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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE FAMILIAS Y ASUNTOS SOCIALES

Núm. 748322
Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales por la que se rectifica el error advertido en la Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de garantía alimentaria con cargo a los presupuestos generales de la CAIB y a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondientes al año 2024, para acciones a realizar durante los años 2024 y 2025

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Texto

Hechos

1. En fecha 29 de octubre de 2024, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm.142 la Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales de 25 de octubre de 2024 por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de garantía alimentaria con cargo a los presupuestos generales de la CAIB y a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondientes al año 2024, para acciones a realizar durante los años 2024 y 2025.

2. Posteriormente a la publicación se ha advertido un error material en el punto 4.8 del anexo de la resolución.

3. El informe justificativo del director general de Asuntos Sociales de 11 de noviembre de 2024 propone rectificar el error advertido en la Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales de 25 de octubre de 2024 por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de garantía alimentaria con cargo a los presupuestos generales de la CAIB y a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondientes al año 2024, para acciones a realizar durante los años 2024 y 2025.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que dispone que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

Por todo esto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Rectificar el punto 4.8 del anexo de la Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales de 25 de octubre de 2024 por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de garantía alimentaria con cargo a los presupuestos generales de la CAIB y a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondientes al año 2024, para acciones a realizar durante los años 2024 y 2025 en los siguientes términos:

Donde dice:

8. Además de las anteriores obligaciones, las entidades beneficiarias de la modalidad 2 tienen que repartir los alimentos entre las personas usuarias que presenten un Informe de Vulnerabilidad Social de los Servicios Sociales Comunitarios Básicos.

Tiene que decir:

8. Además de las anteriores obligaciones, las entidades beneficiarias de la modalidad 2 tienen que repartir los alimentos entre las personas usuarias que presenten un Informe de Vulnerabilidad Social de los Servicios Sociales Comunitarios Básicos o de un/a trabajador/a social de la entidad beneficiaria colegiado/da en las Illes Balears.

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (12 de noviembre de 2024)

La consejera de Familias y Asuntos Sociales Catalina Cirer Adrover