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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 768074
Departamento de Gestión Urbanística. 1077968D (PD2008/0002). Aprobación inicial modificación del proyecto de urbanización de la UE 86-04-Sant Jordi, c/ Des Pla, c/ Embat, c/ s/n, C/ Metge Claverol, camí de Son Binissalom y c/Sant Jordi

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Texto

La Junta de Gobierno de Palma, en sesión de día 30/10/2024,  aprobó inicialmente la modificación del proyecto de urbanización de la UE 86-04-Sant Jordi, c/ Des Pla, c/ Embat,  c/ s/n, C/ Metge Claverol, camí de Son Binissalom y c/Sant Jordi,  promovido por D.Bernardo Llull Seguí, como representante de la Junta de Compensación de la UE 86-04, redactado por el Arquitecto Juan Tolo Seguí Gamundí, el Historiador y Arqueólogo Llorenç Vila Socies,  los  Ingenieros Técnicos Industriales Florencio Reolid García, Vicente Reolid García y Mª Luisa Manjón García y por la empresa ESTOP Estudios Medioambientales.

En cumplimiento de los artículos 71.2 y 79.4 de la Ley 12/2017, de 29 de Diciembre, de urbanismo de las Illes Balears (BOIB 160 de 29 de Diciembre); el 117.1.b) del Reglamento general de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, para la isla de Mallorca (BOIB 51 de 22-04-23); el 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril y el 83 de la Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, se somete a información pública de un mes la citada modificación del proyecto de urbanización.

Quienes se consideren afectados pueden examinarla, juntamente con la documentación técnica aprobada, en el Servicio de Información Urbanística del Área de Urbanismo, Vivienda y Proyectos Estratégicos (Avda. Gabriel Alomar, 18, bajos, Edificio Municipal de las Avenidas –martes y jueves de 9 a 11h-) y/o en la sede electrónica municipal en la dirección:

https://ajtpalma.sharepoint.com/:f:/s/serveigestiourbanistica/URBANITZACIONS/Ehie8zJv6VVFk34uJ8JyRN4BGZUDUiIWcZj0OSQ44rNviA?e=rLnnXq

y formular las alegaciones que estimen pertinentes en el mencionado plazo y mediante escrito dirigido al alcalde. Las alegaciones se han de presentar, si se trata de sujeto obligado a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas –según el artículo 14.2 de la Ley 39/15- obligatoriamente en la sede electrónica de la Web del Ayuntamiento de Palma, con indicación expresa y clara de qué se trata y haciendo constar el número del expediente. Si se trata de una persona física podrá utilizar la citada sede electrónica o bien presentar la documentación en cualesquiera de las Oficinas municipales de Atención a la Ciudadanía, la ubicación de las cuales puede consultarse en la Web www.palma.cat, o en las dependencias a que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/15.

 

(Firmado electrónicamente: 18 de noviembre de 2024)

La jefa de departamento de Gestión Urbanística p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26 de febrero de 2014 publicado en el BOIB 30 de 04-03-2014 María Ortiz Fernández