Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 762563
Notificación de Resolución de desistimiento al solicitante de la ayuda, RDS1 de fecha 8 de octubre de 2024, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), por la que se convocan ayudas destinadas al fomento de la certificación de bienestar animal en las explotaciones bovinas, para el año 2024
La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizarán a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos que prevé la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, en fecha 8 de octubre de 2024, firmó la siguiente resolución,
“INFORME/ RESOLUCION DE DESISTIMIENTO Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2024 Compromisos para el bienestar animal y la sanidad animal Intervención 6504. Fomento de la certificación de bienestar animal a las explotaciones bovinas Convocatoria 2023 Documento: propuesta resolución Código SIA: 3054696 Emisor (DIR3): A04026954 Fecha:04/10/2024 Código BDNS: 745272
Antecedentes
1. Con fecha 6 de abril de 2023, se publica en el BOIB núm. 43, la Orden de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027.
2. Con fecha de 24 de febrero de 2024 se publicó, en el BOIB Nº 28, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 22 de febrero por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el Fomento de la certificación de bienestar animal en las explotaciones bovinas, para el año 2024.
3. De conformidad con el apartado sexto de la mencionada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria terminó el día 30/04/2024 y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 65 solicitudes de ayuda.
4. Los órganos gestores del Servicio de ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de estas ayudas.
5. Los solicitantes indicados en el anexo I han presentado una alegación a la Solicitud única de la PAC 2024 indicando su deseo de desistir de la ayuda solicitada por la línea de ayuda para el fomento de la certificación de bienestar animal en las explotaciones bovinas.
Fundamentos de derecho
1. Con fecha 6 de abril de 2023, se publica en el BOIB núm. 43, la Orden de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027.
2. Con fecha de 24 de febrero de 2024 se publicó, en el BOIB Nº 28, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 22 de febrero por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el Fomento de la certificación de bienestar animal en las explotaciones bovinas, para el año 2024.
3. Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En aplicación del artículo 94 punto 1 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando esto no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.
Informe, propuesta y resolución de desistimiento
Por todo ello, se informa favorablemente y proposo al vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1.- Dar por desistido de su solicitud de ayuda presentada en la Solicitud Única de la PAC 2023 de la línea de ayuda para el fomento de la Certificación de bienestar animal a los solicitantes que figuran en el anexo I, de acuerdo con las alegaciones presentadas.
2.- Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa-. Se puede interponer recurso de alzada ante el conseller de Agricultura Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
3- Informar al interesado que su expediente se encuentra a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle de Reina Constança, nº4 de Palma).
Palma, a fecha de la firma electrónica
La jefe de sección de Ayudas para el Desarrollo Rural María José Lorente García
La jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Gema Canós Franch
Conforme con la propuesta, dicto Resolución
El vicepresidente del FOGAIBA Fernando Fernández Such”
ANEXO I
Expediente |
Solicitud |
NIF |
Nombre |
---|---|---|---|
04001604 |
18464 |
J07816762 |
SON ROTGER Y OTROS SRM |
04001594 |
18465 |
J57924318 |
SON BELL LLOQUET SRM |
04003701 |
18864 |
E07704075 |
TIRANT NOU SRM |
Palma, a fecha de la firma electrónica (18 de noviembre de 2024)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni