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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 777639
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la modificación de la configuración del centro privado de formación profesional Cesur Mallorca, con la ampliación de 7 ciclos formativos de grado superior en la modalidad virtual, de las familias profesionales de Sanidad (SAN 31, SAN 34, SAN 35 Y SAN 36), de Informática y Comunicaciones (IFC 32 e IFC 33) y de Comercio y Marketing (COM 31), autorizados en la modalidad presencial

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Texto

Hechos

1. La Resolución del consejero de Educación y Universidades de 21 de octubre de 2024 autorizó la modificación de la configuración del centro privado de formación profesional CESUR Mallorca, con la supresión de 1 unidad de los ciclos formativos de grado superior COM31, IFC 33, SAN31 y SAN 34 y la ampliación de 2 unidades del ciclo formativo de grado medio SAN23, de 1 unidad de los ciclos formativos de grado superior SAN32 y ADG32 en la modalidad presencial y la ampliación de los cursos de especialización (CE) de Inteligencia artificial y Big Data, desarrollo de videojuegos y realidad virtual de la familia profesional de Informática y comunicaciones y 1 unidad del CE de Cultivos celulares de la familia profesional de Química (BOIB núm. 139, de 24 de octubre ), con esta autorización el centro quedó configurado de la siguiente forma:

Enseñanzas autorizadas:

Ciclos Formativos GRADO D*

Familia profesional de Sanidad (SAN):

  • Técnico en Cuidados auxiliares de enfermería (SAN23): 2 unidades (2 grupos) en horario de mañana y tarde (Ciclo LOGSE) y 20 plazas escolares por grupo.
  • Técnico superior en Dietética (SAN32): 1 unidad (2 grupos) en horario de tarde y 20 plazas escolares por grupo (Ciclo LOGSE).
  • Técnico superior en Higiene bucodental (SAN 34): 1 unidad (2 grupos, uno de 1º y uno de 2º) en horario de mañana con una capacidad máxima de 30 plazas escolares por grupo.
  • Técnico superior en Laboratorio clínico y biomédico (SAN36): 2 unidades (2 grupos de 1º y 2 grupos de 2º) en horario de mañana y tarde y con una capacidad máxima de 30 plazas escolares por grupo.
  • Técnico superior en Anatomía patológica y citodiagnosis (SAN31): 1 unidad (2 grupos, uno de 1º y uno de 2º) en horario de mañana y con una capacidad máxima de 30 plazas escolares por grupo.
  • Técnico superior en Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear (SAN35): 2 unidades (2 grupos de 1º y 2 grupos de 2º) en horario de mañana y tarde y con una capacidad máxima de 30 plazas escolares por grupo.

Familia profesional de Comercio y Marketing (COM):

  • Técnico superior en Marketing y publicidad (COM31): 1 unidad (2 grupos) en horario de tarde y con una capacidad máxima de 30 plazas escolares por grupo.

Familia profesional de Administración y Gestión (ADG):

  • CFGS Técnico superior en Administración y finanzas (ADG32): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo, en horario de mañana (Ciclo LOE).

Familia profesional de Informática y Comunicaciones (IFC ):

  • Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma (IFC32): 2 unidades (2 grupos de 1º y 2 grupos de 2º) en horario de mañana y tarde y con una capacidad máxima de 30 plazas escolares por grupo.
  • Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones WEB (IFC33): 1 unidad (2 grupos) en horario de mañana y con una capacidad máxima de 30 plazas escolares por grupo.
 

Cursos de especialización GRADO E* :

Familia profesional de Informática y Comunicaciones (IFC ):

  • Curso de especialización en Inteligencia artificial y Big Data: 1 unidad y 30 plazas en horario de tarde.
  • Curso de especialización en Desarrollo de videojuegos y realidad virtual: 1 unidad y 30 plazas en horario de tarde.

Familia profesional de Química (QUI):

  • Curso de Especialización en Cultivos celulares : 1 unidad y 30 plazas en horario de tarde

Adscripción administrativa : Las enseñanzas de formación profesional de grado superior autorizadas, quedan adscritas al IES Guillem Sagrera, de Palma (código 07006512).

*Todos los ciclos formativos autorizados que derivan de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, tienen una duración de dos años (1º y 2º) y una carga horaria de 2000 horas. La ratio autorizada es de 30 plazas escolares por grupo de alumnos.

2. El 26 de enero de 2023 (GOIBE71964/2023), SR. Manuel Martín Martín como representante del Centro superior de Formación Europa-Sur SA, con CIF A92194844, y titular del centro privado de formación profesional CESUR Mallorca, solicitó la modificación de la configuración, con la autorización de la modalidad virtual de los siguientes ciclos formativos de grado superior: de la familia profesional de Sanidad, Técnico superior en Higiene bucodental (SAN 34), Técnico superior en Laboratorio clínico y biomédico (SAN 36), Técnico superior en Anatomía patológica y citodiagnóstico (SAN31), y Técnico superior en Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear (SAN 35) , de la familia profesional de Comercio y Marketing, Técnico superior en Marketing y publicidad (COM31) y de la familia profesional de Informática y comunicaciones, Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma (IFC 32 ) y Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web (IFC 33 ). Con esta solicitud adjuntó, una memoria justificativa de la modalidad a distancia de la plataforma, manual de uso del alumnado, manual de uso del docente, las claves de acceso para la revisión de los contenidos y las programaciones didácticas de los módulos formativos.

3. El 15 de mayo de 2023, el Departamento de Formación Profesional y Cualificaciones Profesionales de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores, emitió un informe favorable después de haber revisado la documentación, los espacios y la plataforma virtual y los equipamientos necesarios para la implantación de la modalidad virtual de los siguientes ciclos formativos de grado superior:

Ciclos Formativos de la familia profesional de Sanidad (SAN)

  • Técnico superior en Higiene bucodental (SAN 34)
  • Técnico superior en Laboratorio clínico y biomédico (SAN 36)
  • Técnico superior en Anatomía patológica y citodiagnóstico (SAN31)
  • Técnico superior en Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear (SAN 35)

Ciclos Formativos de la familia profesional de Comercio y Marketing

  • Técnico superior en Marketing y publicidad (COM31)

Ciclos Formativos de la familia profesional de Informática y comunicaciones,

  • Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma (IFC 32 )
  • Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web (IFC 33 ).

En este informe se indica que en cuanto a los espacios requeridos para los ciclos solicitados, el centro dispone ya de todos los espacios, ya que son ciclos que están autorizados y que se están impartiendo en la modalidad presencial. También informó que el centro dispone de la plataforma LMS Moodle versión 3.9 para llevar en frente la formación a distancia.

Referente a la parte práctica de estos ciclos en modalidad virtual, el informe indica lo siguiente:

En el apartado 7 del punto vigésimo octavo de las instrucciones para la organización de las enseñanzas de los ciclos formativos de formación profesional en modalidad virtual, se indicó que hay módulos con actividades presenciales en el centro educativo que deben hacer de forma obligatoria para obtener la evaluación positiva. El número de actividades presenciales que consta es, como máximo, el 25% de las horas totales asignadas al módulo de acuerdo con el currículo vigente del ciclo formativo al que pertenece .

En la memoria justificativa presentada por el centro se especifica cómo se organizará la parte de prácticas y actividades presenciales de los ciclos formativos que se solicita autorización. Se especifican los módulos concretos que tendrán parte práctica y actividades presenciales y el número de horas presenciales en el centro educativo y por tanto cumple con la normativa vigente.

4. En fecha 13 de noviembre de 2024, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió informe favorable de la modificación de la configuración del centro privado de formación profesional CESUR Mallorca, con la ampliación de 7 ciclos formativos de grado superior en la modalidad virtual, de las familias profesionales de Sanidad (SAN 31, SAN 34, SAN 35 y SAN 36), de Informática y Comunicaciones (IFC 32 e IFC 33) y de Comercio y Marketing (COM 31), y que habían sido informados favorablemente por el Departamento de Formación Profesional y Cualificaciones Profesionales de la Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa.

5. En fecha 13 de noviembre de 2024, la directora general de Planificación y Gestión Educativas propuso la autorización de la modificación de la configuración del centro privado de formación profesional CESUR Mallorca , con la ampliación de 7 ciclos formativos de grado superior en la modalidad virtual, de las familias profesionales de Sanidad (SAN 31, SAN 34, SAN 35 y SAN 36), de Informática y Comunicaciones (IFC 32 e IFC 33) y de Comercio y Marketing (COM 31).

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 106, de 4 de mayo).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102, punto 2, de Creación de centros que la creación, la supresión y la transformación de centros privados debe someter a la autorización administrativa correspondiente. (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

5. La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, (BOE núm. 78, de 1 de abril de 2022), que establece en el capítulo II del título II, las diferentes tipologías de ofertas y grados de formación, en su artículo 45 establece que los ciclos formativos de grado medio y de grado superior estarán vinculados, con carácter general a estándares de competencia de nivel 2 y 3 respectivamente del Catálogo Nacional de estándares competencias profesionales.

6. Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional. En el capítulo I del título I. Organización de ofertas formativas de formación profesional, el artículo 4, punto 1, establece que: Las ofertas del Sistema de Formación Profesional responden tipológicamente a los siguientes grados secuenciales:

a) Grado A. ”Acreditación parcial de competencia” (niveles 1, 2 o 3).

b) Grado B. ”Certificado de competencia” (niveles 1, 2 o 3).

c) Grado C. ”Certificado profesional” (niveles 1, 2 o 3).

d) Grado D. “ Ciclo formativo de grado básico, grado medio o grado superior” (niveles 1, 2 o 3 respectivamente).

e) Grado E.”Curso de especialización, de grado medio o grado superior (niveles 2 o 3 respectivamente).

7. Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, por el que se establece el calendario de implantación del sistema de formación profesional establecido por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación profesional (BOE núm. 87, de 12 de abril), establece en el artículo 11, de Oferta de Grados D. que:

1. En el año académico 2023-2024, empezará la implantación gradual de las ofertas de grado D, en los términos establecidos en el artículo 40 de la Ley orgánica. A lo largo de los dos años siguientes, y en el marco temporal del calendario establecido por este real decreto, se completará su implantación, extinguiendo los currículos correspondientes de los actuales ciclos formativos.

Igualmente en el artículo 12 del mismo Real Decreto establece la oferta de Grados E, indicando lo siguiente:

1. En el año académico 2023-2024 se implantarán, con carácter gradual, las ofertas de Grado E, en los términos establecidos en los artículos 51 y 52 de la Ley Orgánica, que cada administración educativa considere, atendiendo a sus criterios de planificación.

2. En el año académico 2024-2025 se implantarán, con carácter general, las ofertas de Grado E, en los términos establecidos en los artículos 51 y 52 de la Ley Orgánica.

8. El Real decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE núm. 86, de 9 de abril), modificado por el Real decreto 131/2010 , de 12 de febrero (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

9. Real decreto 769/2014, de 12 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico superior en Higiene bucodental y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 241, de 4 de octubre).

10. Real decreto 771/2014, de 12 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 241, de 4 de octubre).

11. Real decreto 767/2014, de 12 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Anatomía patológica y citodiagnóstico y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 241, de 4 de octubre).

12. Real decreto 770/2014, de 12 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico superior en Imagen para el Diagnóstico y medicina nuclear y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 241, de 4 de octubre).

13. Real decreto 1571/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico superior en Marketing y Publicidad y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 299, de 13 de diciembre).

14. Real decreto 450/2010, de 16 de abril, por el que se establece el título de Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 123, de 20 de mayo).

15. Real decreto 686/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico superior en Desarrollo de Aplicaciones Web y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 143, de 12 de junio).

16. Real decreto 500/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de formación Profesional de grado superior y se fijan las enseñanzas mínimas (BOE núm. 129, de 28 de mayo ).

17. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que , en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

18. El Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo (BOIB núm. 73, de 31 de mayo).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas en fecha 13 de noviembre de 2024, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con efectos del inicio del curso escolar 2023-2024, la modificación de la configuración del centro privado de formación profesional CESUR Mallorca, con la implantación de los ciclos formativos de grado superior (grado D) en la modalidad virtual siguientes:

Ciclos formativos de la familia profesional de Sanidad (SAN):

  • Técnico superior en Higiene bucodental (SAN 34): 1 unidad (2 grupos)
  • Técnico superior en Laboratorio clínico y biomédico (SAN 36): 1 unidad (2 grupos)
  • Técnico superior en Anatomía patológica y citodiagnóstico (SAN31): 1 unidad (2 grupos)
  • Técnico superior en Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear (SAN 35): 1 unidad (2 grupos)

Ciclos formativos de la familia profesional de Comercio y Marketing (COM):

  • Técnico superior en Marketing y publicidad (COM31) : 1 unidad (2 grupos)

Ciclos formativos de la familia profesional de Informática y comunicaciones (IFC):

  • Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma (IFC 32 ): 1 unidad (2 grupos)
  • Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web (IFC 33 ) : 1 unidad (2 grupos).

