Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA
Núm. 750837
Bases para la concesión de subvenciones a los estudiantes universitarios para el curso 2024-2025 (Código BDNS: 796498)
La sra. Alcaldesa ha dictado lo siguiente:
DECRETO DE ALCALDÍA (0784/2024, de 12/11/2024)
1. Dado que el Ayuntamiento de Algaida quiere apoyar económicamente a los estudiantes del municipio de Algaida que cursen estudios universitarios durante el curso 2024-2025, mediante la convocatoria de ayudas de 180,00€ cada una, y así conseguir que estas ayudas económicas puedan servir de complemento y promoción para los estudiantes del municipio, y al mismo tiempo, incentivar y facilitar que los estudiantes puedan llegar a niveles formativos superiores, y por tanto, invertir en la educación de nuestros jóvenes y al mismo tiempo en la mejora de nuestro municipio.
2. Dado que en el vigente presupuesto de gastos municipal se ha previsto la consignación presupuestaria adecuada para poder llevar a cabo la actividad de fomento antes referida (aplicación presupuestaria 2024/01/326/48600).
3. De acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, que la desarrolla y en ejercicio de la competencias que me atribuye la Ley de Bases de régimen local.
HE RESUELTO
1. Convocar la concesión de ayudas económicas de 180,00€ cada una, que pueden servir de complemento y promoción para los estudiantes del municipio de Algaida que cursen estudios universitarios durante el curso 2024-2025.
2. Aprobar las Bases que regirán la concesión de ayudas económicas durante el curso 2024-2025, destinadas a los estudiantes del municipio de Algaida que cursen estudios universitarios.
3. Autorizar el gasto máximo previsto para esta convocatoria (15.000,00 euros).
4. Publicar esta resolución a la sede electrónica del Ayuntamiento de Algaida y en el Boletín Oficial de les Islas Baleares.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Alcaldesa, en el plazo de un mes contando desde el día siguiente a haber publicado la resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a haberse publicado, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Así lo manda y firma la alcaldesa, Margarita Fullana Arrom, en la fecha de la firma electrónica que consta en este documento. Y yo, Ariadna Casablanca García, como secretaria, lo firmo a los únicos efectos de dar fe de la fecha y que la firma se ha hecho mediante identificación digital, sin que responda de su contenido.
Algaida, documento firmado electrónicamente (13 de noviembre de 2024
La alcaldesa Margarita Fullana Arrom)
BASES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LOS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS CURSO 2024-2025
1. OBJETO
1. El ayuntamiento de Algaida sabe que un municipio que facilita e incentiva que sus miembros puedan llegar a niveles formativos superiores, es un municipio rico porque invierte en cultura y en futuro: en los futuros gestores que tendrá nuestra sociedad.
2. Se entiende por subvención toda disposición dineraria realizada por el Ayuntamiento de Algaida, a favor de personas públicas o privadas, y que cumpla los siguientes requisitos:
a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o para desarrollar, o la concurrencia de una situación, habiendo el beneficiario de cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.
c) Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
3. Es por este motivo que la Alcaldía convoca para el curso 2024-2025 ayudas económicas de 180,00€ cada una que pueden servir de complemento y promoción para los estudiantes del municipio que cursen estudios universitarios.
2. RÉGIMEN APLICABLE
La presente convocatoria se somete a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y al Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que la desarrolla.
Esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y a la Base de Datos Nacional de Subvenciones. También se encontrará a disposición de todas las personas interesadas a la sede electrónica del Ayuntamiento de Algaida
(http://ajalgaida.sedelectronica.es).
3. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA
El presupuesto máximo que se destinará para la concesión de las ayudas reguladas en las presentes bases reguladoras será de doce mil euros (15.000,00 €) con cargo al vigente presupuesto municipal 2024, aplicación presupuestaria 2024/01/326/48600.
La cuantía de las ayudas económicas será de 180,00 € por solicitante, independientemente de los grados universitarios que se cursen.
En caso que el total de ayudes supere la consignación presupuestaria, se reducirán proporcionalmente las cantidades concedidas.
