Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 767420
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se concede la autorización administrativa previa y se aprueba el proyecto de ejecución de la instalación de pérgolas fotovoltaicas en aparcamiento Parc Bit, de 3.083 kw, ubicada en el Parc Bit de Palma (RE027/23)
Hechos
1. El 19 de junio de 2023, tuvo entrada en la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático un escrito del INSTITUTO BALEAR DE LA ENERGÍA, con NIF Q0700740D, en que solicita la tramitación de la autorización administrativa, la autorización del proyecto ejecutivo y el reconocimiento de utilidad pública a efectos de la declaración de interés general.
2. El 27 de julio de 2023, la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático admitió a trámite la solicitud.
3. El 3 de octubre de 2023, se iniciaron las consultas a las administraciones y a las personas interesadas en el expediente.
4. El 7 de octubre de 2023, se publicó en el BOIB número 137 el inicio de la información pública de la tramitación del proyecto por un plazo de treinta días.
5. El 15 de diciembre de 2023, el Servicio Jurídico de Urbanismo del Consejo Insular de Mallorca requirió aclaración sobre el alcance del informe solicitado.
6. El 19 de febrero de 2024, el Servicio de Tramitación de Licencias de Obras del Ayuntamiento de Palma emitió un informe desfavorable.
7. El 23 de octubre de 2024, el promotor aporta por correo electrónico el Acuerdo del Consejo de Gobierno, con fecha 31 de mayo de 2024, por el que se autoriza el proyecto de instalación de pérgolas con placas fotovoltaicas en 5 de las 6 parcelas de aparcamiento del Parc Bit.
8. El 14 de noviembre de 2024, el promotor aporta por correo electrónico la autorización para el proyecto ejecutivo de la Dirección General de Recursos Hídricos (09/05/2024).
Fundamentos de derecho
1. El Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
2. El Real Decreto Ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
3. La Ley 10/2019, de 22 de febrero, de Cambio Climático y Transición Energética.
4. La Ley 13/2012, de 20 de noviembre, de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas, otras actividades y medidas tributarias, para las instalaciones eléctricas descritas.
5. El Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
6. El Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears, modificado por el Decreto 33/2015.
7. La Ley 3/2019, de 31 de enero, Agraria de las Illes Balears.
8. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
9. El Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
10. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
11. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 21 de mayo de 2024 de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Otorgar la autorización administrativa previa de la instalación de pérgolas fotovoltaicas en APARCAMIENTO PARC BIT, de 3.083 kW, ubicada en el Parc Bit de Palma (RE027/23), promovida por el INSTITUTO BALEAR DE LA ENERGÍA, con NIF Q0700740D, con las características siguientes:
Denominación: APARCAMIENTO PARC BIT
Situación: P1 8676306DD6887F0001UH, P2 8676307DD6887F0001HH, P3 8676308DD6887F0001WH, P4 8676309DD6887F0001AH y P5 8676310DD6887F0001HH de Palma
Datos técnicos:
- Tipo: pérgolas fotovoltaicas en marquesina.
- Módulos fotovoltaicos:
Aparcamiento |
Número de módulos |
P. unitaria (Wp) |
P. pico (kWp) |
Aparcamiento 1 |
1.248 |
505 |
630,24 |
Aparcamiento 2 |
1.114 |
505 |
562,57 |
Aparcamiento 3 |
968 |
505 |
488,84 |
Aparcamiento 4 |
1.622 |
505 |
819,11 |
Aparcamiento 5 |
1.153 |
505 |
582,27 |
TOTAL= |
6.105 |
- |
3.083,03 |
- Inversores:
Aparcamiento |
Número |
P nominal (kW) |
P. todo (kW) |
Aparcamiento 1 |
4 |
160 |
640 |
Aparcamiento 2 |
4 |
160 |
640 |
Aparcamiento 3 |
4 |
160 |
640 |
Aparcamiento 4 |
5 |
160 |
800 |
Aparcamiento 5 |
3 |
160 |
480 |
TOTAL= |
20 |
- |
3.200 |
- Centros de transformación:
Aparcamiento |
Potencia (kVA) |
Relación (kV) |
Aparcamiento 1 |
1.000 |
0,69/15 |
Aparcamiento 2 |
1.000 |
0,69/15 |
Aparcamiento 3 |
1.000 |
0,69/15 |
Aparcamiento 4 |
1.250 |
0,69/15 |
Aparcamiento 5 |
800 |
0,69/15 |
TOTAL= |
5.050 |
- |
- Línea de evacuación de 15 kV soterrada desde cada uno de los centros de transformación hasta la subestación Apeadero.
La instalación se clasifica en el grupo b.1.1, «Instalaciones que únicamente utilizan la radiación solar como energía primaria mediante la tecnología fotovoltaica», de acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
2. Aprobar el proyecto de ejecución del parque fotovoltaico, firmado el 9 de diciembre de 2022 por Albert Juan Casademont y Jordi Manich Codina, sin incluir la zona 6 de aparcamiento y sin entrar a valorar técnicamente su contenido.
3. Indicar que, una vez ejecutadas las instalaciones objeto de esta autorización, el titular tiene que presentar la solicitud de puesta en servicio, a la cual tiene que adjuntar un certificado de final de obra subscrito por personal técnico facultativo, así como las pruebas reglamentarias y el resto de documentación que exige la reglamentación vigente.
4. La ejecución de estas obras está prevista en cuatro meses desde su inicio.
5. Informar de que esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a las licencias municipales, la ordenación del territorio y el medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que sean de aplicación.
6. Notificar esta resolución a los interesados y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (18 de noviembre de 2024)
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB n.º 067, de 21/05/2024)