2. Determinar que, como consecuencia de estas autorizaciones, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Código de centro: 07016505

Denominación genérica: centro privado de Formación Profesional

Denominación específica: CESUR Mallorca

Titular: Centro Superior de Formación Europa-Sur , SA (CIF: A92194844)

Domicilio: Camino de Son Rapinya, núm. 12

Localidad: Son Rapinya

Municipio: Palma

CP: 07013

 

Enseñanzas autorizadas:

Ciclos Formativos

GRADO D* en modalidad presencialFamilia profesional de Sanidad (SAN):

  • Técnico en Cuidados auxiliares de enfermería (SAN23): 2 unidades (2 grupos) en horario de mañana y tarde (Ciclo LOGSE) y 20 plazas escolares por grupo.
  • Técnico superior en Dietética (SAN32): 1 unidad (2 grupos) en horario de tarde y 20 plazas escolares por grupo (Ciclo LOGSE).
  • Técnico superior en Higiene bucodental (SAN 34): 1 unidad (2 grupos, uno de 1º y uno de 2º) en horario de mañana con una capacidad máxima de 30 plazas escolares por grupo.
  • Técnico superior en Laboratorio clínico y biomédico (SAN36): 2 unidades (2 grupos de 1º y 2 grupos de 2º) en horario de mañana y tarde y con una capacidad máxima de 30 plazas escolares por grupo.
  • Técnico superior en Anatomía patológica y citodiagnóstico (SAN31): 1 unidad (2 grupos, uno de 1º y uno de 2º) en horario de mañana y con una capacidad máxima de 30 plazas escolares por grupo.
  • Técnico superior en Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear (SAN35): 2 unidades (2 grupos de 1º y 2 grupos de 2º) en horario de mañana y tarde y con una capacidad máxima de 30 plazas escolares por grupo.

Familia profesional de Comercio y Marketing (COM):

  • Técnico superior en Marketing y publicidad (COM31): 1 unidad (2 grupos) en horario de tarde y con una capacidad máxima de 30 plazas escolares por grupo.

Familia profesional de Administración y Gestión (ADG):

  • CFGS Técnico superior en Administración y finanzas (ADG32): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo, en horario de mañana (Ciclo LOE).

Familia profesional de Informática y Comunicaciones (IFC ):

  • Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma (IFC32) : 2 unidades (2 grupos de 1º y 2 grupos de 2º) en horario de mañana y tarde y con una capacidad máxima de 30 plazas escolares por grupo.
  • Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones WEB (IFC33): 1 unidad (2 grupos) en horario de mañana y con una capacidad máxima de 30 plazas escolares por grupo.

Ciclos Formativos GRADO D* en modalidad virtual (on line ):

Ciclos formativos de la familia profesional de Sanidad (SAN):

  • Técnico superior en Higiene bucodental (SAN 34): 1 unidad (2 grupos)
  • Técnico superior en Laboratorio clínico y biomédico (SAN 36): 1 unidad (2 grupos)
  • Técnico superior en Anatomía patológica y citodiagnóstico (SAN31): 1 unidad (2 grupos)
  • Técnico superior en Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear (SAN 35): 1 unidad (2 grupos)

Ciclos formativos de la familia profesional de Comercio y Marketing (COM):

  • Técnico superior en Marketing y publicidad (COM31) : 1 unidad (2 grupos)

Ciclos formativos de la familia profesional de Informática y comunicaciones (IFC):

  • Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma (IFC 32 ): 1 unidad (2 grupos)
  • Técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web (IFC 33 ): 1 unidad (2 grupos).

Cursos de especialización GRADO E* en modalidad presencial :

Familia profesional de Informática y Comunicaciones (IFC ):

  • Curso de especialización en Inteligencia artificial y Big Data: 1 unidad y 30 plazas en horario de tarde.
  • Curso de especialización en Desarrollo de videojuegos y realidad virtual: 1 unidad y 30 plazas en horario de tarde.

Familia profesional de Química (QUI):

  • Curso de especialización en Cultivos celulares : 1 unidad y 30 plazas en horario de tarde

Adscripción administrativa : Las enseñanzas de formación profesional Grado D, ciclos formativos de grado medio y de grado superior y los cursos de especialización, Grado E autorizados, quedan adscritos al IES Guillem Sagrera, de Palma (código 07006512).

*Todos los ciclos formativos autorizados que derivan de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, tienen una duración de dos años (1º y 2º) y una carga horaria de 2000 horas. La ratio autorizada es de 30 plazas escolares por grupo de alumnos.

3. Inscribir estas autorizaciones en el Registro estatal de centros docentes no universitarios del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (RCD) y en el Registro de centros de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas.

4. Comunicar al citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente ya solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (21 de noviembre de 2024)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany