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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 753211
Resolución de la directora gerente del Hospital Universitario Son Llàtzer de 12 de noviembre de 2024 por la que se convoca, por el procedimiento de libre designación, el puesto de trabajo de supervisor/a de enfermería de Consultas Externas y gabinetes del Hospital Universitario Son Llàtzer

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Texto

Hechos

Es necesario cubrir el puesto de trabajo de supervisor/a de enfermería de Consultas Externas y gabinetes de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Universitario Son Llàtzer.

Fundamentos de derecho

1. Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social.

2. Resolución de 16 de noviembre de 2001 de la Dirección General del INSALUD sobre provisión de puestos de supervisión de área funcional o de unidad.

3. Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 2 de febrero de 2017 sobre ocupación de jefaturas del área de gestión, jefaturas de servicio o de sección asistenciales o supervisiones.

4. Decreto ley 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario (BOIB nº 120/2023, de 29 de agosto).

5. La Resolución de la consejera de Salud de 8 de agosto de 2023 por la que se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Balears (BOIB núm. 112, de 12 de agosto de 2023), en virtud de la que se delega en las personas titulares de las gerencias territoriales de los centros y establecimientos del Servicio de Salud de las Islas Balears, en relación con el personal adscrito a su gerencia, la competencia de convocar y resolver todos los procedimientos de provisión de puestos de jefatura y asimilados, y también la remoción del personal que haya accedido a dichos puestos en los casos previstos legalmente.

Por todo ello dicto la siguiente,

Resolución

1. Aprobar la convocatoria pública de un puesto de trabajo de supervisor/a de enfermería de Consultas Externas y gabinetes del Hospital Universitario Son Llàtzer.

2. Aprobar las bases que rigen esta convocatoria, que figuran en el anexo 1.

3. Publicar un modelo de solicitud para acceder al puesto de trabajo ofertado en esta convocatoria, que figura en el anexo 2.

4. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en los tablones de anuncios del Hospital Universitario Son Llàtzer y en el web del Servicio de Salud de las Islas Baleares (www.ibsalut.es).

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, de conformidad con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 12 de noviembre de 2024

La directora gerente del Hospital Universitario Son Llàtzer Soledad Gallardo Bonet Por delegación del director general del Servei de Salut (BOIB núm. 112, de 12/08/2023)

 

Anexo 1 Bases de la convocatoria

1. Puesto de trabajo convocado

El puesto de trabajo que debe cubrirse es el de supervisor/a de enfermería de Consultas Externas y gabinetes en el Hospital Universitario Son Llàtzer.

2.  Requisitos para optar al puesto de trabajo

2.1. Tener la condición de personal estatutario fijo sanitario, correspondiente al subgrupo A2 (personal sanitario).

2.2. Estar en posesión del correspondiente título oficial que habilite para el ejercicio profesional, con la especialidad requerida para el puesto al cual se opta.

2.3. Estar en la situación de servicio activo en algún centro sanitario del Servicio de Salud de las Islas Baleares o de la Administración General del Estado.

2.4. No haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario en cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria ni encontrarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, ni en su caso, para la correspondiente profesión.

Estos requisitos deben cumplirse en la fecha de publicación de la convocatoria y deben mantenerse hasta la toma de posesión del puesto de trabajo.

3. Régimen jurídico del puesto de trabajo

Es el establecido por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, y por el resto de las disposiciones aplicables.

4. Funciones

Tendrá las responsabilidades previstas en el artículo 26 del Real Decreto 521/1987, de 15 de abril, del correcto funcionamiento de la unidad y de la actividad del personal a ellos adscritos, así como la custodia y utilización adecuada de los recursos materiales que tengan asignados.

5. Presentación de solicitudes

Dirigida al servicio de Recursos Humanos, la solicitud para participar en el proceso selectivo debe presentarse en el plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, dirigida al órgano convocante, y debe formalizarse en el Registro del Hospital Universitario Son Llàtzer o por alguna de las vías previstas por la normativa reguladora del procedimiento administrativo.

6. Documentación

Con la solicitud, los candidatos deberán aportar los siguientes documentos:

-  Fotocopia del documento nacional de identidad o, en su caso, NIE.

-  Currículum profesional. Los requisitos y los méritos incluidos en el currículum se tienen que acreditar con la presentación del documento original y una fotocopia, o con una fotocopia compulsada.

-  Proyecto técnico de gestión y organización del área asistencial, donde se incluyan los puntos siguientes:

​​​​​​​

- Introducción.

- Descripción de la estructura física del Servicio.

- Datos asistenciales referentes al último año.

- Recursos humanos de la Unidad: descripción de equipo que conforma la Unidad, número de efectivos de ambas categorías, distribución de los mismos según áreas de trabajo y descripción del puesto según áreas y roles profesionales (incluir documentos como anexos).

- Cartera de servicios de enfermería de una unidad.

- Análisis interno de la Unidad desde la perspectiva de la gestión de enfermería, especificando los puntos fuertes y puntos débiles detectados. Se deberán incluir también las propuestas o acciones de mejora a llevar a cabo en función del análisis realizado.

- Análisis de la situación de la Unidad en relación al proceso de atención de enfermería (valoración, diagnósticos de enfermería, planes de cuidados, documentación y seguimientos de los cuidados y de las actividades de enfermería en la historia clínica digital, valoración de objetivos, realización de informes de continuidad de cuidados, etc.) en la actualidad, propuesta de mejoras a implementar en función de los puntos fuertes y puntos débiles detectados.

- Elaboración de una propuesta del mapa de competencias con que deben contar los profesionales enfermeros y los técnicos en curas auxiliares de enfermería de la Unidad según las áreas y los roles profesionales.

- Elaboración de una propuesta de plan formativo para los enfermeros y los auxiliares de enfermería de la Unidad en función del análisis realizado y el mapa de competencias descrito.

- Enumeración de los protocolos específicos de uso común de la Unidad (incluir documentos como anexos) y elaboración de nuevas propuestas.

- Conclusiones.

7. Criterios de valoración

7.1. El órgano convocante designa como Comisión de valoración para resolver la convocatoria a:

- Hospital Universitario Son Llàtzer: Directora de enfermería

- Hospital Universitario Son Llàtzer: Subdirectora de enfermería

- Hospital Universitario Son Llàtzer: Subdirectora de enfermería

- Hospital Universitario Son Llàtzer: Supervisora de enfermería

7.2 La valoración de las solicitudes, que hará la Comisión de Valoración, comprenderá los siguientes aspectos:

- Currículum profesional

- Proyecto técnico de gestión y organización del área asistencial

También se valorará los siguientes aspectos:

- Capacidad organizativa y de planificación.

- Capacidad de liderazgo y dirección de equipos.

- Capacidad de adaptación a entornos profesionales y organizativos cambiantes.

- Capacidad docente y formadora.

- Capacidad negociadora y habilidades de comunicación.

- Actitud orientada al usuario.

7.3 La Comisión de Valoración comunicará a los aspirantes el lugar, fecha y hora de la realización de la defensa y exposición oral tanto del currículum profesional como del Proyecto técnico de gestión y organización del área asistencial.

7.4 La Comisión de Valoración podrá pedir los informes que considere necesarios en relación con el currículum profesional presentado, así como, de efectuar cuantas preguntas considere oportunas en relación con el proyecto de gestión de la unidad.

8. Nombramiento

La persona designada obtendrá un nombramiento para ocupar el puesto de trabajo convocado. La situación de quien resulte nombrado será la siguiente:

a. Si tiene la condición de personal estatutario fijo del Hospital, seguirá ocupando la plaza de su categoría.

b. Si tiene la condición de personal estatutario fijo en otro centro del Servicio de Salud de las Islas Baleares, ocupará únicamente el puesto convocado y quedará en la situación de reserva respecto a su plaza estatutaria fija.

c.  Si tiene la condición de personal estatutario fijo en otro servicio de salud o en otra administración sanitaria, ocupará únicamente el puesto convocado y quedará respecto a su plaza o puesto de origen en la situación administrativa que sea procedente y sea declarada en la administración de origen.

 

Anexo 2 Modelo de solicitud