Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 772764
Bases reguladoras para la concesión de subvenciones al programa de deportes en Formentera para el año 2024
Se hace público que el Pleno del Consell Insular de Formentera en la sesión de carácter Ordinario de día 31 de octubre de 2024, ha adoptado el siguiente acuerdo:
(...)
Primero.- APROBAR la Convocatoria y las Bases del otorgamiento de subvenciones al programa de deportes de Formentera para el año 2024 con una dotación de 80.0000 euros con cargo a la partida presupuestaria 2024.341.48000.01 del presupuesto del año 2024 del Consell Insular de Formentera . las bases constan adjuntas a este documento como ANEXO I.
Segundo.- PUBLICAR las Bases el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el tablón de anuncios del Consejo Insular de Formentera y en la página web de esta Administración a los efectos legales oportunos.
Tercera.- ABRIR un plazo para la presentación de solicitudes según lo previsto en la base cuarta de la presente convocatoria, que será de 15 días naturales, contados desde el día siguiente de la publicación de estas bases en el BOIB.
ANEXO I Bases reguladoras para la concesión de subvenciones al programa de deportes a Formentera para el año 2024
Preámbulo
Dado que la importancia del deporte fue recogida en el conjunto de principios rectores de la política social y económica de la Constitución Española, y así como su artículo 43.3 establece que los poderes públicos fomentarán la educación física y el deporte, y facilitarán la adecuada utilización del tiempo libre.
Por otra parte, la Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears, en su artículo 3 dice que se entiende por “Deporte: actividad ligada a alguna modalidad deportiva existente dentro de un marco reglamentario y competitivo, que tenga entre sus objetivos la formación integral, la recreación, la relación social, la mejora del rendimiento deportivo, así como la mejora y el mantenimiento de la salud y de la condición física y psicológica de las personas”.
Asimismo, en el artículo 9 establece que cinco de las competencias de los consejos insulares son:
Por todo ello, el Consell Insular de Formentera, mediante su Área de Actividad Física y Deportes, quiere fomentar la práctica deportiva con esta convocatoria de subvenciones.
Artículo 1 Objeto de la convocatoria
El Consejo Insular de Formentera a través del Área de Deportes convoca la concesión de subvenciones destinadas a clubes y asociaciones sin ánimo de lucro del municipio de Formentera, en régimen de concurrencia competitiva, que colaboren con el Consejo de Formentera en la promoción, desarrollo y práctica deportiva, con los siguientes apartados:
Artículo 2 Dotación económica
Las subvenciones objeto de esta convocatoria, irán a cargo de la partida presupuestaria 2024.341.48000.01 del ejercicio presupuestario del año 2024, y quedará repartida de la siguiente forma:
En caso de que en una línea no se agote la consignación presupuestaria, la cantidad sobrante será asignada a la otra línea.
Artículo 3 Requisitos de los solicitantes
Con carácter general, podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, las asociaciones y clubes deportivos de Formentera que realicen actividades cuya finalidad sea el fomento y la potenciación de la práctica deportiva en el municipio.
Los clubes y asociaciones solicitantes para ser admitidas y beneficiarias de la subvención, tendrán que reunir los siguientes requisitos:
Artículo 4 Lugar y plazo de presentación:
Articulo 5 Documentación a aportar:
Los clubes o asociaciones que pueden ser beneficiarios de las subvenciones objeto de la presente convocatoria, tendrán que presentar la siguiente documentación:
Si alguno de los documentos exigidos ya estuviera en poder del área de deportes del Consejo Insular de Formentera, el solicitante de la subvención podrá acogerse a lo que establece el apartado d) del artículo 53 de la Ley 39 /2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, siempre que no hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento y no habiendo sufrido modificación alguna desde su aportación.
Además de la solicitud a presentar, se podrá aportar la siguiente documentación dependiendo de la línea a la que se presenta cada solicitante, para que pueda ser valorada y se pueda puntuar con la baremación de estas bases (toda la documentación deberá de presentarse debidamente firmada por el responsable o representante de la entidad y toda la documentación presentada deberá ser original y con el sello del club).
Documentación Línea 1: Subvenciones para potenciar y fomentar la actividad federada y competitiva. ANEXO V y además, aportar el certificado de la correspondiente federación firmado y sellado de las licencias deportivas de los deportistas de la temporada correspondiente 2021/2022.
Documentación Línea 2: Subvenciones en las Escuelas Deportivas. ANEXO VI y además aportar listado de niños y niñas que pertenecen a la escuela del club (nombre, apellidos y fecha de nacimiento) para la temporada correspondiente 2021/2022 firmado y sellado por el Presidente/a del Club.
* Se admitirá como escuela siempre que las edades estén comprendidas entre los 3 y 16 años.
Artículo 6 Obligaciones de los clubs y asociaciones beneficiarias
Los Clubes y Asociaciones beneficiarias de la subvención tendrán las siguientes obligaciones:
En el caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones anteriores, el/la beneficiario/a procederá al reintegro de las cantidades percibidas. Este reintegramiento se producirá en los casos y en la forma prevista dentro de la normativa reguladora de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Islas Baleares.
Artículo 7 Régimen de las subvenciones
Artículo 8 Conceptos y actividades subvencionables
Serán objeto de subvención, los conceptos y gastos de las asociaciones y clubes que correspondan exclusivamente a los desarrollados entre los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2021 y de enero a junio de 2022 (incluido).
Gastos subvencionables:
NOTA: En caso de que el Consejo insular de Formentera solicite documentación adicional de la memoria justificativa simplificada, las facturas deben contener:
En los pagos realizados a profesionales por servicios prestados, debe constar:
Se subvencionará con importes máximos los siguientes gastos:
CONCEPTO |
CANTIDAD MAXIMA |
---|---|
Teléfono e internet |
400 € |
Gestoría |
500 € |
Ropa deportiva |
3.500 € |
Seguro de Responsabilidad Civil |
600 € |
Gastos NO subvencionables:
Artículo 9 Comisión Técnica Evaluadora
Se tendrá que constituir una Comisión Técnica Evaluadora, que estará formada por los siguientes miembros:
o Coordinadora del Polideportivo
o Coordinador del Centro de Deportes Náuticos.
o Técnico de Deportes del Consell Insular de Formentera.
Son funciones de esta comisión:
Artículo 10 Órgano Instructor
El órgano instructor del presenta procedimiento es el área de Actividad Física y Deporte del Consell Insular de Formentera, que tiene que llevar a cabo las actuaciones necesarias para la determinación, el conocimiento y la comprobación de los datos en virtud de las cuales se tiene que dictar resolución, en el marco del artículo 16 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
Artículo 11 Propuesta y notificación a las personas interesadas.
Con fundamento en el informe de la Comisión Evaluadora, el Área de Actividad Física y Deporte elevará la propuesta a la presidencia. Este, es el encargado de decidir la concesión o denegación de las ayudas, y elaborará la lista de beneficiarios a los cuales de les otorgará de la ayuda y su cuantía, así como de las solicitudes excluidas, con indicación de la causa de exclusión.
El acuerdo resolutorio, se hará público en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), el tablón de anuncios de la Corporación, a efectos previsto en el art. 45. A) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento legislativo 2/2005, de 28 de desembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y también en la página web www.consellinsulardeformentera.cat
Artículo 12 Recursos
El acuerdo de la presidencia de concesión o de la denegación de la subvención, agota la vía administrativa y contra éste, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes a partir de la recepción de la notificación, según lo establecido en los arts. 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP), o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde su notificación, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Palma (Mallorca), de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, referente a la jurisdicción contencioso administrativa.
Artículo 13 Importe de la subvención, abonamiento y justificación.
La Comisión Evaluadora estudiará todas las solicitudes presentadas y establecerá una puntuación por cada solicitud teniendo en cuenta los límites máximos de cada línea.
Una vez resuelto el procedimiento de concesión, el Área de Actividad Física y Deportes conjuntamente con el Área de intervención del Consejo Insular de Formentera, iniciará los trámites necesarios para el pago de las correspondientes subvenciones.
Artículo 14 Reintegramiento de la Subvención
Procederá el reintegro por parte de los beneficiarios de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos:
Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas u ocultando aquellas que lo hubiesen impedido.
Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, resultando de aplicación para su cobro lo previsto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
El interés de demora aplicable en materia de subvenciones será el interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca otro distinto.
Artículo 15 Régimen de infracciones y sanciones.
El incumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases da lugar a la aplicación por parte del Consell Insular de Formentera del régimen de infracciones y sanciones establecido en el título V del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones de las Illes Balears y en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como en su normativa de desarrollo.
Artículo 16 Normativa aplicable
Esta convocatoria se rige por lo establecido en estas bases y, en lo que no esté previsto, por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares, por el Plan Estratégico de Subvenciones para 2024 y 2025, del Consell Insular de Formentera, aprobado y publicado en el BOIB de fecha 23 de marzo de 2024, por la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, y las leyes 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 40/ 2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, en todo lo que sea de aplicación.
Artículo 17 Publicación
Según lo establecido en el artículo 34 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, estas bases se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). También se publicarán en el tablón de anuncios de la OAC del Consejo Insular de Formentera y en la web de la Corporación http://www.conselldeformentera.cat/
Estas bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el BOIB.
Por lo que se hace público por general conocimiento.
Formentera, en fecha de la firma electrónica (18 de noviembre de 2024)
El presidente Lorenzo Córdoba Marí
ANEXO I SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA PROGRAMAS DE DEPORTE EN LA ISLA DE FORMENTERA AÑO 2024
DATOS DEL CLUB/ASOCIACIÓN
CLUB/ASOCIACIÓ: |
CIF: |
Nombre i apellidos (Presidente): |
NIF: |
Domicilio del Club/Asociación: |
Población: |
Provincia: |
Teléfono: |
Importe solicita: |
Núm. Reg. Entidades: |
APARTADOS EN QUE CONCURSA; (poner una X en la casilla correspondiente)
Línea 1: Actividad federada i competitiva |
|
Línea 2: Escuelas Deportivas |
|
SOLICITO
Que sea concedida una subvención, para el importe correspondiente, según las bases del Consell Insular de Formentera , por las cuales se regula la concesión de subvenciones a programas de deporte en la isla de Formentera para el año 2024 asumiendo todas las responsabilidades que se pudieran derivar y comprometiéndose a cumplir todos los requisitos especificados en estas bases y las establecidas con carácter general en el artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de las Islas Baleares y en el artículo 14 de la ley 38/2003 , de 17 noviembre , general de subvenciones.
Por esto adjunto a la solicitud la documentación solicitada;
Formentera, _________ de _____________________________________ 2024
(Firma y Sello)
ANEXO II DECLARACIÓN RESPONSABLE
Representante: |
NIF: |
Cargo: |
|
Entidad: |
CIF: |
Dirección: |
Población: |
Teléfono: |
CP: |
Correo electrónico: |
|
DECLARO bajo mi responsabilidad que no concurro en ninguna de las siguientes circunstancias:
1. Haber estado condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de' obtener subvenciones o ayudas públicas obtener subvencions o ayudas públicas.
2. Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, hallarse declarado en concurso, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
3. Haber dado lugar, por cuya causa hubiese sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
4. Estar culpable a la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
5. Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
6. Haber sido sancionado mediante resolución firme con pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
7. No hallarse al corriente de las obligaciones tributarias (Estado, Comunidad Autónoma y Consejo Insular de Formentera) o con la Seguridad Social en el momento de presentación de esta solicitud.
8. No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones anteriormente concedidas o no haber justificado debidamente las mismas, en ambos casos, según resolución del órgano municipal competente.
9. No haber presentado la justificación de otras subvenciones concedidas por este Consejo en la fecha de presentación de esta solicitud.
10. Que la información y documentación aportada es verídica y por tanto, la presentación de documentos requeridos con datos falsos o alterados implicará la revocación inmediata de la subvención, sin perjuicio de que se inicien por parte del Consell Insular de Formentera aquellas otras medidas legales que se estimen oportunas.
11. Se autoriza al Consejo Insular de Formentera a obtener los correspondientes certificados telemáticos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Seguridad Social.
Formentera, _____ de _______________ de 2024
Firma y Sello
ANEXO III Rellenar y presentar solo si hay cambios
DATOS DE LA ENTIDAD BANCARIA A LA CUAL TRANSFERIR EL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN
Titular de la cuenta |
||
|
||
Entidad bancaria |
||
Domicilio: |
C.P: |
|
Localidad: |
Provincia |
A RELLENAR POR LA ENTIDAD BANCARIA |
---|
Certifico la existencia referenciada en ALTA DE DATOS BANCARIOS abierta a nombre del titular que se refleja en “Titular/es de la Cuenta” L'APODERAT Sello de la Entidad
Firmado..:…………………………………… |
ANEXO IV DATOS REFERENTES A LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL CLUB
SOLICITANTE
|
NOMBRE Y APELLIDOS |
TELÉFONO |
---|---|---|
PRESIDENTE/A |
|
|
VICEPRESIDENTE/A |
|
|
SECRETARIO/ARIA |
|
|
TESORERO/A |
|
|
VOCAL |
|
|
VOCAL |
|
|
VOCAL |
|
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Formentera, _____ de _______________ de 2024
(Firma del presidente del Club/asociación y sello)
ANEXO V AUTOBAREMACIÓN PARA LA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA LA LÍNEA 1
Subvenciones para fomentar la actividad federada y competitiva
CLUB:_________________________________________________________________________
|
Categorías Masculinas |
Núm. licencias |
Puntos |
Categorías Femeninas |
Núm. licencias |
Puntos |
---|---|---|---|---|---|---|
NOMBRE DE LLICÈNCIES PER CATEGORIA |
Categoría/es < 5 años |
|
|
Categoría/es < 5 años |
|
|
Prebenjamín (5, 6 i 7 años) |
|
|
Prebenjamín (5, 6 i 7 años) |
|
|
|
Benjamín (8 i 9 años) |
|
|
Benjamín (8 i 9 años) |
|
|
|
Alevín (10 i 11 años) |
|
|
Alevín (10 i 11 años) |
|
|
|
Infantil (12 i 13 años) |
|
|
Infantil (12 i 13 años) |
|
|
|
Cadete (14 i 15 años) |
|
|
Cadete (14 i 15 años) |
|
|
|
Juvenil (16 i 17 años) |
|
|
Juvenil (16 i 17 años) |
|
|
|
Resto de categorías > 18 años |
|
|
Resto de categorías > 18 años |
|
|
|
TOTAL |
|
|
TOTAL |
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Les edades además de les categorías de cada uno de los deportes y las federaciones pueden variar.
Si es así, completar las tablas teniendo en cuenta las edades.
|
PUNTOS TOTALES |
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PUNTUACÓN FINAL AUTOBAREMACIÓN ANEXO V |
|
Baremación:
Justificación:
Aportar certificado de la correspondiente federación firmado y sellado de las licencias deportivas de los deportistas de la temporada correspondiente 2021/2022.
Formentera, _____ de _______________ de 2024
Firma y sello
ANEXO VI AUTOBAREMACIÓN PARA LA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA LA LÍNEA 2
Subvenciones a Escuelas Deportivas
CLUB: _________________________________________________________________________
Sólo se considerarán Escuelas cuando las edades estén comprendidas entre los 3 y 16 años y los miembros aparezcan en el listado con la firma y el sello del presidente/a del club.
Baremació:
RESUMEN:
EDAT |
NIÑOS |
NIÑAS |
TOTAL |
TOTAL PUNTOS |
---|---|---|---|---|
3 años |
|
|
|
|
4 años |
|
|
|
|
5 años |
|
|
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|
6 años |
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|
|
|
7 años |
|
|
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|
8 años |
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|
|
|
9 años |
|
|
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|
10 años |
|
|
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|
11 años |
|
|
|
|
12 años |
|
|
|
|
13 años |
|
|
|
|
14 años |
|
|
|
|
15 años |
|
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|
|
16 años |
|
|
|
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TOTAL |
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Justificación:
Aportar listado de niños y niñas que pertenecen a la escuela del club (nombre, apellidos y fecha de nacimiento) para la temporada correspondiente 2021 / 2022 firmado y sellado por el presidente/a del club.
Formentera,_____ de _______________ de 202_
Signatura i Segell
ANEXO VII AUTOBAREMACIÓN ENTRENADORES CONTRATADOS POR EL CLUB
Tan solo se valorará el personal técnico, monitores/as o entrenadores/as que tengan un equipo/s a su cargo
Se tiene que crear y completar tantas tablas como entrenadores/as haya
Entrenador-1: (nombre y apellidos) |
|
Función: |
|
|
Puntos |
Tipo de contratación: |
|
Tiempo contratado/a: |
|
TOTAL PUNTUACIÓN: |
|
Justificación: |
Entrenador-2: (nombre y apellidos) |
|
Función: |
|
|
Puntos |
Tipo de contratación: |
|
Tiempo contratado/a: |
|
TOTAL PUNTUACIÓN: |
|
Justificación: |
Entrenador-3: (nombre y apellidos) |
|
Función: |
|
|
Puntos |
Tipo de contratación: |
|
Tiempo contratado: |
|
TOTAL PUNTUACIÓN: |
|
Justificación: |
|
PUNTOS TOTALES |
PUNTUACIÓN FINAL AUTOBAREMACIÓN ANEXO VII |
|
Baremación por el tipo de contratación:
Baremación por el tiempo Contratado:
Justificación:
Contrato Laboral, Vida Laboral, Alta en régimen de autónomos (relacionado con la actividad deportiva), Contrato en Régimen de Voluntariado
Formentera,_____ de _______________ de 202_
Firma y Sello
ANEXO VIII AUTOBAREMACIÓN DE LA FORMACIÓN DE LOS ENTRENADORES DEL CLUB
Tan solo se valorará el personal técnico, monitores o entrenadores/as que tengan un equipo/s a su cargo
Se tienen que crear y completar tantas tablas como entrenador/as haya
Entrenador-1: (nombre y apellidos) |
|
Categoría/s – Grupo/s que entrena: |
|
|
PUNTOS |
Titulación: |
|
Entidad: |
|
Justificación: |
Entrenador-2: (nombre y apellidos) |
|
Categorías – Grupo/s que entrena: |
|
|
PUNTOS |
Titulación: |
|
Entidad: |
|
Justificación: |
Entrenador-3: (nombre y apellidos) |
|
Categoría/s – Grupo/s que entrena: |
|
|
PUNTOS |
Titulación: |
|
Entidad: |
|
Justificación: |
|
PUNTOS TOTALES |
PUNTUACIÓN FINAL AUTOBAREMACIÓN ANEXO VIII |
|
BAREMARIO:
Justificación: aportación de título o diploma acreditativo correspondiente.
Formentera,_____ de _______________ de 202_
Firma y Sello
ANNEX IX
AUTOBAREMACIÓN en Formación en Protección del Menor, Formación en Persones con Diversidad Funcional, Formación en Valores
Crear y completar tantas tablas como persones formadas haya
Entrenador/Alumno-1: |
|
Función que desarrolla en el club: |
|
Título de la Formación: |
|
Entidad que la imparte: |
|
|
PUNTOS |
Duración (horas): |
|
Justificación: |
Entrenador/Alumneo-2: |
|
Función que desarrolla en el club: |
|
Título de la Formación: |
|
Entidad que la imparte: |
|
|
PUNTOS |
Duración (horas): |
|
Justificación: |
|
PUNTOS TOTALES |
PUNTUACIÓN FINAL AUTOBAREMACIÓN ANEXO IX |
|
Baremació:
Justificación: con el diploma correspondiente que acredite la duración del curso (horas) y la entidad que la imparte.
La Comisión Evaluadora de la Subvención, será quien decidirá sobre si las formaciones presentadas tienen relación con la finalidad de la subvención y cumplen los criterios técnicos correspondientes para poder ser beneficiario/a de la ayuda.
Formentera,_____ de _______________ de 202_
Firma y Sello
ANEXO X
AUTOBAREMACIÓN para el fomento de los valores educativos en la práctica deportiva
Para acciones que fomenten y promuevan los valores educativos en la práctica deportiva y la sociedad.
Se consideran acciones de fomento aquéllas que fomentan los valores vinculados a un programa que tenga al menos una duración mínima de 20 horas y que esté vinculada a un Programa con unos Objetivos, Contenidos y Acciones y sujeta a la presentación de una memoria con índice, actividades, participación, titulaciones del personal que lo imparte y resultados conseguidos, etc.
Estos programas pueden estar destinados tanto a deportistas, como a entrenadores, como a familiares de los deportistas, como a la sociedad.
La Comisión Evaluadora de la Subvención será quien decidirá sobre si el programa presentado cumple con los criterios técnicos para ser aceptado como válido para poder ser beneficiario de la ayuda.
No serán aceptadas actividades puntuales programadas en entrenamientos, o de forma esporádica en el tiempo sin vinculación alguna con un programa definido.
Acción/Programa/Formación-1: |
|
Finalidad: |
|
|
PUNTOS |
Duración (horas): |
|
Justificación: |
Acción/Programa/Formació-2: |
|
Finalidad: |
|
|
PUNTOS |
Duración (horas): |
|
Justificación: |
|
PUNTOS TOTALES |
PUNTUACIÓN FINAL AUTOBAREMACIÓN ANEXO X |
|
Baremació:
Justificación: presentando la memoria correspondiente completa con todos sus apartados.
Formentera,_____ de _______________ de 202_
Firma y Sello
ANEXO XI
AUTOBAREMACIÓN por inversión en Material Deportivo en el Club
No se tendrán en cuenta aquellas facturas que se hayan presentado en otras subvenciones
Tan solo se tendrán en cuenta aquellas facturas que la fecha corresponda con el período subvencionable
Factura Número |
Fecha |
Proveedor |
Concepto |
Justificante Pago |
Importe |
Puntos |
---|---|---|---|---|---|---|
|
|
|
|
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|
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|
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|
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|
|
|
|
|
|
|
|
PUNTOS TOTALES |
PUNTUACIÓN FINAL AUTOBAREMACIÓN ANEXO XI |
|
Baremación:
Justificación: material destinado al club presentando les facturas correspondientes y los justificantes de pago.
CONCEPTO |
CATIDAD MÁXIMA |
---|---|
Teléfono y internet |
400 € |
Gestoría |
500 € |
Ropa deportiva |
3.500 € |
Seguro de Responsabilidad Civil |
600 € |
Formentera,_____ de _______________ de 202_
Firma y Sello
ANEXO XII
MEMORIA JUSTIFICATIVA SIMPLIFICADA
BENEFICIARIO/A |
|
Entidad:. |
NIF: |
Representante: |
Cargo: |
Dirección: |
C.P: |
Población: |
Teléfono: |
ACTUACIÓN SUBVENCIONADA |
Título de la actuación: |
Coste de la actuación: |
Como secretario/ria de la entidad
CERTIFICO
Formentera,_____ de _______________ de 202_
Firma y Sello
ANEXO XII CUENTA JUSTIFICATIVA SIMPLIFICADA. MEMORIA ECONÓMICA DE LA ACTUACIÓN
RELACIÓN DE GASTOSS
Núm. Orden |
Tipo de documento |
Núm. documento |
Fecha |
Proveedor o Tercero |
NIF o CIF |
Objecto de la factura |
Importe |
% |
Importe imputado |
|
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
1 |
|
|
|
|
|
|
|
100,00% |
0,00 € |
|
2 |
|
|
|
|
|
|
|
100,00% |
0,00 € |
|
3 |
|
|
|
|
|
|
|
100,00% |
0,00 € |
|
4 |
|
|
|
|
|
|
|
100,00% |
0,00 € |
|
5 |
|
|
|
|
|
|
|
100,00% |
0,00 € |
|
6 |
|
|
|
|
|
|
|
100,00% |
0,00 € |
|
7 |
|
|
|
|
|
|
|
100,00% |
0,00 € |
|
8 |
|
|
|
|
|
|
|
100,00% |
0,00 € |
|
9 |
|
|
|
|
|
|
|
100,00% |
0,00 € |
|
10 |
|
|
|
|
|
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100,00% |
0,00 € |
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11 |
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100,00% |
0,00 € |
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12 |
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100,00% |
0,00 € |
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13 |
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100,00% |
0,00 € |
RELACIÓN DE GASTOS
Núm. Orden |
Tipo de documento |
Núm. documento |
Fecha |
Proveedor o Tercero |
NIF o CIF |
Objecto de la factura |
Importe |
% |
Importe imputado |
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14 |
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100,00% |
0,00 € |
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15 |
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100,00% |
0,00 € |
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16 |
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100,00% |
0,00 € |
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17 |
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100,00% |
0,00 € |
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18 |
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100,00% |
0,00 € |
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19 |
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100,00% |
0,00 € |
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20 |
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100,00% |
0,00 € |
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21 |
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100,00% |
0,00 € |
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22 |
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100,00% |
0,00 € |
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23 |
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100,00% |
0,00 € |
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24 |
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100,00% |
0,00 € |
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TOTAL DESPESES |
0,00 € |
(2) Indicar obligatòriament número de factura
(3) Detallar l'objecte de la factura relacionant-lo amb l'activitat subvencionada
(4) Només pot incloure l'IVA que no sigui deduïble. En cas de nòmina, l'import que s'ha d'indicar és import total meritat
(5) Indicar imputació de la despesa
Formentera,_____ de______________ de 202__
Signatura i Segell