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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 766353
Requerimiento de expedientes que deben aportar la documentación para la justificación de la subvención en el trámite de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2024)

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Texto

1. El 26 de diciembre de 2023, en el BOIB nº. 164, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 22 de diciembre de 2023 por la que por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2024 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas en el Programa FEDER 2021-2027.

2. La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático concedió una subvención a las personas que figuran en la mesa adjunta de este requerimiento en el marco de la convocatoria para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas en el Programa Operativo FEDER 2021-2027.

3. La convocatoria de referencia, en los puntos 4.6 y 4.7, establece que las inversiones objeto de la solicitud deben realizarse o haberse hecho dentro del período que va desde el día en que se presente la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento. En todo caso, la resolución de otorgamiento no debe establecer una fecha para la realización de la inversión superior al 31 de octubre de 2024. Además, de acuerdo con el punto 10.4 de la convocatoria, el plazo para justificar la realización de las actividades subvencionadas no podrá ser posterior al quinto día hábil desde la fecha máxima de ejecución de la actividad.

4. Dado que, una vez agotado el plazo de justificación establecido en el punto anterior, no consta en el órgano administrativo que los expedientes que figuran en la tabla siguiente hayan presentado la justificación requerida por el pago de la subvención aprobada y dado el artículo 70.3 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se requiere a los beneficiarios de la siguiente tabla que presenten la justificación de la actividad en un plazo máximo de quince días hábiles desde la publicación de este requerimiento en el BOIB. En caso de incumplimiento se procederá a la revocación de la subvención.

Expediente

Solicitante

NIF

Importe Subvención (€)

FOTOPAR24-570/2024

Rukavina, Tatiana

****7095*

3.000,00

FOTOPAR24-592/2024

FERRER, AMADOR

***3757**

2.430,00

FOTOPAR24-653/2024

FEMENIAS HUERTAS, BARBARA

***0270**

3.000,00

FOTOPAR24-748/2024

SOTO GONZALEZ, JOSE MANUEL

***7015**

3.000,00

FOTOPAR24-926/2024

LLADO SALOM, LORENZO

***8598**

3.630,00

FOTOPAR24-962/2024

NADAL BERGAS, MAGDALENA

***2096**

2.208,00

FOTOPAR24-1034/2024

Fleischer Musecant, Octavio Leonell

***5307**

3.000,00

FOTOPAR24-1046/2024

GrimalT Pons, Patricia Georgina 

***9228**

2.550,00

FOTOPAR24-1066/2024

COLOM CORCOLES, JUANA MARIA

***3376**

3.000,00

FOTOPAR24-1197/2024

MARTI PERELLO, MARGALIDA

***2484**

15.096,00

 

Palma, fecha de la firma digital (18 de noviembre de 2024)

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez