeo que encuentran infravalorados en el EIA.

- El nivel de impacto socioeconómicos evaluado como compatibles en el EIA, se considera mucho más elevado y severo atendiendo a considerarse una afección importante por la presencia de molestias significativas en fase constructiva, cambios en el ambiente sonoro durante toda la fase de funcionamiento, afectación muy grave al valor económico de una parcela y presencia de riesgos asociados a la presencia de la instalación.

• Informe del Servicio de Cambio Climático y Atmósfera de fecha 25 de marzo de 2024 que concluye: “el proyecto se alinea con los objetivos que marca la Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética”.

 

3.4 Alegaciones:

1) El 07 de julio de 2023 se recibió alegación de don Alberto Bonet Soria indicando que es el propietario de la finca la que se expropiará un 50% de la misma para la ejecución del proyecto.

En fecha 17 de julio de 2023 el promotor da respuesta a las alegaciones indicando que se pondrá en contacto con los titulares de los bienes y derechos afectados para establecer un acuerdo de acuerdo con lo establecido en el artículo 151 del RD 1955/ 2000. En caso de no llegar a un acuerdo, se remitirán las valoraciones al Jurado Provincial de Expropiación.

2) El 13 de julio de 2023 el OS recibió de Endesa SA una serie de observaciones referentes al resumen ejecutivo, el artículo 54 de la directiva 2019/944, sobre la posible aprobación por el regulador y la consiguiente notificación a ACER y la Comisión Europea, las baterías de San Antonio y los servicios de balance, la eficiencia económica y el acceso a la red y almacenamiento.

De acuerdo con el informe emitido por el OS, "En las observaciones formuladas por Endesa el promotor contesta cada uno de los puntos mencionados."

3) En fecha 7 de julio de 2023 se recibió de Vicente Cardona Planells en nombre propio y en como presidente y en representación de la Asociación de vecinos Davall Benimussa indicando una serie de normativa de aplicación en el procedimiento, no cumplir con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Evaluación Ambiental, en la Ley 24/2013 y en la ley 21/2013.

Con fecha 09 de septiembre el promotor emite respuesta a las alegaciones.

4) El 14 de septiembre de 2023 el OS recibió de Endesa SA una serie de observaciones a la respuesta del promotor.

El 23 de octubre de 2023 el Órgano Sustantivo indica que recibió de Red Electrica de España la contestación de una serie de observaciones a la respuesta del promotor a las observaciones hechas por Endesa, que son comunes por el expediente TR 6 /2023.

4. Integración de la evaluación

4.1. Alternativas

- Alternativa 0: el ESIA recuerda que se trata de un proyecto incluido dentro de un proyecto más general de la segunda interconexión eléctrica entre Península y Baleares, el cual se encuentra incluido en el documento Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026», aprobada por Acordo del Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2022 y que pasó trámite ambiental. Por otra parte, se argumenta que la no ejecución del proyecto:

* No permitirá incrementar el porcentaje de demanda eléctrica de Baleares cubierto por una generación más eficiente y con menos emisiones procedentes de la Península.

* Perder el beneficio socioeconómico que producirá la implantación de las actuaciones previstas.

* Evitaría los efectos ambientales de la construcción, pero el mantenimiento de la situación actual agravan los efectos negativos relativos a la producción de energía térmica mediante la quema de combustibles fósiles.

* No contribuye a la consecución de los objetivos europeos y nacionales respecto al cambio climático como la descarbonización de la economía, la reducción de emisiones de efecto invernadero horizonte 2030 (el proyecto permite reducir 905 kt/año de acuerdo con los datos de la Planificación eléctrica 2021-2026), mayor integración de energías renovables el parque de generación.

* No representa ningún beneficio social.

* Aspectos de seguridad del suministro del sistema eléctrico balear.

En el análisis de alternativas del proyecto, una vez descartada la alternativa 0, se lleva a cabo un análisis de posibles emplazamientos para la implantación de la planta de baterías, estudiándose 3 soluciones de emplazamiento diferentes.

La alternativa 2 escogida como solución de emplazamiento de los proyectos de ampliación de la subestación Sant Antoni 66 kV y de instalación de baterías presenta las siguientes características:

- Una orografía reducida: pendiente media de los terrenos de 3,65%.

- El torrente más cercano se encuentra a 160 metros.

- Buena accesibilidad, ya que se ubica "cierra con valla" con la subestación.

- Presenta condicionantes respecto a la ZAR.

- No superpone con ningún Espacio Natural Protegido.

- Afección a vegetación natural sin alto valor de conservación; sin embargo, cuenta con la presencia de los HICs 5210, 5330 y 6220*.

- No superpone con ZEPA.

- Todas las alternativas cuentan con presencia de Podarcis pityusensis

- No se ubica cerca de viviendas o zonas pobladas.

- No coincide con la presencia de infraestructuras eléctricas.

- No afecta a ningún área paisajísticamente sensible.

Principales impactos de la alternativa escogida y su corrección

Las principales acciones generadoras de impacto en la fase de ejecución se resumen de acuerdo con la memoria:

a.- Instalación de 90 MW de baterías y 67,5 MWh de capacidad.

- Red de suelos inferiores formada por cables de cobre enterrados.

- Red de suelos superiores unida a la anterior a través de elementos metálicos robustos.

- Estructuras metálicas y soportes de acero.

- Construcción casita con sistema de control de las baterías.

- Sistema duplicado de protección.

- Servicios auxiliares de corriente.

- Instalaciones de telecomunicaciones (fibra óptica, red local IP, telefonía y Ciberseguridad)

- Movimientos de tierras por drenajes, cimientos, viales y canales de cables.

- Nuevo vial de acceso.

- Edificios y Casetas. Se construirá un edificio de una planta de dimensiones adecuadas para albergar las salas de control, comunicaciones y servicios auxiliares.

- Cierre de al menos 2 m de altura de cierre metálico sobre muro de 0,5 m de altura.

- Dos puertas de acceso: a pie y para vehículos.

- Alumbrado en calles, viales, edificios y casetas.

- Nuevas tomas de fuerza en cuadros al aire libre.

- Instalación de sistema contra-incendios.

- Instalación sistema anti-intrusismo.

b.- Ampliación de la subestación (SE)

- Derribo de una edificación de 315 m2 de superficie

- Movimiento de tierras para drenajes de evacuación de aguas y conexión a la red de pluviales existente.

- Nuevos cimientos, viales y nuevos canales.

- Ampliación del cierre de la subestación.

Los principales impactos serán los siguientes:

a) Atmósfera

* Contribución al cambio climático: la emisión de gases de efecto invernadero del proyecto (período de 40 años) se ha estimado en 3.447 tCO2eq. No incluyen baterías en el cálculo de la huella de carbono argumentando que la estimación en esta fase del proyecto es inviable. Sin embargo, el impacto será positivo dado el balance global de emisiones del contexto de la nueva interconexión del sistema eléctrico peninsular con el Balear.

*Emisiones de polvo: las emisiones de polvo durante las fases de construcción y desmantelamiento pueden afectar a la vegetación, a la población ya las infraestructuras.

b) Suelo y subsuelo

*Alteraciones de la morfología del terreno: se estima que los movimientos de tierra serán significativos, 7.500 m3 de desmontes y 10.500 m3 de terraplenes.

*Empleo: calculan una ocupación permanente de 14.650 m2 de terreno.

c) Vegetación y flora

Se afectará a unos 28.470 m2 de vegetación de matorrales y matorrales dispersos, pinos, sabinas y enebro. El apego por actuación directa de la construcción de la planta de baterías equivale a 14.650 m2, y el resto (13.820 m2) corresponde al establecimiento de la franja perimetral de seguridad de 30 metros contraincendios.

El ESIA determina que las formaciones vegetales de «pastiza l anual y vivaz» presenta un estado de conservación media dado que se encuentra en una fase sucesional que todavía dista de encontrarse en una buena representación climácica. También destaca la no presencia de especias de flora amenazada.

Contrariamente a estas determinaciones, es preciso considerar que los estadios de sucesión natural previos al clímax ecológico no tienen por qué comportar una menor importancia ni menor valía de su componente florístico, ni de su nivel de singularidad ni funcionalidad ecológica.

Por otra parte, cabe mencionar que esta vegetación presente de suelos esqueléticos, prados de terófitos y geófitos, son los que precisamente se encuentran calificados como hábitat prioritario y presentan una gran riqueza y variabilidad florísticas, con abundancia de endemismos del Mediterráneo occidental, además de presentar un alto nivel de fragilidad ecológica.

d) Hábitats de interés comunitario

Afección total de 28.470 m2 sobre los HICs:

- Hábitat 5210: afección 27,6%.

- Hábitat 5330: afección de 14,8%.

- Hábitat 6220: afección de 15,2%. (Hábitat Prioritario)

En cuanto a la afección sobre hábitats de interés comunitario, el ESIA realiza un análisis en el proceso de valoración atendiendo a la superficie de afectación y utilizando los porcentajes de afección de los hábitats en la parcela en relación con los porcentajes referidos en el sector pitiuso y balear. Se concluye como efecto apreciable y se considera que ningún hábitat de interés europeo presenta valores de pérdidas relativas que supongan un perjuicio para la integridad de su estado de conservación.

En relación con lo anterior, el hábitat de interés prioritario 6220 presente en la parcela (Prats y eriales mediterráneos con gramíneas y anuales, basófilos (Thero-Brachypodietea) presenta una funcionalidad ecológica destacable al acoger la potencial presencia de aves que nidifican en el suelo y también protegidas por normativa comunitaria, además de coincidir con la distribución de especies de flora de carácter endémico o microareal.

e) Fauna

Los impactos sobre la fauna se valoran como significativos y se producen en la fase de construcción. Según el estudio de impacto ambiental, en este hábitat se ha confirmado la presencia de lagartija de las Pitiusas y posible presencia de abejaruco, especies amenazadas catalogadas como vulnerables.

Las perturbaciones y molestias de la fase de construcción debido al ruido y las vibraciones producidas por la maquinaria y la circulación de vehículos y personas será especialmente perjudicial a la fauna en el período de cría.

Como ya se ha mencionado en los apartados c y d, el proyecto producirá un impacto alto sobre la vegetación, flora, fauna, hábitats y según indican tanto el Servicio de Especies como el Servicio de Medio Ambiente del Consell debería plantearse la selección de otra alternativa de ubicación donde no se afectaran terrenos de alto valor ecológico. Por otra parte, según el informe de la arquitecta del departamento de territorio de este Consell de Eivissa, se ha tramitado y aprobado, sobre la parcela donde se proyecta la ampliación de la subestación y baterías , el expediente de informe preceptivo de viviendas para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada con piscina (Fig.2).

Por tanto, en el caso de seleccionar otra alternativa para la ejecución del proyecto, la construcción de una vivienda con piscina provocará igualmente una degradación del espacio natural y, además, otros efectos que el proyecto original no conllevan a la fase de funcionamiento, como son el aumento de la frecuentación humana, la influencia de animales domésticos (asilvestramiento de gatos como depredadores de especies silvestres, atracción de ratas, etc.), riesgo de incendio forestal. También, cabe recordar que las instalaciones en la fase de funcionamiento funcionan en régimen de abandono, sin presencia habitual de personal, únicamente necesario cuando el sistema de control detecta la necesidad de una reparación, por tanto, se evitarán molestias a la fauna. Además, se prevé el desmantelamiento de las baterías después de su vida útil y la restauración de los terrenos en su estado natural.

Por todo lo anterior, se considera que:

- Modificar la ubicación del proyecto no evitaría la desnaturalización de los terrenos.

- La selección de otro emplazamiento alejado de la SE sería contradictorio a lo establecido en el Plan de Desarrollo de la Red de Transportes de Energía Eléctrica 2021-2026, aprobado el 22 de marzo de 2022 en Consejo de Ministros (BOE núm. .93 19/04/22)» y que cuenta con Declaración Estratégica.

- La alternativa seleccionada es la que presenta mejores características para la implantación del proyecto.

f) Medio socioeconómico

*Población: impacto positivo dado que se crearán puestos de trabajo y demanda de servicios locales. En el ESIA no consideran significativas las molestias por perturbaciones o ruidos porque no hay núcleo de población cercano y las viviendas diseminadas más cercanas se encuentran a más de 130 m.

Por otra parte, según el informe de la arquitecta del departamento de territorio de este Consell d'Eivissa, mitado y se ha aprobado, sobre la parcela donde se proyecta la ampliación de la subestación y baterías, el expediente de informe preceptivo de viviendas para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada con piscina. Se ha comprobado que la porción de parcela a expropiar, donde se ubica la ampliación de la subestación, se solapa con la vivienda, la piscina y el camino de acceso aprobados recientemente por la CIOTUPHA de 26 de abril de 2023. Por tanto, la ubicación del proyecto puede determinar un importante impacto socioeconómico para el titular.

*Infraestructuras, equipamientos e instalaciones: degradación del firme del camino de sa Castella provocado por el paso de vehículos y maquinaria pesada.

g) Patrimonio

El ESIA indica que del resultado de la prospección realizada concluye que en la zona de implantación del proyecto durante la inspección visual no ha habido ningún hallazgo de evidencia arqueológica. Sin embargo, se han identificado seis muros de piedra seca que serán afectados por la implantación del proyecto, con una longitud de 100 metros por muro con una longitud total de 600 m.

h) Paisaje

Consumo visual se producirá fundamentalmente y de forma significativa desde el camino de sa Castella, por tratarse del viario de acceso y que bordea el proyecto, considerado en el ESIA como de baja frecuentación.

El área de implantación es de muy baja accesibilidad visual y localizada a continuación de la SE de Sant Antoni por lo que se favorece la integración.

Una vez identificados y valorados los impactos, se definen una serie de medidas correctoras y preventivas para cada una de las fases del proyecto, a fin de evitar o reducir los efectos negativos:

Fase proyecto:

a) Clima y atmósfera: diseño de las celdas que contienen SF6 sin mantenimiento para evitar las operaciones de manipulación, las celdas contarán con manómetros de presión que serán revisados periódicamente para detectar posibles fugas. Emplazamiento del proyecto más alejado de zonas sensibles a las emisiones de polvo, vibraciones y campos electromagnéticos.

Asimismo, deberá considerarse que:

i) Es necesario implementar un control del gas hexafluoruro de azufre de forma periódica, mediante la verificación de la presión o de la densidad y se aplicarán medidas correctoras si se detectan fugas. En las operaciones de mantenimiento que impliquen el vaciado del hexafluoruro de azufre, deberá recuperarse el gas.

ii) Se tendrá que prever realizar medidas periódicas del campo electromagnético durante la vida útil de la instalación.

b) Medio físico: se ha evitado la ubicación de elementos del proyecto en posiciones topográficamente desfavorables y maximizar el aprovechamiento de usos similares.

c) Medio biótico: evitar enclaves sensibles de vegetación y fauna.

d) Medio socioeconómico, población e infraestructuras: tener en cuenta las instalaciones e infraestructuras existentes para compatibilizarlas con las del proyecto, acomodo de las instalaciones a las nuevas infraestructuras.

e) Patrimonio: se ha realizado una prospección arqueológica visual de distintas alternativas.

f) Paisaje: ubicación en las áreas menos sensibles identificadas según el interés paisajístico.

Fase Construcción:

a) Atmósfera

1. Medidas protectoras sobre la calidad del aire:

- Medidas para disminuir las emisiones de polvo y partículas: aprovechar los materiales extraídos en la misma obra, riegos periódicos para evitar la dispersión de partículas, evitar movimientos de tierras los días de viento fuerte, limitación de la velocidad del tráfico rodado, transporte de materiales cubiertos con lonas.

- Medidas para disminuir las emisiones de gases: selección de vehículos y maquinaria de bajas emisiones.

2. Medidas para minimizar las emisiones de ruidos: selección de maquinaria y vehículos de emisiones bajas, reducir al máximo el tráfico de los vehículos y maquinaria, evitar el uso simultáneo de maquinaria pesada. Por otra parte, el ESIA indica que en la fase de funcionamiento se realizarán ensayos de ruido en el primer año para comprobar el cumplimiento de los niveles límite de inmisión establecidos en la legislación vigente.

Además, habrá que incluir:

i) En el Plan de Vigilancia Ambiental un seguimiento del ruido generado en la fase de construcción y desmantelamiento, además, de lo que se produzca en las distintas infraestructuras asociadas al presente proyecto en la fase de funcionamiento, a fin de garantizar el cumplimiento de los niveles de ruido establecidos en la legislación vigente.

b) Medio físico

1. Topografía y solos:

- Señalización de los accesos, zonas de ocupación temporal, zonas de depósitos de materiales, zonas de estacionamiento de maquinaria y áreas de trabajo en general.

-Reajuste de los taludes en la morfología original.

- Una vez finalizadas las obras, restitución de los terrenos de ocupación temporal y descompactación de los suelos.

- Aprovechar al máximo los materiales extraídos en la obra.

- Gestión de materiales sobrantes y residuos.

También, se tendrá que tener en cuenta que:

i) Cal maximizar el aprovechamiento de los materiales extraídos para los rellenos bajo el criterio de proximidad y la minimización del transporte necesario para su reutilización o destino final, si procede.

ii) Priorización en la elección de proveedores locales para minimizar el transporte de materiales y otros.

2. Agua:

- Maquinaria revisada y con mantenimientos, lavados y reparaciones sólo dentro de las áreas destinadas a estas acciones.

- Evitar cualquier tipo de derrame. En el caso de derrame se tratará de inmediato y con las técnicas más adecuadas.

c) Medio biótico

1. Vegetación, flora y hábitats de interés comunitario

- Prospección previa para identificar la presencia de flora amenazada.

- Minimizar la afectación en zonas con hábitats de interés comunitario y vegetación sensible.

- Desbroce de ejemplares de flora de gran tamaño evitando maquinaria pesada.

- Descompactación de los terrenos al finalizar las obras.

- Se evitará la acumulación de materiales inflamables.

- Los materiales de préstamo necesarios tendrán que garantizar su procedencia y cumplir con las prescripciones del Plan director de residuos de Eivissa.

- La franja perimetral de protección se realizará de acuerdo con las instrucciones establecidas en la resolución de 15 de febrero de 2021 del Consejero de Medio Ambiente y Territorio.

Además, deberá atenderse que:

i) Dado que el Servicio de Gestión Forestal en su informe indica «que las actuaciones propuestas para la defensa de las infraestructuras son las mínimas establecidas por la ley, y que es necesario valorar si son suficientes para que en caso de incendio forestal en los alrededores no afecten a las instalaciones», será necesario que se revisen estas actuaciones con el Servicio de Gestión Forestal y se obtenga un informe favorable respecto del proyecto y la protección contra-incendios.

ii) Se tendrán que respetar las especies protegidas y catalogadas dentro del Catálogo Balear de Especies Amenazadas y de Especial Protección, las Áreas Biológicas Críticas y el Consejo Asesor de Fauna y Flora de las Illes Balears, así como endemismos y otras especies protegidas por diferentes normativas.

iii) No se podrán ocupar zonas con vegetación natural para realizar acopios de material o vehículos ni para gestionar residuos.

iv) Deberá cumplirse con el Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la lista y catálogo español de especies exóticas invasoras.

v) Deberán realizarse también actuaciones de restauración forestal después del desmantelamiento de la instalación para recuperar los terrenos originarios.

2. Fauna

- Prospección previa para identificar la presencia de puntos y áreas de especies sensibles (abejaruco y lagartija de las Pitiusas): Identificación de los puntos y áreas más sensibles y aplicación de medidas como restricción de acceso, limitación de velocidad y prohibición de circular fuera de los accesos acondicionados. En caso de constatar la presencia de especies sensibles en torno a los puntos de actuación se determinará si es necesario programar las obras o aplicar medidas que hicieran compatibles las obras con la ausencia de perturbaciones y molestias sobre estas especies.

También, se tendrá que considerar que:

i) Limitar al mínimo la temporalidad de las excavaciones y zanjas abiertas. Colocando elementos que permitan la salida de pequeña fauna en caso de caídas.

ii) Deberán realizarse unas inspecciones previas diarias de todo el terreno afectado por las obras, especialmente en zanjas o hoyos, con el fin de detectar individuos de tortugas Testudo graeca, o de otras especies protegidas que hayan podido quedar atrapadas. En caso de encontrar algún individuo, éste deberá ser rescatado y trasladado a zona segura. En caso de tratarse de un individuo herido de una especie protegida deberá telefonear al 112 para dar el aviso y que se active el protocolo de recogida.

iii) Se deberá adaptar el alumbrado al reglamento de protección del medio nocturno para evitar al máximo la contaminación lumínica.

d) Medio socioeconómico, población e infraestructuras

1. Población, usos del suelo y actividad económica

- Los niveles de emisiones sonoras de la maquinaria empleada cumplirán con los niveles establecidos en la normativa vigente.

- Garantizar la permeabilidad de tráfico longitudinal y transversal en las carreteras, caminos y vías públicas afectadas por la obra.

- Señalización de las zonas de obra para garantizar la seguridad de los vehículos y peatones.

- Comunicación previa de los horarios de actuación a los propietarios de las instalaciones y establecimientos afectados.

2. Infraestrucoturas, equipamientos e instalaciones

- Revisar el estado del firme y restauración del mismo cuando se detecte en mal estado.

- Establecer comunicación previa con antelación a los organismos públicos de las molestias y horarios de las actuaciones de cortes de suministro, viario...

- Garantizar la libre circulación de vehículos.

- Reponer con la mayor rapidez posible los servicios afectados por las obras.

e) Patrimonio cultural

- Se priorizará la conservación de la máxima longitud de los muros de piedra actuales.

- Los tramos que se tengan que levantar para coincidir con la zona de implantación de las baterías serán objeto de documentación y estudio previo y se hará acopio de la piedra para su posterior reutilización, la cual se propone realizar en el extremo de la parcela de implantación, en paralelo al camino de sa Castella.

Por otra parte, deberá cumplirse:

i) Se considera necesario mantener, conservar y restaurar todos los tramos de pared de piedra seca que se vean afectados por el desempeño del proyecto, sin perjuicio de admitir el desmontaje de los tramos estrictamente indispensables para poder ejecutar el proyecto.

ii) Posteriormente, deberá restaurarse en su estado original. Las restauraciones de los muros de piedra seca tendrán que garantizar el mantenimiento de las características volumétricas de los muros (anchura y altura aproximada), así como de los materiales y técnicas de construcción tradicional (se tendrán que realizar por «margers»): muros a partir de piedra poco o poco trabajada, dispuesta en doble hilada, correctamente trabada y cuñada sin ningún tipo de mortero de unión, relleno de la parte central del muro y coronamiento con enlosado.

f) Paisaje

- Minimización de los impactos del proyecto sobre los distintos elementos del medio afectados: suelo, topografía, vegetación, etc.

Fase funcionamiento:

- Medidas de control de las zonas alteradas.

- Medidas de control del ruido y del parque de baterías.

- Medidas de prevención de propagación de incendio forestal: - desbroces, aclareos y talas con el fin de disminuir la continuidad horizontal y vertical de la estructura de la vegetación en una franja perimetral de 30 metros en torno a la futura instalación de de acuerdo con el Decreto Ley 1/2016, el Código Técnico de Edificación (CTE), el artículo 11 del Decreto 125/2007 y el punto 4.3 de la norma 9 del Plan Territorial Insular de Eivissa y Formentera.

- Medidas de integración paisajística: las edificaciones y los elementos con mayor visibilidad del proyecto se pintarán de color blanco como es característico de la tipología de casa Eivissenca.

Fase de desmantelamiento

En esta fase se aplicarán las medidas de la misma naturaleza y alcance que a las planteadas en las fases de construcción y funcionamiento. Se indica que antes de esta fase se realizará un estudio ambiental que analizará la situación del momento del medio que potencialmente se verá afectado y propondrá las medidas más adecuadas. Además, se redactará un proyecto de Adecuación Paisajística en el que se evaluará el proyecto con objeto de definir las actuaciones más adecuadas para la integración paisajística.

El presupuesto de ejecución material de las medidas preventivas y correctoras para la fase de construcción es de 135.268 Euros, y para su fase de funcionamiento el PEM es de 10.500 Euros.

Una vez identificados los impactos potenciales significativos y establecidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, el ESIA ha cuantificado y valorado los distintos impactos residuales. Dadas las valoraciones individuales de impacto realizadas por cada componente y elementos analizados en cada una de las fases, la valoración global del impacto del proyecto se valora como moderado.

4.2 Medidas Compensatorias

Se propone como medida compensatoria la construcción de refugios de piedras para la lagartija de las Pitiusas para favorecer su hábitat en la parcela no ocupada. Y creación de acuerdos con el gobierno balear para participar en el mantenimiento y mejora de las poblaciones de lagartija en toda la isla de Ibiza.

4.3 Seguimiento Ambiental.

El estudio de impacto ambiental incluye un programa de vigilancia ambiental que tiene como objetivos garantizar la correcta ejecución y cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras propuestas y comprobar su eficacia, detectar impactos no previstos y ver la evolución de los elementos del medio más significativos.

En este seguimiento, el promotor establece una serie de controles genéricos en la fase de construcción, verificando aquellas actuaciones que generan mayores impactos y que las obras se realizan según el proyecto y se aplican las medidas correctoras y preventivas del estudio.

Por lo que respecta a la fase de explotación, sólo implanta un control respecto al control del sistema hídrico y erosión.

Habrá que añadir controles referentes al evolución de las zonas restauradas, verificación de la correcta gestión de residuos y seguimiento de las instalaciones sobre las especies afectadas, control de ruidos, campos electromagnéticos, Patrimonio y Paisaje.

No se indica el seguimiento a realizar en la fase de desmantelamiento.

4.4 Presupuesto

El proyecto básico de la subestación y de las baterías es de 56.542.413 euros, por lo que y de acuerdo con el artículo 33 del Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears, aprobado por Decreto legislativo 1 /2020, de 28 de agosto, se designará un auditor ambiental.

5. Conclusiones

Por todo lo anterior, se formula la declaración de impacto ambiental favorable del proyecto de ampliación subestación y baterías SE Sant Antoni 66kV. T.M. San Antonio, redactado por el ingeniero industrial David González Jouanneau, en fecha de firma de marzo 2023, siempre que se cumplan las medidas preventivas y correctoras previstas en el Estudio de Impacto Ambiental, firmado en marzo de 2023, por Juan Carlos Requejo , y los siguientes condicionantes:

1. - Medidas para la protección del Patrimonio:

- Se priorizará la conservación de la máxima longitud de los muros de piedra actuales.

- Los tramos que se tengan que levantar para coincidir con la zona de implantación de las baterías serán objeto de documentación y estudio previo y se hará acopio de la piedra para su posterior reutilización, la cual se propone realizar en el extremo de la parcela de implantación, en paralelo al camino de sa Castella.

- Se considera necesario mantener, conservar y restaurar todos los tramos de pared de piedra seca que se vean afectados por el desempeño del proyecto, sin perjuicio de admitir el desmontaje de los tramos estrictamente indispensables para poder ejecutar el proyecto.

- Posteriormente, deberá restaurarse en su estado original. Las restauraciones de los muros de piedra seca tendrán que garantizar el mantenimiento de las características volumétricas de los muros (anchura y altura aproximada), así como de los materiales y técnicas de construcción tradicional (se tendrán que realizar por «margers»): muros a partir de piedra poco o poco trabajada, dispuesta en doble hilada, correctamente trabada y cuñada sin ningún tipo de mortero de unión, relleno de la parte central del muro y coronamiento con enlosado.

2.- No se podrán ocupar zonas con vegetación natural para realizar acopios de material o vehículos ni para gestionar residuos.

3.- Al inicio de las obras se tendrán que llevar a cabo redadas con el fin de detectar y retirar los ejemplares de tortugas Testudo graeca o de otras especies protegidas que puedan encontrarse. Estos ejemplares deberán trasladarse a un lugar seguro en la misma zona. Deberá limitarse al mínimo la temporalidad de las excavaciones y zanjas abiertas. Colocando elementos que permitan la salida de pequeña fauna en caso de caídas. En caso de encontrarse con un individuo herido de una especie protegida deberá telefonear al 112 para dar el aviso y que se active el protocolo de recogida.

4.- Es necesario maximizar el aprovechamiento de los materiales extraídos para los rellenos bajo el criterio de proximidad y la minimización del transporte necesario para su reutilización o destino final. Se deben priorizar a los proveedores locales para minimizar el transporte de materiales y otros.

5.- Se realizará un seguimiento del ruido generado en la fase de construcción y desmantelamiento, además, de lo que se produzca en las distintas infraestructuras asociadas al presente proyecto a la fase de funcionamiento, con el fin de garantizar el cumplimiento de los niveles de ruido establecidos en la legislación vigente.

6.- Se tendrá un protocolo para el transporte, llenado, mantenimiento y vaciado de equipos que utilicen gas (SF6); detección de fugas, actuación en caso de escape accidental y control del consumo anual. Deberán compensarse las emisiones de gas SF6 mediante reforestaciones, en concreto deberá reforestarse la superficie necesaria equivalente a las emisiones anuales de SF6.

7.- Se tendrá que prever realizar medidas periódicas de intensidad del campo electromagnético durante la vida útil de la subestación y las baterías.

8.- En caso de que el auditor ambiental detecte afectaciones en los hábitats de interés comunitario o en las especies de fauna protegida, no previstas y atribuibles a las instalaciones, se tendrán que tomar medidas adicionales.

9.- Se tendrán que respetar las especies protegidas y catalogadas dentro del Catálogo Balear de Especies Amenazadas y de Especial Protección, las Áreas Biológicas Críticas y el Consejo Asesor de Fauna y Flora de las Islas Baleares, así como endemismos y otras especies protegidas por distintas normativas.

10.- Se tendrán que prever actuaciones de restauración forestal después del desmantelamiento de la instalación para recuperar los terrenos.

11.- Antes de la aprobación del proyecto por parte del órgano sustantivo el promotor deberá remitir al órgano sustantivo ya la CMAIB un Plan de Vigilancia actualizado que deberá incluir y presupuestar:

- Los condicionantes incluidos en la presente Declaración de Impacte Ambiental.

- Las medidas compensatorias propuestas.

- Los informes de seguimiento de las medidas preventivas y correctoras presentadas en el ESIA y en la DIA. Además, se incluirán:

 

a) Los registros de las medidas periódicas de los campos electromagnéticos.

b) Los registros del mantenimiento preventivo y/o correctivo de los equipos eléctricos que contengan aceites o gases dieléctricos y del gas hexafluoruro de azufre.

c) Los registros de las incidencias ambientales detectadas, entre ellas las faunísticas.

d) Los registros de la gestión de los residuos generados, con indicación estimada de volumen y tipos de residuos.

e) Los documentos de entrega de los residuos peligrosos a los gestores autorizados.

f) En el caso de la fase de desmantelamiento, también deberá elaborarse un informe completo de todos los datos analíticos y la valoración global ambiental del desmantelamiento. Asimismo, tendrán que realizarse seguimientos ambientales y elaborar informes anuales durante la fase de restauración forestal/ambiental, como mínimo durante los primeros dos años posteriores al desmantelamiento de las baterías.

12.- Dado que el presupuesto del proyecto supera el millón de euros, de acuerdo con el artículo 33 del Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears, aprobado por Decreto legislativo 1/2020, de 28 d agosto, se designará un auditor ambiental. Será responsable de vigilar que se cumplan las medidas preventivas y correctoras a aplicar, el seguimiento ambiental y la elaboración de informes.

Por otra parte, se recuerda que:

- El órgano administrativo competente en materia de gestión forestal determinará la idoneidad, impacto y la forma de llevar a cabo las tareas para la defensa de las infraestructuras y sobre la vegetación existente, y las autorizará.

Este DÍA se emite sin perjuicio de las autorizaciones o informes necesarios para la obtención de la autorización.»

 

(Firmado electrónicamente: 26 de noviembre de 2024)

La directora general de Coordinación y Armonización Urbanística Maria Paz Andrade Barberá Por suplencia de la presidencia de la CMAIB (BOIB núm. 106 de 29 de julio 2023)