4. CONDICIONES GENERALES DE LOS SOLICITANTES
Podrán acogerse a esta convocatoria los estudiantes empadronados en el municipio de Algaida, que cursen estudios universitario durante el curso 2024-2025, y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar empadronados en el municipio de Algaida (el Ayuntamiento lo comprobará de oficio).
b) Cursar los estudios mencionados durante el curso 2024-2025.
c) Estar matriculado, como mínimo, a 30 créditos ECTS del grado universitario para el cual se solicita la subvención.
d) Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social.
e) No encontrarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplir los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
No son subvencionables los estudios de máster o posgrado universitarios, ni tampoco los ciclos formativos de grado medio ni de grado superior.
No podrán resultar beneficiarios de la subvención aquellos solicitantes que justifiquen un gasto en concepto de matrícula inferior a 180,00 euros.
5. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las instancias se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Algaida, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Algaida o a cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los solicitantes de la subvención tendrán que adjuntar a la solicitud (modelo 1) la siguiente documentación:
a) Identificación de quien subscribe la solicitud y del carácter con que lo hace, mediante fotocopia de su DNI, NIF u otro documento acreditativo.
b) Identificación de quien será el beneficiario mediante fotocopia de su DNI, NIF u otro documento acreditativo.
c) Declaración responsable por parte del beneficiario, si es mayor de edad, de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En caso de ser menor de edad la declaración tendrá que ser firmada por el padre, madre o tutor legal (modelo 2). d) Declaración responsable del beneficiario, si es mayor de edad, de no encontrarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y de cumplir los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. En caso de ser menor de edad la declaración tendrá que ser firmada por el padre, madre o tutor legal (modelo 2).
e) Certificado de matrícula de los estudios del curso 2024-2025 para los cuales solicita la ayuda, junto con el justificante bancario del pago. Se aceptará también copia de la matrícula.
f) Datos de la cuenta bancaria al cual se tiene que transferir el importe de la subvención que eventualmente se pudiera conceder (modelo 3).
En caso de ser menor de edad, la solicitud tendrá que ser firmada por el padre, madre o tutor legal.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, contadores desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases al Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
La presentación de la solicitud supone la aceptación de las condiciones reguladas en las presentes bases reguladoras.
La carencia de presentación de alguno de los documentos exigidos,o la carencia de complementación dentro del plazo de enmienda de solicitudes que, si procede, se puede conceder a los interesados, podrá dar lugar, de acuerdo con el que dispone el artículo 68 de la Ley 39/2015, a tenerlo por cejado en la solicitud presentada.
6. RÉGIMEN DE LAS AYUDAS
La concesión de la subvención se llevará a cabo mediante el régimen de concurrencia no competitiva. Solo podrán obtener subvención aquellos solicitantes que, reuniendo los requisitos exigidos, cumplan las condiciones señaladas en la base 4.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y una vez revisadas estas por el órgano instructor, se expondrá la lista provisional de admitidos para participar en el procedimiento así como las reseñas de las solicitudes que tengan algún defecto o tengan que ser enmendadas.
Si la solicitud y/o documentación presentada tiene ningún defecto, carencia alguna documentación o se quieren hacer alegaciones, la persona interesada dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, contadores a partir del día siguiente de la publicación de la lista provisional, para hacer las enmiendas que correspondan.
Transcurrido este plazo sin haber efectuado las enmiendas o haber adjuntado la documentación requerida, se considerará que ceja en su petición, de acuerdo con el que dispone el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Una vez pasada el plazo para la enmienda de documentación o presentación de alegaciones y una vez resueltas estas por el órgano colegiado, el órgano instructor publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos para participar en el procedimiento.
En caso de que el total de ayudas que se tengan que conceder supere la consignación presupuestaria, se reducirán proporcionalmente las cantidades concedidas.
Las ayudas objeto de esta convocatoria son compatibles con otras ayudas efectuadas por cualquier otra administración pública o institución privada.
7. COMISIÓN DE VALORACIÓN
Para la valoración de las solicitudes se constituirá una comisión de valoración, que estará compuesta por:
Presidencia: Margarita Comas Cozcolluela, tesorera de la Corporació, o persona en quien delegue.
Vocales:
1. Antoni Moragues González, técnico de la Corporación, o persona en quien delegue.
2. Maria Antònia Palou Rosselló, técnica de la Corporación, o persona en quien delegue.
Secretaria con voz y voto: Ariadna Casablanca Garcia, secretaria de la Corporación, o persona en quien delegue.
Corresponde a la comisión de valoración formular la propuesta de resolución. La propuesta, que no tendrá carácter vinculante, tendrá que expresar el solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía, expresando los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
8. RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
El órgano competente para resolver el procedimiento es la Alcaldesa del Ayuntamiento de Algaida, que tendrá que dictar y notificar a los interesados la resolución del procedimiento en el plazo máximo de tres meses contadores desde la publicación de la presente convocatoria al Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Los actos de trámite del presente procedimiento, así como la resolución de este, se publicarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Algaida http://ajalgaida.sedelectronica.es
9. PUBLICACIÓN
Esta Resolución se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
También se encontrará a disposición de todas las personas interesadas a la sede electrónica del Ayuntamiento de Algaida (http://ajalgaida.sedelectronica.es)
Algaida, documento firmado electrónicamente (13 de noviembre de 2024
La alcaldesa Margarita Fullana Arrom)
MODELO 1 SOLICITUD PARA OPTAR A LAS AYUDAS PARA ESTUDIOS UNIVERSITARIOS
NOMBRE Y APELLIDOS ……………………………………..............…..DNI………...…...
C/…………………………..núm……….piso…….puerta…….cp……..Localidad……......
Teléfono……………………………………. Coreo electrónico………………..............
REPRESENTANTE (para estudiantes menores de edad)
NOMBRE Y APELLIDOS ………..........................................……. DNI ………..….………
COMPARECE Y EXPONE:
1. Que me he enterado de la “Convocatoria de concesión de ayudas para los estudiantes del municipio de Algaida, que cursen estudios universitarios durante el curso 2024-2025”
2. Que mi hijo/a o pupilo/a cumple los requisitos establecidos a la convocatoria para disfrutar de la mencionada subvención municipal (en caso de estudiante menor de edad) /Que cumpliendo los requisitos establecidos a la convocatoria para disfrutar de la mencionada subvención municipal (en caso de estudiante mayor de edad).
3. Que según la convocatoria presente la siguiente documentación:
a) Identificación de quien subscribe la solicitud y del carácter con que lo hace, mediante fotocopia de su DNI, NIF u otro documento acreditativo.
b) Identificación de quien será el beneficiario mediante fotocopia de su DNI, NIF u otro documento acreditativo.
c) Declaración responsable por parte del beneficiario, si es mayor de edad, de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En caso de ser menor de edad la declaración tendrá que ser firmada por el padre, madre o tutor legal (modelo 2). d) Declaración responsable del beneficiario, si es mayor de edad, de no encontrarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y de cumplir los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. En caso de ser menor de edad la declaración tendrá que ser firmada por el padre, madre o tutor legal (modelo 2).
e) Certificado de matrícula de los estudios del curso 2024-2025 para los cuales solicita la ayuda, junto con el justificante bancario del pago. Se aceptará también copia de la matrícula.
f) Datos de la cuenta bancaria al cual se tiene que transferir el importe de la subvención que eventualmente se pudiera conceder (modelo 3).
POR LO CUAL SOLICITA:
Qué previos los trámites que correspondan, le sea concedida la ayuda económica objeto de la convocatoria.
Algaida, a ………de…………………………………….de 2024
Firma (En caso de ser menor de edad, la solicitud deberá de ser firmada por el padre, madre o tutor legal)
Sus datos personales serán usadas para nuestra relación y poder prestarle nuestros servicios. Estos datos son necesarios para poder relacionarnos con usted, lo cual nos permite el uso de su información dentro de la legalidad. Así mismo, podrán tener conocimiento de su información aquellas entidades que necesiten tener acceso a la misma para que podamos prestarle nuestros servicios. Conservaremos sus datos durante nuestra relación y mientras nos obliguen las leyes aplicables. En cualquier momento puede dirigirse a nosotros para saber qué información tenemos sobre usted, rectificarla si fuera incorrecta y eliminarla una vez finalizada nuestra relación. También tiene derecho a solicitar el traspaso de su información a otra entidad (portabilidad). Por solicitar algunos de estos derechos, tendrá que realizar una solicitud escrita a nuestra dirección, junto con una fotocopia de su DNI: AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA, CALLE DEL REY, 6, CP 07210, ALGAIDA (Islas Baleares). En caso de que entienda que sus derechos han sido desatendidos, puede formular una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).
MODELO 2 DECLARACIÓN RESPONSABLE
NOMBRE Y APELLIDOS ……………………………………..............…..DNI………...…...
C/…………………………..núm……….piso…….puerta…….cp……..Localidad……......
Teléfono……………………………………. Correo electrónico………………..............
REPRESENTANTE (para estudiantes menores de edad)
NOMBRE Y APELLIDOS ………..........................................……. DNI ………..….………
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
1. Que estoy empadronado al municipio de Algaida
2. Que mi hijo/a o pupilo/la......................................... está empadronado/da al municipio de Algaida
3. Que me encuentro al corriente del cumplimiento de mis obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
4. Que no me encuentro incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y también que cumplo los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Lo cual se hace constar a efectos de concesión de una subvención por parte del Ayuntamiento de Algaida a efectos del artículo 24 del RD 887/2006 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de general de subvenciones 38/2003.
Algaida , ....….. de …....………………de 2024
Firma (En caso de ser menor de edad la declaración deberá de ser firmada por el padre, madre o tutor legal)
Sus datos personales serán usadas para nuestra relación y poder prestarle nuestros servicios. Estos datos son necesarios para poder relacionarnos con usted, lo cual nos permite el uso de su información dentro de la legalidad. Así mismo, podrán tener conocimiento de su información aquellas entidades que necesiten tener acceso a la misma para que podamos prestarle nuestros servicios. Conservaremos sus datos durante nuestra relación y mientras nos obliguen las leyes aplicables. En cualquier momento puede dirigirse a nosotros para saber qué información tenemos sobre usted, rectificarla si fuera incorrecta y eliminarla una vez finalizada nuestra relación. También tiene derecho a solicitar el traspaso de su información a otra entidad (portabilidad). Por solicitar algunos de estos derechos, tendrá que realizar una solicitud escrita a nuestra dirección, junto con una fotocopia de su DNI: AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA, CALLE DEL REY, 6, CP 07210, ALGAIDA (Islas Baleares). En caso de que entienda que sus derechos han sido desatendidos, puede formular una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).
MODELO 3 COMUNICACIÓN DE CUENTA BANCARIA A EFECTOS DE PAGOS DEL AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA
SOLICITANTE (Estudiante) |
Núm. DNI/NIE |
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Domicilio social (calle, número, piso puerta) |
Municipio |
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Código Postal |
Población |
Teléfono |
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Teléfono móvil |
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Correo electrónico |
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REPRESENTADO/DA POR (padre, madre o tutor/a) |
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Apellidos y nombre |
Núm. DNI/NIE/Pasaporte |
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Dirección (calle, número, piso puerta) |
Municipio |
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Código Postal |
Población |
Teléfono |
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Teléfono móvil |
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Correo electrónico |
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Comunica al Ayuntamiento, a efectos de los pagos que tenga que recibir los siguientes
DATOS BANCARIOS
Entidad |
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Entitat |
Oficina |
DC |
Número de compte |
IBAN
(firma)
Diligencia de conformidad de la Entidad Bancaria:
Los datos antecedentes coinciden
con las que constan a esta oficina
El Director
Firmado:
(Datado, Firmado y Sellado)
Sus datos personales serán usadas para nuestra relación y poder prestarle nuestros servicios. Estos datos son necesarios para poder relacionarnos con usted, lo cual nos permite el uso de su información dentro de la legalidad. Así mismo, podrán tener conocimiento de su información aquellas entidades que necesiten tener acceso a la misma para que podamos prestarle nuestros servicios. Conservaremos sus datos durante nuestra relación y mientras nos obliguen las leyes aplicables. En cualquier momento puede dirigirse a nosotros para saber qué información tenemos sobre usted, rectificarla si fuera incorrecta y eliminarla una vez finalizada nuestra relación. También tiene derecho a solicitar el traspaso de su información a otra entidad (portabilidad). Por solicitar algunos de estos derechos, tendrá que realizar una solicitud escrita a nuestra dirección, junto con una fotocopia de su DNI: AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA, CALLE DEL REY, 6, CP 07210, ALGAIDA (Islas Baleares). En caso de que entienda que sus derechos han sido desatendidos, puede formular una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).