Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓ INSTITUT D'INVESTIGACIÓ SANITÀRIA ILLES BALEARS (IDISBA)
Núm. 783588
Resolución del director gerente de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears por la que se convoca un proceso selectivo para la cobertura de una plaza de dietista-nutricionista, del grupo profesional B, para el proyecto « LifeS-Can: a novel clinical tool to effectively assess individual needs in cancer survivorship care and improve quality of life in cancer survivors» (1167806) Código de expediente: 2024-39-INIDISBA
El Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), establece en el artículo 15 la competencia para ordenar la inserción de edictos en el BOIB y, en su punto 4, especifica que las instituciones o entes públicos no mencionados en los tres primeros puntos deben acreditar los órganos y las personas que, de acuerdo con su normativa específica, están facultados para ordenar o solicitar la inserción de textos en el BOIB. Si no existe acreditación específica, debe entenderse que corresponde a quien ejerza la representación del órgano, el ente o la institución de la cual emana el texto.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 27 de los estatutos de la Fundación, la Dirección Gerencia de la Fundación tiene la competencia para desarrollar la política de personal aprobada por el Patronato y, a tal fin, seleccionar al personal, suscribir o rescindir los contratos, ejecutar los acuerdos del Patronato en materia de retribuciones, acordar las sanciones, ejercer la jefatura superior del personal al servicio de la Fundación y mantener las relaciones con los órganos de representación de personal, además de todas aquellas actuaciones que en esta materia le sean encomendadas, sin perjuicio de las funciones que corresponden a la presidencia.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la convocatoria, con código de expediente 2024-39-INIDISBA, para la cobertura de una plaza de dietista-nutricionista, del grupo profesional B, para el proyecto « LifeS-Can: a novel clinical tool to effectively assess individual needs in cancer survivorship care and improve quality of life in cancer survivors» ( 1167806 ).
Palma, en fecha de la firma electrónica (26 de noviembre de 2024)
El director gerente de la Fundación Carlos Enrique Herrero
ANEXO 1 Convocatoria del proceso selectivo para la cobertura de una plaza de dietista-nutricionista, del grupo profesional B, para el proyecto « LifeS-Can: a novel clinical tool to effectively assess individual needs in cancer survivorship care and improve quality of life in cancer survivors» (1167806)
La Fundación tiene encomendadas, entre otras, las funciones de gestionar medios y recursos al servicio de ejecución de programas de investigación clínica, básica y aplicada, el desarrollo tecnológico y la innovación en el campo de la salud.
Para poder llevar a cabo estas funciones, la Fundación necesita convocar una plaza de dietista-nutricionista, del grupo profesional B, para el proyecto « LifeS-Can: a novel clinical tool to effectively assess individual needs in cancer survivorship care and improve quality of life in cancer survivors» (1167806).
El artículo 23.2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece los criterios que deben seguir los entes públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma en la contratación de personal laboral, y prevé que «la selección del personal se ajustará a los sistemas y procedimientos que se establecen en la Ley de la Función Pública de las Illes Balears».
Los artículos 17 y 18 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, disponen que deben aplicarse los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en las contrataciones.
El apartado segundo B del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2007, de modificación del ámbito de aplicación y de determinación del alcance de control del punto 5 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 1995, prevé la contabilidad y la rendición de cuentas de las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en lo que se refiere a la selección de personal de los entes públicos de la Comunidad Autónoma.
Por todo ello, y en el ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 28.1 i de los estatutos fundacionales vigentes,
CONVOCO:
El proceso para la selección de una plaza de dietista-nutricionista, del grupo profesional B, para el proyecto « LifeS-Can: a novel clinical tool to effectively assess individual needs in cancer survivorship care and improve quality of life in cancer survivors» (1167806) con los siguientes requisitos, características y criterios de selección:
I. Requisitos de participación
No se valorarán los CV de las personas que no cumplan los requisitos.
II. Funciones
III. Presentación de solicitudes
Las solicitudes se pueden presentar en el registro físico de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears o mediante el correo electrónico1 de la Unidad de Recursos Humanos: idisba.convocatorias@ssib.es . Se debe indicar el código de expediente 2024-39-INIDISBA en el asunto del correo electrónico.
El plazo de recepción de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria.
Las personas aspirantes deben presentar junto con la solicitud la documentación acreditativa de los requisitos y de los méritos que aleguen en la forma que establecen estas bases. No se podrá valorar ningún mérito que no se haya acreditado con la aportación de la documentación correspondiente en el plazo de presentación de solicitudes.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos que puedan advertirse en la solicitud pueden corregirse en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.
1Los documentos adjuntos al correo electrónico deben estar en formato PDF y comprimidos en un único ZIP.
IV. Admisión de las personas aspirantes
Vencido el plazo de presentación de solicitudes y de la documentación requerida para participar en este procedimiento de selección, la Dirección Gerencia del IdISBa dictará una resolución para declarar aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con la indicación de las causas de exclusión. Esta resolución se publicará en la página web del IdISBa (www.idisba.es ).
Las personas aspirantes excluidas u omitidas disponen de un plazo de 3 días hábiles, contando a partir del día siguiente de su publicación, para subsanar el defecto causante de su exclusión u omisión, así como para adjuntar, en caso pertinente, la documentación que sea preceptiva. En caso de no subsanar o adjuntar la documentación indicada, se entenderá que desisten en su solicitud.
Finalizado el plazo, se dictará resolución mediante la cual se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo. En esta resolución se indicarán las instrucciones para que quien quiera seguir con la entrevista pueda confirmar su asistencia.
Se abrirá un plazo de 3 días hábiles para presentar alegaciones a las puntuaciones obtenidas en la lista definitiva.
V. Reserva a favor de las personas con discapacidad
El IdISBa dispone de una reserva del 7% de los puestos de trabajo para personas con discapacidad, según el Real decreto ley 5/2015 del TREBEP. Sin embargo, esta plaza no está reservada para este fin.
VI. Tribunal calificador
Miembros suplentes:
El tribunal calificador puede declarar, previo informe motivado, la convocatoria desierta por la no adecuación de candidatos y candidatos.
El tribunal calificador de este proceso selectivo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, debe velar por el cumplimiento estricto del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
El procedimiento de actuación del tribunal tiene que ajustarse en todo momento a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, así como al resto de disposiciones vigentes.
Corresponde al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de este proceso de selección, y adoptar al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
VII. Resolución de la convocatoria y publicación de la bolsa
Una vez finalizado el proceso selectivo, el tribunal calificador elaborará una resolución definitiva de todas las personas aspirantes, ordenada según la puntuación total obtenida, de mayor a menor, que implicará la constitución de la bolsa de trabajo para los dos años siguientes en el mismo puesto ofrecido desde la publicación de la oferta, con priorización del mismo orden de puntuación. Esta resolución se publicará en la web de la Fundación ( www.idisba.es ).
La contratación y la constitución de la bolsa de trabajo se realizarán de acuerdo con el orden de prelación.
VIII. Modalidad de contratación
IX. Acreditación de requisitos y méritos
Los requisitos y méritos que aleguen las personas aspirantes deben acreditarse mediante la presentación de copia o copia compulsada de la siguiente documentación:
a) Experiencia profesional: mediante certificado firmado por la persona responsable de la entidad donde se han prestado los servicios con especificación del tiempo de experiencia en los diferentes ámbitos que se valoran en esta convocatoria. Si no es posible, es necesario presentar el contrato y la vida laboral.
b) Titulación académica: copia de las dos caras del título. En caso de titulaciones expedidas en el extranjero, deberá aportarse la homologación correspondiente del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Si el título procede de un Estado miembro de la Unión Europea, es necesario presentar el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1998, el Real decreto 1837/2008, el Real decreto 967/2014 y otras normas de transposición y desarrollo.
c) Cursos, seminarios, becas, etc.: copia de los certificados o diplomas acreditativos de los cursos que se han llevado a cabo, con expresión del número de horas de duración de la acción formativa o ECTS.
d) Conocimientos orales y escritos de idiomas: mediante copia de certificado expedido por el órgano competente (EOI, Consejería, UIB u otras universidades o centros de acreditación de reconocido prestigio).
Los méritos deben acreditarse con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Las personas aspirantes deben presentar todos los documentos acreditativos de sus méritos ordenados de acuerdo con los apartados del baremo de méritos y numerados correlativamente (junto con el autobaremo que acompaña a estas bases).
La documentación acreditativa de todos los méritos debe presentarse junto con la solicitud. En caso de haber presentado inicialmente copias no compulsadas, debe presentarse a la entrevista la documentación original acreditativa de todos los méritos.
X. Proceso de selección
Valoración de méritos acreditados por las personas aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo, además de una entrevista personal:
1. Experiencia profesional (3 puntos máx.)
2. Formación (3 puntos máx.)
3. Actividad científica (2 puntos máx.)
4. Conocimiento de idiomas (1 puntos máx.)
Solo se valorará el nivel de acreditación más alto por cada idioma.
5. Entrevista personal (1 punto máx.)
La entrevista versará sobre temas relacionados con la oferta de trabajo. La persona candidata debe aportar a la entrevista los documentos originales para poderlos cotejar en caso de no haberlos aportado compulsados previamente con la solicitud.
Para poder acceder a la entrevista se deberá obtener un mínimo de 6 puntos en la baremación de méritos revisada por el tribunal.
El día y la hora de la entrevista se publicarán en la web de la Fundación: www.idisba.es . La persona candidata debe confirmar la realización de la entrevista para que se le adjudique una hora concreta. En el supuesto de que la entrevista se realice por medios virtuales, la documentación original debe presentarse cuando así lo requiera la Unidad de Recursos Humanos.
No realizar la entrevista supondrá la exclusión del proceso selectivo.
XI. Recursos
El orden jurisdiccional social es el competente para resolver controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, sin que se pueda interponer ningún otro recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social.
Palma, en fecha de la firma electrónica (26 de noviembre de 2024)
El director gerente de la Fundación Carlos Enrique Herrero
ANEXO 2 Formulario de inscripción para la convocatoria del proceso selectivo de una plaza de dietista-nutricionista, del grupo profesional B, para el proyecto « LifeS-Can: a novel clinical tool to effectively assess individual needs in cancer survivorship care and improve quality of life in cancer survivors» (1167806)
Nombre: Apellidos:
DNI/NIE:
Dirección:
Teléfono de contacto:
Dirección electrónica:
EXPONGO:
Que he tenido conocimiento de la convocatoria de una plaza de dietista-nutricionista, del grupo profesional B, para el proyecto « LifeS-Can: a novel clinical tool to effectively assess individual needs in cancer survivorship care and improve quality of life in cancer survivors» (1167806).
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA
DECLARO:
Así, por todo lo expuesto,
SOLICITO:
Que me admitan para formar parte del proceso selectivo de una plaza de dietista-nutricionista, del grupo profesional B, para el proyecto « LifeS-Can: a novel clinical tool to effectively assess individual needs in cancer survivorship care and improve quality of life in cancer survivors» (1167806).
En _______________, el _____ de ________________ de ______
Firma
ANEXO 3 — AUTOEVALUACIÓN DE MÉRITOS
Proceso para la selección de un dietista-nutricionista, del grupo profesional B, para el proyecto « LifeS-Can: a novel clinical tool to effectively assess individual needs in cancer survivorship care and improve quality of life in cancer survivors» (1167806) |
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NOMBRE |
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PUNTOS MÁX. |
PUNTOS |
DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ADJUNTA* |
1. Experiencia profesional |
3 |
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Servicios prestados en centros de investigación en el ámbito público en tareas propias del puesto de trabajo. (0.1 puntos por mes acreditado en centros de investigación). |
2 |
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Servicios prestados en centros privados en tareas propias del puesto de trabajo (0,05 puntos por mes). |
1 |
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2. Formación relacionada |
3 |
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Máster oficial en las áreas de conocimiento: salud pública, nutrición, epidemiología, estadística o investigación biosanitaria (1 punto por máster). |
1 |
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Nota media de grado (1 punto por nota igual o superior a 7.5 de nota media o 0.5 puntos por nota igual o superior a 7 de nota media) |
1 |
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Cursos en investigación clínica, metodología de investigación cuantitativa y cualitativa, nutrición, epidemiología, salud pública, estadística (SPSS, STATA, R), herramientas de gestión de datos (0.02 puntos por cada 10 horas acreditadas de formación). |
1 |
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3. Actividad científica |
2 |
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Artículos publicados en revistas indexadas o comunicaciones en congresos (0.5 puntos por publicación o comunicación). |
1 |
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Participación en proyectos de investigación sanitaria (0,5 puntos por proyecto). |
1 |
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4. Conocimiento de idiomas |
1 |
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Nivel C1 de catalán (0.5 puntos). |
0.5 |
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Nivel C1 de inglés (0,5 puntos). |
0.5 |
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5. Entrevista |
1 |
X |
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TOTAL |
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* Es necesario especificar con claridad cada uno de los documentos acreditativos que adjunte para el cómputo correcto de la puntuación (P. e.: certificado B2 de inglés de la EOI) |