Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Núm. 783325
Resolución núm. 2024-8090 de fecha 26/11/2024, por la cual se aprueba la lista definitiva de aspirantes que han superado el concurso extraordinario de méritos para los diferentes cuerpos, escalas y especialidades para el personal laboral con adjudicación del puesto de trabajo
La Primera Teniente de Alcalde, el día 26 de noviembre de 2024, ha dictado la siguiente resolución:
"DECRETO:
1. Dado que por decreto de Alcaldía núm. 2022-12228, de fecha 13 de diciembre 2022, se aprobaron la convocatoria y las bases del procedimiento de estabilización de ocupación temporal para cubrir como personal funcionario de carrera y laboral fijo, mediante el concurso extraordinario de méritos las plazas derivadas de la aplicación de la disposición adicional sexta y disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, incluidas en la oferta de ocupación pública extraordinaria del año 2022.
2. Dado que la convocatoria ha sido publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 164, de fecha 17 de diciembre de 2022.
3. Dado que el anuncio de la convocatoria ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 312, de fecha 29 de diciembre de 2022, con corrección de errores en el Boletín Oficial del Estado núm. 15, de fecha 18 de enero de 2023.
4. Dado que en el proceso selectivo se han observado todos los trámites legales y reglamentarios y vistas las actas de los tribunales evaluadores de los distintos subgrupos publicadas en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Eivissa con las puntuaciones definitivas obtenidas por las personas aspirantes, a los efectos de elevar estos listados a definitivos y, de acuerdo con lo que establece el punto 3 de la base octava de la convocatoria, proponer a la Alcaldía de la Corporación para que dicte resolución aprobando la lista definitiva de aspirantes que han superado el concurso extraordinario de méritos para los diferentes cuerpos, escalas y especialidades.
5. Visto que en el Decreto núm. 2024-3407, de fecha 10 de mayo de 2024, de aprobación de los listados definitivos y adjudicación de puestos de trabajo del proceso de estabilización por concurso extraordinario de méritos; modificado parcialmente por el Decreto núm. 2024-4007, de fecha 3 de junio de 2024, donde se contempla de forma conjunta y sin diferenciación a los aspirantes tanto de la lista definitiva como de la bolsa de interinos, hecho que induce a error de las personas seleccionadas en cada uno de los supuestos y no expone las renuncias efectuadas por los aspirantes con posterioridad y tampoco consta su publicación a la sede electrónica ni al Boletín Oficial de las Islas Baleares. Los decretos mencionados han sido revocados mediante Decreto de Alcaldía núm. 2024-7770, publicado en el BOIB núm. 151, de fecha 19 de noviembre de 2024.
6. Visto lo que establece el punto primero de la base decimocuarta de la convocatoria, en relación con la constitución de una bolsa de interinos derivada del proceso selectivo:
Se estará a lo que se establece en el artículo 24.2 del Decreto Ley 6/22, de 13 de junio
“Las convocatorias de estabilización, por el sistema de concurso de méritos, tendrán que prever que las personas que no superen el proceso selectivo, y que no tengan la posibilidad de participar en el proceso de estabilización por el sistema de concurso de méritos, por no haber plazas del mismo cuerpo, escala, subescala, clase, especialidad o categoría profesional, convocadas por el sistema de concurso de méritos, se tienen que incluir en bolsas de personal funcionario interino o de personal laboral temporal, específicas y preferentes a las bolsas ordinarias y/o extraordinarias vigentes en cada una de las administraciones. En estas bolsas se integrarán los candidatos que hayan obtenido la puntuación mínima de 10 puntos”.
7. De acuerdo con los antecedentes señalados y en uso de las atribuciones que me han sido delegadas mediante el Decreto de Alcaldía núm. 2023-5709 de fecha 22 de junio de 2023 (BOIB núm. 88 de 29/06/2023),
RESUELVO:
PRIMERO. Aprobar la lista definitiva de aspirantes que han superado el concurso extraordinario de méritos para los diferentes cuerpos, escalas y especialidades para el personal laboral con adjudicación del puesto de trabajo que se detalla a continuación:
PERSONAL LABORAL
AUXILIAR SERVEIS 1 FESTIUS (4 places amb codi AuxSF1002, AuxSF1003, AuxSF1004 i AuxSF1005)
DNI |
Méritos profesionales |
Otros méritos |
Puntuación total |
Código Plaza |
30536433T |
45 |
31,9999 |
76,9999 |
AuxSF1002 |
41456722G |
45 |
31,50 |
76,50 |
AuxSF1003 |
41442703S |
45 |
31,4665 |
76,4665 |
AuxSF1004 |
47251901B |
0 |
41 |
41 |
AuxSF1005 |
SEGUNDO. Aprobar la constitución de la bolsa de interinos derivada del proceso selectivo para cada plaza conforme a la orden de prelación según se contempla en la relación complementaria de aspirantes que han obtenido la puntuación mínima de 10 puntos.
PERSONAL LABORAL
ORDEN |
DNI |
Méritos profesionales |
Otros méritos |
PUNTUACIÓN TOTAL |
1 |
41457302D |
0,90 |
29 |
29,90 |
2 |
52293762L |
0 |
25 |
25 |
TERCERO. Ordenar la publicación de esta resolución en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Eivissa (https://eivissa.sedelectronica.es) y en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
CUARTO. Informar a las personas interesadas que en contra de esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer:
a) Directamente, un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.
b) Un recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Eivissa, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.
Contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya notificado la resolución expresa del mismo, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
c) Cualquier otro recurso que creáis conveniente, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa y con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Eivissa,
Doy fe,
LA REGIDORA DELEGADA EL SECRETARIO ACCTAL.
(documento firmando electrónicamente en el margen) (documento firmando electrónicamente en el margen)"
Eivissa, documento firmando electrónicamente al margen (26 de noviembre de 2024)
La primera teniente de alcalde Gema Marí Planells