Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE FAMILIAS Y ASUNTOS SOCIALES
Núm. 763775
Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales por la que se amplía el crédito de la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro que gestionan servicios y programas de atención social, de orientación y de integración para fomentar la inclusión social de personas inmigrantes, para los años 2024-2025
Hechos
1. El 8 de octubre de 2024, la consejera de Familias y Asuntos Sociales aprobó la Resolución por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro que gestionan servicios y programas de atención social, de orientación y de integración para fomentar la inclusión social de personas inmigrantes, para los años 2024-2025, que se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears el 10 de octubre de 2024.
2. El punto 3 del anexo de la convocatoria establece que el importe máximo que se destina a esta convocatoria es de 650.000,00 euros (seiscientos cincuenta mil euros), con cargo a la partida presupuestaria 17501.313J01.48000.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024.
3. El punto 12.3 del anexo de la convocatoria prevé la posibilidad de ampliar el crédito de la convocatoria. Así, este punto, relativo a la determinación del importe de la subvención, en concreto para el caso de que la suma de los importes solicitados por todas las solicitudes presentadas a la convocatoria que hayan obtenido la puntuación mínima supere el importe máximo previsto en el punto 3 de esta convocatoria, establece que se han de aplicar una serie de reglas. La regla que se incluye en el último guión prevé que «el resto de solicitudes que superen la puntuación mínima de 50 puntos se pueden financiar en caso de ampliación del crédito disponible para esta finalidad”.
4. En el plazo previsto en el punto 7.1 de la convocatoria se han presentado 14 proyectos por parte de 14 entidades del tercer sector social, y se ha solicitado un importe total de 814.934,43 euros para financiarlos.
Fundamentos jurídicos
1. El artículo 30 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero, y reformado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero.
2. La Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024.
3. La Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears.
4. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
5. El Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
6. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, entre otros, atribuye a la Consejería de Familias y Asuntos Sociales, concretamente a la Dirección General de Cooperación e Inmigración, la competencia de atención e integración social a la población inmigrante.
7. La Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, de 5 de marzo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Ampliar en 165.000,00 euros el crédito previsto en la Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales, de 8 de octubre de 2024, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro que gestionan servicios y programas de atención social, de orientación y de integración para fomentar la inclusión social de personas inmigrantes, para los años 2024-2025; con cargo a la partida presupuestaria 17501.313J01.48000.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024.
2. Autorizar un gasto por importe de 165.000,00 euros con cargo a la partida presupuestaria 17501.313J01.48000.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024.
3. Establecer que, con esta ampliación, el presupuesto total de esta convocatoria es de 815.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 17501.313J01.48000.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024.
4. Comunicar esta Resolución a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Familias y Asuntos Sociales en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (18 de noviembre de 2024)
La consejera de Familias y Asuntos Sociales Catalina Cirer Adrover