Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 772674
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se acuerda la tramitación por urgencia del procedimiento relativo a la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos (BOIB núm. 79, de 13 de junio)
Antecedentes
1. Mediante Resolución de 4 de junio de 2024, publicada en el BOIB núm. 79, de 13 de junio, se aprobó la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir trece plazas de personal funcionario de la Administración general de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
2. Mediante el Real decreto ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma ya otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y cuidadores, y de ejecución y cumplimiento del derecho de la Unión Europea, se autoriza a las administraciones públicas a convocar una tasa adicional conforme a la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas para la reducción de la temporalidad en el empleo pública. El artículo 217 dispone lo siguiente:
Artículo 217.
Garantía del derecho de acceso a los procesos derivados de la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Se autoriza una tasa adicional a las administraciones públicas para que convoquen procesos selectivos conforme a la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas para la reducción de la temporalidad en el empleo público, con el fin garantizar en todo el territorio el derecho de acceso a los procesos de estabilización en condiciones de igualdad.
El número de plazas de la tasa adicional será el equivalente a las de naturaleza estructural, ocupadas de forma temporal a 30 de diciembre de 2021, por personal con una relación de esta naturaleza anterior al 1 de enero de 2016, que no haya superado el proceso de estabilización convocado con un sistema selectivo previsto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
Les ofertes d'ocupació pública han d'estar aprovades abans del dia 31 de desembre de 2023, i les convocatòries resoltes abans del 31 de desembre de 2024, i s'han d'ajustar als principis d'igualtat, mèrit, capacitat i lliure concurrència.
3. Con el fin de dar cumplimiento a los plazos establecidos en el citado artículo 217, y con el fin de no afectar a la prestación de los servicios públicos de la Administración, resulta necesario aplicar la tramitación de urgencia del procedimiento relativo al proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir trece plazas de personal funcionario de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, convocado por Resolución de 4 de junio de 2024 (publicada en el BOIB núm. 79, de 13 de junio).
Fundamentos de derecho
1. Artículo 3.1, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público, que establece como principio de las Administraciones Públicas en su actuación y relaciones, entre otros, el de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados (letra h).
2. El Decreto Ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.
3. Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears y posteriores modificaciones, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, que en relación con la tramitación de urgencia dispone:
Artículo 33
1. Cuando razones de interés público lo aconsejen, podrá acordarse, de oficio oa petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la que se reducen a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario , salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
2. No se puede interponer recurso alguno contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento, sin perjuicio de lo que proceda contra la resolución que ponga fin al procedimiento
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Acordar la aplicación de la tramitación de urgencia del procedimiento excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir trece plazas de personal funcionario de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, convocado por Resolución de 4 de junio de 2024 y, en consecuencia reducir a la mitad los plazos en ella establecidos, así los plazos fijados en diez días quedan reducidos a cinco, y los fijados en cinco días quedan reducidos a cuatro; en cuanto a los plazos relativos a los recursos, no les afecta la reducción .
2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Sede Electrónica de la CAIB (www.caib.es) y en el Portal del Opositor (https://oposicions.caib.es)
Interposición de recursos
Contra esta Resolución no podrá interponerse recurso alguno, sin perjuicio de lo que proceda contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
(Firmado electrónicamente: 21 de noviembre de 2024)
La consejera de Presidencia i Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens