Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE PORRERES
Núm. 781379
Constitución bolsa de trabajador/a familiar del Ayuntamiento de Porreres
Mediante Decreto de Alcaldía 2024-0536, de 20 de noviembre, se ha dictado el siguiente:
DECRETO DE ALCALDÍA
CONSTITUCIÓN BOLSA DE TRABAJO DEL PUESTO DE TRABAJADOR/A FAMILIAR, DEL AYUNTAMIENTO DE PORRERES
Por Decreto de Alcaldía 2024-0481, de 11 de octubre de 2024, se resolvió aprobar las bases reguladoras del procedimiento selectivo para la creación de una bolsa de personal laboral temporal de trabajador/a familiar. La convocatoria se publicó en el BOIB núm. 136, de 17 de octubre de 2024.
Una vez finalizado el proceso selectivo y vista la propuesta de nombramiento realizada por el Tribunal Calificador en fecha 19 de noviembre de 2024.
Atendido lo anterior, en ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 21.1 h) de la LBRL, como Jefe del personal, y de acuerdo con el previsto a la base décima de la convocatoria, ACUERDO:
1. Constituir una bolsa de trabajador/a familiar del Ayuntamiento de Porreres, que queda conformada en base al orden de prelación siguiente:
|
NOMBRE |
DNI |
TOTAL |
1 |
YOLANDA LLANERAS ARJONA |
*****050N |
8,65 |
2 |
SERGIO PINEDA ALBARRÁN |
*****070K |
5,00 |
3 |
NOEMI MERINO GONZALEZ |
*****242J |
3,56 |
4 |
SARA ANDREU PIRRIE |
*****848K |
2,75 |
2. Determinar que la gestión de esta bolsa se llevará a cabo de conformidad con lo que establecen las bases de la convocatoria.
3. Publicar esta resolución en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
“Contra esta resolución que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, el recursos siguientes:
a)Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo.
b) Recurso potestativo de reposición ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta. No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”
Porreres, a fecha de la firma electrónica (25 de noviembre de 2024)
La alcaldesa Francisca Mora Veny