Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 750067
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Visto que en fecha 26 de septiembre de 2024 se aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Visto que en fecha 28 de septiembre de 2024 en el BOIB núm. 128 se publicó el edicto de aprobación inicial.
Visto que no se han producido alegaciones en el plazo de exposición pública se considera definitivamente aprobada la mencionada modificación, según lo siguiente:
«modificar el apartado b), c) y d) del artículo 12.5 con el siguiente texto:
« b) Tendrán derecho a disfrutar de una bonificación del 25 por ciento en la cuota íntegra del impuesto, las edificaciones el uso catastral de las cuales sea predominantemente residencial en que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento fotovoltaico de energía proveniente del sol, durante los tres periodos impositivos siguientes al de la finalización de la instalación. Para tener derecho a esta bonificación hará falta que los sistemas de aprovechamiento instalados dispongan de una superficie mínima de captación de 2 kw por cada 100 m² construidos.
c) La bonificación será del 40 por ciento si simultáneamente se ha instalado sistemas de aprovechamiento térmico-solar y sistemas para el aprovechamiento fotovoltaico de la energía proveniente del sol. Siempre que por la energía térmica se instale una superficie mínima de captación solar útil de 4 m² por cada 100 m² de superficie y por la energía fotovoltaica dispongan de una potencia instalada mínima de 2 kw por cada 100 m² de superficie construida.
d) El otorgamiento de estas bonificaciones estará condicionado al hecho que el cumplimiento de los anteriores requisitos quede acreditado mediante la aportación del proyecto técnico o memoria técnica, del certificado de montaje, si procede, y del justificante de puesta en servicio emitido por el organismo competente del Gobierno de las Islas Baleares.
Así mismo, se tiene que identificar la licencia municipal que ampare la realización de las obras.
DISPOSICIÓN FINAL
Esta ordenanza aprobada por el Pleno empieza a regir el 1 de enero de 2025, y continuará vigente mientras no se acuerde modificarla o derogarla. En caso de modificación parcial, los artículos no modificados continuarán vigentes.»
Andratx, documento firmado electrónicamente (13 de noviembre de 2024
La batlessa-presidenta Estefanía Gonzalvo Guirado)