Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 753785
Propuesta de resolución por la que se conceden subvenciones en el marco de la convocatoria de las ayudas de minimis para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) financiado por la Unión Europea Next Generation EU
Antecedentes
1. El 22 de agosto de 2024, se publicó, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Orden 31/2024 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del PRTR financiado por la Unión Europea Next Generation EU.
2. El 26 de septiembre de 2024, se ha publicado, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se modifica la convocatoria en el sentido de ampliar el plazo de presentación de solicitudes.
3. De acuerdo con la nueva redacción del apartado 11 de la convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes se inició el 23 de agosto de 2024 y finaliza el 31 de octubre de 2024.
4. De acuerdo con el artículo 11 de la Orden 31/2024 y el apartado 8 de la convocatoria, esta está sometida al régimen de minimis establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE a las ayudas de minimis. La aplicación del Reglamento implica que la persona beneficiaria, como única empresa, no puede percibir ayudas de minimis procedentes de administraciones o de entidades públicas o privadas financiadas con cargo a los presupuestos públicos por un importe superior a 300.000 euros en el periodo de tres años.
5. De acuerdo con el punto 4 de la convocatoria, el crédito inicialmente asignado a esta convocatoria es de 10.094.723,68 euros, financiados con los fondos procedentes del PRTR, con cargo a la partida presupuestaria 12201/G/751C01/77000/00/MR053, o la que la pueda sustituir, con la distribución presupuestaria siguiente:
Anualidad |
Partida presupuestaria |
Cuantía (euros) |
---|---|---|
2024 |
12201/G/751C01/77000/00/MR053 |
0,00 |
2025 |
12201/G/751C01/77000/00/MR053 |
10.094.723,68 |
|
|
10.094.723,68 |
6. El artículo 17.2 de la Orden 31/2024 establece que, dado que el objeto de la subvención es la financiación de actuaciones que no requieren la valoración comparativa con otras propuestas, se pueden dictar las resoluciones de concesión de las ayudas, una vez que se haya comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, aunque no haya finalizado el plazo de presentación de las solicitudes. La convocatoria no prevé la intervención de ninguna comisión evaluadora.
Por otro lado, el artículo 17.1 de la Orden establece que la selección de las personas beneficiarias de las subvenciones se tiene que efectuar mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva. Las personas beneficiarias tienen que ser seleccionadas por riguroso orden de entrada de las solicitudes, de acuerdo con los artículos 14 y 15 de la Orden, y hasta que se haya agotado el crédito presupuestario asignado en la convocatoria.
7. El 5 de octubre de 2024, se ha publicado, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la primera propuesta de resolución por la que se conceden subvenciones a los expedientes que ocupan el orden de prelación del 1 al 12.
8. El órgano instructor ha analizado las solicitudes presentadas y, en aplicación de los criterios para la adjudicación de la ayuda prevista en la convocatoria, se relacionan en el anexo de esta propuesta de resolución las personas propuestas como beneficiarias de la ayuda, el nombre del establecimiento donde se tienen que realizar las actuaciones, el presupuesto de la actuación solicitado, el presupuesto de la actuación subvencionable, el importe de la ayuda solicitada y el importe de la ayuda propuesta, calculado de acuerdo con el punto 5 de la convocatoria —actuaciones subvencionables—, el punto 6 —gastos subvencionables— y el punto 7 de la convocatoria —intensidad de la ayuda, límites y exclusión. En concreto, el punto 7 de la convocatoria establece que la intensidad de la ayuda es del 70 % de los gastos subvencionables.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_18/2024, la entidad superaría el importe límite de 300.000 euros de ayudas de minimis, de acuerdo con el Reglamento UE 2023/2831, tal y como establecen los artículos 7 y 8 de la convocatoria. Esto es, teniendo en cuenta la suma de los importes que constan en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), de las subvenciones ya otorgadas por esta Administración y la suma de los importes que le corresponderían en esta nueva convocatoria, superaría el límite de los 300.000 euros. Por todo esto, el importe propuesto en la propuesta de resolución se tiene que ver limitado para no superar el límite global mencionado.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_25/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria de honorarios profesionales por el técnico de los certificados energéticos (630,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_27/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria de tramitación de posible subvención, justificación y legalización de la instalación (10.800,96 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_28/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria de honorarios profesionales por el técnico de los certificados energéticos (1960,75 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria. No se considera gasto subvencionable la ejecución de un convenio de suministro y mantenimiento de mobiliario con carpintero local para fomentar el comercio y los servicios de Km 0 (10.080,00 €), dado que no encaja en ninguna de las actuaciones subvencionables previstas en el punto 5.2 de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_29/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria proyecto de legalización de la instalación (538, 81 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_33/2024, la entidad superaría el importe límite de 300.000 euros de ayudas de minimis, de acuerdo con el Reglamento UE 2023/2831, tal y como establecen los artículos 7 y 8 de la convocatoria. Esto es, teniendo en cuenta la suma de los importes que constan en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), de las subvenciones ya otorgadas por esta Administración y la suma de los importes que le corresponderían en esta nueva convocatoria, superaría el límite de los 300.000 euros. Por todo esto, el importe propuesto en la propuesta de resolución se tiene que ver limitado para no superar el límite global mencionado.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_35/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria proyecto de legalización instalación autoconsumo UDIT (400,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_37/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria previsión de tubos para vehículo eléctrico (55,97 €) ni toma TV (104,30 €), dado que no encaja en ninguna de las actuaciones subvencionables previstas en el punto 5.2 de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_38/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria tramitación y justificación de la subvención y legalización de la instalación (523,75 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_40/2024, la entidad superaría el importe límite de 300.000 euros de ayudas de minimis, de acuerdo con el Reglamento UE 2023/2831, tal y como establecen los artículos 7 y 8 de la convocatoria. Esto es, teniendo en cuenta la suma de los importes que constan en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), de las subvenciones ya otorgadas por esta Administración y la suma de los importes que le corresponderían en esta nueva convocatoria, superaría el límite de los 300.000 euros. Por todo esto, el importe propuesto en la propuesta de resolución se tiene que ver limitado para no superar el límite global mencionado.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_44/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria proyecto de legalización instalación autoconsumo UDIT (400,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_46/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria proyecto de legalización instalación autoconsumo UDIT (600,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_47/2024, el importe de la ayuda solicitada supera el 70% de la actuación.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_48/2024, no se considera actuación subvencionable la gestión del ciclo del agua (17.402,46 €), dado que no encaja en ninguna de las actuaciones subvencionables previstas en el punto 5.2 de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_49/2024, no se considera gasto subvencionable las partidas presupuestarias proyecto de legalización instalación autoconsumo UDIT (400,00 €) ni documentación comunicación previa municipal (250,00 €) de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_55/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria proyecto y gestión permisos con la administración y petición de conexión con la empresa destribuidora ni gestión y tramitación ante los organismos para la legalización de la instalación (1350,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_60/2024, no se consideran gastos subvencionables las partidas presupuestarias: alta DGE (280,00 €) ni el certificado de eficiencia energética en vivienda unifamiliar (2.000,00 €) de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_62/2024, no se consideran gastos subvencionables las partidas presupuestarias: documentación comunicación previa municipal (250,00 €), mano de obra administrativa (120,00 €) ni legalización instalación autoconsumo UDIT (400,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_64/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria memoria, tramitación y legalización (650,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_68/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria legalización y trámites de subvención (800,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_69/2024, el importe de la actuación subvencionable de la solicitud es superior al importe del presupuesto.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_70/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria legalización y trámites de subvención (800,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
9. De conformidad con el artículo 18.1 de la Orden 31/2024, la persona instructora, a la vista de los expedientes, tiene que formular la propuesta de resolución. Esta se tiene que notificar a la persona interesada, mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, y se tiene que abrir un trámite de audiencia de diez días hábiles a fin de que pueda formular las alegaciones que considere oportunas.
10. Consta en los expedientes administrativos que todas las personas propuestas como beneficiarias se encuentran al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
11. Consta en los expedientes administrativos el compromiso de las entidades beneficiarias del cumplimiento de las obligaciones asumidas por la aplicación del principio DNSH, en el marco del Reglamento 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el cual se establece el mecanismo de recuperación y resiliencia; el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo, y la Guía técnica de la Comisión Europea (2021/c58/01) sobre la aplicación de este principio.
12. Hay crédito adecuado y suficiente para imputar los pagos de las ayudas a la partida presupuestaria 12201/G/751C01/77000/00/MR053 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025 o la que la pueda sustituir.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Reglamento de esta, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
2. El Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
4. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
6. El Real Decreto Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el cual se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del PRTR.
7. La Ley 4/2021, de 17 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que se tienen que financiar con fondos europeos en el marco del PRTR.
8. La Resolución de 5 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, per la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de diciembre de 2023, por el cual se amplía el reparto territorial de crédito, con cargo al presupuesto de 2023, previsto en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022 de la línea de financiación para proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas del PRTR.
9. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la Presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
10. La Orden 31/2024 de 14 de agosto de 2024 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la cual se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del PRTR financiado por la Unión Europea Next Generation EU.
11. La Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 23 de septiembre de 2024 por la cual se modifica la convocatoria de las ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular a establecimientos turísticos, en el marco del PRTR financiado por la Unión Europea Next Generation EU, en el sentido de ampliar el plazo de presentación de sol·licituds.
12. El Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE a las ayudas de minimis.
Por todo ello, dicto la siguiente
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Turismo, Cultura y Deportes que dicte una resolución en los términos siguientes:
1. Conceder una subvención a las personas solicitantes indicadas en el anexo y por el importe que se señala, en el marco de la nueva convocatoria de las ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular a establecimientos turísticos, en el marco del PRTR financiado por la Unión Europea Next Generation EU.
2. Autorizar y disponer un gasto global de 1.733.544,06 € a favor de las personas que figuran en el anexo y por los importes individuales que se indican, con cargo a la partida presupuestaria 12201/G/751C01/77000/00/MR053 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025 o la que la pueda sustituir.
3. Hacer constar que los créditos que se transfieren a las entidades beneficiarias quedan legalmente afectados a la financiación de las actuaciones recogidas en el anexo, según la descripción de la memoria presentada con la solicitud.
4. Hacer constar que, de acuerdo con el apartado 12 de la convocatoria, el periodo de ejecución de las actuaciones subvencionables se inicia a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud y finaliza el 28 de febrero de 2025.
5. Hacer constar que, de acuerdo con el apartado 13 de la convocatoria, el plazo para la justificación de la subvención finaliza el 15 de marzo de 2025. De acuerdo con el artículo 21.3 de la Orden 31/2024, la justificación de la ayuda consiste en la presentación de la documentación siguiente:
a) Una cuenta justificativa en la que tiene que constar como mínimo una relación detallada de los gastos en que se haya incurrido para la ejecución de la actuación subvencionada, con indicación de la descripción del tipo de gasto, el número de factura, la fecha de emisión, la persona acreedora, el importe, la fecha de pago y el porcentaje de imputación a esta subvención.
b) Facturas o documentos justificativos equivalentes, de acuerdo con la normativa de aplicación de los gastos relacionados en el punto anterior, así como los justificantes bancarios del abono de estos.
c) Una memoria de actuación justificativa, de acuerdo con el estudio detallado explicativo presentado con la solicitud.
d) Reportaje fotográfico de las actuaciones realizadas que incluya fotografías de la situación del edificio tras las actuaciones y, si procede, de los equipos e instalaciones principales finales objeto de la ayuda, donde se muestre el cartel publicitario de la actuación. Información y enlace al sitio de Internet de la persona beneficiaria de las ayudas, en el supuesto de que disponga de un sitio, donde esta persona beneficiaria de las ayudas tiene que informar al público del posible apoyo obtenido de los fondos Next Generation o del PRTR, o, si procede, del instrumento de la Unión Europea que corresponda, haciendo una breve descripción de la operación, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con sus objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión Europea.
La presentación de la justificación tiene que hacerse exclusivamente de forma telemática, a través del trámite específico puesto a disposición de las personas interesadas en el portal de la Dirección General de Turismo y en la Sede Electrónica de la CAIB. El acceso a este trámite se puede hacer también desde la página web mrrturisme.caib.es > Convocatorias en tramitación > Ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en establecimientos turísticos > Enlace al trámite telemático > Justificación de la subvención.
6. Hacer constar que la persona beneficiaria de la subvención tiene que cumplir el régimen de publicidad establecido en el apartado 17 de la convocatoria. Los modelos de los carteles informativos permanentes se pueden encontrar en la página web mrrturisme.caib.es.
7. Hacer constar que esta subvención ha sido financiada con fondos procedentes del Ministerio de Industria y Turismo, en el marco del PRTR del mecanismo de recuperación y resiliencia.
Trámite de audiencia
De conformidad con el artículo 18.1 de la Orden 31/2024 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes, se concede un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta propuesta de resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, para que las personas solicitantes interesadas puedan formular alegaciones.
La presentación de las alegaciones tiene que hacerse exclusivamente de forma telemática, a través del trámite específico puesto a disposición de las personas interesadas en el portal de la Dirección General de Turismo y en la Sede Electrónica de la CAIB. El acceso a este trámite se puede hacer también desde la página web mrrturisme.caib.es > Convocatorias en tramitación > Convocatorias tramitación > Ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en establecimientos turísticos > Enlace al trámite telemático > Alegaciones en trámite de audiencia. La identificación en el trámite telemático se tiene que hacer introduciendo el número de expediente correspondiente que se indica en el anexo.
No se consideran válidas, y, por lo tanto, se tendrán por no presentadas, las alegaciones por otro medio que no sea el trámite electrónico específico mencionado.
En el supuesto de que en el plazo concedido para el trámite de audiencia no se formulen alegaciones a la propuesta de resolución y siempre que no se haya renunciado a la solicitud presentada, se entiende que la persona solicitante acepta el importe de la subvención.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (13 de noviembre de 2024)
La secretaria general María Isabel Sáez Sastre
ANEXO Personas propuestas como beneficiarias
Nº de orden de prelación |
Número de expediente |
NIF solicitante |
Solicitante |
Nombre del establecimiento |
Actuación |
Presupuesto de la actuación solicitado (€) |
Presupuesto de la actuación subvenciona-ble (€) |
Importe de la ayuda solicitada (€) |
Importe de la ayuda propuesta (€) |
13 |
TUR_AJDEF2_15/2024 |
B07265259 |
EXPLOTACIONES PLAYASMORE, S.L. |
HOTEL MORÉ |
MEJora de La eficiencia energética del Hotel Moré mediante la ampliación de la planta solar fotovoltaica, la sustitución De una caldera de ayuda por otra más eficiente, cambio de algunos terminales de climatiZación obsoletos, mejora de los CERRAMIENTOS Y la IluminacióN de toDAs lAs zonAs comunEs. TambIéN incluYE mEJores en CuanTO a la gestióN de residuOs, digitalizacióN Y control de lOs principalEs sistemAs del iNmUEble Y la conseCUENTE concienciacióN de lOs clientEs Y personal de mantenimIentO |
363.678,02 |
363.678,02 |
253.591,70 |
253.591,70 |
14 |
TUR_AJDEF2_17/2024 |
***2296** |
****** |
ES PUJOL |
AISLAMIENTO tÉrmicO Mediante la sustitución de cerramientos y ahorro energético con electrodomésticos eficientes. |
7.294,05 |
7.294,05 |
5.105,84 |
5.105,84 |
15 |
TUR_AJDEF2_18/2024 |
B86213378 |
HIPERION HOTEL GROUP, S.L. |
HOTEL JABEQUE BLUE |
Reforma general y mejora de instaLaciones de climatización y Aislamiento |
1.246.690,25 |
1.246.690,25 |
300.000,00 |
219.824,66 |
16 |
TUR_AJDEF2_19/2024 |
B07150857 |
BELLVEURE, S.L. |
TOMIR PORTALS SUITES |
Monitorización continua del consumo eléctrico, hídrico y de gas |
3.786,67 |
3.786,67 |
2.650,66 |
2.650,66 |
17 |
TUR_AJDEF2_20/2024 |
B57123994 |
BIMONT BALEAR GESTION, S.L. |
OLA CALA D'OR |
Monitorización continua del consumo eléctrico, hídrico y de gas |
2.441,74 |
2.441,74 |
1.709,21 |
1.709,21 |
18 |
TUR_AJDEF2_21/2024 |
B07633803 |
CLUB SON XORIGUER, S.L. |
HOTEL PRINCESA PLAYA |
Instalación de centros de gestiÓN de residuOs exterior. InstalacióN iluminiacióN exterior baJO consumO. InstalacióN 2 pUErtAs automÁtiCAS. |
38.965,29 |
38.965,29 |
27.275,70 |
27.275,70 |
19 |
TUR_AJDEF2_22/2024 |
B57891285 |
INVERSIONS SON CARRIÓ, S.L. |
HOTEL GRAN SAGITARIO |
InstalacióN de centrOs de gestió de residuOs exterior. InstalacióN cortinas De aire interior hotel. Instalación de 2 puertas automáticas |
22.872,34 |
22.872,34 |
16.010,64 |
16.010,64 |
20 |
TUR_AJDEF2_23/2024 |
B07850985 |
IMAGEN TURISTICA, S.L. |
APARTAMENTOS MENORCAMAR |
Instalación de centros de gestión de residuos exterior |
7.272,70 |
7.272,70 |
5.090,89 |
5.090,89 |
21 |
TUR_AJDEF2_24/2024 |
B09874736 |
SC HOTEL Y EVENTS, S.L. |
SON COSMET HOTEL RURAL |
Sustitución de acumuladores de agua de gas propano por dos acumuladores de aerotermia |
3.860,00 |
3.860,00 |
2.702,00 € |
2.702,00 € |
22 |
TUR_AJDEF2_25/2024 |
B07132061 |
MASIN MENORCA, S.L. |
SUNSET SON BOU |
Instalación de paneles fotovoltaicos |
12.013,78 |
11.383,78 |
8.409,65 |
7.968,65 |
23 |
TUR_AJDEF2_27/2024 |
B57346447 |
SA FRANQUESA NOVA, S.L. |
SA FRANQUESA NOVA PETIT HOTEL |
INSTALACIÓN DE PANELES FOTOVOLTAICOS Y MÁQUINA DE AEROTERMIA |
167.010,06 |
156.209,10 |
138.359,34 |
109.346,37 |
24 |
TUR_AJDEF2_28/2024 |
B07655921 |
HOTEL VILLA MIEL, S.L. |
HOTEL VILLA MIEL |
Hotel Villa Miel Sostenible |
81.014,58 |
68.973,83 |
56.710,21 |
48.281,68 |
25 |
TUR_AJDEF2_29/2024 |
***7000** |
****** |
L'HORT DE CAN LLOBERA |
MEJORAs en lAs instaLacionEs Y equipOs |
11.596,96 |
11.058,15 |
8.117,87 |
7.740,71 |
26 |
TUR_AJDEF2_30/2024 |
B07137250 |
URBAN PALLADIUM, S.L. |
HOTEL PALLADIUM |
PlaN de gestióN de residuOs Y prevencióN del desPERDICIO alimentariO |
3.800,00 |
3.800,00 |
2.660,00 |
2.660,00 |
27 |
TUR_AJDEF2_32/2024 |
A07022254 |
PROMOTORA MENORQUINA DE TURISMO, S.A. |
AGUAMARINA I |
CLIMA Y ACS |
206.111,47 |
206.111,47 |
124.370,61 |
124.370,61 |
28 |
TUR_AJDEF2_33/2024 |
A07022254 |
PROMOTORA MENORQUINA DE TURISMO, S.A. |
AGUAMARINA II |
CLIMA Y ACS |
206.111,47 |
206.111,47 |
124.370,61 |
113.950,29 |
29 |
TUR_AJDEF2_34/2024 |
A08550006 |
ARENAL D'EN CASTELL S.A. |
RESTAURANTE S'ARENAL VIVA LA PEPA |
SustitucióN de BOTELLAs de plÁsticO pArA vidrIO reciclADO |
1.843,80 |
1.843,80 |
1.290,66 |
1.290,66 |
30 |
TUR_AJDEF2_35/2024 |
B07991359 |
COVA DES MESTRAL, S.L. |
ES CALO |
Inst. fotovoltAica de 4 KW pArA mEJOrar La eficiencia energética para el alquiler vacacional |
5.945,64 |
5.545,64 |
4.161,95 |
3.881,95 |
31 |
TUR_AJDEF2_36/2024 |
B57656688 |
COUNTRY CLUB SON CLARET, S.L. |
HOTEL CASTELL SON CLARET |
INSTALACIÓn DE COnTADOReS SENSORIZAdos De AGUA y ELECTRICIdAd y SISTEMAs DE MONITORIZACIÓn INTEGRAdo e IMPLANTACIÓn De UN SISTEMA DE PREVENCIÓn y GESTIÓn DE RESIDUoS EN EL HOTEL CASTELL SON CLARET |
43.328,25 |
43.328,25 |
30.329,78 |
30.329,78 |
32 |
TUR_AJDEF2_37/2024 |
B16629966 |
FINCA CAN SALAS, S.L. |
FINCA CAN SALAS |
Mejoras en cerramientos, aislamiento térmico y eficiencia energética en varias zonas deL establecimiento, así como mejoras en la captación y aprOvechamiento del agua de lluvia Para uso no potable |
58.675,99 |
58.515,72 |
41.073,19 |
40.961,00 |
33 |
TUR_AJDEF2_38/2024 |
B07157274 |
RISUR, S,L. |
ES PINARÓ |
SISTEMA FOTOVOLTAICo DE ES PINARÓ |
15.116,12 |
14.592,37 |
10.581,28 |
10.214,66 |
34 |
TUR_AJDEF2_40/2024 |
B07599996 |
HOTELES MOLL, S.L. |
HOTEL BEACH CLUB FONT DE SA CALA |
INSTALACIÓn DE BOMBA DE CALOR POLIVALENTe y BOMBaS DE CALOR DE ALTA TEMPERATURA, con SISTEMA DE MONITORIZACIÓn INTEGRAdo, ParA LA DESCARBONIZACIÓn DE los EDIFICIoS E y F Del HOTEL |
398.133,13 |
398.133,13 |
278.693,19 |
255.234,42 |
35 |
TUR_AJDEF2_41/2024 |
B07772650 |
SAGITARIO PLAYA, S.L. |
HOTEL SAGITARIO PLAYA |
InstalaciÓn de centros de gestiÓn de residuos exterior. InstalaciÓn iluminaciÓn exterior bajo consumo. InstalaciÓn 1 puerta automática. |
22.030,20 |
22.030,20 |
15.421,14 |
15.421,14 |
36 |
TUR_AJDEF2_42/2024 |
B70806229 |
HOTEL BELLAVISTA MALLORCA, S.L. |
HOTEL BELLAVISTA |
MejoraS EN INSTALACIONeS Y EQUIPoS EN el HOTEL BELLAVISTA |
161.443,23 |
161.443,23 |
113.010,26 |
113.010,26 |
37 |
TUR_AJDEF2_43/2024 |
***3569** |
****** |
CAN GUILLO |
Instalación solar fotovoltaica en Pollença |
15.030,35 |
15.030,35 |
10.521,24 |
10.521,24 |
38 |
TUR_AJDEF2_44/2024 |
***6834** |
****** |
CASA LUISA |
Inst.fotovoltaica de 4 KW para mejorar la eficiencia energética para el alquiler vacacional |
5.990,96 |
5.590,96 |
4.193,67 |
3.913,67 |
39 |
TUR_AJDEF2_46/2024 |
B09681404 |
ROSA Y GINGER, S.L. |
FINCA SA CANOVETA |
Instalación fotovoltaica de 10 KW , para mejorar la eficiencia energética para el alquiler vacacional |
12.359,97 |
11.759,97 |
8.651,98 |
8.231,98 |
40 |
TUR_AJDEF2_47/2024 |
***8514** |
****** |
SA CASETA S'ERA VELLA |
Instalación de paneles solares y sustitución de elementos eléctricos por otros de bajo consumo |
16.381,57 |
16.381,50 |
11.782,05 |
11.467,05 |
41 |
TUR_AJDEF2_48/2024 |
B57509630 |
TANCA LLARGA, S.L. |
SA BOLEDA |
Gestión del ciclo del agua; Optimización del ciclo de producción de agua caliente sanitaria; almacenaje adicional de energía eléctrica renovable (batería); Gestión domótica piscina alojamiento “Es Figueral” |
39.894,72 |
22.492,26 |
27.926,30 |
15.744,58 |
42 |
TUR_AJDEF2_49/2024 |
****2395* |
****** |
NA PENYAL 7 |
Instalación fotovoltaica de 10 KW en cubierta para la mejora de eficiencia energética para alquiler vacacional |
14.422,10 |
13.772,10 |
10.095,47 |
9.640,47 |
43 |
TUR_AJDEF2_52/2024 |
****0061* |
****** |
CAN TEM |
Renovación/sustitución de las instalaciones que componen todo el sistema de aerotermia instalado hace 14 años |
26.151,00 |
26.151,00 |
18.305,70 |
18.305,70 |
44 |
TUR_AJDEF2_53/2024 |
B44842508 |
GESTHOT BERCA 23, S.L.U. |
HOTEL BALEAR |
INSTALACIÓn De aislamiento TéRMICo en LaS ventanaS Del HOTEL |
6.301,70 |
6.301,70 |
4.411,19 |
4.411,19 |
45 |
TUR_AJDEF2_54/2024 |
A07020514 |
NA TACONERA HOTEL, S.A. |
HOTEL NA TACONERA SPORT & RELAX |
Sustitución de carpintería exteriores en habitaciones |
148.826,00 |
148.826,00 |
104.178,20 |
104.178,20 |
46 |
TUR_AJDEF2_55/2024 |
B10741817 |
LAS DUNAS MARUGAL, S.L. |
HOTEL DUNAS DE FORMENTERA |
Instalación fotovoltaica sobre las Cubiertas de los edificios que constituyen el hotel |
32.936,36 |
31.586,36 |
23.055,45 |
22.110,45 |
47 |
TUR_AJDEF2_57/2024 |
B07735525 |
CONSTRUCCIONS 1900 DE MENORCA, S.L. |
VILLA TIN 1 |
Instalación de sensores para reducir el consumo energético y la instalación de cortinas (estores) para reducir el efecto solar y poder tener mejor rendimiento energético |
6.182,70 € |
6.182,70 € |
4.327,89 € |
4.327,89 € |
48 |
TUR_AJDEF2_58/2024 |
B07735525 |
CONSTRUCCIONS 1900 DE MENORCA, S.L. |
VILLA TIN 2 |
Instalación de sensores para reducir el consumo energético y la instalación de cortinas (estores) para reducir el efecto solar y poder tener mejor rendimiento energético |
6.182,70 € |
6.182,70 € |
4.327,89 € |
4.327,89 € |
49 |
TUR_AJDEF2_59/2024 |
B07735525 |
CONSTRUCCIONS 1900 DE MENORCA, S.L. |
VILLA TIN 3 |
Instalación de sensores para reducir el consumo energético y la instalación de cortinas (estores) para reducir el efecto solar y poder tener mejor rendimiento energético |
6.182,70 € |
6.182,70 € |
4.327,89 € |
4.327,89 € |
50 |
TUR_ADJEF2_60/2024 |
***5307** |
****** |
CA'N MOLINER |
Eficiencia Ca'n Moliner |
28.098,76 |
25.818,76 |
23.799,65 |
18.073,13 |
51 |
TUR_ADJEF2_62/2024 |
B57450041 |
COSESICASES, S.L. |
SA PLATJA |
Instalación fotovoltaica en la cubierta de 4KW |
5.338,19 |
4.568,19 |
3.736,73 |
3.197,73 |
52 |
TUR_ADJEF2_64/2024 |
***6689** |
****** |
ES MOLI DE SON MAIOL |
INSTAlación De ENERGíA FOTOVOLTAICA Para AUTOCONSUMo DE 15,4 KWP CONECTADA A RED CON BATERIAS 62,1 KWH DE CAPACIDAD, SOBRE MARQUESINAS E INTERVENCIONES EN TERMINALES DE CLIMATIZACIÓN EFICIENTE |
63.806,66 |
63.156,66 |
44.664,66 |
44.209,66 |
53 |
TUR_ADJEF2_65/2024 |
B57727448 |
BALEARIA GUEST, S.L. |
VILLA CALA PADRÍ |
IncorporacióN de bateriAs EN la instalacióN fotovoltaica pARa la mEJora de La eficiencia energética para alquiler vacacional |
7.977,75 |
7.977,75 |
5.584,42 |
5.584,42 |
54 |
TUR_ADJEF2_67/2024 |
B57525388 |
EIDENAI, S.L. |
RAM DE MAR |
Incorporación de baterias en la instalación fotovoltaica para la mejora de la eficiencia energética para alquiler vacacional |
7.977,75 |
7.977,75 |
5.584,42 |
5.584,42 |
55 |
TUR_ADJEF2_68/2024 |
****6066* |
****** |
EL OLIVO |
InstaLación de placas solarEs sobre la cubierta de una vivienda unifamiliar |
8.834,71 |
8.034,71 |
6.184,30 |
5.624,30 |
56 |
TUR_ADJEF2_69/2024 |
B57525388 |
EIDENAI, S.L. |
SA ROTA |
Incorporación de baterías en la instalación fotovoltaica para la mejora de la eficiencia energética para alquiler vacacional |
7.977,75 |
7.877,75 |
5.584,42 |
5.514,42 |
57 |
TUR_ADJEF2_70/2024 |
****6637* |
****** |
VILLA ITACA |
Instalación de placas solares sobre la cubierta de una vivienda unifamiliar |
8.834,71 |
8.034,71 |
6.184,30 |
5.624,30 |
|
1.733.544,06 |