Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 785141
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se otorga la autorización de explotación de una instalación eléctrica consistente en la explotación dinámica de la línea de transporte de energía eléctrica a 66 kV DC Mixta (aérea – subterránea) SE Son Orlandis – SE Llucmajor (exp. TR 1/2022)
Antecedentes
1. El 13 de mayo de 2022 tuvo entrada en la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática una solicitud de Red Eléctrica de España, SAU, de autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica de explotación dinámica de la línea de transporte de energía eléctrica a 66 kV DC Mixta (aérea subterránea) SE Son Orlandis SE Llucmajor.
2. El 23 de mayo de 2022 Red Eléctrica de España, SAU recibió la notificación de un requerimiento de enmienda de deficiencias.
3. El 15 de julio de 2022 tuvo entrada en la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática contestación al requerimiento, en el que enmendaba parcialmente las deficiencias. Aportaba justificante de pago de tasas sellado por la entidad bancaria, entre otros.
4. El 19 de julio de 2022 Red Eléctrica de España, SAU recibió la notificación de una reiteración del requerimiento de enmienda de deficiencias, relativo a las deficiencias todavía no enmendadas.
5. El 8 de agosto de 2022 tuvo entrada en la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática contestación a la reiteración del requerimiento de enmienda de deficiencias, que fue considerada insuficiente por el jefe de sección IV del Servicio de Transporte y Distribución de Energía y Generación Térmica.
6. El 17 de noviembre de 2022 tuvo entrada en la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática nueva contestación a la reiteración del requerimiento de enmienda de deficiencias, al que se adjuntaba la siguiente documentación:
- Proyecto técnico administrativo «Proyecto de explotación dinámica de la línea de transporte de energía eléctrica a 66 kV DC Mixta (Aérea Subterránea) SE Son Orlandis SE Llucmajor», firmado por la ingeniera técnica industrial Belén García Santos (col. 26693) el 15 de noviembre de 2022 y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Madrid con el número 2212447/01 y fecha 16 de noviembre de 2022.
- Declaración responsable del cumplimiento de la normativa aplicable, firmada por la ingeniera técnica industrial Belén García Santos (col. 26693).
Las principales características de la instalación eléctrica se señalan a continuación:
Titular: RED Eléctrica de España, SAU.
Denominación de la instalación: Explotación dinámica de la línea de transporte de energía eléctrica a 66 kV DC Mixta (aérea subterránea) SE Son Orlandis SE Llucmajor.
Términos municipales: Palma y Llucmajor.
Presupuesto: 168.312 euros.
Descripción: la actuación a realizar consiste en la instalación de un sistema de explotación dinámica formado por 4 estaciones meteorológicas ubicadas en los apoyos y por 16 sensores (inclinómetros) instalados en las fases.
La explotación dinámica no implica variación de trazado, ni modificaciones en los apoyos ni en los conductores, ni ningún otro componente de la línea. Los cruces se siguen realizando en los mismos puntos que actualmente y en condiciones similares. La temperatura máxima de explotación se mantiene en los 50 °C actuales.
7. La documentación aportada es la requerida por el Decreto 99/1997, de 11 de julio, modificado por el Decreto 36/2003, de 11 de abril, que regula el procedimiento administrativo aplicable a la tramitación de las instalaciones eléctricas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
8. Esta línea de transporte eléctrico ya fue autorizada por la Sección de Industria de la Delegación Provincial de Baleares el 15 de octubre de 1969, puesta en servicio el 17 de septiembre de 1970, modificada por la implantación de la SE Son Orlandis el 25 de octubre de 1979 (PS) y modificada por el soterramiento del tramo de salida de la SE Son Orlandis el 23 de febrero de 2006 (PS).
9. Dado lo anterior puede considerarse esta actuación excluida de evaluación de impacto ambiental, según el artículo 7.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, ya que no tiene efectos adversos significativos sobre el medio ambiente en relación con el proyecto ya autorizado, dado que no se producirán:
- Incrementos significativos de emisiones a la atmósfera.
- Incrementos significativos de vertidos a cauces públicos o litoral.
- Incrementos significativos de generación de residuos.
- Incrementos significativos en la utilización de recursos naturales.
- Afecciones a áreas de especial protección o zonas húmedas.
- Afecciones en espacios protegidos Red Natura 2000.
- Afecciones significativas al patrimonio cultural.
10. Esta actuación está incluida en la Planificación de la red de transporte de energía eléctrica Horizonte 2026, aprobada por acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2022 (BOE de 19 de abril de 2022), así como en el Plan Director Sectorial Energético (PDSE) de las Illes Balears, dado el artículo 19 del Decreto-ley 3/2014, de 5 de diciembre, de medidas urgentes destinadas a potenciar la calidad, la competitividad y la desestacionalización turística en las Illes Balears, que modifica la disposición adicional segunda del Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del PDSE. Esta disposición adicional segunda establece que las obras e instalaciones previstas en la planificación estatal obligatoria de las redes de transporte de electricidad y de gas, como también las modificaciones en las subestaciones de distribución de energía eléctrica existentes o planificadas, desarrolladas de acuerdo con las leyes del sector eléctrico y de hidrocarburos, quedan automáticamente incluidas en las determinaciones del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears.
11. El 15 de diciembre de 2022, la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio Transición Energética y el Reto Demográfico emitió informe favorable para la autorización administrativa de construcción sobre esta instalación a los efectos de lo que disponen el artículo 35.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el artículo 114 del Real Decreto 1955/2000.
12. El 3 de enero de 2023 se dictó la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, por la que se otorga la autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica a Red Eléctrica de España, SAU, la cual se detalla a continuación:
Exp.: TR 1/2022
Titular: Red Eléctrica de España, SAU.
Denominación de la instalación: Explotación dinámica de la línea de transporte de energía eléctrica a 66 kV DC Mixta (aérea subterránea) SE Son Orlandis SE Llucmajor.
Términos municipales: Palma y Llucmajor.
Presupuesto: 168.312 euros.
Descripción: la actuación a realizar consiste en la instalación de un sistema de explotación dinámica formado por 4 estaciones meteorológicas ubicadas en los apoyos y por 16 sensores (inclinómetros) instalados en las fases.
La explotación dinámica no implica variación de trazado, ni modificaciones en los apoyos, ni en los conductores, ni en ningún otro componente de la línea. Los cruces se siguen realizando en los mismos puntos que actualmente y en condiciones similares. La temperatura máxima de explotación se mantiene en los 50 ºC actuales.
13. El 22 de noviembre de 2024 tuvo entrada en la Consejería de Empresa, Empleo y Energía una solicitud, de Red Eléctrica de España, SAU, de autorización de explotación de esta instalación, adjuntando la siguiente documentación:
- Certificado de Final de Obra emitido por el Sr. Antonio José Blasco Carmona, ingeniero industrial col. n.º 2.850 del COIICV, con número de visado 2024/5919 y fecha 19 de noviembre de 2024.
Este certificado es total y engloba la instalación de 4 estaciones meteorológicas y 16 inclinómetros en los apoyos y fases correspondientes, los cuales comprueban que se cumplen las disposiciones de seguridad exigidas por la normativa vigente.
- Boletín de instalaciones eléctricas de Alta Tensión de Cobra Instalaciones y Servicios, SA, con n.º 13-108443.
La documentación aportada es la que establece el artículo 7, apartado 4 del Decreto 99/1997, de 11 de julio, modificado por el Decreto 36/2003, de 11 de abril, que regula el procedimiento administrativo aplicable a la tramitación de las instalaciones eléctricas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
14. El 25 de noviembre de 2024, el técnico del Servicio de Transporte y Distribución de Energía y Generación Térmica de la Dirección General de Energía y Cambio Climático examinó la solicitud de autorización de explotación y emitió un informe favorable.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
2. Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
3. El Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que regula las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica.
4. El Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC RAT.
5. El Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01-23.
6. El Decreto 99/1997, de 11 de julio, modificado por el Decreto 36/2003, de 11 de abril, que regula el procedimiento administrativo aplicable a la tramitación de las instalaciones eléctricas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
7. El Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears (PDSE), señala que el artículo 19 del Decreto-ley 3/2014, de 5 de diciembre, de medidas urgentes destinadas a potenciar la calidad, competitividad y la desestacionalización turística en las Illes Balears, modifica la disposición adicional segunda del mencionado Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, y establece que las obras e instalaciones previstas en la planificación estatal obligatoria de las redes de transporte de electricidad, así como las modificaciones en las subestaciones de energía eléctrica existentes o planificadas, desarrolladas de acuerdo con las leyes del sector eléctrico, quedan automáticamente incluidas en las determinaciones del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears a todos los efectos, y especialmente, en cuanto a los efectos de la utilidad pública energética.
8. Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
9. Documento denominado «Plano de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía eléctrica 2021-2026», aprobado el 22 de marzo del 2022 en Consejo de Ministros, y publicado por Resolución de la Secretaría de Estado de Energía, de fecha 8 de abril de 2022 (Boletín Oficial del Estado n.º 93, de 19 de abril de 2022).
10. Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
11. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, de 20 de mayo de 2024, de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Otorgar la autorización de explotación de la instalación eléctrica que se detalla a continuación:
Exp.: TR 1/2022
Titular: Red Eléctrica De España, SAU.
Denominación de la instalación: Explotación dinámica de la línea de transporte de energía eléctrica a 66 kV DC Mixta (aérea subterránea) SE Son Orlandis SE Llucmajor.
Términos municipales: Palma y Llucmajor.
Presupuesto: 168.312 euros.
Descripción: la actuación a realizar consiste en la instalación de un sistema de explotación dinámica formado por 4 estaciones meteorológicas ubicadas en los apoyos y por 16 sensores (inclinómetros) instalados en las fases.
La explotación dinámica no implica variación de trazado, ni modificaciones en los apoyos, ni en los conductores, ni en ningún otro componente de la línea. Los cruces se siguen realizando en los mismos puntos que actualmente y en condiciones similares. La temperatura máxima de explotación se mantiene en los 50 ºC actuales.
2. Notificar esta resolución al titular de la instalación.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, a fecha de firma electrónica (26 de noviembre de 2024)
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación de competencias del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB n.º 67, de 21/05/2024)