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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 749995
Convocatoria de las subvenciones para la rehabilitación de fachadas del conjunto histórico y elementos catalogados de Alcúdia del año 2024

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La alcaldesa del Ayuntamiento de Alcúdia en fecha 12 de noviembre de 2024, ha dictado la Resolución 2024-5098 de aprobación de la convocatoria de las subvenciones para la rehabilitación de fachadas del conjunto histórico y elementos catalogados de Alcúdia del año 2024.

De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica la convocatoria , texto completo también sepuede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

 

Alcudia, en la fecha de la firma (12 de noviembre de 2024)

La concejala de Patrimonio Margarita Ferriol Gual

 

CONVOCATORIA DE LAS SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN DE FACHADAS DEL CONJUNTO HISTÓRICO Y ELEMENTOS CATALOGADOS DE ALCUDIA DEL AÑO 2024

Aprobada por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada día 4 de noviembre de 2024, las Bases Reguladoras de las Subvenciones para la Rehabilitación de Fachadas del Conjunto Histórico y Elementos Catalogados de Alcudia del año 2024, y publicadas en el BOIB nº147 de día 9 de noviembre de 2024, se hace pública la convocatoria.

Enlace a la publicación en el BOIB:

https://www.caib.es/eboibfront/ca/2024/12005/seccio-iii-altres-disposicions-iactes-administrat/472

Código de la convocatoria en la BDNS:795981

La subvención corre a cargo de la partida núm. PA 336.781.000 de los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Alcúdia del ejercicio del año 2024, aprobados definitivamente por el Ayuntamiento Pleno el día 11 de Julio de 2024 y publicados en el BOIB nº92 de día 13 de julio de 2024, con una dotación económica total de 20.000€.

La concesión de las subvenciones quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento en que se resuelva la concesión.

Primero. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o comunidades de propietarios que sean promotores de obras de rehabilitación, que se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención y que cumplen con los requisitos y obligaciones previstas en los arts. 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y las previstas en las bases 9 y 10 de la presente subvención.

Pueden optar a esta convocatoria las obras de rehabilitación que se lleven a cabo en los inmuebles comprendidos dentro del Conjunto histórico de la Ciudad de Alcúdia, en los edificios o edificaciones incluidas en el vigente Catálogo del Patrimonio Histórico y Artístico del Medio Rural y Suelo Urbano de Alcúdia , y en los márgenes o muros que delimitan los caminos rurales incluidos como espacios naturales en el vigente Catálogo del Patrimonio Histórico y Artístico del Medio Rural y Suelo Urbano de Alcúdia. Todo esto con las condiciones que regulan las bases.

 

Segundo. Finalidad y objeto

El Ayuntamiento de Alcúdia quiere fomentar las actuaciones de adecuación, mejora, rehabilitación y conservación de las fachadas de los inmuebles emplazados en el ámbito del Conjunto Histórico de la Ciudad y de los inmuebles incluidos en el Catálogo de Patrimonio municipal, así como de los muros y márgenes incluidos en el Catálogo de Caminos municipal; todo ello con el fin de garantizar la colaboración entre la administración pública y los particulares para la recuperación del Patrimonio Arquitectónico de Alcudia. Es objeto de la presente convocatoria regular las ayudas económicas que el Ayuntamiento de Alcúdia concederá durante el año 2024 para la rehabilitación de fachadas de edificios situados en el ámbito del Conjunto Histórico de la Ciudad de Alcúdia, de los inmuebles incluidos en el Catálogo de Patrimonio municipal y de los muros y márgenes incluidos en el Catálogo de Caminos municipal.

Tercero. Régimen jurídico

A todo lo que no esté previsto en las bases específicas se aplicará la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Alcúdia (publicada en el BOIB núm. 176, de 1 de diciembre de 2015).; la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley General de Subvenciones; así como el resto de normativa que le sea de aplicación.

Cuarto. Dotación presupuestaria y cuantía

La subvención corre a cargo de la partida núm. PA 336.781.000 de los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Alcúdia del ejercicio 2024, aprobados definitivamente por el Ayuntamiento Pleno el día 11 de julio de 2024 y publicados en el BOIB Nº92 de día 13 de julio de 2024, con una dotación económica total de 20.000€.

La subvención consistirá en una cantidad equivalente al 40% del coste de las obras en el objeto de subvención, excluido impuestos, con un máximo de 8.000 euros.

En caso de que las facturas justificativas de la actuación sean superiores al presupuesto de ejecución material de obra que se ha presentado ante el ayuntamiento con la solicitud de licencia urbanística o la comunicación previa, la cantidad máxima a percibir se calculará sobre el presupuesto de obra, que prevalecerá por encima de las facturas.

Se aplicará una bonificación del 95% del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO), a las obras de rehabilitación de edificios dentro del casco antiguo de la Ciudad de Alcudia que se ajusten a los criterios, requisitos y contenido de la normativa vigente aplicable en base al informe técnico municipal de Patrimoni. De lo contrario no gozarán de ningún tipo de bonificación. Todo esto según la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras vigente en el momento.

La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento en que se resuelva la concesión

Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes de concesión de subvención (anexo 1) empezará a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB y finalizará día 15 de noviembre del año 2024.

Ninguna solicitud presentada fuera de estos plazos se admitirá a trámite.

Sexto. Requisitos de las obras objeto de subvención

Las obras objeto de subvención tendrán que estar terminadas en el plazo fijado en la licencia o en lo especificado en el título habilitante y, en todo caso, antes del 15 de noviembre del año 2024.

Se tomará como fecha de finalización de las obras la que aparezca en el certificado final de obras firmado por el técnico facultativo, en el caso de las obras con proyecto o dirección facultativa, o firmado por el maestro de obras, en los demás casos.

Séptimo. Lugares de presentación de solicitudes y modelos

Las solicitudes deben presentarse en el registro general del Ayuntamiento, o también se pueden presentar en los lugares que se establecen en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de procedimiento administrativo común.

Octavo. Criterios de puntuación y orden de prioridad de las solicitudes

El órgano colegiado, una vez recibidas todas las solicitudes, las puntuará a fin de determinar el orden de precedencia de las subvenciones.

Este orden de precedencia se establecerá sumando los puntos designados por una serie de criterios. A mayor número de puntos mayor precedencia. Si alguna solicitud no tiene cabida dentro de alguna de las opciones de cada criterio, equivale a cero puntos en dicho criterio.

Si a la hora de puntuar una solicitud tiene cabida en varias opciones de un mismo criterio, sólo se computará la opción más favorable. Por ejemplo, en el criterio de ubicación, si un inmueble está catalogado y al mismo tiempo está dentro del BIC conjunto histórico, sólo puede sumar para este criterio la opción por estar catalogado (8 puntos).

Los criterios son los siguientes:

Criterio de ubicación:

1. Inmuebles declarados BIC (10 puntos)

2. Inmuebles incluidos en el vigente Catálogo de Patrimonio Histórico y Artístico del Centro Histórico de Alcúdia (8 puntos)

3. Inmuebles ubicados en el BIC - Conjunto Histórico de la Ciudad de Alcúdia (6 puntos)

4. Inmuebles ubicados en el Entorno de protección del BIC-Conjunto Histórico de la Ciudad de Alcúdia (4 puntos)

5. Los edificios o edificaciones incluidas en el vigente Catálogo del Patrimonio Histórico y Artístico del Medio Rural y Suelo Urbano de Alcudia (3 puntos)

6. Los márgenes o muros que delimitan los caminos rurales incluidos como espacios naturales en el vigente Catálogo del Patrimonio Histórico y Artístico del Medio Rural y Suelo Urbano de Alcudia (1 punto)

Criterio de tipología de intervención:

1. Rehabilitación completa de fachada (6 puntos)

2. Rehabilitación parcial (4 puntos)

3. Rehabilitación de márgenes o muros (1 punto)

Criterio de eliminación de cableado de fachadas en vía pública

1. Dentro del BIC-Centro Histórico, retirada del cableado de fachada a vía pública y su soterramiento (12 puntos)

2. Dentro del BIC-Conjunto Histórico. Habilitación de un armario de fachada o nicho apto para ser usado como RITI (6 puntos)

3. Entorno de protección del BIC-Conjunto Histórico, retirada de cableado de fachada a vía pública y su soterramiento (8 puntos)

4. Entorno de protección del BIC-Conjunto Histórico, habilitación de un armario de fachada o nicho apto para ser usado como RITI (4 puntos)

5. Otros elementos catalogados en suelo urbano fuera del BIC-CH o de su Entorno. Retirada de cableado de fachada y su soterramiento y/o habilitación de un armario o nicho apto para ser usado como RITI (3 puntos)

Nota: El RITI, debe ser de las dimensiones mínimas imprescindibles. Debe incluir conductas individuales hasta cada unidad inmobiliaria y las conducciones necesarias para permitir la conexión soterrada con la red general cuando ésta esté disponible

Criterio de mantenimiento

Intervenciones en el ámbito de esta subvención que sean derivadas de la Inspección técnica de edificios (ITE) o de informe de evaluación de edificios (IEE), debidamente presentado en el Ayuntamiento previamente a las obras. (8 puntos)

En caso de empate en la puntuación

En primer lugar tendrán prioridad las intervenciones encaminadas a la mayor conservación y recuperación de los valores tradicionales y originales de los inmuebles frente a las que más alteren su aspecto.

En caso de nuevo empate, el edificio más antiguo según catastro. En caso de persistir el empate tendría prioridad la solicitud de menor coste frente a la de mayor coste.

Noveno. Composición del órgano colegiado

Para estudiar y evaluar las solicitudes se constituye el órgano colegiado, regulado en el apartado 1 del artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Este órgano tendrá la siguiente composición:

Presidente: Concejala del Departamento de Patrimonio

Vocal 1: Técnico de Patrimonio.

Vocal 2: Arquitecta municipal.

Décimo. Publicación de la convocatoria

La convocatoria se registrará mediante el sistema general de registro o sistema intermediado La BDNS dará traslado del extracto de la convocatoria al BOIB para su publicación.

 

 

 ANEXO 1 SOLICITUD DE CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN POR LA REHABILITACIÓN DE FACHADAS DEL CONJUNTO HISTÓRICO Y ELEMENTOS CATALOGADOS DE ALCUDIA DEL AÑO 2024

Datos del solicitante

Nombre y apellidos: CIF o NIF:

Dirección:

Población:Código postal:

Teléfono: 

Dirección electrónica:

Representado por: , con NIF:

Descripción del proyecto que motiva la solicitud, con detalle del presupuesto

Descripción:

Presupuesto total de la obra:

Presupuesto total subvencionable:

Nº. Expediente municipal:

Documentación adjunta

(   ) Fotocopia del DNI del solicitante, o del NIF en caso de comunidad de vecinos.

(   ) Copia del título de propiedad, o en su caso, autorización de la propiedad.

(   ) Si el solicitante es una comunidad de propietarios, certificación del acta en la que se aprueben las obras de rehabilitación, con la relación anexa de copropietarios firmada por los representantes de la comunidad.

(    ) Copia del título habilitante o licencia que se haya obtenido para la ejecución de las obras.

(    ) Plano de emplazamiento del inmueble.

(    ) Presupuesto detallado de las obras objeto de la solicitud de subvención .

(     ) Fotografías en color del estado inicial, antes de la reforma y una vez terminada la obra.

(   ) Declaración jurada del titular de la propiedad y/o del promotor de la obra relativo a otras posibles subvenciones solicitadas para la rehabilitación del edificio (anexo 2).

(   ) Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (anexo 3).

(   ) Compromiso de no destinar la vivienda objeto de subvención a la explotación turística durante 15 años (anexo 4).

(   ) Certificación final de obras, firmado por el técnico facultativo, en el caso de las obras con proyecto o dirección facultativa, o firmado por el maestro de obras en los demás casos.

(   ) Justificación económica de la ejecución de las obras incluidas (facturas que demuestren el coste real de las obras de rehabilitación realmente ejecutadas y declaradas en la solicitud de concesión).

Expongo: Que, publicadas las bases reguladoras de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva por la rehabilitación de fachadas del conjunto histórico y elementos catalogados de Alcúdia del año 2024, el solicitante reúne las condiciones para tomar parte.

Por eso,

Solicito: El otorgamiento de la subvención por la rehabilitación de fachadas del conjunto histórico y elementos catalogados de Alcúdia del año 2024.

Según el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se entiende otorgado el consentimiento para la consulta de los datos relativos a estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social, a fin de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en los artículos 13.2 e), 14 y 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, para demostrar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la tramitación de procedimientos de subvenciones.

En caso contrario, en el que NO otorga el consentimiento para la consulta, marca la casilla □

En caso de no autorizar alguna de estas consultas, debe aportar con la periodicidad que el Ayuntamiento de Alcúdia requiera la documentación oficial original y/o copia para que conste en el expediente administrativo.

Esta autorización se otorga exclusivamente para el procedimiento antes mencionado y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, general tributaria, que permite, previa autorización de la persona interesada, la cesión de los datos tributarios que precisen las administraciones públicas para el desarrollo de sus funciones.

Alcudia,           de           de 2024

 

 

El/la solicitante,

 

 

(firma)

 

 

 

 

 

SEÑORA ALCALDESA– PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUDIA.

De acuerdo con la Llei Orgànica15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal le informamos que la recogida de sus datos personales es necesaria para la gestión de las ayudas y subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento, y que serán conservadas por el Ayuntamiento de Alcudia. Todos los datos se incluirán en un fichero de la Base de Datos Nacional de Subvenciones BDNS, de acuerdo con el artículo 20.8.b de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Asimismo, informamos que puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos facilitados, en la siguiente dirección: Ayuntamiento de Alcúdia, Major, 9 – 07400.

 

 

DECLARACIÓN JURADA DE OTRAS SUBVENCIONES SOLICITADAS

Datos del solicitante

Nombre y apellidos:

CIF o NIF:

En calidad de:

En relación con la solicitud de concesión de la subvención para la rehabilitación de fachadas del conjunto histórico y elementos catalogados de Alcúdia para el año 2024, y bajo mi responsabilidad,

Declaro

(   ) No haber solicitado subvención, ayuda, ingreso o recurso alguno para sufragar el coste de ejecución de las obras objeto de la solicitud de subvención.

ó

(     ) Haber solicitado las subvenciones para rehabilitar el edificio que se señalan:

Fecha

Administración concedente

Importe solicitado

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Alcudia,                  de                 de 2024

 

 

El/la solicitante,

 

 

 

(firma)

 

 

 

 

 

 

SEÑORA ALCALDESA– PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUDIA.

 

DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONES

Datos del solicitante

Nombre y apellidos: 

CIF o NIF:

En calidad de:

En relación con la solicitud de concesión de la subvención para la rehabilitación de fachadas del conjunto histórico y elementos catalogados de Alcúdia para el año 2024, y bajo mi responsabilidad,

Declaro

(     ) Que no estoy sometido a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas, ni tengo incoado procedimiento sancionador por este motivo.

(     ) Que no incurro en ningún supuesto contemplado en el art. 13.2 y el art. 13.3 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Y para dejar constancia a los efectos oportunos, expido y firmo la presente en:

 

Alcudia,                 de              de 2024

 

 

El/la solicitante,

 

 

 

(firma)

 

 

 

 

 

 

SEÑORA ALCALDESA– PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUDIA.

 

DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOCUARTA DE LA LEY 5/2018, DE 19 DE JUNIO, DE LA VIVIENDA DE LAS ILLES BALEARS

Datos del solicitante

Nombre y apellidos: 

CIF o NIF:

En calidad de:

En relación con la solicitud de concesión de la subvención para la rehabilitación de fachadas del conjunto histórico y elementos catalogados de Alcúdia para el año 2024, y bajo mi responsabilidad,

Declaro

(    ) Que no se destinará la vivienda objeto de subvención a la explotación turística durante el plazo mínimo de 15 años desde la concesión y el pago de la subvención.

(   ) Que en el supuesto de no respetar esta condición, tengo la obligación del retorno íntegro de los recursos públicos invertidos debidamente actualizados con el interés legal aplicable durante el período.

Y para dejar constancia a los efectos oportunos, expido y firmo la presente en:

 

Alcudia,de                       de            2024

El/la solicitante,

 

 

(firma)

 

 

 

 

 

 

 

SEÑORA ALCALDESA– PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUDIA.

 

SOLICITUD DE PAGO DE LA SUBVENCIÓN

Datos del solicitante

Nombre y apellidos: CIF o NIF:

Dirección:

Población:Código postal:Teléfono: 

Dirección electrónica:

Representado por: , con NIF:

Documentación adjunta

(     ) Número de cuenta de la entidad financiera en la que se solicitante quiere que el Ayuntamiento le abone la ayuda (según anexo 6).

Expongo: Que somos beneficiario de la subvención por la rehabilitación de fachadas del conjunto histórico y elementos catalogados de Alcúdia del año 2024.

Por eso,

Solicito: El pago de la subvención concedida.

 

Alcudia,                      de                 de 2024

 

 

El/la solicitante,

 

 

(firma)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SEÑORA ALCALDESA– PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUDIA.

 

SOLICITUD DE TRANSFERENCIA BANCARIA PARA PAGOS

Datos del perceptor (titular de la cuenta corriente)

Nombre y apellidos del perceptor:  

CIF o NIF:

Dirección: 

Población: Código postal:Teléfono:

Dirección electrónica:

Datos de la cuenta bancaria

Entidad bancaria:

IBAN:

Código BIC o SWIFT:

 

Entidad Bancaria

Oficina

DC

C. Corriente o libreta

SE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Bajo mi responsabilidad declaro,

Que somos titular de la cuenta bancaria correspondiente, a efectos del ingreso derivado del procedimiento enmendado. Que el Ayuntamiento de Alcúdia, una vez realizados los ingresos en la cuenta indicada, queda eximida de responsabilidad por las actuaciones que se deriven de errores en los datos indicados por el declarante. Y solicito también la compensación, en caso de existencia de deudas reconocidas a favor del ayuntamiento.

 

Alcudia,                 de                           de 2024

 

El/la solicitante,

 

 

 

(firma)

 

 

 

SEÑORA ALCALDESA– PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUDIA.