Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ
Núm. 782579
Aprobación definitiva del proyecto de urbanización de la UE 6.03 de las NNSS de Marratxí
Por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de día 29 de octubre de 2024, entre otros, se adoptó el siguiente acuerdo, el cual su parte dispositiva dice textualmente:
PRIMERO. - Desestimar las alegaciones presentadas en los periodos de audiencia e información pública, de acuerdo con las consideraciones de los informes técnico y jurídico antes transcritos, y aprobar definitivamente el proyecto de urbanización de la UE 6.03 de las NNSS de Marratxí con su documentación complementaria, con las siguientes condiciones:
1. Se tendrán que cumplir las condiciones de los informes de la Arquitecta municipal y el Ingeniero municipal, así como las de los informes y autorizaciones sectoriales concedidas, con las medidas correctoras y protectoras del documento ambiental y de los informes emitidos al respeto.
2. Antes del inicio de las obras y en un plazo máximo de dos meses desde la notificación de la aprobación definitiva se tendrá que constituir una garantía financiera del 6% del coste de ejecución material de las obras de urbanización, prestada a favor del Ayuntamiento de Marratxí y con los requisitos establecidos por la legislación reguladora de la contratación del sector público.
SEGUNDO. - Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la dirección punto de acceso electrónico del Ayuntamiento de Marratxí, lugar este último donde constará la documentación íntegra aprobada. Así mismo, también se notificará de forma individual a los interesados.
Contra este Acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer el recurso de reposición (de carácter potestativo) que establecen los artículos 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común, ante el Sr. Alcalde, en el plazo de UN MES contado a partir del siguiente día al de la recepción del presente escrito. El mencionado recurso se entenderá desestimado si transcurriera otro mes sin que se notifique su resolución.
Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso - Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria si fuera expresa. Si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES, a contar desde el día siguiente a aquel en que, de acuerdo con la normativa específica, se produjera el acto presunto.
En caso de que no se opte por el recurso de reposición, se puede interponer directamente Recurso contencioso-administrativo en los mismos plazos expresados.
Sin embargo, puede utilizar cualquier otro recurso si lo cree conveniente.
La documentación técnica se publica en la sede electrónica del ayuntamiento, https://seuelectronica.marratxi.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_TABLON&lang=ES y se puede examinar en el negociado de urbanismo de este ayuntamiento, c/ Mayor, 2 de Pòrtol, horario atención de 8:15 a 14:00.
(Firmado electrónicamente: 4 de noviembre de 2024
El alcalde Jaume Llompart Caldés)